BANCO MUNDIAL 69743 v2 El Sistema Nacional Integrado de Salud de Uruguay 2010. Cinco años después. Un Análisis de los progresos en la expansión del aseguramiento en salud y la reforma del sistema sanitario Junio 2010 Revisión de los cambios sectoriales generados por el proceso de reforma del Sistema de Salud, los avances logrados frente a los objetivos planteados y los espacios y alternativas de avance futuro. 1 El presente trabajo es el informe final de la Colaboración Técnica No Vinculada a Préstamos del Banco Mundial con el Gobierno de la Republica Oriental del Uruguay, ( NLTA HD Reforms- TA-P106878-TAS-BB), desarrollado entre Noviembre de 2007 y Junio de 2010. Los objetivos de la colaboración fueron proveer asistencia técnica para: (i) el fortalecimiento del área de economía de la salud del MSP, del área de salud del MEF, a la JUNASA en asuntos puntuales relacionados con la reglamentación del marco legal del SNIS, apoyar el desarrollo de un sistema de monitoreo de la reforma y (ii) realizar un análisis de los cambios sectoriales generados por el proceso de reforma del Sistema de Salud, los avances logrados frente a los objetivos planteados e identificar los principales espacios y alternativas de avance futuro. El trabajo está organizado en un Resumen Ejecutivo y un Informe Central. En ambos, con el mismo orden expositivo, se analizan: (i) Avances producidos en el desarrollo de implementación del la reforma sectorial; (ii) Desafíos que la continuidad de la reforma presenta a futuro, encuadrando a la misma para su análisis en cuatro ejes estratégicos, obviamente con fuertes interrelaciones entre cada uno de ellos: a) Institucional; b) Cobertura; c) Prestacional; y d) Económico-financiero; (iii) Aspectos del Monitoreo de la reforma y (iv) Conclusiones principales y sugerencias de cursos críticos de acción analítica. El reporte ha sido realizado por un equipo técnico del Banco Mundial, liderado por Luis Pérez, Especialista Senior de Salud Publica, LCHSS, LCC7, y conformado por los consultores Marcelo Barg, Politólogo; Jorge Gosis, Dr. en Medicina; Alfredo Perazzo, Economista y Juan Sanguinetti, Economista, con el apoyo logístico y administrativo de Santiago Scialabba, Program Assistance , LCC7 , Sarah Bailey, ACS, LCSHD y y Verónica Yolanda Jarrin, Senior Program Assistance, LCSHH. Este estudio se ha podido realizar por la cooperación de una gran cantidad de personas debiendo destacarse a las autoridades y los funcionarios del Ministerio de Salud y del Ministerio de Economía del Gobierno de la Republica Oriental del Uruguay, en especial, el �rea de Economía de la Salud de la DIGESE, el �rea de presupuesto del MSP, la Gerencia de Administración de ASSE. También por la calidad y publicidad de información de organismos públicos como el MEF y el FNR A todos ellos, nuestro especial agradecimiento. Breve nota expositiva Los responsables del estudio adhieren a la política de no discriminación de género y son conscientes que el uso del lenguaje no neutral desde esa perspectiva constituye un sesgo 2 sexista. No obstante, para aligerar el texto se utilizó una redacción convencional, con la convicción que ello facilita su lectura sin alterar el espíritu del principio recién expuesto. 3 TABLA DE CONTENIDOS PAGINA GLOSARIO 5 RESUMEN EJECUTIVO 7 INTRODUCCIÓN 7 1. Los avances producidos 7 1.1 Eje de Desarrollo Institucional 7 1.2 Eje de Cobertura 8 1.3 Eje de Prestación de Servicios de Salud 9 1.4 Eje económico financiero 10 2. Oportunidades de avances para la reforma y principales aspectos analíticos a 13 considerar. 2.1 Eje de Desarrollo Institucional 13 2.2 Eje de Cobertura 14 2.3 Eje Prestación de Servicios de Salud 15 2.3.1 Control de la dinámica del conjunto de servicios comprendidos en los 15 Programas Integrales y el Catálogo de Prestaciones de Salud 2.3.2 La profundización del modelo de atención preventivo y los mecanismos de 16 ajuste dinámico de la calidad 2.4 Eje económico financiero 16 2.4.1 Cambio en el esquema de financiamiento global del sistema 16 2.4.2 Esquema de administración de los riesgos 18 2.4.3 La organización económica del sector 18 2.4.3.1 La política de capitas 18 2.4.3.2 La relación complementaria y competitiva de los proveedores públicos y 19 privados 2.5 El esquema de incentivos 21 3. El monitoreo de la Reforma. Su importancia. 22 4. Conclusiones principales y sugerencias de cursos críticos de acción y análisis. 24 4 TABLA DE CONTENIDO PAGINA INFORME CENTRAL 28 1. Introducción 28 2. La reforma: el marco institucional y regulatorio 30 2.1. Introducción 30 2.2 Funcionalidad 31 2.2.1 Funcionalidad global 31 2.2.2 Roles específicos y esquema de gobierno 31 2.3 Regulación de las relaciones entre los actores 34 2.3.1 Regulaciones generales 35 2.3.1.1 Tipo, cantidad y calidad de las prestaciones 35 2.3.1.2 Precios y costos 42 2.3.1.3 Accesibilidad 44 2.3.2 Regulaciones de la competencia 45 2.3.3 Regulación del Control 47 3. Análisis de sustentabilidad de la reforma 50 3.1 Contexto económico y social 50 3.2 El gasto en salud y sus principales fuentes de financiamiento 51 3.2.1 El comportamiento reciente en el gasto en salud 51 3.2.2 Evolución de las fuentes de financiamiento de la salud 52 3.3 La ejecución presupuestaria del Ministerio de Salud Pública en el contexto de la 57 reforma. 3.4 La ejecución del presupuesto de ASSE en el contexto de la descentralización 58 3.5. El sistema mutual de salud. Principales tendencias de sus ingresos, erogaciones 60 y resultados. 4. Sistema de Seguimiento y Monitoreo de la Reforma 63 5. Conclusiones principales y sugerencias de cursos críticos de acción y análisis. 68 BIBLIOGRAF�A 71 ANEXO 1. Cambios en el perfil demográfico y epidemiológico en Uruguay 75 ANEXO 2 .La normativa relativa a la construcción del Sistema Nacional Integrado 78 de Salud de Uruguay ANEXO 3. Regulaciones que afectan al paquete de productos y sus cantidades, 121 incluyendo las que afectan a la población objetivo (en cantidad y composición) . ANEXO 4. De la reforma deseada a la reforma posible 125 ANEXO 5. Desempeño institucional. Componente meta asistencial. 135 5 GLOSARIO ASSE Administración de los Servicios de Salud del Estado AVID Años de Vida Perdidos por Discapacidad BHU Banco Hipotecario del Uruguay BPC Base de Prestación de Contribuciones BPS Banco de Previsión Social CRCG Comisión Reguladora de los Compromisos de Gestión DES División de Economía de la Salud DIGESA Dirección General de la Salud DIGESE Dirección General de Secretaría DISSE Dirección de Seguros Sociales por Enfermedad ECNTs Enfermedades Crónicas No Transmisibles ENTs Enfermedades No Transmisibles FNR Fondo Nacional de Recursos FONASA Fondo Nacional de Salud FTM Formulario Terapéutico de Medicamentos HDS Historia Digital de Salud IAMCs Instituciones de Atención Médica Colectiva IMAEs Instituciones Médicas de Alta Especialización IMM Intendencia del Municipio de Montevideo INE Instituto Nacional de Estadística IPC �ndice de Precios al Consumidor JUNASA Junta Nacional de Recursos MEF Ministerio de Economía y Finanzas MEyF Ministerio de Economía y Finanzas MIDES Ministerio de Desarrollo Social 6 GLOSARIO MSP Ministerio de Salud Pública OPP Oficina Planeamiento y Presupuesto PANES Plan Nacional de Atención a la Emergencia Social PAP Examen de células con tinción de Papanicolau. PIB Producto Interno Bruto PNUD Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo RAP Red de Atención Primaria RUCAF Registro Único de Cobertura Asistencial Formal SIIS Sistema de Información Integrado de Salud SMU Sindicato Médico del Uruguay SNIS Sistema Nacional Integrado de Salud SNS Seguro Nacional de Salud TC Tasa de Conversión TCN Tribunal de Cuentas de la Nación TOCAF Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera TOFUP Texto Ordenado de Normas sobre Funcionarios Públicos 7 El Sistema Nacional Integrado de Salud de Uruguay La reforma del Sector Salud RESUMEN EJECUTIVO INTRODUCCIÓN 1. En Diciembre de 2005 se inició en Uruguay un proceso de reforma para lograr una transformación sustantiva del Sector Salud. La reforma planteada implica cambios institucionales, financieros y sanitarios. El marco legal principal completó su sanción legislativa en Diciembre de 2007, con la Ley 18211, de creación del Sistema Nacional Integrado de Salud –SNIS- y disparo un proceso de transición que lleva casi cinco años, en el que el sector comenzó a adaptarse a nuevas reglas de funcionamiento, para alcanzar mejoras que podrán ser evaluadas plenamente en el largo plazo. Este trabajo analiza los cambios sectoriales generados por el proceso de reforma, los avances logrados frente a los objetivos planteados e identifica los principales espacios y alternativas para el avance futuro. 2. La reforma está orientada esencialmente a lograr: 1. mayor acceso a servicios de salud por parte de la población, a través de la expansión de la cobertura explícita del seguro de salud, la reducción de costos asociados a las prestaciones, y por el establecimiento de un esquema de financiamiento más equitativo para la atención integral de la salud de la población. 2. servicios de salud más integrados y de mejor calidad, a través servicios mejor definidos y de la articulación de la oferta mediante la complementación de la provisión pública y privada y 3. mayor eficiencia y sustentabilidad del sistema a través de la adecuación de la oferta de los servicios de salud a los cambios epidemiológicos generados por las modificaciones de las características demográficas de la población registradas en los últimos años; lo que implica la priorización de las actividades de prevención sin desatender aquellas dirigidas a la recuperación de la salud. 4. La búsqueda de sustentabilidad en el largo plazo, a través del desarrollo de una estrategia de promoción y protección específica de la salud tendiente a disminuir la carga de enfermedad del país. 3. La reforma ha ido produciendo sucesivos avances muy significativos en el proceso de transición, los que van conformando un nuevo contexto en el que se desarrolla el Sector de la Salud en Uruguay. 4. A los efectos expositivos, se analizan los avances producidos y los desafíos a futuro, encuadrando la reforma en cuatro ejes estratégicos, obviamente con fuertes interrelaciones entre ellos: i) Desarrollo Institucional; ii) Cobertura; iii) Prestación de Servicios de Salud; y iv) Económico-financiero. 1 Los avances producidos 8 1.1 Eje de Desarrollo Institucional 5. Para brindar condiciones de gobernabilidad y sustentabilidad del sistema, la reforma genera una profunda transformación institucional, expresada en: 1. La creación de nuevos institutos1 como el Seguro Nacional de Salud, el Sistema Nacional Integrado de Salud y el Fondo Nacional de Salud; 2. La creación de nuevas instituciones2, como la JUNASA, responsable de la administración de los tres institutos mencionados 3. La mayor especialización funcional, especialmente del Ministerio de Salud Pública, y 4. La adecuación del funcionamiento y operación de las organizaciones prestadoras, en especial la ASSE, sujeta a un exigente proceso de descentralización. 6. Un aspecto relevante del proceso es el logro de los consensos sociales y políticos necesarios para la aprobación de la legislación de base para la reforma; esencialmente, la creación de los institutos e instituciones mencionados. Aún cuando el diseño de las normas fue influido por los acuerdos que viabilizarían su aprobación legislativa, el ritmo y el direccionamiento de las acciones ejecutadas son consistentes con la visión estratégica y con las posibilidades reales de adecuación del sistema; lo cual constituye un importante logro de la gestión de implementación de la reforma. La opinión pública ha validado los esfuerzos en pos del proceso de reforma, que mantiene un alto porcentaje de adhesión y visión positiva sobre la misma. 1.2 Eje de Cobertura 7. Lograr la ampliación de la cobertura explícita de la población a través de un esquema de aseguramiento de la salud es uno de los mecanismos previstos para mejorar el acceso a los servicios. En este sentido el Gobierno implemento un cronograma de adhesión progresivo que, de acuerdo con lo establecido en la ley 18.211, culminará en 2013 con la incorporación de las esposas y concubinas sin hijos al esquema de cobertura del Seguro Nacional de Salud (SNS). 8. En la actualidad,3 sobre los 3.3 millones de habitantes con que cuenta el país, 1.87 millones se encuentran cubiertos explícitamente por las IAMCs (1.31 millones a través del FONASA y 0.56 millones como afiliados individuales o colectivos que no pasan por FONASA); 1.2 millones son atendidos por ASSE (de los cuales 1.1 millones corresponden al segmento de población financiado por el Tesoro Nacional con crédito del Presupuesto de la Nación -es decir, que no son beneficiarios del SNS- y sólo 0.1 millones son beneficiarios del Seguro Nacional de Salud y, por tanto financiados por FONASA), siendo el resto, la población cubierta por otros seguros y, en menor medida, personas sin cobertura ni acceso al sistema de salud. 9. Los gráficos abajo muestran la variación de cobertura por subsectores para el periodo 2004- 2009 y el incremento porcentual de beneficarios FONASA en cada subsector. 1 entendidos los institutos como un conjunto de finalidades, objetivos y competencias 2 como organismo que desempeña una función de interés público. Fuente: http://www.rae.es/rae.html, consultado el 3 de marzo de 2010. 3 Diciembre 2009 9 1.3 Eje de Prestación de Servicios de Salud 10. La Reforma apunta a mejorar los servicios de salud, lo que implica impulsar cambios importantes en el plano prestacional. Pueden mencionarse al respecto dos grandes lineamientos estratégicos: (i) la búsqueda de mejores y más homogéneos niveles de calidad de los servicios y, (ii) la adaptación del sistema prestacional a los cambios del perfil epidemiológico registrado en los últimos tiempos. 11. Entre otras acciones concretas desarrolladas destacan: 1. La definición de las condiciones esenciales de las prestaciones a partir de los Programas Integrales y del Catálogo de Prestaciones de Salud, contando, además, con el respaldo de un Formulario Terapéutico de Medicamentos cuya cobertura de medicamentos se debe brindar obligatoriamente y alcanza a las acciones de prevención, recuperación, rehabilitación y cuidados paliativos. 2. El inicio de la práctica de firma de los Contratos de Gestión que deben obligatoriamente suscribir todos los Prestadores Integrales que deseen integrar el SNIS (en la primera ronda de firmas, ya han suscripto sendos convenios con la JUNASA las 46 IAMCs y ASSE). 10 3. La vinculación del sistema de Contratos de Gestión con el pago de los servicios, que está afectado, al menos parcialmente, por el grado de cumplimiento de las metas de salud propuestas por cada prestador y aceptadas por la JUNASA y que forman parte de cada uno de los respectivos Contratos de Gestión. 4. La puesta en marcha del Programa Previniendo como una herramienta para apoyar las prestaciones de prevención contra las enfermedades no transmisibles. 5. La facilitación de acceso a prácticas preventivas de cáncer y enfermedad cardiovascular. 6. La estrategia tendiente a vincular poblaciones de beneficiarios con médicos de cabecera. 1.4 Eje económico financiero 12. En el plano económico-financiero se han producido cambios de gran trascendencia. En primer lugar la reforma implicó un incremento del 23%, en moneda constante, de los recursos asignados al sector salud entre 2004 y 2008. No obstante, este incremento fue menor que el crecimiento del PBI por lo que el gasto como proporción de dicho agregado macroeconómico cayó 12%. 13. Cerca del 85% del incremento se explica por el comportamiento del gasto registrado en los presupuestos de MSP (2%), de ASSE (19%) y en el gasto de las IAMCs (42 %). Estos incrementos se reflejan en la asignación de gasto por beneficiario, habiéndose producido un fuerte incremento del gasto por beneficiario de ASSE aproximándose al de las IAMCs. 14. Asociado a estos cambios, también hubo transformaciones en el esquema de financiamiento, esencialmente por el aumento del financiamiento público respecto del privado4. Cuadro 6: peso relativo de las Fuentes de financiamiento del gasto en salud, 2005 – 2008, calculado sobre millones de pesos constantes de 2008 2005 2006 2007 2008 Financiamiento publico 51.0 53.6 55.0 63.6 Financiamiento privado 49.0 46.4 45.0 36.4 Total 100 100 100 100 Fuente: Elaboración propia sobre Cuentas Nacionales en Salud 2004 y Cuentas Nacionales de Gasto y Financiamiento 1999–2000 15. Este fenómeno está asociado a una serie de acciones de política: 4 Las fuentes privadas de financiamiento se componen fundamentalmente por el gasto directo de los hogares. Comprende todo aquel gasto que realizan los hogares para la cobertura de su salud y que no es cubierto a través de financiamiento público. Por lo tanto, no solo se incluye el “gasto de bolsillo�, el gasto que se realiza al momento de recibir la prestación, sino todos los prepagos que realiza el hogar como el pago de cuotas de afiliación individual y colectiva a IAMCs y seguros privados. 11 1. El incremento del gasto público, especialmente en ASSE. 2. La expansión de la cobertura del SNS a grupos vulnerables, con financiamiento publico 3. La unificación de las contribuciones de las personas a la seguridad social a partir de un aporte proporcional a los ingresos e igual para todos los beneficiarios conforme al tamaño y la composición del hogar. Anteriormente, estos aportes eran diferenciales por colectivo. 4. La intervención en los precios de algunos tickets moderadores y bonos para mejorar la accesibilidad a programas de prevención de enfermedades crónicas, reduciendo la carga de bolsillo de las familias en relación con el costo de la salud, 5. El esquema de transferencias de fondos desde el FONASA a las IAMCs y, más recientemente, a ASSE se realiza a partir de un sistema de cápitas ajustadas por riesgo (sexo y edad) y por cumplimiento de metas. por los servicios de cobertura de los beneficiarios del Seguro. La cápita se ha ido reduciendo en términos reales 12 2 Oportunidades de avances para la reforma y principales aspectos analíticos a considerar. 1. La reforma ha implicado, tal como se ha comentado, un proceso de importantes transformaciones que han generado una muy buena recepción por parte de la opinión pública, brindando una plataforma política solida para avanzar hacia el logro de los cambios esperados para el largo plazo. No obstante, el grado en que se logren estos resultados y el poder mantener la adhesión de la comunidad al proceso de cambio, dependerán en buena medida de decisiones sobre asuntos complejos que se tomen en el futuro considerando las oportunidades de perfeccionamiento del proceso de reforma en los aspectos estratégicos centrales de tales decisiones, que requieren profundizar su análisis. 2. Procurando contribuir a esta discusión, en esta sección se presenta una descripción general de estos aspectos estratégicos, caracterizados por su transversalidad, es decir, por afectar al sistema en su conjunto por lo que su análisis en relación con los ejes comentados en la sección anterior debe entenderse como una licencia expositiva. Al final de esta sección se presentará un enfoque más global que permitirá por un lado identificar mejor las variables de control con que cuenta el gobierno y, por el otro, apreciar mejor las áreas de impacto del uso de estas variables. 2.1 Eje de desarrollo institucional 3. En relación con el eje institucional cabe reflexionar acerca de dos aspectos referidos a los aspectos institucionales del proceso de reforma: (i) la consistencia de la forma de gobierno del Seguro Nacional de Salud y (ii) la complejidad del marco normativo. 4. Consistencia de la forma de gobierno del Seguro Nacional de Salud. El Seguro Nacional de Salud es una piedra angular del sistema y constituye una herramienta que es administrada por la Junta Nacional de Salud. Este organismo presenta una gran virtud cual es la representatividad que tiene su composición (integrada por representantes del Ministerio de Salud, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Banco de Previsión Social, de los prestadores, de los trabajadores y de los usuarios) 5. A pesar de tener responsabilidades de administración, la Junta no cuenta con una estructura propia y sus integrantes son funcionarios y representantes que no son de tiempo completo ni tienen una remuneración especial por su función. Esto constituye una potencial debilidad del órgano central de la conducción del SNS y hace que, a los efectos operativos, requiera del apoyo administrativo de las estructuras de las organizaciones representadas. Esto es especialmente evidente en el caso del Ministerio de Salud Pública, que brinda apoyo a la gestión de la Junta a través de sus Direcciones 13 Generales, manteniendo así en su seno funciones que en un contexto de separación y diferenciación de roles no debiera tener. Otro efecto de esta cuestión es que los usuarios son los que contarían, a priori, con menores posibilidades de respaldo a la gestión de su representante. 6. La conducción ejecutiva de la Junta se realiza a través de un órgano colegiado, existiendo la figura de un Presidente (cargo ejercido por uno de los dos representantes del MSP) cuyas funciones se limitan a efectivizar decisiones de la Junta u operar sobre cuestiones de urgencia. En el contexto de un organismo con fuertes funciones ejecutivas, el balance entre las decisiones colegiadas y las de un responsable operativo constituye un aspecto central a ser considerado y, consecuentemente, normado convenientemente. 7. Si bien la representación de los prestadores es minoritaria (uno de 7 miembros), el sentido de muchas de sus funciones los colocan en una posición de conflicto de intereses. La situación de conflicto de intereses podría presentarse también para otros representantes de la Junta (v.g., del MSP y de ASSE), en especial durante el proceso de transición, cuando los roles de los diferentes actores no se perciban aún como claramente diferenciados. La reglamentación de la ley podría prever una normativa específica para ciertos casos en los que los representantes presenten conflictos de intereses. 8. Complejidad del marco normativo. La normativa relativa a la Reforma del Sistema de Salud y la conformación del Seguro Nacional de Salud y su reglamentación se compone a la fecha de un conjunto de más de ciento treinta normas de distinta jerarquía (Leyes, Decretos, Resoluciones, Ordenanzas, etc.) dictadas a lo largo de un período que abarca más de un lustro y que a su vez, modifica legislación de antigua data sobre el sector salud que mantiene vigencia parcial. 9. La complejidad actual de ese plexo normativo amerita el dictado de un Texto Ordenado de todas las normas relacionadas directa o indirectamente con el sistema de salud que permita consolidar en un único texto todo lo relativo al tema, tal como se hizo en su momento con el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (T.O.C.A.F.), el Texto Ordenado de Normas sobre Funcionarios Públicos. (TOFUP), el Texto Ordenado de Procedimiento Administrativo y otros casos similares. 2.2 Eje de Cobertura 10. Cumpliendo con el cronograma de afiliación previsto en la ley, luego de 2013 aún quedará el desafío de la universalización del Seguro, lo cual implicaría, esencialmente, la incorporación del segmento financiado por el Tesoro Nacional con crédito del 14 Presupuesto de la Nación al esquema del financiamiento por el FONASA. Esto implicaría dos tipos de problemas. Por un lado, el financiero, que se resolvería si el presupuesto de ASSE equivaliese al resultante de la capita por el número de potenciales beneficiarios que en el actual régimen deben ser atendidos con fondos presupuestarios del Tesoro Nacional. Aun en ese caso, las fluctuaciones de cobertura vinculadas al empleo formal, generarían situaciones de fluctuación del tamaño de la población cubierta por el Estado que impactarían en los recursos públicos. 11. El segundo problema es más complejo y surgiría si la universalización contemplara la posibilidad de establecer la libre elección de los efectores por parte de los beneficiarios. En este caso, la opción que ejercieran los beneficiarios podría determinar un desafío competitivo mayor para ASSE, lo que podría implicar, entre otras cosas, la necesidad de adecuarse a una demanda diferente de la actual. 12. Durante los últimos años el presupuesto de ASSE se incrementó 77% mientras que la producción en volumen total no se modificó significativamente, pero si en forma relativa al tamaño de la población atendida, por lo que ha aumentado progresivamente la tasa de consumo por beneficiario, lo que podría ser un primer indicio de mejor acceso a la atención. Cuadro 9: ASSE. Indicadores de producción, 2004 – 2008 2004 2005 2006 2007 2008 2009 Usuarios ASSE 1.554.488 1.510.718 1.484.543 1.301.347 1.210.592 1.201.633 Número de camas 6,395 6,485 6,480 6,450 Nd Nd Número de consultas (en Nd miles) 6,361 6,299 6,179 6,218 6,053 Nd Número de consultas por usuario 4.1 4.2 4.2 4.8 5 Nd Egresos 167,747 170,792 166,949 167,691 161,787 Numero egresos por 10000 usuarios 1079 1131 1125 1289 1336 Nd Actos quirúrgicos 47,338 46,266 46,941 42,871 48,716 Numero cirugías por 10000 usuarios 0.030 0.031 0.032 0.033 0.040 Nd Nacimientos 21,550 19,967 19,713 18,194 17,843 Fuente: ASSE 13. El grueso del incremento presupuestario de ASSE se produjo en relación con el rubro personal, lo que permite inferir que la posibilidad de impulsar un cambio sustantivo de alineación de la calidad de los servicios a los objetivos planteados por la reforma, es ahora más factible. La mejora del acceso a los servicios (oportunidad) y calidad técnica y percibida de los mismos serán factores críticos en la adecuación de ASSE a 15 una demanda de servicios regida por la libertad de elección de los beneficiarios del seguro, en especial en las áreas urbanas. 2.3 Eje de Prestación de Servicios de Salud 14. Los desafíos en este tema son muy relevantes y se encuentran estrechamente relacionados con aspectos económicos e institucionales que se comentarán luego. No obstante, resulta esencial mencionar aquí los siguientes: 2.3.1 Control de la dinámica del conjunto de servicios comprendidos en los Programas Integrales y el Catálogo de Prestaciones de Salud 15. Aunque los servicios están legalmente delimitados, su dinámica está influenciada por diversos factores: (i) Tecnológicos: por los avances permanentes en los diagnósticos, tratamientos y prácticas preventivas; (ii) Presión de la opinión pública que demanda servicios en forma espontánea y muchas veces sin un sustento técnico adecuado pero que presiona sobre los límites del paquete prestacional; (iii) Judiciales, porque la sociedad expresa demandas insatisfechas crecientemente a través de procesos judiciales cuyos fallos resuelven sobre tales demandas singulares, ya sea que éstas sean iniciadas por personas individuales o por colectivos. 16. Estos factores constituyen fuentes de presión sobre la sustentabilidad financiera del sistema, cuyos límites no pueden establecerse de modo exacto. Por ello es necesario definir una estrategia clara y concreta respecto del control de la dinámica del paquete prestacional, desarrollada con una visión amplia, es decir, que no sólo incluya una periódica revisión del mismo basada en la evidencia, sino que también incorpore métodos y estrategias capaces de influir, aunque sea parcial o indirectamente, sobre los factores que lo influencian. (Análisis de efectividad clínica; Consejo de tecnología, Comité de bioética, segunda opinión obligatoria, publicidad dirigida, regulación ética de publicidad, etc.) 2.3.2 La profundización del modelo de atención preventivo y los mecanismos de ajuste dinámico de la calidad 16 17. La profundización del rol regulatorio del Ministerio de Salud en materia del paquete prestacional y, eventualmente, en relación con protocolos de atención, aunque necesaria, probablemente no constituya una condición suficiente para el logro de los objetivos de cambio del modelo de atención. En este sentido, son las prácticas de gestión permanentes las que determinan sustancialmente los resultados. Obsérvese que no se trata solo de la gestión directa de las prestaciones sino de la gestión por objetivos, para lo cual la articulación de los Contratos de Gestión a través de la JUNASA y del desarrollo de capacidad institucional para el monitoreo y el control del funcionamiento del sistema constituyen elementos centrales de la futura estrategia de gestión para apoyar tanto el cambio de modelo como la política de la calidad. 2.4 Eje económico financiero 2.4.1 Cambio en el esquema de financiamiento global del sistema 18. La información disponible indica que la reforma ha producido una tendencia de cambio en lo que hace al financiamiento del sistema definida por dos características principales: (i) Reducción de los gastos directos del bolsillo de los individuos e (ii) Incremento del financiamiento a través de instrumentos impositivos. Esto genera una tendencia a un financiamiento más solidario que en la situación inicial antes de la reforma. Esta cuestión, además de tener consecuencias macroeconómicas, puede haber implicado un efecto de percepción de incremento del ingreso disponible de los individuos, lo cual podría haber contribuido a lograr la adhesión al nuevo esquema propuesto. 19. Un aspecto de interés futuro a considerar sería determinar cuáles serían los efectos si se profundiza el esquema de solidarización de los costos del sistema de salud. En otras palabras, habría que evaluar las consecuencias para la economía en conjunto si el financiamiento pasara de un esquema basado en los aportes de las familias, el aporte presupuestario de fondos del Tesoro Nacional y las contribuciones laborales (impuesto al trabajo) a otro en el que no existieran estas últimas contribuciones y se compensase con la asignación de mayores alícuotas de los impuestos actuales; o un incremento impositivo, sea de impuestos generales o bien, por la creación de nuevos impuestos. Este análisis es de naturaleza compleja: si bien la eliminación de un impuesto al trabajo seguramente generaría un estímulo a las actividades mano de obra intensiva, el hecho de no poder preverse anticipadamente de modo certero el comportamiento del impuesto de reemplazo (sea el aumento de las alícuotas de uno existente o la creación de nuevos impuestos), hace que resulte incierto el resultado final de este ejercicio. No obstante, un hecho de política trascendente es que, luego del avance hecho por la reforma, hoy se podría plantear desde una posición mucho más fundada un análisis para un cambio de esta índole. 20. Otro de los aspectos a tener en cuenta es el de las condiciones de sustentabilidad del sistema atendiendo al crecimiento de los gastos. En el largo plazo, los requerimientos financieros al sistema de salud estarán determinados básicamente por el plan de 17 inclusión de beneficiarios y por la definición del paquete de prestaciones bajo una determinada norma de calidad exigible. 21. Durante el proceso de transición, el Gobierno puede enfrentar los costos incrementales administrando, de alguna manera, el flujo de incremento de beneficiarios o el paquete prestacional. Sin embargo, lo que dará sustentabilidad en el futuro serán otras decisiones de política, criticas, sobre las que se puede comenzar a operar en forma incremental. Estas son: i) las medidas tendientes a lograr condiciones de eficiencia en la provisión de los servicios, y ii) la promoción del cambio estratégico en el sistema de salud para ajustarlo a las tendencias demográficas y epidemiológicas, con un descenso progresivo de la carga de enfermedad. 22. Con respecto a las condiciones de eficiencia en la provisión de servicios, juegan un rol central muchos de los aspectos acerca de la competitividad que serán tratados más en profundidad luego: (i) definir claras reglas de competitividad o complementariedad entre actores sectoriales; (ii) hacer efectivos los mecanismos de incentivos hacia los efectores y hacia las personas y (iii) la reorganización de ASSE –en su carácter de mayor prestador de servicios de salud del Uruguay- y ocupando un rol central en relación con este proceso de mejora de la eficiencia. 23. La segunda vía de acción (promoción del cambio estratégico en el sistema para ajustarlo a las tendencias demográficas y epidemiológicas) es la que determinará ajustes genuinos de costos asistenciales a través de lograr una mejor salud de la población a través de su promoción y un mayor y mejor control preventivo del deterioro de la salud. Ocupa un lugar de relevancia encontrar un ritmo adecuado de avance en los mecanismos de financiamiento sujeto a metas que impacten directamente en la morbi mortalidad de las patologías prevalentes de alta incidencia en los costos prestacionales. La aceleración y generalización del proyecto Previniendo puede ser una vía para encontrar el camino adecuado, así como también la puesta en marcha de una estrategia nacional de promoción de la salud y el uso de innovaciones tecnológicas educativas, como la plataforma Plan Ceibal, dirigida a los ciudadanos y plataformas de educación médica continua (e-learning) para los profesionales. 24. Un aspecto adicional que tiene que ver con la sustentabilidad del sistema es la salud financiera de las IAMCs, lo que implica no solamente el fortalecimiento del rol de superintendencia de la JUNASA sobre esas instituciones sino la regulación de los requerimientos financieros de las mismas (por ejemplo, capitales mínimos, reservas, etc.). Dada la condición de fragilidad de las IAMCs al inicio del SNIS, se sanciono la Ley 18439, creando el fondo de garantía para la reestructuración de pasivos para las IAMCs, y la Ley 18.464 que faculta al Poder Ejecutivo para dar un crédito fiscal a las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva y un subsidio al Fondo Nacional de Recursos. Sin embargo, es importante regular las 18 condiciones técnicas financieras de operación, para el sistema en régimen, de modo de hacer previsible a las instituciones el marco operativo final. 2.4.2 Esquema de administración de los riesgos 25. En cuanto al esquema de administración de los riesgos implícitos en la problemática de la salud de la población de un país, la reforma no introdujo un cambio estructural significativo dado que tanto antes de la reforma como ahora los riesgos financieros originados en eventos que implican baja y media complejidad son absorbidos: i) por las IAMCs y por ASSE, en los casos de personas afiliadas a ellas, atendiendo al hecho de que reciben una cápita por los servicios; ii) por ASSE, para aquellas personas que carecen de otra forma de cobertura explícita de salud, y por lo que ASSE recibe una partida presupuestaria y (iii) por el Fondo Nacional de Recursos, que absorbe los riesgos “catastróficos� que requieren de alta especialización. 26. Un aspecto a considerar es que el FNR se nutre de aportes específicos bajo la forma de una cápita para el caso de las personas con cobertura del Seguro Nacional de Salud, - que desde 2007 se canalizan a través del FONASA-; del Estado Nacional -por vía presupuestaria a través de ASSE- y de aportes específicos de las personas que no son beneficiarias del SNIS pero están cubiertos por otras instituciones prestadoras o aseguradoras. Esto implica que los costos derivados de eventos catastróficos de beneficiarios del Seguro Nacional de Salud, no están internalizados, para esos mismos beneficiarios, en los efectores de menor complejidad. En tanto los servicios prestados en los niveles de baja y media complejidad pueden influir en la reducción de la tasa de uso de los servicios de mayor complejidad, el esquema implementado no tiene incentivos para que ello ocurra. Por el contrario, si las IAMCs siguieran una conducta de minimización de costos, la consecuencia sería que la tasa de uso de los servicios de mayor complejidad fuese mayor que en una situación óptima. 2.4.3 La organización económica del sector 27. La reforma introdujo regulaciones que tienen consecuencias sobre la organización económica del Sector Salud. En esta sección se analizarán dos que se consideran relevantes. 2.4.3.1 La política de capitas 19 28. La política de capitas establece valores y metodologías de determinación que discriminan por riesgo (por sexo y edad) y por cumplimiento de metas, a partir de una cápita básica. La cápita básica por los servicios de salud es uniforme para todos los proveedores/aseguradores de todo el país. 29. En este punto resulta conveniente hacer notar que existe una cierta dualidad en el rol de las IAMCs que son, por una parte, sociedades de prestadores y por otra, entidades aseguradoras en el sentido de contar con afiliados propios. En este contexto, la figura de la JUNASA surge como una entidad de superintendencia de entidades aseguradoras que fija una cápita bajo criterios uniformes; y esta cápita es una prima de seguro que la JUNASA compra y paga por cuenta y orden de los beneficiarios. Sin embargo, la JUNASA administra un Seguro Nacional de Salud, financiado a través del FONASA y los afiliados a las IAMCs resultan beneficiarios de ese Seguro Nacional de Salud por adhesión. Este escenario refuerza el rol de las IAMCs como entidades esencialmente proveedoras o prestadoras/aseguradoras con una población a cargo derivada de la afiliación que realizan. En este caso, la cápita puede ser considerada directamente como el pago de prima para asegurar el acceso a un conjunto de prestaciones. 30. Por otra parte, las IAMCs tienen en general un área geográfica de influencia limitada; es decir que no existen IAMCs de alcance nacional. En este contexto, parece importante analizar las condiciones de eficiencia implícitas en la determinación de una cápita uniforme a nivel nacional y para todas las IAMCs. En efecto, una condición suficiente de eficiencia sería que los costos de los servicios, para un determinado nivel de calidad (debe acá considerase la capacidad del comprador para verificar las condiciones de calidad), sean uniformes a lo largo del país y de cada IAMC. Esto no es necesariamente así dado que ciertos costos, especialmente los laborales, son diferenciales entre el interior del país y Montevideo y que los costos financieros no son iguales entre IAMCs debido a que parten de situaciones iniciales diferentes. 31. La consecuencia de esto es doble. Por un lado, el hecho de que todas las IAMCs hayan podido atravesar la transición al nuevo régimen indica que la cápita ha beneficiado más a aquellas ubicadas en zonas de menores costos y a las menos endeudadas. Esto supone que habría existido un costo de eficiencia en este proceso de transición, aceptable como una decisión de política. Por otro lado, al no ser igual la situación de las diferentes IAMCs, existiría un esquema de incentivos en el que debe considerarse que: i) existirían incentivos positivos hacia la concentración dado que las IAMCs de menor rentabilidad podrían usar la estrategia de crecer hacia las áreas de mayor rentabilidad; ii) los niveles diferenciales de rentabilidad podrían influir sobre los incentivos a las políticas de prevención de la salud (asociadas a la disminución de costos en largo plazo, pero muchas veces con costos de inicio), asumiendo que una situación de mayor holgura financiera podría debilitar su peso relativo en las decisiones microeconómicas. 20 32. En cualquier circunstancia, el punto es que existe una necesidad de monitoreo permanente del esquema de determinación de la cápita, de sus consecuencias y de la evaluación de los incentivos directos e indirectos que genera. 2.4.3.2 La relación complementaria y competitiva de los proveedores públicos y privados 33. El sistema al que aspira la reforma se basa en la idea de la articulación entre los proveedores públicos y privados. La legislación indica que esta articulación tiende a la complementación entre ambos sectores5, aunque la implementación de la reforma ha planteado en los hechos una relación de competencia entre los sectores público y privado y dentro del sector privado, aunque también se han inducido algunos ejemplos de complementación en la organización para la provisión de servicios, especialmente, en oportunidad de incorporar nueva tecnología de alta complejidad6. 34. La relación de complementación puede darse en el plano geográfico, funcional o socio demográfico. Es decir que los sectores públicos y privados podrían apuntar a mercados diferenciados, sea por razones de localización, de nivel prestacional o tipo de servicios o bien por el nivel socioeconómico de los beneficiarios. La consecuencia última de esta relación complementaria seria la especialización de los sectores según el criterio de complementación, y el hecho que existe una diferenciación de mercados: el de los afiliados a las IAMCs y el de los afiliados a ASSE. Si esto fuese así, los mercados se comunicarían exclusivamente para la compra de servicios entre las IAMCs y ASSE, en modalidades de organización para la provisión de servicios desde un sector a los beneficiarios de ambos sectores. 35. Resulta evidente que esta visión no sería totalmente compatible con el criterio de integralidad que se desea caracterice al sistema de salud uruguayo a menos que existieran iguales oportunidades de acceso a cualquiera de los mercados (es decir libertad efectiva de elección) y niveles de cápita y grados de eficiencia y calidad similares entre los proveedores. Bajo estas condiciones se darían condiciones de competencia entre los proveedores dado que los beneficiarios del sistema podrían elegir a los de mayor calidad, generando tensiones de mercado que conducirían a situaciones de eficiencia. 36. Precisamente, la utilidad de plantear una relación competitiva entre sectores responde en última instancia a dotar al sistema de un elemento que tiende a la eficiencia dinámica de aquel, lo que se podría traducir en menores costos y/o en mejoras de la calidad de los servicios. 5 Art. 264 de la Ley 17.930 6 Experiencias de Guichón entre ASSE y Comepa y experiencia de Sauce, Canelones. 21 37. El sistema de salud uruguayo presenta actualmente una serie de características que hacen prever que aun resulta necesaria la clarificación de la relación complementación / competencia entre actores proveedores: 1. Los sistemas de financiamiento de los efectores públicos y privados son aún diferentes: los efectores de la ASSE -en su carácter de proveedores de ésta- reciben asignaciones presupuestarias y si bien se aplican las capitas sujetas a metas, existe una mayor rigidez para transferir dichos incentivos al personal interviniente. Adicionalmente, los efectores de ASSE no tienen que enfrentar situaciones patrimoniales como las de las IAMCs. 2. Los ingresos por tasas moderadoras, si bien se han ido reduciendo en el tiempo, aún constituyen una diferencia de acceso para el beneficiario. 3. Las reglas de movilidad de los beneficiarios entre proveedores son todavía bastante restrictivas. 38. Todo esto constituye factores de asimetría (y limitaciones a la competencia) entre los sectores con lo que se plantea un interesante problema de política cual es el de definir claras reglas de competencia entre ambos tipos de proveedores en el largo plazo y, al mismo tiempo, garantizar una transición que permita los ajustes requeridos para la igualación de la eficiencia y calidad de los servicios. 39. La alternativa de complementación también requeriría definiciones de política aun no explicitadas, como la explicitación de parámetros y la generación de incentivos a la complementación de los sectores. 40. Esto conduce a la necesidad de una profunda mirada hacia ASSE, su rol y su organización. En efecto, si los proveedores debieran competir, ASSE debería tener una estrategia competitiva explícita, atendiendo a su responsabilidad social como proveedor público y a ser el mayor proveedor del sistema. Dentro de esta visión, un elemento central para una estrategia de ASSE es la de liderar un proceso para plasmar en la realidad los cambios estructurales de los servicios que requiere un mejor balance entre la promoción de la salud, la prevención de su deterioro y los servicios de tratamiento. También podría ser un regulador activo (control de los factores de producción) del sector en un esquema de competencia. 41. En consecuencia, la reorganización de ASSE, la evolución de su proceso de descentralización y la definición de su estrategia competitiva/complementaria, por un lado, y el paquete de reglas de competencia dentro del sistema (incentivos, benchmarking y algún sistema de libre elección), por el otro, son dos aspectos de una misma realidad. 2.5 El esquema de incentivos 22 42. Se ha establecido ut supra la necesidad de introducir prácticas de gestión por objetivos o por resultados. La reforma ha incorporado en forma paulatina un sistema de incentivos que potencian la política de gestión por objetivos. La existencia de una cápita ligada a resultados es una clara manifestación de esta política y un elemento distintivo destacable de la reforma de salud uruguaya. 43. Una primera cuestión de análisis es la magnitud del estímulo asociado al sistema de incentivos. En efecto, por el momento la cápita asociada a metas es relativamente menor en relación con los tramos fijos de las capitas o, en el caso de ASSE, de los mecanismos presupuestarios. 44. Es importante mencionar que esta línea de trabajo requiere de una acción permanente para aprovechar al máximo las potencialidades de la herramienta. En efecto, el trabajo sobre los sistemas de información y control, la profundización de la política de metas en el sentido de su generalización y adecuación a los objetivos sanitarios, la implantación y el refinamiento de los procedimientos de auditoría, son algunos de las tareas que seguirán siendo relevantes por bastante tiempo. 45. Pero adicionalmente, es necesario considerar que los incentivos deben tener por destino final a las personas o equipos que deben realizar las tareas. En este sentido es posible conjeturar que será ASSE el que tendrá mayores dificultades para que este tipo de incentivo sea percibidos por los agentes involucrados en el logro de las metas, excepto se tomen medidas correctivas del esquema de administración actual del ASSE. 3 El monitoreo de la Reforma. Su importancia. 23 46. Las reformas de salud son procesos complejos que, al igual que otros tipos de políticas públicas, exigen un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación para conocer hasta qué punto las estrategias y acciones impulsadas, y su implementación están efectivamente siendo realizadas y contribuyendo al logro de los impactos sustantivos esperados; en el caso concreto, el estado de salud de la población, la política de integralidad asistencial, la orientación a la prevención, la sustentabilidad financiera. 47. Las buenas prácticas recogidas por la experiencia internacional indican que es importante que el diseño de las herramientas de monitoreo y evaluación, se desarrolle lo más precozmente posible dentro del proceso de reforma, con el fin de generar el paquete de información a la medida de las necesidades y que permita la captación temprana de los datos, por un lado, y de detectar y corregir oportunamente los problemas y/o desvíos evidenciados, por el otro. 48. El sistema de información para el monitoreo y control de una política, en particular de una reforma de salud, debe tener los siguientes atributos, además de la oportunidad mencionada más arriba: i) relevancia, es decir que debe contener un conjunto acotado de variables, parámetros críticos y procesos asociados claves para el desarrollo y la consolidación de la política implementada; ii) consistencia metodológica, lo cual implica una definición explícita de la definición de las variables, el método de captura, tratamiento de los datos, etc.; iii) confiabilidad que implica que los procesos por los cuales se captura y ordena la información son adecuados y repetibles con un nivel de calidad similar; iv) accesibilidad, es decir que la información debe estar disponible en forma fluida en los niveles de decisión definidos que correspondan. 49. En general, un sistema de seguimiento y monitoreo para una política o actividad implica seleccionar un conjunto de información que resulta, a priori, relevante y que puede ordenarse en tres tipos de datos: (i) Información sobre datos de contexto; (ii) Información sobre la evolución de las herramientas de política utilizadas (variables de control); e (iii) Información sobre los resultados sustantivos de la política (modificaciones de variables de estado en forma concomitante con el uso de las herramientas de política). Es importante advertir que este conjunto de información no constituye toda la disponible, siendo deseable que ésta esté organizada y disponible en los niveles de decisión pertinente. 50. Un listado tentativo de los tres cuerpos de información comentados se presenta en la parte completa del informe. Cabe consignar aquí algunas reflexiones acerca del segundo cuerpo de información, es decir el referido a las herramientas de control de la política. En efecto, como síntesis de las secciones anteriores, resulta importante concluir que la reforma presenta una serie de problemáticas que pueden disparar políticas y utilización de variables de control cuyos contenidos, efectos inmediatos e impactos son sujeto de análisis y debate. 24 51. Estas políticas y variables de control pueden resumirse en tres grandes líneas, que se presentan esquemáticamente en la tabla siguiente: (i) Las relacionadas con aspectos de contexto formal del sector (�tems 1, 2, y 3 de la tabla); (ii) Las relacionadas con el financiamiento de los servicios (�tems 4 de la tabla) y (iii) Las relacionadas con la fórmula de regulación del sector (�tems 5 a 7 de la tabla). 52. Respecto al último conjunto de políticas, la discusión debería orientarse hacia la determinación de un balance entre los instrumentos de políticas que afectan los precios de los servicios, las cantidades y calidades de los servicios y la organización económica del sector, esencialmente en lo atinente a la fórmula de competencia. Muchas de estas variables ya se están utilizando, pero su revisión y discusión, en un contexto de equilibrio general, podría redundar en mejoras y perfeccionamientos, amén de la posibilidad de una explicitación más clara de la política. Cuadro 10: Impactos de políticas y variables de control �tem Políticas y variables de control Ejes Política Variable de Institucional Cobertura Prestacional Económico control financiero 1 Forma de Perfeccionamiento gobierno de la del modelo de JUNASA administración del Seguro 2 Compilación Mejor comprensión jurídica de la reforma 3 Universalización Mejora la Impacto del Seguro cobertura financiero sobre Nacional de formal el presupuesto Salud Impacto sobre la garantía de derechos 4 Política de Grado de Impactos financiamiento solidaridad en el macroeconómicos financiamiento Impactos sobre la percepción del ingreso disponible 5 Política de Valor de la cápita Impacto sobre la regulación por base solvencia las capitas y financiera y precios patrimonial de los efectores Cápita diferencial Eficiencia por ubicación económica geográfica Magnitud de la Apoyo al cápita por logro de resultados objetivos prestacionales Precios Impacto distributivo Impacto sobre la competencia en el sistema 25 Cuadro 10: Impactos de políticas y variables de control �tem Políticas y variables de control Ejes Política Variable de Institucional Cobertura Prestacional Económico control financiero 6 Política de Gestión de Apoyo al Altera la ecuación regulación por el metas/auditoria logro de económica de los conjunto objetivos prestadores prestacional y su prestacionales calidad Grado de calidad Orienta los Altera la ecuación requerida objetivos económica de los prestacionales prestadores Grado de Orienta los Altera la ecuación prácticas objetivos económica de los cubiertas prestacionales prestadores 7 Política de Grado de Libre Generación de regulación de la elección competencia organización del entre efectores sector Estructura de la Internalización de gestión de riesgos costos de prácticas de alta complejidad Descentralización Liderazgo en Rol competitivo de ASSE el nuevo y complementario Variabilización modelo de de ASSE de los costos gestión Sistema de presupuestarios incentivos 53. El desarrollo efectivo del recién iniciado Sistema Integrado de Información de Salud – SIIS-, especialmente su contextualización dentro del marco legal y la explicitación del horizonte de futuro en su implementación, resultan críticos, tanto para poder realizar un trabajo de monitoreo del proceso de reforma en marcha como para dar un marco de previsibilidad al comportamiento adaptativo de los actores sectoriales en el desarrollo del SIIS. 4 Conclusiones principales y sugerencias de cursos críticos de acción y análisis. 54. La reforma del Sector Salud no constituye un hito que se produce en un momento del tiempo sino que es un proceso en el que una visión de largo plazo se va desarrollando, completando y perfeccionando. 55. El contexto económico uruguayo constituyó un aliado fundamental para la implementación de la reforma. El aumento del empleo, la estabilidad de las variables macroeconómicas, la mejora en los ingresos de los hogares y la percepción social positiva sobre el proceso, han sido esencial para reformar un sector de un peso significativo en la economía uruguaya y que históricamente mostró niveles de conflictividad y resistencia a los cambios. 56. Es posible identificar importantes avances en cuatro ejes principales: 26 1. el institucional: destacándose la normativa por la que se crean nuevos institutos e instituciones (Seguro Nacional de Salud, Fondo Nacional de Salud, JUNASA), y se distinguen roles diferenciados entre los actores, en especial en el sector público; 2. el relacionado con la cobertura: explicitando y ejecutando un plan de incorporación como beneficiarios del Seguro que implica que 60% de la población se encuentra cubierta por el Seguro mientras que el resto, o bien se encuentra identificado en forma nominalizada como usuario de ASSE o, en un pequeño porcentaje, tiene otro tipo de cobertura formal. 3. el prestacional, explicitando un programa de cobertura de prestaciones y un vademécum de medicamentos, con una orientación más preventiva. 4. el económico-financiero: incrementando sustantivamente el gasto en salud, e introduciendo cambios en el modelo de financiamiento de la cobertura a las personas con empleo formal y sus familiares, unificando la contribución (que depende del ingreso del trabajador y de su situación matrimonial y número de hijos) y determinando una cápita para cubrir el pago de los servicios que se determina en función del riesgo (determinado por sexo y edad) y que se ajusta periódicamente por inflación de costos. 57. Aunque el gasto total en salud de Uruguay creció sostenidamente entre 2004 y 2009, este importante crecimiento fue proporcionalmente menor al crecimiento económico. El hecho que el gasto agregado en salud haya disminuido en relación al producto bruto constituye un resultado positivo ya que brinda un marco de mayor de sostenibilidad y respaldo a la reforma. 58. La reforma ha generado un aumento en los recursos públicos asignados al sistema de salud en detrimento del financiamiento privado o de bolsillo. Este cambio hacia un sistema de financiamiento mixto publico privado pero, ahora, con preponderancia del componente contributivo (impuestos al trabajo) y presupuestario (impuestos generales) ha dado importantes ganancias en términos de equidad y sustentabilidad del sistema de salud de Uruguay. 59. El presupuesto de salud pública ejecutado desde el Ministerio de Salud ha mostrado una expansión, que es consistente con la estrategia impulsada por las autoridades uruguayas de adaptar el sistema de salud a los cambios en el perfil epidemiológico y con la generación de las herramientas de control necesarias para ello. 60. Los recursos presupuestarios asignados a ASSE también mostraron un crecimiento sostenido en todo el periodo de implementación de la reforma. Esto permitió aproximar el gasto de ASSE por usuario al gasto per cápita del sistema mutual. No obstante este mayor presupuesto, no se observa una mayor producción asistencial global pero si mejores tasas de uso de los beneficiarios, indicio de un mejor nivel de acceso a las prestaciones. 61. El sistema mutual recibió un aumento sin precedentes de nuevos usuarios, tanto por el aumento de la población ocupada con aportes a la seguridad social como por la incorporación del grupo familiar de los trabajadores activos. Esto ha generado una mejora en todos los índices económicos y financieros del sistema mutual. 27 62. Paralelamente, se ha logrado reducir de manera significativa algunos precios clave del sistema mutual y del sector de la salud en general, como el precio de los medicamentos y el de los copagos. Esto generó una disminución del gasto de bolsillo de los hogares y un amplio respaldo por parte de la clase media uruguaya, la principal beneficiaria de esta reforma. 63. Para los próximos años es posible esperar que sea necesario enfrentar un conjunto de decisiones críticas a los efectos de asegurar y perfeccionar el rumbo de la reforma. Los siguientes son los temas que aparecen como más significativos y sobre los cuales será necesario profundizar el campo de análisis: 1. Dotar a la JUNASA de una organización (que incluya personal, procedimientos y sistemas) adecuada para el cumplimiento de las misiones que le confiere la normativa. 2. Impulsar fuertemente el desarrollo del SIIS para desarrollar un esquema de monitoreo y control del sector y de las variables clave que determinan la política que se implemente en cada momento. 3. Conformar un texto ordenado de la normativa relacionada con la reforma 4. Evaluar los pros y contras de la profundización de la tendencia hacia una mayor solidarización del financiamiento del sector. En especial se deberían evaluar las consecuencias sobre la competitividad del país de tal profundización. 5. Evaluar posibles mejoras en la política de determinación de cápitas, en particular las orientadas a (i) internalización de los costos de prácticas de alta complejidad cubiertas actualmente a través del FNR y (ii) aproximarse a precios de eficiencia que capten posibles diferenciales de costos (en especial entre el interior y el área de la capital) 6. Desarrollar e institucionalizar un set de mecanismos de ajuste dinámico de los programas prestacionales y del vademécum de medicamentos. 7. Profundizar los procedimientos de gestión por objetivos y control como mecanismo de mejora continua de la calidad. 8. Evaluar las diversas opciones de organización del sector, en especial las que involucre a ASSE cumpliendo roles complementarios y/o competitivos con el sector privado. La mejora de ASSE en términos de calidad de las prestaciones es crítica para alcanzar en una próxima fase un sistema de salud integral. 9. Desde una perspectiva de mediano plazo y en un contexto de crecimiento económico sostenido y de incorporación de trabajadores en el mercado laboral formal será importante monitorear la elección ejercida por los beneficiarios del SNIS en términos de sector prestador. Mejorar la calidad de las prestaciones de ASSE o dotarla de algún grado de especialización geográfica o funcional podría evitar que los nuevos afiliados prefieran de modo masivo sistema mutual dejando a la ASSE solo la población con atención gratuita. Evitaría la generación de un 28 sistema segmentado de asistencia de la salud, que podría atentar contra la sostenibilidad del subsector público como proveedor. 64. El esfuerzo realizado por Uruguay en el camino de transformación de su sistema de salud es enorme, con resultados positivos obtenidos en un corto plazo de implementación y con un panorama de apoyo de la población y los actores sectoriales inusual en este tipo de transformaciones. Así, el escenario de cambio aparece como muy promisorio para continuar el sendero de transformaciones iniciado, proceso complejo pero que permitiría consolidar la reforma del sistema de salud para el bienestar de toda su población. 29 El Sistema Nacional Integrado de Salud de Uruguay La reforma del Sector Salud INFORME CENTRAL 1 Introducción 1. Entre 2005 y 2007 se inició en Uruguay un importante proceso de reforma que apunta a una transformación sustantiva del Sector Salud. La reforma planteada implica cambios institucionales, financieros y la consecuente adaptación de comportamientos de los diferentes actores a nuevas pautas. Por esta razón es que desde Diciembre de 2007, al momento de completarse la sanción legislativa del marco legal principal de la reforma, se ha desarrollado un proceso de transición en el que el sistema ha comenzado a adaptarse a nuevas reglas de funcionamiento, apuntando a alcanzar mejoras que podrán ser evaluadas plenamente en un contexto de largo plazo. Este trabajo analiza los cambios sectoriales generados por el proceso de reforma, los avances logrados frente a los objetivos planteados y los espacios y alternativas de avance futuro. 2. La reforma está orientada esencialmente a lograr: (i) mayor acceso a servicios de salud por parte de la población, a través de una extensión poblacional de la cobertura explícita; (ii) servicios de salud más integrados, integrales y de mejor calidad, a través de la articulación de la oferta mediante la complementación de la provisión pública y privada y (iii) mayor eficiencia y sustentabilidad del sistema a través de la adecuación de los servicios de salud a los cambios epidemiológicos y demográficos de los últimos años. Esto implica la priorización de actividades de prevención sin desatender la recuperación de la salud. Las características de este cambio de perfil demográfico y epidemiológico se presentan en el Anexo 1. 3. La reforma ha ido produciendo sucesivos avances muy significativos, conformando un nuevo contexto en el que se desarrolla el sector salud en Uruguay. Esta reforma, que obviamente no se puede decir que se encuentre concluida ni que sus resultados puedan ser aún evaluados en forma definitiva, se ha ido instrumentando a partir de un conjunto de políticas y decisiones estratégicas de largo plazo que se han plasmado en un plexo normativo cuyo detalle se presenta en el Anexo 2. 4. En forma sintética, una visión inicial de la reforma es la creación de un Sistema Nacional Integrado de Salud, que fue ordenada en diciembre de 2005 a través de la ley 17.930 (Arts. 274 y 265). En mayo de 2007 se dio un paso adicional al crearse por la ley 18.131 el Fondo Nacional de Salud como el instituto de financiamiento del Sistema, el cual se perfecciona en diciembre de 2007 a través de la ley 18.211, en la que se reglamenta el Sistema y se crea el Seguro Nacional de Salud y su forma de administración. También se sanciona en agosto de 2007 la descentralización de la ASSE, responsable de la provisión publica de servicios de salud. El anexo 4 describe el proceso legislativo desde la perspectiva de su economía política. 5. La reforma ha sido diseñada a partir de un conjunto de principios o lineamientos estratégicos establecidos en el art. 3º de la ley 18.211: 30 1. La promoción de la salud con énfasis en los factores determinantes del entorno y los estilos de vida de la población. 2. La intersectorialidad de las políticas de salud respecto del conjunto de las políticas encaminadas a mejorar la calidad de vida de la población. 3. La cobertura universal, la accesibilidad y la sustentabilidad de los servicios de salud. 4. La equidad, continuidad y oportunidad de las prestaciones. 5. La orientación preventiva, integral y de contenido humanista. 6. La calidad integral de la atención que, de acuerdo a normas técnicas y protocolos de actuación, respete los principios de la bioética y los derechos humanos de los usuarios. 7. El respeto al derecho de los usuarios a la decisión informada sobre su situación de salud. 8. La elección informada de prestadores de servicios de salud por parte de los usuarios. 9. La participación social de trabajadores y usuarios. 10. La solidaridad en el financiamiento general 11. La eficacia y eficiencia en términos económicos y sociales. 12. La sustentabilidad en la asignación de recursos para la atención integral de la salud. 6. Adicionalmente, la reforma implicó un cambio profundo en los mecanismos de financiamiento del sistema, apuntando a la creación de un Seguro Nacional de Salud que contrata en los segmentos centrales de los proveedores del mercado sobre la base de un sistema capitado. 7. En este informe se analizará la evolución de esta reforma asumiendo que ésta –como ya se dijo- no está plenamente concluida. Por esta razón, no se pondrá un acento especial en los resultados concretos de la reforma que, aunque relevantes para el sistema de salud, no pueden considerarse aún definitivos. Por el contrario, el abordaje de este estudio es el de analizar la reforma desde una perspectiva estructural y estratégica, concentrándose en el análisis de dos problemáticas centrales para todo proceso de cambio: las condiciones de gobernabilidad y las de sustentabilidad del proceso. 8. Para ello se revisará la evolución del marco regulatorio del sistema en el contexto de este proceso de reforma y se analizará la información disponible relacionada con la evolución financiera global y de los principales actores del sistema, en particular de las IAMCs y de ASSE y su correspondiente desempeño como proveedores de los servicios. Por último se presentarán las principales enseñanzas, conclusiones y recomendaciones que surgen del análisis realizado. 31 2 La reforma: el marco institucional y regulatorio 2.1 Introducción 9. La implementación de la Reforma ha implicado la creación de tres institutos claves, entendidos estos como un conjunto de finalidades, objetivos y competencias: (i) El Sistema Nacional Integrado de Salud, creado por Ley 18211; (ii) El Seguro Nacional de Salud, creado en la misma ley y (iii) El Fondo Nacional de Salud, creado por la ley 18.131 modificada por la ley 18.211. 10. La administración de estos institutos recae en un esquema de gobernabilidad en el que se distinguen los roles de diferentes instituciones, entendidas estas como aquellos organismos que desempeñan una función de interés público: (i) el Ministerio de Salud; (ii) la Junta Nacional de Salud (JUNASA), creada por la ley 18.211; (iii) el Banco de Previsión Social; (iv) la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE); (v) el FRN, (vi) el Ministerio de Economía; (vii) las IAMCs y (viii) los IMAEs. 11. Estos institutos e instituciones constituyen una parte central del Sector Salud en Uruguay7, y son los elementos centrales en los que se desarrolla la reforma. En esta sección se analizará el esquema de gobernabilidad a partir de las funciones de estos actores en relación con el Sector Salud, del modelo financiero del sistema, de las relaciones entre los actores y los mecanismos de control. El esquema siguiente representa el funcionamiento global del Sector. MINSAL (R egulación SEGURO NACIONAL Sistema de y control) Aportes DE SALUD Medicina laborales y Altamente voluntarios Especializada JUNASA Aportes (A dminist.) patronales Otros aportes Presupuesto FONA SA BPS FNR (Agente Financiero) Compra indirecta de Crédito COMISION servicios y resultados presupuest. HON OR AR IA ASESOR A SNIS (Administ.) Prestadores ASSE Entidades Privados IAMCs s/fines de Prestadoras CAPITA- GRATUI- Compra de preexistentes DOS TOS servicios lucro Aportes Inscripción/ Tasas moderadoras Aseguramiento Prestaciones IMAEs Beneficiarios Prestaciones 7 Quedan fuera de este esquema los aseguramientos privados y aquellos pertenecientes a los estratos de Policías y Militares. 32 2.2 Funcionalidad 2.2.1 Funcionalidad global 12. La reforma crea un Seguro Nacional de Salud financiado por un Fondo Público Único Obligatorio –FONASA, Fondo Nacional de Salud- constituido por los aportes del Estado (a través de la asignación presupuestal al financiamiento del sistema de salud), aportes de las empresas públicas y privadas y el aporte universal de los hogares beneficiarios del Sistema Nacional Integrado de Salud. El aporte de las empresas públicas y privadas es proporcional a la nómina de sus trabajadores y el aporte de los hogares es un porcentaje de sus ingresos, de manera de contribuir a la equidad en el aporte al financiamiento de la salud. 13. Los beneficiarios del Seguro son afiliados a las entidades que conforman el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) que incluye esencialmente a las IAMCs y a la ASSE8, instituciones que son los principales proveedores de los servicios de salud para sus respectivos afiliados. 14. El SNIS fue creado con el objetivo de establecer la atención integral de todos los habitantes residentes en el país, garantizando su cobertura equitativa y universal. Se conforma sobre la base de la articulación de la provisión público-privada y tiene como estrategia sanitaria global la atención primaria en salud, privilegiando el primer nivel de atención, las acciones de promoción, prevención y rehabilitación. 15. El reembolso a los prestadores privados de salud se hace de acuerdo a cápitas ajustadas por riesgo y metas de prestación de servicios en cada nivel de atención, mientras que ASSE percibe recursos a través de asignaciones presupuestarias e incipientemente de cápitas. Dado que estos mecanismos financieros son concentrados en el Seguro (financiado por el FONASA), la JUNASA, como entidad administradora del mismo, constituye un comprador indirecto de servicios. 2.2.2 Roles específicos y esquema de gobierno 16. La reforma define los roles de los diferentes actores, sus funciones y las condiciones de interacción. Puede destacarse la especialización funcional que promovió, que se resume en el siguiente cuadro: Cuadro 2.1.: Roles institucionales Provisión Financiamiento Regulación Regulación política/ Agente de /compra indirecta operativa/ Control Global técnico/ administración de servicios Control económico financiera operativo -ASSE JUNASA JUNASA Ministerio de Salud BPS -IAMCs Copagos privados (a través de Pública -Efectores contratos de privados que gestión) integran el SNIS. Efectores privados Privados MSP Ministerio de Salud que no integran el Pública 8 Constituida como servicio descentralizado por imperio de la Ley 18.161. 33 Cuadro 2.1.: Roles institucionales Provisión Financiamiento Regulación Regulación política/ Agente de /compra indirecta operativa/ Control Global técnico/ administración de servicios Control económico financiera operativo SNIS Sanidad militar y Beneficiarios Ministerio de Salud policial Pública IMAEs JUNASA FNR Ministerio de Salud BPS Pública 17. El rol de las entidades de provisión de servicios de salud es el habitual aunque la reforma introdujo cambios importantes: (i) la descentralización de la ASSE; (ii) la promoción de un modelo sanitario orientado a la prevención y (iii) la compra de resultados a partir de cápitas sujetas al cumplimiento de metas. 18. Por su parte, se produjo un importante cambio en lo que hace a la diferenciación de los roles de regulación y control, por un lado, y el de financiamiento y compra indirecta de servicios, por el otro. Estos son, precisamente los roles centrales que se reservan para el Ministerio de Salud y la recientemente creada JUNASA. 19. El Ministerio de Salud tiene reservadas esencialmente funciones de regulación y control técnico y financiero de los proveedores/ aseguradores. El art.Art. 5º de la ley 18.211 establece que sus funciones en relación con el SNIS son las siguientes: 1. Elaborar las políticas y normas conforme a las cuales se organizará y funcionará el Sistema Nacional Integrado de Salud, y ejercer el contralor general de su observancia. 2. Registrar y habilitar a los prestadores de servicios integrales de salud que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud y a los prestadores parciales con quienes contraten. 3. Controlar la gestión sanitaria, contable y económico-financiera de las entidades, en los términos de las disposiciones aplicables. 4. Fiscalizar la articulación entre prestadores en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud. 5. Aprobar los programas de prestaciones integrales de salud que deberán brindar a sus usuarios los prestadores públicos y privados que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud, y mantenerlos actualizados de conformidad con los avances científicos y la realidad epidemiológica de la población. 6. Instrumentar y mantener actualizado un sistema nacional de información y vigilancia en salud. 7. Regular y desarrollar políticas de tecnología médica y de medicamentos, y controlar su aplicación. (Reglamentación) 8. Diseñar una política de promoción de salud que se desarrollará conforme a programas cuyas acciones llevarán a cabo los servicios de salud públicos y privados. 9. Promover, en coordinación con otros organismos competentes, la investigación científica en salud y la adopción de medidas que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población. 10. Las demás atribuciones que le otorga la presente ley, la Ley N° 9.202 "Orgánica de Salud Pública", de 12 de enero de 1934, y otras disposiciones aplicables. 34 20. La Junta Nacional de Salud es la responsable de la administración del Seguro Nacional de Salud y tiene asignadas las siguientes funciones de acuerdo con las normas del art 28º de la ley 18211: 1. Suscribir con los prestadores que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud los contratos de gestión a que refiere el artículo 15 de la presente ley. 2. Aplicar los mecanismos de financiamiento de la atención integral a la salud que corresponda a los usuarios del Sistema Nacional Integrado de Salud y fiscalizar la efectiva integración de los aportes al Fondo Nacional de Salud que se determinan en el Capítulo VII de la ley 18211. 3. Disponer el pago de cuotas salud a los prestadores que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud, de acuerdo a sus padrones de usuarios y previa verificación del cumplimiento de las obligaciones a su cargo. 4. Controlar las relaciones entre los prestadores que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud y entre éstos y terceros. 5. Disponer la suspensión temporal o definitiva, total o parcial, del pago de cuotas salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores, determinado por acto administrativo firme. 6. Elaborar el proyecto de su reglamento interno de funcionamiento que elevará al Poder Ejecutivo para su aprobación, dentro de los ciento ochenta días de su constitución. 7. Las demás que le asigne la presente ley 21. Puede apreciarse que esta separación de funciones dentro del sector público implica un cambio mayor en la visión de la conducción del sector. En efecto, por un lado, el Ministerio de Salud se concentraría en funciones de regulación y control, lo cual implica una limitación de sus funciones habituales. 22. Por el otro, se crea la Junta Nacional de Salud (JUNASA) como organismo desconcentrado en el ámbito del MSP, con carácter honorario, cuyos miembros son designados por el Poder ejecutivo y está compuesta por: (i) Dos representantes del MSP, uno de los cuales la presidirá; (ii) Un miembro representante del MEF; (iii) Un miembro representante del BPSl; (iv) Un miembro representante de los prestadores que integren el SNIS; (v) Un miembro representante de los trabajadores de los prestadores que integren el SNIS y (vi) Un miembro representante de los usuarios del SNIS. Esta composición representativa es una virtud, pero con las obvias consecuencias en relación con la posibilidad de consenso de sus decisiones. 23. La JUNASA es la administradora del Seguro Nacional de Salud, piedra angular del sistema, e interviene en forma decisiva en un conjunto de elementos que afectan el desenvolvimiento económico y sanitario del sector. 24. A pesar de tener responsabilidades de administración, la Junta no cuenta con una estructura propia y sus integrantes son funcionarios y representantes que, hasta la actualidad9, no son de tiempo completo ni tienen una remuneración especial por su función. Esto constituye una potencial debilidad del órgano central de la conducción del sistema, lo cual implica que, a los efectos operativos, la misma se apoye en las estructuras de las organizaciones representadas. En especial el Ministerio de Salud 9 Marzo de 2010. 35 Pública apoya la gestión de la Junta a través de sus Direcciones Generales manteniendo en su seno funciones que en el contexto de separación de roles no debería tener. 25. La conducción ejecutiva de la JUNASA se realiza por un organismo colegiado, con un Presidente cuyas funciones se limitan a efectivizar decisiones de la Junta u operar cuestiones de urgencia. En el contexto de un organismo con fuertes funciones ejecutivas, el balance entre las decisiones colegiadas y las de un responsable operativo constituye un aspecto central a ser considerado y normado convenientemente. 26. Si bien la representación de los prestadores es minoritaria (uno de 7 miembros), el sentido de muchas de sus funciones los colocan en una posición de conflicto de intereses. Esta situación de conflicto podría presentarse también para otros representantes de la Junta, en especial durante el proceso de transición, en tanto los roles de los diferentes actores no se perciban como claramente diferenciados. La reglamentación de la ley podría dar una normativa específica para ciertos casos en los que los representantes presenten conflictos de intereses. 27. Una complejidad adicional en la gobernabilidad del actual sistema de salud es que el Directorio de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) es también representativo y está integrado por cinco miembros designados de conformidad con lo dispuesto por el inciso primero del artículo 187 de la Constitución de la República: Tres a propuesta del Poder Ejecutivo, uno de los cuales ejercerá la presidencia, uno a propuesta de los trabajadores de ASSE y uno a propuesta de los usuarios de ASSE. 28. Existe una "Comisión Asesora del Formulario Terapéutico Nacional", que está conformada por tres representantes titulares del Ministerio de Salud Pública y dos representantes titulares de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva y que tiene los siguientes cometidos y atribuciones: (i) Revisar y actualizar anualmente el Formulario Terapéutico de Medicamentos, proponiendo modificaciones y asesorando al Ministerio de Salud Pública a los efectos de la incorporación o exclusión de medicamentos; (ii) Dictaminar preceptivamente previo a la aprobación de los protocolos por parte del Ministerio de Salud Pública; (iii) Asesorar al Ministerio de Salud Pública en las cuestiones Técnicas relacionadas con la aplicación del FTM10 29. Es interesante observar la ausencia, en las diversas instancias de gobierno del sector, de representantes de actores con capacidad de formar precios, como el farmacéutico, las ópticas, los proveedores de instrumental, de insumos de uso médico y odontológico (material descartable, gases de uso médico, etc.) y de equipamiento biomédico. Estos actores suelen ser incorporados a instancias tales como Consejos consultivos o similares. Estos y otros organismos consultivos podrían ser parte del esquema de apoyo para toma de decisiones, favoreciendo la gobernabilidad del sistema, como por ejemplo, Consejo de Tecnología, Comité de Bioética, etc. 2.3 Regulación de las relaciones entre los actores 30. Un segundo aspecto a considerar son las condiciones de interacción entre los actores que en la mayoría de los casos se definen por la propia relación funcional que surge de la 10 Decreto Nº 265/006 de7/8/006, art. 7 36 especialización. No obstante resulta importante destacar ciertas regulaciones, que encierran en conjunto una serie de problemas de agencia que serán analizados en esta sección y que pueden clasificarse del siguiente modo: 1. Las regulaciones generales, derivadas de la existencia de actores que actúan como reguladores del mercado, estableciendo objetivos y condiciones de desarrollo económico del sector. 2. las regulaciones de la competencia, las que genera el sistema a raíz de la coexistencia de proveedores públicos y privados. La competencia entre ellos se produce por la calidad de los servicios y por las posibilidades de movilidad por parte de los beneficiarios 3. Las regulaciones del control, las que se derivan de la necesidad de verificar el cumplimiento de las normativas en un sector que no está absolutamente expuesto a mecanismos de ajuste automático, entre otras cosas por fallas de los mercados. 2.3.1 Regulaciones generales 31. Las regulaciones generales del sistema pueden agruparse en tres tipos: i) las que afectan el tipo, cantidad y calidad de las prestaciones requeridas; ii) las que afectan los precios y costos de las prestaciones y iii) las que afectan el acceso al sistema. Una relación de la principal normativa legal implicada, su secuencia y concatenación se detallan en el Anexo 2. 32. Cabe resaltar que la normativa relativa al Seguro Nacional de Salud y su reglamentación se compone a la fecha de un conjunto de normas de distinta jerarquía (Leyes, Decretos, Resoluciones, Ordenanzas, etc.) dictadas a lo largo de un período que abarca más de un lustro. 33. La complejidad actual de ese plexo normativo, que se suma a la vigencia de normativa previa que regula el sector salud, a la que muchas veces modifica parcialmente, amerita el dictado de un Texto Ordenado de todas las normas relacionadas directa o indirectamente con el Seguro Nacional de Salud que permita consolidar en un único texto todo lo relativo al tema, tal como se hizo en su momento con el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (T.O.C.A.F.). 2.3.1.1 Tipo, cantidad y calidad de las prestaciones 34. Paquete prestacional. El Estado ha definido un plexo normativo a lo largo del tiempo que regula las prestaciones de salud. El listado detallado de las normas que afectan al paquete de productos (sea por referirse a prestaciones o a la composición de la población objetivo generadora de la demanda) se lista en Anexo 3. 35. Una normativa central es la que define un listado explícito de prestaciones que es, por una parte, una obligación para todos los prestadores integrales, y por otra, un derecho de acceso universal para la población de todo el país. El Decreto Nº 465 del 3 de octubre de 2008 aprueba los Programas Integrales de Salud (Anexo I del Decreto) y el Catálogo de Prestaciones (Anexo II del Decreto) definidos por el Ministerio de Salud Pública. 36. Las entidades públicas y privadas que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud, deberán brindar atención integral tomando como marco de referencia los contenidos 37 específicos de los Programas antes referidos que el Ministerio de Salud Pública ha publicado y colocado en su página web11. Asimismo, en ésta puede consultarse el detalle de las prestaciones incluidas en el Anexo II del citado Decreto. 12 37. Los Programas Integrales de Salud aprobados en el Anexo I del texto legal citado son los siguientes: 1. Programa Nacional de Salud de la Niñez 2. Programa Nacional de Salud de la Mujer y Género 3. Programa Nacional de Salud del Adolescente 4. Programa Nacional de Salud del Adulto Mayor 5. Programa Nacional de Salud Bucal 6. Programa Nacional de Salud Mental 7. Programa Nacional de Discapacidad 8. Programa Prioritario de ITS-Sida: 1. Directrices básicas para la realización de: 1. Conserjería/orientación en VIH- SIDA. 2. Infección por VIH: Guías para Adultos y Embarazadas. 3. Infección por VIH: Guías para pediatría. 2. Infecciones de ITS: pautas de diagnóstico y tratamiento. 9. Programa Nacional de Nutrición 10. Programa Nacional de Atención a Usuarios Problemáticos de Drogas 11. Programa Nacional para el Control del Tabaco 38. Estos programas incluyen actividades de promoción, protección, recuperación, rehabilitación y cuidados paliativos de las personas, incluyendo el acceso a la tecnología y medicamentos aprobados en el Formulario Terapéutico de Medicamentos. En el cumplimiento de las actividades de atención correspondientes a cada Programa, se deberá hacer especial énfasis en las vinculadas a la promoción de la salud. 39. Las prestaciones incluidas en los Anexos mencionados no dan derecho a los prestadores al cobro alguno a los usuarios del Sistema Nacional Integrado de Salud amparados en el Seguro Nacional de Salud, a excepción de las tasas moderadoras que autorice el Poder Ejecutivo, de conformidad con el Artículo 19° de la Ley N° 18.211 de 5 de diciembre de 2007. 40. El Ministerio de Salud Pública debe actualizar periódicamente los Programas Integrales y el Catálogo de Prestaciones de Salud, de acuerdo a la evidencia científica, la realidad demográfica y epidemiológica de la población, así como el estudio de costos. Asimismo, la inclusión de nuevas prestaciones debe tomar en cuenta la existencia de economías derivadas de mejoras en la eficiencia del Sistema, de la incorporación de nuevos usuarios a los padrones de los prestadores y de la sustentabilidad del Sector Salud, de acuerdo a la realidad del país. 41. Otro componente complementario a los citados precedentemente es el Formulario Terapéutico de Medicamentos obrante en los Anexos I a IV del Decreto Nº 265/06 y sus modificatorios, los Decretos Nº 12/07, Nº 261/09 y Nº 289/09. Este Formulario constituye el conjunto de prestaciones de cobertura farmacológica, reuniendo los 11 Ver http://www.msp.gub.uy/ucjunasa_2227_1.html y http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2227,15435, consulta efectuada el 3 de marzo de 2010. 12 Ver http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2227,15436, consulta efectuada el 3 de marzo de 2010. 38 medicamentos necesarios para atender las indicaciones terapéuticas de los pacientes de las Instituciones y Servicios de Salud comprendidos en el SNIS. La cobertura de medicamentos que obligatoriamente se debe brindar alcanza a las acciones de prevención, recuperación, rehabilitación y cuidados paliativos. El Formulario Terapéutico de Medicamentos vigente (última fecha de actualización: 15 de noviembre de 2007) puede consultarse en la página web del Ministerio.13 42. Las Instituciones y Servicios de Salud Públicos, las de Asistencia Médica Colectiva e Instituciones de Asistencia Médica Privada Particular en régimen de prepago, de acuerdo con la modalidad y alcance de cobertura, deberán brindar a sus pacientes, con prescindencia de los recursos económicos de éstos, los medicamentos comprendidos en el listado del Anexo I y las fórmulas nutricionales del Anexo IV del citado Decreto, que deberán estar disponibles para los profesionales y pacientes de las Instituciones y Servicios. 43. Las referidas instituciones deberán también brindar los medicamentos comprendidos en el listado del Anexo II (Protocolos Nacionales) a partir de que se establezcan los Protocolos correspondientes a dichos medicamentos y se defina la forma de financiación nacional de los mismos. 44. Los medicamentos que constan en el Anexo III (Fondo Nacional de Recursos y Comisión Honoraria de Lucha Antituberculosa y Enfermedades Prevalentes) se brindarán bajo la cobertura financiera del Fondo Nacional de Recursos y sujetos a los protocolos, guías y reglamentaciones que ésta Persona Pública no Estatal apruebe. 45. Las Instituciones y Servicios citados no están obligados a cubrir otros medicamentos que los establecidos en los Anexos I a IV y ello, según las modalidades de prestación y financiación establecida para cada Anexo, así como para la vía de administración y el nivel de prescripción que se establece para cada medicamento. 46. A los efectos del Decreto en cuestión, se entiende por pacientes a los beneficiarios o a tributarios de las Instituciones o Servicios de Salud Públicos, a los asociados o afiliados de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva y a los contratantes o afiliados de las Instituciones de Asistencia Médica Privada Particular. 47. Producción de servicios. La producción de servicios de salud está en directa relación con los protocolos de atención y con la demanda efectiva de los servicios. Al respecto cabe consignar, por una parte, que los prestadores integrantes del SNIS tienen libertad para elegir los protocolos de atención (terapéuticos, de promoción y de prevención) que consideren convenientes. Por la otra, la demanda está en manos de los beneficiarios, siendo habitual (dada la experiencia mundial) que el requerimiento de servicios que usualmente realizan no es el que correspondería de acuerdo con las normas técnicas definidas por los profesionales. En otras palabras existe una demanda nocional de servicios que no siempre coincide con la demanda efectiva de los mismos. Las tareas de difusión y promoción, entre sus múltiples objetivos, tienden a influir sobre los beneficiarios para aproximar ambos tipos de demanda. En igual sentido, el Estado puede influir en los modelos operativos de los prestadores a los efectos de lograr ese objetivo a partir de prácticas de búsqueda activa, incentivo de actividades de seguimiento, etc. 13 Ver http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?1522,13702, consultado el 3 de marzo de 2010. 39 48. La actual legislación da al Estado ciertas herramientas en este sentido, como el artículo 15 de la Ley 18.211 que establece que la Junta Nacional de Salud (JUNASA) suscribirá un Contrato de Gestión (cuyo proyecto fue aprobado por el Decreto Nº 464/2008) con cada uno de los prestadores que se integren al Sistema Nacional Integrado de Salud. Ya se han instrumentado los contratos de gestión entre la JUNASA y cada uno de los 47 prestadores integrados al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), entre los que se cuenta ASSE.14 49. Un requisito que se establece a través del Contrato de Gestión es el cumplimiento de las metas asistenciales que determine el MSP y que, formado parte de cada Convenio de Gestión que se suscriba, deberán ser alcanzadas por cada institución, imponiéndose en caso contrario una penalidad de carácter económico. 50. En este contexto, el Contrato fija que el prestador tiene derecho al cobro mensual de una cuota salud por cada persona amparada por el Seguro Nacional de Salud que esté inscripta en sus padrones de usuarios. Dicha cuota tiene un componente cápita, referido al precio que se pagará por el aseguramiento de acceso a la atención integral de salud brindada, según grupos poblacionales determinados, y un componente meta, vinculado al cumplimiento de nietas asistenciales. 51. La cuota salud es fijada y ajustada por el Poder Ejecutivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Nº 18.211, en tanto el componente meta se reajusta conforme al literal B del artículo 9 del Decreto N° 276/007 de 2 de agosto de 2007, que estatuye que la verificación de incumplimiento de éstas por el Ministerio de Salud Pública, determinará que, a partir de ese momento, se suspendan total o parcialmente los pagos por este componente. Dicho valor es de aproximadamente un 8 % del valor cuota salud (cápita base)15 y se ajusta por IPC, en las mismas fechas que la cápita base. 52. La normativa vigente establece también que toda meta asistencial que se cree o adicione debe prever -tal como lo exige la metodología de control por cumplimiento de metas- la existencia de indicadores, que el prestador tendrá la opción cumplir a partir de su implantación: Cada meta que se cree o adicione será previamente informada al prestador por la Junta Nacional de Salud y deberá estar ligada a una fuente de financiación específica, afectada a su cumplimiento- 53. En lo que hace al procedimiento de pago, de ser el caso la JUNASA dispondrá que el Banco de Previsión Social retenga del pago referido los montos que correspondan a deducciones del componente meta de la cuota salud y a sanciones que hubiera aplicado al prestador 54. La JUNASA evalúa también el desempeño del prestador en el desarrollo de los Programas Nacionales de Atención de la Niñez y de Salud de la Mujer y Género, así como el impacto del mismo en su población usuaria, de conformidad con las metas asistenciales que se fijen de común acuerdo entre las partes. El cumplimiento de dichas metas por parte del prestador está asociado a su derecho a cobrar el componente meta de la cuota salud. 14 Fuente: http://www.msp.gub.uy/ucasse_2193_1.html, consultado el 3 de marzo de 2010. 15 a la fecha del dictado de éste Decreto, de aproximadamente $ 45.00 uruguayos. 40 55. A los efectos de la liquidación al prestador del componente meta de la cuota salud correspondiente a los dos programas referidos, el monto total del mismo se divide en partes iguales. El monto a pagar efectivamente se determina porcentualmente de acuerdo al nivel de cumplimiento de las respectivas metas alcanzado por el prestador. 56. La JUNASA evalúa dicho cumplimiento cada tres meses y, en base a los resultados obtenidos, ajusta el monto a pagar al prestador en el trimestre posterior a la evaluación. En una primera etapa se seleccionaron indicadores referentes a la Salud del Niño y de la Mujer. 57. A efectos de identificar el cumplimiento de los Programas anteriormente seleccionados, las Instituciones a la hora de firmar el Contrato con la Junta Nacional de Salud, debieron definir cuáles serían sus Metas para alcanzar al fin del primer año (diciembre 2009). Dichas Metas surgidas de los indicadores solicitados por el MSP, son las que se encuentran publicando en la web, institución por institución. A partir de la firma, se acordará con cada una de ellas la variación que va a ir teniendo ese indicador, trimestre por trimestre, a los efectos de poder dar cuenta de las Metas establecidas al finalizar el año. 58. Este mecanismo consensuado de determinación de metas podría transformarse en una instancia generadora de disparidades -en lo que hace a la calidad de atención- para los beneficiarios de las diferentes entidades, toda vez que se ha establecido un mecanismo rígido en lo que hace a la obligatoriedad de permanencia de un beneficiario dentro de cada entidad aseguradora, sea ésta privada o pública. 59. A simple modo de ejemplo de lo expresado, se incluyen en Anexo 5, tomadas aleatoriamente, sendos conjuntos de metas propuestos para 2009 por una IAMC de Montevideo, por una IAMC del interior del Uruguay, por una entidad de un seguro privado y por ASSE.16 El detalle de las metas propuestas para 2009 por todas las instituciones integrantes del SNIS y el correspondiente instructivo para el llenado del nivel de cumplimiento puede descargarse de la página web del MSP. 17 60. Normas que hacen a la calidad de las prestaciones. Existen dos tipos de regulaciones relacionadas con la calidad de las prestaciones. Una se refiere básicamente a los medios requeridos para las prestaciones, en tanto otras se refieren a atributos de calidad de los propios servicios. En la práctica, una misma norma puede contener preceptos correspondientes a ambas categorías. Las normas que afectan a los recursos requeridos son esencialmente las que regulan la habilitación y fiscalización de servicios, que se resumen en la tabla siguiente. Cuadro 2.2.: Normas de habilitación y fiscalización Norma Objeto Detalle Decreto Nº Habilitación de La norma establece: 16 Fuente: http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2297,15624; http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2297,15629; http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2297,15630; y http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2297,15621, consultados el 3 de marzo de 2010. 17 Ver http://www.msp.gub.uy/ucjunasa_2297_1.html, consultado el 3 de marzo de 2010-03-03 41 Cuadro 2.2.: Normas de habilitación y fiscalización Norma Objeto Detalle 416/02 (ver establecimientos • El concepto y clasificación de los establecimientos; la autorización la página asistenciales de instalación y habilitación; el plazo de vigencia de la habilitación web de la y el tratamiento de las correspondientes solicitudes; los Presidencia requerimientos físico-funcionales; la definición y calificación y las de la condiciones de la planta física y las terminaciones y equipamiento Nación18) de los Servicios Ambulatorios o de consulta externa, de Urgencia y Emergencia (incluyendo requisitos referidos a su personal, procedimientos y plan de emergencias), de Internación, de Diagnóstico y Tratamiento, los bloques quirúrgicos y los servicios intermedios y de apoyo. • Las condiciones generales para todos los establecimientos en lo que hace a equipamiento, personal y dirección técnica, los requisitos para la presentación de proyectos de construcción de establecimientos de salud, y los procedimientos de control y sanciones. • El poder del Ministerio de Salud Pública, sin perjuicio de lo que otras normas indiquen al respecto, de realizar el control y la supervisión de los establecimientos; y disponer que las infracciones a lo dispuesto en ese reglamento, serán sancionadas según el grado de transgresión constatado, pudiendo al efecto el citado Ministerio imponer el pago de multas, y decretar su clausura en el caso de reincidencia. Decreto Nº Habilitaciones La norma establece: 13/07 asistenciales • Definición de Primer Nivel de Atención, todo servicio que brinde incluyendo la de una Institución pública o privada que constituya el primer contacto los Servicios del usuario con el sistema en cualquiera de las modalidades Asistenciales de actualmente existentes (Policlínicas, Centros de Salud y Servicios carácter Ambulatorios de Sedes Principales y Secundarias). ambulatorio y el • Requerimientos de habilitación: cumplimiento de o Número de usuarios de la Institución en la zona de influencia los requisitos como parte del tramite de viabilidad de creación o de para el Primer habilitación según corresponda. Nivel de o Memoria descriptiva de la organización del servicio incluyendo Atención la red de consultorios médicos y odontológicos. o Número de recursos humanos por función y en el caso de médicos por especialidad. o Programación local relativa a los programas preventivos del Ministerio de Salud Pública. o Flujograma del procedimiento de referencia y contrarreferencia, en particular de los recién nacidos hasta el primer año de vida (Plan Aduana). o Mecanismos de manejo y traslado de urgencias y emergencias. • Estándares de Inspección: o El servicio cumple con los requisitos sobre estructura establecidos en las normas vigentes (Decretos Nos. 416/02 de 29 de octubre de 2002 y 135/99 de 13 de mayo de 1999). o Cuenta con el equipamiento establecido por pauta para el Primer Nivel de Atención. o Cuenta con agenda de visitas programadas. o Se constata un sistema de registro que permite controlar el cumplimiento del horario de consulta. o Tiene "Cartilla de Derechos y Deberes del Usuario" en lugares visibles al público. o Se constata un Sistema de Atención a Usuarios implementado de acuerdo a la complejidad del servicio. o Se comprueba la existencia de historias clínicas y su archivo. 18 Ver: http://www.presidencia.gub.uy/decretos/2002103103.htm, consultado el 3 de marzo de 2010. 42 Cuadro 2.2.: Normas de habilitación y fiscalización Norma Objeto Detalle o Se accede en el servicio a formularios para hacer efectiva la "denuncia obligatoria de enfermedades sujetas a vigilancia epidemiológica". o El personal está debidamente identificado y uniformado según corresponda. o *Ambiente multiuso para reuniones del equipo de salud, personal y usuarios. o Actividades intra e intersectoriales de la Institución en la zona de referencia. o Documentación que acredite la participación de usuarios y trabajadores en la dirección del servicio. • Requisitos adicionales: o Equipamiento, instrumental y material médico quirúrgico, para resolver las consultas de acuerdo a la complejidad instalada o En el caso de centros de salud, deberán contar con un área para imagenología y/o de laboratorio. Decreto Nº Actualización de La norma establece: 399/2008 la normativa para • Definiciones generales y funcionamiento Unidades de • El papel que debe asignarse al paciente cuidados • requerimientos de planta física e instalaciones, equipamiento y intensivos personal • Criterios de control de calidad y acreditación de las Unidades de medicina intensiva • Criterios de ingreso y egreso a las Unidades de medicina intensiva y de limitación del esfuerzo terapéutico • Normas que hacen a la relación médico paciente y médico familiares • Establece el requisito de existencia de comités de ética médica Las principales normas que se refieren a atributos de calidad de los propios servicios se resumen en el siguiente cuadro Cuadro 2.3.: Normas de calidad de los servicios Norma Objeto Detalle Decreto Nº Modalidad de “La prestación de las obligaciones en materia de medicamentos 265/2006 entrega de establecidas en el presente Decreto es sin perjuicio del pago por parte artículo 11 medicamentos de los pacientes de las respectivas tasas moderadoras o aranceles que sean aprobados por el Poder Ejecutivo, en los casos que corresponda.� Decreto Nº Tiempo de • Otorgamiento de cita para consulta externa en Medicina General, 359/07 espera para Pediatría y Ginecobstetricia, en un plazo máximo de 24 acceder a las (veinticuatro) horas desde el momento de la solicitud. consultas, • Otorgamiento cita para consulta externa en Cirugía General, en un tanto de plazo máximo de 2 (dos) días desde la fecha de su solicitud. medicina • Las consultas externas en las Especialidades Médicas y general, como Quirúrgicas, en ningún caso podrán ser coordinadas en un plazo de las mayor a 30 (treinta) días desde que fueron solicitadas. especialidades • Los procedimientos quirúrgicos no urgentes deberán coordinarse médicas y en un plazo inferior a 180 (ciento ochenta) días, a partir del quirúrgicas momento en que la cirugía es indicada por el especialista actuante (la aplicación de este plazo fue prorrogado por 90 días en junio de 2009 por Decreto Nº 342/09). Decreto Nº Modalidad de “La prestación de las obligaciones en materia de medicamentos 265/2006 entrega de establecidas en el presente Decreto es sin perjuicio del pago por parte artículo 11 medicamentos de los pacientes de las respectivas tasas moderadoras o aranceles que sean aprobados por el Poder Ejecutivo, en los casos que corresponda.� 43 Cuadro 2.3.: Normas de calidad de los servicios Norma Objeto Detalle Decreto Nº Tratamientos Aprobación de la nómina de medicamentos cuyas presentaciones 164/2009 moderadores mutuales y/u hospitalarias contemplarán las necesidades mínimas de la glicemia mensuales para tratamientos reguladores de la glicemia y de la y la hipertensión arterial hipertensión arterial 61. Las normas de habilitación y fiscalización son resorte institucional del MSP en tanto las referidas a los atributos de las prestaciones podrían ser controladas por la JUNASA a partir de lo que se convenga en los Contratos de Gestión. Todo esto debe cumplirse en el marco de derechos y obligaciones de pacientes y usuarios del SNIS establecido por la Ley 18.335 62. Por último, resulta procedente mencionar en este punto que la Ley 18.473 establece el derecho para las personas mayores de edad de oponerse a la aplicación de tratamientos y procedimientos médicos, salvo que se afecte la salud de terceros 2.3.1.2 Precios y costos 63. El financiamiento del Sistema Nacional Integrado de Salud se realiza a partir de dos fuentes principales: (i) el FONASA, que se integra con aportes de los beneficiarios (laborales y voluntarios), patronales, presupuestarios y del Fondo Nacional de Recursos; (ii) los aportes individuales que hacen los beneficiarios del Seguro Nacional de Salud en concepto de tasas moderadoras y tasas por servicios diferenciales. 64. Cuando la reforma se haya sustanciado en forma integral, todos los prestadores del SNIS recibirían como ingreso principal el producto del valor de una cápita única por la cantidad de beneficiarios afiliados a cada prestador. Adicionalmente, mantendrían los ingresos por tasas por servicios diferenciales. 65. En este sentido, la regulación del financiamiento del Sistema se realizaría a partir de la administración de un precio central -la cápita- al que se le fija un valor máximo. 66. El proceso de implementación de este esquema implica enfrentar un conjunto importante de problemas que suponen una transición relativamente prolongada durante la cual deben administrarse elementos tales como: (i) La búsqueda de un precio de eficiencia para las cápitas; (ii) El cambio del modelo de financiamiento de ASSE, desde un esquema estrictamente presupuestario a un esquema de ingresos capitados; (iii) La implementación de mecanismos de cápitas sujetas a resultados y (iv) La minimización -o eliminación- de las tasas moderadoras para hacer más igualitario el acceso 67. La administración de estos procesos supone un camino complejo y en la práctica se dan situaciones de transición, por ejemplo: 1. El sistema de determinación de las cápitas de las IAMCs se funda en la determinación de una cápita base que es ajustada por riesgo (edad y sexo). La cápita resultante se va actualizando periódicamente para adecuarla a la evolución 44 de los precios a través de decretos en los que intervienen los Ministerios de Salud Pública y Economía y Finanzas. 2. Por su parte la ASSE tiene definida una cápita que es un valor único, sin discriminar por efector19. 3. Las tasas moderadoras no se han eliminado totalmente lo que implica condiciones de desigualdad con ASSE. 68. Por otra parte, la cápita básica por los servicios de salud es uniforme para las IAMC´s de todo el país y sirve para la determinación de cápitas diferenciales que surgen de discriminar dicha cápita por riesgo y por cumplimiento de metas. 69. Existe una cierta dualidad en el rol de las IAMCs que son, por una parte, una sociedad de prestadores y, por la otra, una entidad aseguradora en el sentido de contar con afiliados propios. En este contexto, la figura de la JUNASA aparece como una entidad de superintendencia de entidades aseguradoras que fija una cápita bajo criterios uniformes; y esta cápita es una prima de seguro que la JUNASA paga por cuenta y orden de los beneficiarios. Sin embargo, la JUNASA administra un Seguro Nacional de Salud, financiado a través del FONASA y los afiliados a las IAMCs resultan beneficiarios del seguro nacional por adhesión. Esta visión refuerza el rol de las IAMCs como esencialmente prestadoras con una población a cargo derivada de la afiliación que realizan. En este caso, la cápita puede ser considerada directamente como el pago de un conjunto de prestaciones o como el pago de una prima para asegura el acceso a un conjunto de prestaciones. 70. Por otra parte, las IAMCs tienen en general un área geográfica de influencia limitada; es decir que no existen IAMCs de alcance nacional, existiendo casos en los que una IAMC de una zona es propietaria de otras IAMCs de otras zonas. 71. En este contexto, parece importante analizar las condiciones de eficiencia implícitas en la determinación de una cápita uniforme a nivel nacional y para todas las IAMCs. En efecto, una condición suficiente de eficiencia sería que los costos de los servicios, para un determinado nivel de calidad, verificable, fuesen uniformes a lo largo del país para cada IAMC. Esto no es necesariamente así dado que ciertos costos, especialmente los laborales, son diferenciales entre el interior y Montevideo y que los costos financieros no son iguales entre IAMCs debido a que parten de situaciones iniciales diferenciales. 72. La consecuencia de esta situación es doble. Por un lado, el hecho de que todas las IAMCs hayan podido atravesar la transición al nuevo régimen indica que la cápita ha beneficiado más a aquellas ubicadas en zonas de menores costos y a las menos endeudadas. Esto supone que habría existido un costo de eficiencia en este proceso de transición, lo que podría ser perfectamente aceptable como una decisión de política. Por otro lado, al no ser igual la situación de las diferentes IAMCs, existiría un esquema de incentivos que deben ser considerados: (i) existirían incentivos positivos hacia la concentración dado que las IAMCs de menor rentabilidad podrían usar la estrategia de crecer hacia las áreas de mayor rentabilidad; (ii) los niveles diferenciales de rentabilidad podrían influir sobre los incentivos a la instalación de programas sanitarios de prevención (que disminuyen los costos en el largo plazo, pero son de costo adicional inicial) y asumiendo que una 19 Decreto 267/09 45 situación de mayor holgura financiera podría debilitar su peso relativo en las decisiones microeconómicas. 73. En cualquier circunstancia, el punto es que existe una necesidad de monitoreo permanente del esquema de determinación de la cápita, de sus consecuencias y de la evaluación de los incentivos que genera. 2.3.1.3 Accesibilidad 74. La normativa vigente hace que, si bien existe libre elección del prestador por parte del usuario/beneficiario, la regulación existente (o su defecto) puede generar tanto estanqueidad como clivajes hacia o desde el sector público, según el caso. Expondremos las principales normas que regulan el tema. 75. El Decreto Nº 448/07 establece que los empleadores de actividades públicas (estatales y no estatales) y privadas, cuyos trabajadores se incorporen al SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD, debían cumplir con las disposiciones del Decreto Nº 40/998 de 11 de febrero de 199820, aún cuando corresponda a actividades no incluidas en el Sistema de Seguridad Social administrado por el Banco de Previsión Social. 76. La información que deberán proporcionar los empleadores, deberá incluir los datos relativos a la declaración de los vínculos familiares de los trabajadores/as, cónyuge o concubina/o e hijos a cargo. 77. El Decreto Nº 032/08 establece que se considera incorporados al Seguro Nacional de Salud a los trabajadores del Poder Judicial y de los entes de la enseñanza 78. El Decreto Nº 193/08, modificado por el Decreto Nº 380/08, regula la transición de un conjunto de colectivos de trabajadores que contaban con cobertura integral de salud. 79. El Decreto Nº 282/08, modificado por el Decreto Nº 300/08, dispone la incorporación al Seguro Nacional Integrado de Salud de los trabajadores de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias. 80. El Decreto Nº 323/08 extiende el plazo de incorporación para los trabajadores dependientes de la ANCAP y para los trabajadores dependientes del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU)21 81. El Decreto Nº 820/2008 dispone que los colectivos de trabajadores en régimen de cajas de auxilio o seguros convencionales de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, se incorporarán al Seguro Nacional De Salud, el 1º de enero de 2010. 20 El citado Decreto Nº 40/98 establecía que los empleadores, en forma previa al efectivo inicio de una relación de trabajo, deberán comunicar al Banco de Previsión Social el comienzo de la misma, con individualización del trabajador dependiente, para que éste proceda a la afiliación de los trabajadores dependientes que no registren una incorporación anterior, o a procesar el alta para aquellos casos de trabajadores que ya registren afiliación al sistema, y establece los distintos procedimientos a seguir, sean éstos de práctica o por excepción. Fuente: http://www.bcu.gub.uy/autoriza/afesen/40_998.htm, consultado el 3 de marzo de 2010 21 Estos últimos vieron modificado el plazo de su incorporación por Decreto 529/08. 46 82. El Decreto Nº 65/09, en su artículo 1º establece que los usuarios amparados por el Seguro Nacional de Salud, que al 1º de febrero de 2009 tengan diez o más años de afiliación a un mismo prestador, podrán trasladar su registro a otro de los que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud, durante el período comprendido entre el 2 y el 28 de febrero de 2009. 83. En dicho caso el usuario deberá registrarse personalmente en las sedes y locales autorizados al efecto del nuevo prestador que elija.22 La exigencia de permanencia establecida en el Art. 1º no se aplica a aquellas personas que fueron afiliadas de oficio a ASSE por el BPS al dictarse las distintas normas que establecían la incorporación de distintos colectivos al sistema. Una vez formalizado el cambio de prestador en los términos del Artículo anterior del presente Decreto, el usuario deberá permanecer durante tres años en el nuevo que haya elegido, transcurridos los cuales podrá volver a optar. 84. El Decreto Nº 467/09 establece las condiciones para considerar a jubilados usuarios del Seguro Nacional de Salud como trabajadores dependientes en actividades amparadas en el Banco de Previsión Social. 85. El Decreto Nº 14/10 del 18 de enero de 2010 modifica esta situación, al disponer en su Artículo 1º que los usuarios del Sistema Nacional Integrado de Salud, que al 31 de enero de 2010 tengan siete o más años de afiliación a un mismo prestador, al amparo del régimen de seguros de enfermedad que administraba el Banco de Previsión Social (ex DISSE) y luego del Seguro Nacional de Salud que administra la Junta Nacional de Salud, podrán trasladar su registro a otro prestador de los que integran este último, durante el periodo comprendido entre el 1º y el 27 de febrero del mismo año. El cambio de prestador deberá ser realizado por el usuario, en forma personal, en las sedes y locales autorizados al efecto del nuevo prestador que elijan. Una vez formalizado el cambio de prestador en los términos del artículo anterior del citado Decreto, el usuario deberá permanecer durante tres años en el que haya elegido, transcurridos los cuales podrá volver a optar. 86. También podrán cambiar de prestador, dentro del plazo establecido por el mencionado Artículo 1°, los beneficiarios del Seguro Nacional de Salud que hubieran sido registrados de oficio en la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), por no haber elegido prestador cuando tuvieron oportunidad de hacerlo de conformidad con el Artículo 7° del Decreto Nº 2/008 de 8 de enero de 2008. Por último, establece que a los docentes de enseñanza primaria y secundaria, que, cumpliendo las condiciones establecidas en el citado artículo, registren baja laboral durante el mes de febrero de 2010, se les hará reserva del derecho a cambiar de prestador por 30 días corridos, contados a partir de la subsiguiente alta laboral. A tal efecto, la Junta Nacional de Salud instruirá al Banco de Previsión Social, para que registre de oficio dicha reserva en los sistemas informáticos que opera. 2.3.2 Regulación de la competencia 87. El sistema se apoya en la idea de la articulación entre los proveedores públicos y privados. La legislación indica que esta articulación tiende a la complementación entre ambos sectores (ver Art.264 de ley 17.930/05), aunque la implementación de la reforma ha planteado una relación de competencia entre los sectores y dentro de ellos. , aunque 22 Por el Decreto 177/09 se reglamentó la excepcionalidad para lo dispuesto en este artículo, pero con carácter restrictivo. 47 también se han inducido algunos ejemplos de complementación en la organización para la provisión de servicios, especialmente, en oportunidad de incorporar nueva tecnología de alta complejidad23. 88. Una relación de complementación puede darse en el plano geográfico, funcional o sociodemográfico. Es decir que los sectores públicos y privados podrían apuntar a mercados diferenciados, sean estos por razones de localización, de nivel prestacional o tipo de servicios o bien al nivel socioeconómico de los beneficiarios. La consecuencia última de esta relación complementaria es la especialización de los sectores, según el criterio de complementación, y el hecho que existe una diferenciación de mercados: el de los afiliados a las IAMCs y el de los afiliados a ASSE. Si esto fuese así, los mercados se comunicarían exclusivamente para la compra de servicios entre las IAMCs y ASSE. 89. Resulta evidente que esta visión no sería totalmente compatible con el criterio de integralidad que caracteriza al sistema de salud a menos que existieran iguales oportunidades de acceso a cualquiera de los mercados (es decir libertad efectiva de elección) y niveles de cápita similares y grados de eficiencia y calidad similar entre los proveedores. Bajo estas condiciones se darían condiciones de competencia entre los proveedores dado que los beneficiarios del Sistema podrían elegir a los de mayor calidad, generando tensiones de mercado que conducirían a situaciones de eficiencia. 90. Precisamente, la utilidad de plantear una relación competitiva entre sectores responde en última instancia a dotar al sistema de un elemento que tiende a la eficiencia dinámica del mismo, lo cual se podría traducir en menores costos y/o en mejoras de la calidad de los servicios. 91. El sistema presenta actualmente una serie de características que hacen sospechar que es necesaria la clarificación de este punto: 4. Los sistemas de financiamiento de los efectores públicos y privados son aún diferentes: los proveedores de ASSE reciben asignaciones presupuestarias, cápitas diferenciales a las de las IAMCs, no se aplican todavía las cápitas sujetas a metas y en caso de aplicarse existe una mayor rigidez para transferir dichos incentivos al personal interviniente. Adicionalmente, los proveedores de ASSE podrían no tener situaciones patrimoniales iniciales comparables a las de las IAMCs 5. Los ingresos por copagos, si bien se han ido reduciendo en el tiempo, aún constituyen una diferencia de acceso para el beneficiario 6. Las reglas de movilidad de los beneficiarios entre proveedores son todavía bastante restrictivas 92. Todo esto constituye limitaciones a la competencia entre los sectores con lo cual se plantea un interesante problema de política cual es el de definir claras reglas de competencia entre ambos tipos de proveedores en el largo plazo y, al mismo tiempo, garantizar una transición que vaya permitiendo los ajustes para la igualación de la eficiencia y calidad de los servicios. 23 Experiencias de Guichón entre ASSE y Comepa y experiencia de Sauce, Canelones. 48 93. La alternativa de complementación también requeriría definiciones de política aun no explicitadas, como la explicitación de parámetros y la generación de incentivos a la complementación de los sectores. 94. Esto conduce a la necesidad de una profunda mirada interna hacia ASSE, su rol y su organización. En efecto, si los proveedores deben competir, ASSE debería tener una estrategia competitiva explícita, atendiendo a su responsabilidad como proveedor público y a ser el mayor proveedor del sistema. 95. Dentro de esta visión, un elemento central para una estrategia de ASSE es la de liderar un proceso para plasmar en la realidad los cambios estructurales de los servicios que requieren un mejor balance entre la prevención y los servicios de tratamiento. También podría ser un regulador activo (control de los factores de producción) del sector en un esquema de competencia. 96. En consecuencia, la reorganización de ASSE, su proceso de descentralización y su estrategia competitiva/complementaria, por un lado, y el paquete de reglas de competencia dentro del sistema (incentivos, benchmarking y algún sistema de libre elección), por el otro, son dos aspectos de una misma realidad. 2.3.3 Regulación del control 97. El sistema de salud funciona, tal como se ha visto, sobre la base de un conjunto de institutos e instituciones con diferentes roles y relaciones. Genéricamente, puede decirse que existe, por una parte, un rol central que es el que ejerce el poder regulatorio del sector que determina las reglas del juego y los objetivos perseguidos en pos de un bienestar general. Por otra parte existe un rol operativo que es el que ejecuta las acciones, dentro del marco regulatorio. Un problema central de este tipo de situaciones es que los objetivos de quien ejerce el rol regulatorio y los de quienes ejercen el rol operativo pueden no coincidir. 98. Este tipo de problemas se pueden encuadrar en el enfoque teórico del paradigma de Agente-Principal. Según este enfoque, existe un problema de agencia siempre que los objetivos del Principal y del Agente no son similares por lo que deben establecerse estrategias particulares para lograr una compatibilización de los mismos. 99. Los mecanismos de incentivos suelen ser las herramientas más utilizadas en estos casos para lograr que un Agente oriente su comportamiento al logro de los objetivos fijados por el Principal. 100. Es importante advertir que esta problemática tiene una estrecha relación con los esquemas de control que el Principal pueda implementar, dado que, llevando tal situación al límite, si el poder de control del Principal fuera infinito, desaparecería el problema de agencia dado que el Principal siempre podría ir corrigiendo el accionar del Agente en pos de sus propios objetivos. 101. Sin embargo, dado que el poder de control del Principal es limitado, se requieren esquemas que combinen incentivos y algún nivel de control para alinear los objetivos de 49 agentes y principales. En el caso en cuestión del sistema de salud de Uruguay, es posible distinguir diferentes cuestiones relacionadas con este punto. 102. En primer lugar, es necesario efectuar algunas consideraciones en torno al rol del Principal. En efecto, desde una posición principista podría decirse que el Principal son los beneficiarios que utilizan los servicios de salud. Sin embargo, numerosos aspectos técnicos e institucionales hacen que el ejercicio de su rol de Principal no pueda ser ejercido per se sino a través de figuras que, en principio debieran ser representativas. Tal es el rol del Estado, que, en el caso en cuestión se encarna en dos figuras centrales: el Ministerio de Salud Pública, como responsable final de todo el sector, y la JUNASA, como responsable del Seguro Nacional de Salud. 103. Sobre este esquema cabe hacer dos consideraciones. La primera se relaciona con la necesaria coordinación que debiera existir entre ambas instituciones a los efectos de que el esquema de control (y de incentivos asociados) sea consistente, es decir que no tenga elementos contradictorios. La segunda se relaciona con los posibles problemas de gobernabilidad derivados de la existencia de conflictos de intereses entre las instituciones que ejercen el rol regulatorio y de control. En efecto, debe recordarse que, mientras que el MSP es un organismo de la burocracia estatal y, por lo tanto, que debería alinearse a los objetivos de la sociedad que representa, la JUNASA, es un organismo colegiado en el que los diferentes sectores, inclusive la propia burocracia estatal, son representados en forma directa con algún grado de poder de decisión. En este contexto, la cuota parte de la representación la JUNASA que corresponde al Estado no asegura que las decisiones que ésta adopte tengan un correlato estricto con los objetivos de aquel. 104. Una segunda cuestión se relaciona con los aspectos controlados y sus respectivos esquemas de control. Básicamente, la normativa hace referencia a los cuatro campos principales que exige un esquema de control. Esto se resume esquemáticamente en el cuadro siguiente. Cuadro 2.4.: Modelo de control Campo de Responsable Aspectos normativos control Financiero MSP El MSP controla la salud financiera de las IAMCs para lo que establece la necesidad de hacer públicos sus estados contables y financieros con un Plan de Cuentas único para todas las instituciones. Asimismo el decreto 127/2001 establece (Art. 47) que las IAMCs deben constituir un Fondo de Gestión cuya magnitud es el 1.5% de la recaudación para las instituciones con menos de 50.000 afiliados o asociados; 1% para aquellas con entre 50.000 y 150.000, y 0.5% para aquellas con más de 150.000 afiliados o asociados. Se interpreta que esta norma se refiere a la recaudación anual, aunque aquella no lo precisa. Habilitación MSP El MSP es la autoridad encargada de la habilitación y fiscalización de los centros asistenciales, para lo que existen normas de habilitación que definen requerimientos mínimos de recursos físicos, humanos y de organización (procedimientos y sistemas). El Decreto 416 del 2002 es la norma central al respecto Servicio JUNASA//MSP La regulación indica, por una parte, que el sistema de salud debe asegurar el tratamiento de un conjunto de patologías a partir de las prestaciones necesarias. Por otra parte, existe un conjunto de normas que hacen a la calidad de las prestaciones como por ejemplo las relacionadas con la oportunidad en que las mismas deben ser prestadas. 50 Cuadro 2.4.: Modelo de control Campo de Responsable Aspectos normativos control Padrón MSP La DIGESE es la jurisdicción autorizada, a través del Decreto Nº 385/2005, a concentrar la información del padrón de beneficiarios del Seguro Nacional de Salud a partir del RUCAF (Registro Único de Cobertura Asistencial Formal). El mismo Decreto establece que el Fondo Nacional de Recursos (FNR) está autorizado a acceder a esta información. Esta última parte de la norma podría entenderse como una autorización indirecta a la JUNASA a dicho acceso, teniendo en cuenta que FNR es un instituto cuyos recursos forman parte del Fondo Nacional de Salud, el cual financia el Seguro Nacional de Salud y que es administrado por la JUNASA. 105. Este esquema de control sugiere los siguientes comentarios: 1. Desde la perspectiva del sistema de salud en su conjunto, el esquema de control debería responder a una única lógica que, en este caso, debe ser provista por el MSP. 2. En este sistema de salud existe un dualismo dado que en lo que hace al Seguro Nacional de Salud, que constituye una parte sustancial del sistema, el Estado se encuentra involucrado en diferentes instancias (financiamiento, prestación, control), mientras que en el resto del sistema, el Estado tiene un rol más que nada de regulación y control 3. El control sobre la salud financiera de las entidades financiadoras es también una clara responsabilidad de la autoridad sanitaria, es decir, del MSP. Al respecto existen normas acerca de las IAMCs pero no respecto de otros financiadores (como por ejemplo los prestadores del sector privado que no constituyen IAMCs). Estrictamente, esta responsabilidad del MSP debería establecerse sobre el Seguro Nacional de Salud, es decir sobre la JUNASA, dado que es la administradora de los fondos asignados. Dado que es la JUNASA la que entrega fondos en una suerte de compra indirecta de servicios a través de los prestadores integrantes del Sistema Nacional Integrado de Salud (IAMCs, ASSE, IMAEs y otras organizaciones del sector privado dedicadas a esta actividad que decidan integrar el SNIS), sería su responsabilidad la entrega de dinero a una entidad no solvente. 4. La habilitación y cumplimiento de requisitos mínimos de funcionamiento de las entidades prestadoras, es claramente una responsabilidad de la autoridad sanitaria y es llevada a cabo por el área de fiscalización del MSP. 5. El control de la prestación de servicios de calidad y del padrón puede asumir diversas modalidades institucionales. Esto es así puesto que el Seguro Nacional de Salud es una parte sustancial del sistema pero no es la totalidad del mismo (dado que existen seguros privados, seguros de las fuerzas de seguridad y personas no aseguradas no indigentes y que por ende no se encuentran bajo cobertura de ASSE). Esto conduce a que, si bien la responsabilidad regulatoria general y la definición de los objetivos sanitarios es del MSP, el control operativo de esos elementos podría ser controlado por los agentes de compra de servicios, cuando estos existen. En este caso, la JUNASA tendría un claro ámbito de responsabilidad en lo que hace al Seguro Nacional de Salud. 106. De hecho, actualmente existen dos políticas tendientes a la determinación de objetivos operativos y al correspondiente control de aspectos relacionados con los servicios: i) el 51 tramo de cápitas sujetas a resultados; y ii) el piloto del Previniendo. El primero está en cabeza de la JUNASA, en tanto el piloto del Previniendo es una iniciativa del MSP. 107. Respecto del sistema de cápitas sujetas a resultados, cabe consignar que, inicialmente, las metas y los protocolos de los servicios han sido auto establecidos por las IAMCs. A esto debe agregarse que las metas que se considerarán en una primera etapa son sólo las referidas a indicadores referentes a la Salud del Niño y de la Mujer. Esto no puede considerarse una política de largo plazo, toda vez que una política de tales características debería –tanto en teoría como de conformidad con la experiencia mundial en este sentido- implicar una tendencia a la unificación de las metas de todos los integrantes del SNIS, y ser una explícita política activa de gobierno. 3. Análisis de sustentabilidad de la reforma 3.1 Contexto económico y social24 108. Previo al análisis económico y financiero de la reforma de salud es útil hacer un breve repaso de los resultados alcanzados durante 2004-2009 en materia económica y social, este breve análisis permitirá contextualizar más adecuadamente los resultados de la reforma emprendida. 109. En primer lugar, debe señalarse que la gestión económica logro aprovechar el período de bonanza en la economía mundial durante los primeros tres años y medio de gobierno, para reducir las vulnerabilidades que presentaba la economía uruguaya al comenzar el período de gobierno en materia financiera, fiscal, productiva y social. En este sentido, a lo largo de este periodo, el gobierno consiguió reducir la deuda pública y acumular reservas internacionales. Paralelamente, y en el marco de una reforma tributaria y de reasignación de prioridades presupuestarias, se consiguió una mejora en el resultado de las cuentas públicas. Estos resultados se alcanzaron en un contexto de expansión económica sin precedentes para Uruguay, que determinó un incremento real del PIB de 32% entre 2004 y 2008, lo que equivale a una tasa de crecimiento económico de 7,1% promedio anual. Estos resultados se alcanzaron en un contexto de baja inflación y apreciación de la moneda uruguaya respecto al dólar. 110. Los resultados alcanzados implicaron una reducción de la tasa de indigencia y de la pobreza. Se logró reducir en forma marcada la proporción de uruguayos en situación de pobreza, pasando del 32% en 2004 a 21% en 2008. Por otra parte, en este período también se verificó una marcada recuperación del empleo, creándose 180 mil nuevos puestos de trabajo, con tasas de empleo que se ubicaron en máximos históricos y tasas de desempleo en niveles mínimos. A su vez, junto al crecimiento del empleo, se alcanzó un notable incremento de los salarios reales, que aumentaron 19% en los últimos cuatro años, así como también de las pasividades. También se verificó un fuerte incremento del gasto social. 24 Elaborado sobre la base del informe de rendición de cuentas y balance presupuestal 2008 de la Contaduría General de la Nación del Ministerio de Economía y Finanzas. 52 111. Este contexto económico y social constituyó un aliado fundamental para avanzar en la reforma de un sector de un peso significativo en la economía uruguaya y que históricamente mostró un elevado grado de conflictividad o resistencia a los cambios. Indudablemente la mejora en los ingresos de los hogares y la disminución del gasto de bolsillo en salud fue un aliado invalorable para lograr los apoyos y consensos que necesita una reforma compleja y estructural. Cuadro 3.1: Contexto económico y social Indicadores macroeconomicos 2004 2005 2006 2007 2008 2009 PIB real variacion % 5 7.5 4.3 7.5 8.5 2.9 Tasa de Inflación 7.6 4.9 6.4 8.5 9.9 5.9 TC UY$/US$ 26.5 23.6 24.4 21.6 24.4 19.7 Resultado global del sector público (en % del PIB) -0.4 -0.5 0.0 -1.5 -2.0 Deuda / PIB 87.7 68.7 54.6 53.1 37.4 Tasa de Desempleo 12.1 12.1 10.0 8.6 6.9 6.9 Variación índice salario medio 10.76 9.7 10.4 12.9 13.9 11.9 3.2. El gasto en salud y sus principales fuentes de financiamiento. 112. La estrategia general de la Presidencia volcada en el Presupuesto Nacional 2005-2009 y la reforma de salud, en particular, generó profundas transformaciones en la asignación de recursos públicos y privados en el sector de la salud. La información de Cuentas Nacionales de Salud 2004 – 2008 muestra algunos resultados interesantes en relación a los primeros impactos que ha tenido la reforma sobre el gasto en salud agregado tanto público como privado como de sus principales fuentes de financiamiento. 3.2.1 El comportamiento reciente en el gasto en salud 113. En primer lugar, el gasto en salud de Uruguay creció 23,2% en términos reales entre los años 2004 y 2008, al pasar de 41.000 millones de pesos uruguayo a prácticamente 50.500 millones. En dólares per capita el gasto en salud pasó de US$ 351 en 2004 a US$ 722 en 2008. Es importante destacar que este aumento puede estar sobredimensionado por el proceso de apreciación de la moneda uruguaya respecto al dólar en todo este periodo. 114. Un segundo resultado destacado es que a pesar de esta suba, el gasto en salud creció menos que el producto, con lo cual la serie mostró una tendencia decreciente, al pasar de 8,5% de PIB en 2004 a representar el 7,5% del PIB en 2008. Esta tendencia en el gasto en salud es diametralmente opuesta al comportamiento evidenciado en el periodo 1994 - 2000 –el gasto en salud creció prácticamente 2 puntos porcentuales del PBI-. 115. El hecho que el gasto en salud haya disminuido en relación al producto puede ser analizado como un resultado positivo ya que brinda un marco mayor de sostenibilidad y respaldo a la reforma en marcha. 53 116. Las estimaciones de las cuentas nacionales de salud, su actualización y revisión periódica constituyen una herramienta fundamental para poder evaluar la implementación de la reforma y poder detectar desvíos respecto de los objetivos planteados. Grafico 3.1: Gasto en salud de Uruguay, 1994 - 2008 en % del PIB y pesos per cápita a precios constantes de 2008 12 16000 10,9 14000 11 10,7 10,3 10,1 12000 10 9,2 9,1 10000 9 8,5 8,2 8,1 8000 8 7,7 7,5 6000 7 4000 6 2000 5 0 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 en % del PIB en pesos per capita (eje derecho) Fuente: Elaboración propia en base a datos de cuentas nacionales de salud 3.2.2. Evolución de las fuentes de financiamiento de la salud. 117. El otro resultado destacable y que se verá con mayor detalle más adelante, es la mayor participación del sector público como fuente de financiamiento. En contraste, el gasto directo de los hogares (gasto de bolsillo) y el pago de cuotas colectivas e individuales ha perdido participación como resultado de la reforma; del 49% que representaba en 2005 la participación del sector privado en el financiamiento de la salud se redujo al 36% en 2008. Este cambio estructural en las fuentes de financiamiento se produce en paralelo al significativo aumento en el presupuesto público asignado al sector salud, a través de un mayor presupuesto para el Ministerio de Salud Publica y para ASSE, y los mayores recursos de la seguridad social producto de las nuevas alícuotas para el FONASA. Incluso esta tendencia se habría profundizado en 2009 con la incorporación de un mayor numero de afiliados al Seguro Nacional de Salud. 118. Otro hecho destacable es el cambio sustancial en la modalidad de financiamiento público al sistema de salud. En este sentido, la reforma ha generado un aumento significativo en la participación de los impuestos generales y las contribuciones de la seguridad social en el financiamiento del sistema de salud. Todo esto ha generado una mayor equidad en la carga de financiamiento del sistema y como consecuencia un marco de fuerte respaldo popular y sostenibilidad de la reforma. Grafico 3.2: Gasto en salud según fuentes de financiamiento, 2005 – 2008 en millones de pesos constantes de 2008 54 60.000 50.000 18.361 40.000 20.421 20.106 30.000 20.237 20.000 32.134 23.185 24.988 10.000 21.078 0 2005 2006 2007 2008 Publico Privado (hogares) Fuente: Elaboración propia en base a datos de cuentas nacionales de salud Grafico 3.3: Gasto en Salud. Evolución de la estructura de financiamiento, 2000 - 2008 2000 2004 2008 Impuestos Deuda Deuda Deuda Impuestos Impuestos generales 1% Privado 0% 5% generales generales 26% 29% (Hogares) 34% 36% Empresas Empresas publicas publicas 2% 2% Privado Empresas Seguridad (Hogares) Seguridad publicas social 50% social 1% Privado 14% 18% (Hogares) Seguridad 53% social 29% Fuente: Elaboración propia en base a datos de cuentas nacionales de salud 119. El cuadro 3.2 muestra desde una perspectiva de más largo plazo de que manera el financiamiento del sistema a través de impuestos generales e impuestos específicos (aportes personales y patronales) aumentó significativamente. El financiamiento público por la vía de los impuestos generales aumentó 4 puntos porcentuales, al pasar de 22,2% al 26,1%, esto es sin considerar las transferencias que el gobierno realiza al BPS para cerrar la brecha del nuevo esquema de aseguramiento. El financiamiento por la vía de la seguridad social, incluyendo estas últimas transferencias, aumento casi 20 puntos porcentual, al pasar de 17,5% al 36,6%. Como consecuencia el gasto en salud financiado directamente por las familias paso de 53,4% en 2000 a 36,4% en 2008. Cuadro 3.2: Estructura de financiamiento de la Salud, Uruguay 2000, 2004 y 2008 2000 (%) 2004 (%) 2008 (%) Impuestos generales 22,2 21,9 26,1 Paraestatales y corporaciones públicas 2,3 2,3 1,0 Seguridad Social 17,5 25,4 36,6 Contribuciones del empleador 9,6 11,9 14,7 Contribuciones del empleado/pasivos 4,6 5,8 14,5 Transferencias del gob. a la Seg.Social 3,3 7,7 7,4 Hogares 53,4 49,6 36,4 Endeudamiento 4,6 0,8 Total general 100,0 100,0 100,0 (Millones de US$) 2.182 1.184 2.073 55 Fuente: Cuentas Nacionales en Salud 2004 y Cuentas Nacionales de Gasto y Financiamiento 1999–2000 120. Este resultado se produce como consecuencia de los cambios de alícuotas en los aportes personales y patronales de la seguridad social y la evolución del mercado laboral. Cambios en los aportes personales y patronales a la Seguridad Social 121. En relación a los aportes personales la ley 18.211 estableció una alícuota adicional a la aportación básica al sistema (3%), en función de la situación familiar del trabajador y su remuneración medida en términos de BPC (Base de Prestación de Contribuciones). Quedan exceptuados de realizar aportación los socios vitalicios (que permanezcan en la misma entidad), salvo aquellos que tengan hijos a cargo. Las tasas de aportes personales se exhiben en el Cuadro 3.3. Cuadro 3.3: Alícuotas aporte personal al Fondo Nacional de Salud Remuneración Aporte Adicional Total básico Sin hijos Con hijos Sin hijos Con hijos Hasta 2,5 BPC inclusive 3% 0% 0% 3% 3% Mayor 2.5 BPC 3% 1,5% 3% 4,5% 6% Socios Vitalicios 0% 0% 3% 0% 3% Fuente BPS 122. En el nuevo esquema los empleadores abonan el 5% sobre las remuneraciones gravadas por la seguridad social así como el complemento de cuota mutual para aquellos trabajadores cuyos aportes (patronal y personal) sean inferiores al importe que surge de multiplicar el valor de la cuota mutual por el número de dependientes beneficiarios. Evolución del mercado laboral 123. Los ingresos de la seguridad social también se expandieron como consecuencia del crecimiento en la tasa de empleo formal, que registró un aumento histórico de 6,3 puntos porcentuales en todo el período 2004-2008. En los últimos cuatro años según estimaciones del Ministerio de Economía y Finanzas se han generado aproximadamente 178.000 nuevos puestos de trabajo en localidades de 5.000 y más habitantes. En contrapartida, se verificó una significativa disminución del desempleo. La tasa de desempleo cerró el 2008 con una tasa promedio anual de 7,9%, alcanzando el mínimo registro de los últimos veinte años. El Grafico 3.4 ilustra la evolución de la tasa de empleo y desempleo en localidades de 5.000 habitantes y más promedio anual. Grafico 3.4 56 124. Como consecuencia de esta tendencia general en el mercado laboral el número de puestos de trabajo formalizado con aportes a la seguridad social registró un marcado crecimiento en todo este periodo. El número de trabajadores con aportes al BPS alcanzó en diciembre de 2008 a 1,24 millones promedio mensual. El total de cotizantes del sector privado aumento en más de 300.000 trabajadores respecto a 2004. El incremento de registros en el BPS en el período fue significativo en todos los sectores destacándose en particular, la construcción y la industria. Grafico 3.5. Numero e cotizantes al BPS 1.300.000 1.200.000 1.100.000 1.000.000 900.000 800.000 700.000 600.000 500.000 1992 1994 1996 1998 2000 2002 2004 2006 2008 Fuente: BPS 125. Sin embargo, la informalidad en el mercado de trabajo entre las personas pertenecientes al 20% de menores ingresos de la población es aún muy alta y muestra una tendencia similar a la del desempleo en este grupo de la población. El porcentaje de ocupados del primer quintil de ingresos sin cobertura de la seguridad social, una de las formas de aproximarse al fenómeno de la informalidad, era del 60% en 1991, llegando a trepar en 2004 a un preocupante 79%. A partir de ese año comienza a descender, alcanzando aproximadamente el 73% en el 200825. La incorporación de este sector de la población a los beneficios de la seguridad social, independientemente de que tengan actualmente cobertura de salud a través de ASSE, es uno de los principales desafíos que enfrenta la nueva gestión. 126. No obstante, y desde una perspectiva de largo plazo, la informalidad parece un fenómeno relativamente estable en el mercado de trabajo uruguayo, es decir que se trata de un rasgo de carácter más bien estructural, que no ha registrando cambios significativos a lo largo de los ciclos económicos como se observa en el Grafico 3.6.26 Grafico 3.6: Informalidad en el mercado laboral. Análisis de largo plazo. 25 Uruguay 2009. Informe de País. Consejo Social. Objetivos de Desarrollo del Milenio. MIDES 26 Ver Amarante y Espino (2007): “Informalidad y protección social en Uruguay. Elementos para una discusión conceptual y metodológica�. Instituto de Economía. Serie Documentos de Trabajo DT 1/07 57 Fuente: Amarante, Espino 2007. 127. En materia de remuneraciones, el salario real continuó incrementándose sostenidamente durante los últimos cuatro años. A lo largo del periodo analizado el poder adquisitivo del salario medio creció 23% como se ilustra en el Grafico 3.7. Este resultado también contribuyó a la sostenibilidad de la reforma, al incrementar los aportes personales y patronales a la seguridad social. 128. Con lo cual la evolución del empleo, la tasa de desocupación y la remuneración de los trabajadores cotizantes al BPS son variables criticas que deben incluirse en un esquema de seguimiento y monitoreo. En toda esta primera fase estas variables mostraron una evolución muy favorable contribuyendo así a darle sustentabilidad financiera a la reforma. Grafico 3.7 129. La evolución de la informalidad laboral y la perspectiva de mediano y largo plazo sobre esta variable, por otra parte, es un dato clave para cualquier decisión que se adopte en el futuro sobre la extensión o la universalización del Seguro Nacional de Salud. En el caso hipotético e improbable que se logre reducir sustancialmente la informalidad laboral, la discusión sobre la universalización del Seguros Nacional de Salud o el paso de un esquema de financiamiento por la vía de impuestos generales en reemplazo de un esquema contributivo perdería sentido. 3.3. La ejecución presupuestaria del Ministerio de Salud Pública en el contexto de la reforma. 130. El presupuesto del Ministerio de Salud Publica aumentó significativamente en el periodo 2004-2009, incluso descontando los recursos asignados a ASSE, incluidos en el MSP hasta su descentralización en 2007. Estimaciones en base a información del MSP y 58 ASSE indican que a valores constantes el presupuesto del MSP aumentó por más de 10 veces entre 2004 y 2009, al pasar de 67 millones de pesos a precios constantes de 2008 a 744 millones. En términos per cápita el presupuesto de salud, que solo representaba 20 pesos uruguayos a precios constantes de 2008, represento en 2009 222 pesos a precios constantes de 2008. Como resultado de este incremento en el crédito presupuestario el presupuesto del MSP paso a tener una mayor relevancia en el presupuesto global del sector publico uruguayo. Cuadro 3.4: Gasto MSP, 2004 – 2009 2004 2005 2006 2007 2008 2009 en millones de pesos constantes de 2008 67 280 538 447 772 744 en pesos constantes de 2008 per cápita 20 85 162 134 231 222 en dólares per cápita 1 3 6 6 10 12 en % del Gasto Total 0,1 0,4 0,7 0,6 0,8 0,6 Fuente: Elaboración propia en base a datos de la Contaduría General de la Nación 131. En particular, el presupuesto del MSP se expandió como consecuencia de los aumentos en las partidas de insumos médicos y medicamentos. Esto incluye la compra de vacunas, reactivos y las transferencias de recursos a las comisiones honorarias. En todos los casos se trata de gastos asociados con actividades de prevención y promoción de la salud de manera consistente con el cambio en el modelo de atención que la reforma puso en marcha. Esto rubros que representaban en 2004 el 30% del presupuesto en 2009 llegaron a representar el 47% del presupuesto del MSP. Grafico 3.9: Composición del presupuesto ejecutado del MSP 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% 2004 2005 2006 2007 2008 2009 Remuneraciones Funcionamiento Insumos y medicinas Inversiones Fuente: elaboración propia en base a datos del MSP 132. La estructura actual del MSP se organiza en base a dos principales áreas programáticas, la Dirección General de la Salud (DIGESA) que se ocupa de los principales programas prevención y promoción de la salud y ejerce la rectoría y las funciones esenciales de salud pública del sistema de salud y la Dirección Nacional de Secretaria que brinda apoyo al Ministro, atiende los aspectos de planeamiento y programación financiera y presupuestaria y produce estadísticas y análisis para la toma de decisión. A los efectos de poder hacer una evaluación y monitoreo efectivo de la reforma será importante prestarle debida atención a la composición del gasto del MSP. Una apertura programática más detallada conforme a las acciones y programas desarrollados desde la Dirección General de la Salud que discrimine entre las actividades de regulación del sistema, las funciones esenciales de salud pública y los programas 59 verticales puede contribuir sustancialmente a un seguimiento y monitoreo más efectivo de la reforma en términos del cambios en el sistema de salud y en el Estado de la salud de la población. 3.4 La ejecución del presupuesto de ASSE en el contexto de la descentralización 133. ASSE es una institución clave para el Seguro Nacional de Salud. La convergencia en la prestación de los servicios conforme a los parámetros actuales de calidad de las instituciones mutualistas es una pieza fundamental en este proceso. Por ello, y en el marco del proceso de descentralización de ASSE, el gobierno asignó recursos crecientes al presupuesto de esta institución en todo este periodo. Entre 2004 y 2009 el presupuesto de ASSE aumentó un 78% en términos reales, el gasto paso de 6.185 millones de pesos uruguayos, en 2004, (a precios constantes de 2008) a 10.994 millones en 2009. Con este presupuesto ASSE atiende al 45% de la población de Uruguay. 134. A su vez, producto del traspaso de afiliados de ASSE a las IAMC el número de usuarios se redujo en aproximadamente 350.000 personas, con lo cual el gasto total de ASSE por usuario aumentó más que proporcionalmente, 130% entre 2004 y 2009 en términos reales. Con este resultado el gasto por usuario fue equiparándose al gasto por afiliado en el sistema mutual como se exhibe en el Cuadro 3.6. El gasto por usuario en ASSE asciende a US$ 497 anuales per capita contra los US$ 606 de las IAMC. Cuadro 3.5: ASSE. Presupuesto Ejecutado, 2004 – 2009 2004 2005 2006 2007 2008 2009 en millones de pesos constantes de 2008 6.185 6.094 7.115 8.089 9.624 10.994 en pesos constantes de 2008 por usuario (anual) 3.979 4.034 4.793 6.216 7.950 9.149 en pesos constantes de 2008 por usuario (mensual) 332 336 399 518 662 762 en dólares por usuario (anual) 115 138 168 266 326 497 Fuente: Elaboración propia en base a datos del MSP y ASSE Cuadro 3.6: Comparación gasto por usuario, ASSE vs sistema mutual 2004 2005 2006 2007 2008 2009 IAMC 1.027 1.043 1.051 1.053 944 995 ASSE 332 336 399 518 662 762 Relación gasto ASSE/IAMC por usuario 0,32 0,32 0,38 0,49 0,70 0,77 Fuente: Elaboración propia en base a datos del MSP y ASSE 135. El gasto en recursos humanos es la partida que mayor incremento tuvo en el presupuesto de ASSE. Los salarios pagados por ASSE aumentaron casi un 70% entre 2007 y 2004. Para el caso del salario mínimo médico ha significado un aumento de 183% según datos del MSP. Esto permitió acortar significativamente la distancia entre la remuneración de los profesionales del sector público y del sistema mutual. Además, ASSE amplió el número de cargos en unos 1.200 profesionales entre 2007 y 2009. En 2008 y 2009 se otorgaron nuevos aumentos salariales para el personal profesional y no profesional de ASSE en el marco de convenios de gestión por los cuales el personal asumió ciertos compromisos en relación a la cantidad de horas efectivamente trabajadas y grado de presentismo. 60 136. Un hecho destacable y a la vez preocupante es que en todo este periodo no se observan cambios significativos en los indicadores de producción global de ASSE, aunque si se exhiben algunos indicios de mejoras en términos de la producción por beneficiaros: un mayor número de consultas de actos quirúrgicos y de egresos, que podrían ser indicio de un mejor nivel de acceso a los servicios. Hay una baja significativa del número de nacimientos, probablemente relacionada con el traspaso de mujeres jóvenes a las IAMCs. Este es sin dudas un aspecto que requiere una mayor profundización en el análisis, a través de otros indicadores de producción más refinados. Cuadro 9: ASSE. Indicadores de producción, 2004 – 2008 2004 2005 2006 2007 2008 2009 Usuarios ASSE 1.554.488 1.510.718 1.484.543 1.301.347 1.210.592 1.201.633 Número de camas 6,395 6,485 6,480 6,450 nd Nd Número de consultas (en Nd miles) 6,361 6,299 6,179 6,218 6,053 Nd Número de consultas por usuario 4.1 4.2 4.2 4.8 5 Nd Egresos 167,747 170,792 166,949 167,691 161,787 Numero egresos por 10000 usuarios 1079 1131 1125 1289 1336 Nd Actos quirúrgicos 47,338 46,266 46,941 42,871 48,716 Numero cirugías por 10000 usuarios 0.030 0.031 0.032 0.033 0.040 137. E Nd 21,550 19,967 19,713 18,194 17,843 n Nacimientos r Fuente: ASSE elación al Seguro Nacional de Salud, el número de afiliados a ASSE para diciembre de 2009 ascendía a 118.000 beneficiarios. Esto incluye aquellos beneficiarios que optaron expresamente por este prestador público, aproximadamente el 40% de los afiliados actuales, y los beneficiarios que fueron afiliados a ASSE por no ejercer la opción correspondiente. En 2009 recibió por parte del FONASA recursos mediante el pago de capitas de salud por aproximadamente 1.100 millones de pesos uruguayos, prácticamente el 10% de su presupuesto total. 138. El gasto por usuario, los indicadores de producción, calidad de las prestaciones y satisfacción de los usuarios son las variables criticas para monitorear en el caso de ASSE. Todos estos aspectos son clave a la hora de planificar un esquema de aseguramiento universal con plena movilidad de los afiliados. 3.5. El sistema mutual de salud. Principales tendencias de sus ingresos, erogaciones y resultados. 139. En el sistema mutualista los impactos de la reforma fueron también muy significativos. En primer lugar, el balance de las IAMCs se vio favorecido por el crecimiento en el número de afiliados. El sistema mutual recibió en todo el periodo bajo análisis unos 450.000 nuevos asociados, más de un 30% de aumento en relación al padrón de 2004 (en el interior fue del 50% y en Montevideo del 27%) y llegando a un máximo histórico del orden de 1.850.000 afiliados. 61 140. En cuanto a la estructura por edad, la reforma implicó la incorporación de población joven como consecuencia de los nuevos colectivos incorporados al sistema. Si bien las IAMCs siguen presentando una pirámide de población más envejecida que la de la población total del país, este resultado debería, en principio, haber mejorado el balance consolidado del sistema mutual, si se evidenciaran tasas de utilización de servicios más bajas para esta población recientemente incorporada. Un estudio de la División de Economía de la Salud, encuentra un resultado ambiguo ya que no se observan cambios significativos en las tasas de utilización de esta población, es decir los ingresados tienen pautas y niveles de consumo similar a los usuarios que ya se atendían en las IAMC27. No obstante estos primeros resultados debieran seguir siendo monitoreados a los efectos de validar sus resultados. 141. En lo relativo a la composición de los ingresos operativos, la reforma de la salud implicó un incremento sustancial de los ingresos provenientes de la seguridad social (del 29,6% en 2004 paso al 57,4 % de los ingresos en 2009) en detrimento del pago de cuotas individuales y colectivas (pasaron de 49,3% al 25,8% de los ingresos), y una reducción del peso de las tasas moderadoras (12,1% al 8,6%). 142. Este cambio en la composición de los ingresos de las instituciones mutualistas constituye un valor fundamental para la sustentabilidad de la reforma: en primer lugar porque al disminuir los ingresos por prepago (pago directo de los afiliados colectivos e individuales) y aumentar la composición de ingresos por la seguridad social (aportes personales y patronales), aumenta para los usuarios mutualista la garantía que significa el poder regulatorio del estado. Una cada vez menor proporción del costo de la salud se encuentra con escasa o nula regulación por parte del Estado. 143. Por otro lado, a baja movilidad de beneficiarios, brinda una mayor estabilidad a los balances de las IAMCs pues cambios en el ingreso del usuario no afectan en forma inmediata los ingresos del sistema mutual ya que sus ingresos dependen ahora en mayor medida de la cuota salud pagada desde el FONASA. Cuadro 3. 8: Estructura ingresos del sistema mutual en millones de pesos corrientes 2004 2005 2006 2007 2008 2009 I Semestre prepagos (colectivos e individuales) 6.637 7.130 7.686 8.200 6.753 3.054 cuota DISE/FONASA 3.983 4.701 5.631 6.715 10.829 6.799 tasas moderadoras 1.635 1.754 1.727 1.835 1.997 1.020 venta de servicios 1.217 1.303 1.352 1.565 1.763 967 Total 13.471 14.888 16.396 18.314 21.342 11.839 prepagos (colectivos e individuales) 49,3% 47,9% 46,9% 44,8% 31,6% 25,8% cuota DISE/FONASA 29,6% 31,6% 34,3% 36,7% 50,7% 57,4% tasas moderadoras 12,1% 11,8% 10,5% 10,0% 9,4% 8,6% venta de servicios 9,0% 8,8% 8,2% 8,5% 8,3% 8,2% Total 100,0% 100,0% 100,0% 100,0% 100,0% 100,0% Fuente: División de Economía de la Salud 27 Ver “Desempeño del sistema mutual 2004 – 2009�. División de Economía de la Salud del Ministerio de Salud Publica. 62 144. La disminución de los tickets de medicamentos y copagos, también llamadas tasas moderadoras, contribuyó indudablemente a mejorar el acceso y la utilización de los servicios de salud provistos por estas instituciones. Probablemente, la posibilidad de optar o cambiar la entidad mutual contribuyo a esta disminución en los valores de las tasas moderadoras. Esta relación de causalidad debiera ser estudiada con mayor profundidad ya que constituye una herramienta de política sanitaria clave para consolidar el éxito de la reforma. Cuadro 3.9: Gasto IAMC, 2004 – 2009 2004 2005 2006 2007 2008 2009 en millones de pesos constantes de 2008 17.485 18.472 19.116 19.733 21.310 22.301 en pesos constantes de 2008 por usuario 12.327 12.520 12.610 12.641 11.326 11.938 en pesos constantes de 2008 por usuario (mensual) 1.027 1.043 1.051 1.053 944 995 en dólares por usuario 465 530 517 584 465 606 Fuente: División Economía de la Salud 145. El aumento en el número de afiliados al sistema mutual no repercutió en forma directa en el gasto prestacional, con lo cual el gasto del sistema mutual disminuyó aunque no significativamente. Este resultado se produjo aun con un fuerte aumento en los gastos de personal profesional y no profesional asociado tanto a un incremento del salario real (de del orden del 30% en términos reales) como de los cargos profesionales y no profesionales. Entre 2007 y 2009 el sistema mutual incorporó 11.500 nuevos cargos según información relevada por la División de Economía de la Salud. 146. Otro hecho que debiera ser monitoreado y cuantificado es el uso de los recursos económicos, humanos, edilicios, etc., de qué manera el sistema mutual hace un mejor uso de la capacidad instalada y aumenta la productividad de los recursos humanos. 147. Como consecuencia de esta tendencia en los ingresos y los gastos prestacionales el sistema mutual ha obtenido resultados superavitarios tanto operativos como totales. Esto ha generado una clara mejora en la solvencia que se expresa en la caída del pasivo por afiliado y la mejora de la capacidad de repago, medida en meses de ingresos, que era de 4,5 y llega al final del período a 3,7. Cuadro 3.10. Resultados de las IAMC en relación a Ingresos Operativos 2005 2006 2007 2008 Resultado Bruto 14,0% 14,0% 13,0% 14,1% Resultados Diversos 0,5% 0,4% 0,4% 0,1% Resultado Operativo 3,0% 2,0% 1,0% 1,5% Resultados Financieros -0,2% -2,0% -1,0% -0,5% Resultados Extraordinarios -0,5% -0,2% -0,1% -0,1% Ajustes a Res de Ejercicios Anteriores -0,1% 0,0% -0,1% 0,0% Resultado del Ejercicio 2,0% 0,2% 0,3% 1,5% Fuente: División de la Economía de la Salud Cuadro 3.11: Indicadores de solvencia de las IAMC Pasivo/Activo Pasivo por Afiliado 63 2005 2006 2007 2008 2005 2006 2007 2008 Montevideo 85% 84% 82% 81,20% 6,998 7,156 6,842 6,699 Interior 43% 42% 43% 40,70% 3,490 3,578 3,724 3,144 Total 69% 68% 67% 64,90% 5,643 5,764 5,647 5,214 Fuente: Informe Sistema Mutual, División de Economía de la Salud . 64 4. Sistema de Seguimiento y Monitoreo de la Reforma 148. Las reformas de salud son procesos complejos que, al igual que otros tipos de políticas públicas, exigen un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación para conocer hasta qué punto las estrategias y acciones impulsadas, y su implementación están efectivamente siendo realizadas y contribuyendo al logro de los impactos sustantivos esperados; en el caso concreto, el estado de salud de la población. 149. Las buenas prácticas recogidas por la experiencia internacional indican que es importante que el diseño de las herramientas de monitoreo y evaluación, se desarrolle lo más precozmente posible dentro del proceso de reforma, con el fin de generar el paquete de información a la medida de las necesidades y que permita la captación temprana de los datos, por un lado, y de detectar y corregir oportunamente los problemas y/o desvíos evidenciados, por el otro. 150. El sistema de información para el monitoreo y control de una política, en particular de una reforma de salud, debe tener los siguientes atributos, además de la oportunidad mencionada más arriba: (i) relevancia, es decir que debe contener un conjunto acotado de variables, parámetros críticos y procesos asociados claves para el desarrollo y la consolidación de la política implementada; (ii) consistencia metodológica, lo cual implica una definición explícita de la definición de las variables, el método de captura, tratamiento de los datos, etc.; (iii) confiabilidad que implica que los procesos por los cuales se captura y ordena la información son adecuados y repetibles con un nivel de calidad similar; (iv) accesibilidad, es decir que la información debe estar disponible en forma fluida en los niveles de decisión que se definan que corresponda. 151. En general, un sistema de seguimiento y monitoreo para una política o actividad implica seleccionar un conjunto de información que resulta, a priori, relevante y que puede ordenarse en tres tipos de datos: 1. Información sobre datos de contexto 2. Información sobre la evolución de las herramientas de política utilizadas (variables de control) 3. Información sobre los resultados sustantivos de la política (modificaciones de variables de estado en forma concomitante con el uso de las herramientas de política) 152. Es importante advertir que este conjunto de información no constituye toda la información disponible, siendo deseable que ésta esté organizada y disponible en los niveles de decisión pertinente. A título de ejemplo se detallan a continuación algunas de las variables a ser considerada en cada tipo de datos para el caso de la reforma de salud. 153. Información sobre datos de contexto. Algunos ejemplos de datos de contexto son los siguientes: Producto Bruto Interno; Población; Desempleo; Precios; Salarios; Gasto público. Dos observaciones deben realizarse en relación con este tipo de información. En primer lugar los ítems mencionados pueden implicar información más desagregada, por ejemplo la población por sexo y grupo de edad, el PBI por sector, etc. Una segunda observación es que esta información sobre las variables de estado puede incluir tanto series 65 históricas como proyecciones realizadas por organismos oficiales u otras fuentes confiables. Algunos ejemplos de indicadores son los siguientes Cuadro 4.1: Indicadores de seguimiento y monitoreo Proceso Variables Definición Fuente de información En % del PIB Cuentas Sustentabilidad de la Gasto en salud Nacionales de reforma Salud Gasto directo de los hogares en Encuesta atención de la salud (tasas Continua de Gasto en salud de Consolidación de la reforma moderadoras, tickets de Hogares: bolsillo medicamentos, cuotas individuales y relevamientos colectivas IAMCs especiales Encuesta Sustentabilidad económica Tasa de empleo % de la población activa ocupada Continua de financiera de la reforma Hogares Encuesta Sustentabilidad y % de la población ocupada sin Informalidad laboral Continua de consolidación de la reforma aportes a la seguridad social Hogares Número de trabajadores con aportes Registros BPS Sustentabilidad financiera Número de cotizantes al BPS Sustentabilidad financiera Salarios Salario bruto mensual Registros BPS 154. Información sobre la evolución de las herramientas de política utilizadas. El seguimiento y monitoreo de esta reforma requiere, además, de un paquete de indicadores que se orienten estrictamente al seguimiento de las políticas que se implementen. Como síntesis de las secciones anteriores de este estudio, puede concluirse que la Reforma presenta una serie de problemáticas que pueden disparar políticas y utilización de variables de control cuyos contenidos, efectos inmediatos e impactos deben ser monitoreados. 155. En este caso, la información que se incluye en el tablero de comando debe ser la suficiente para el análisis y el debate acerca de las opciones de política y en muchos casos es posible incorporar los valores registrados de las variables en comparación con los planeados. Estas políticas y variables de control que surge de este estudio pueden resumirse en tres grandes líneas (las que se presentan esquemáticamente en la tabla siguiente): 1. Las relacionadas con aspectos de contexto formal del sector (Item 1, 2, y 3 de la tabla) 2. Las relacionadas con el financiamiento de los servicios (Item 4 de la tabla) 3. Las relacionadas con la fórmula de regulación del sector (Item 5 a 7 de la tabla) Cuadro 4.2.: Impactos de políticas y variables de control Item Políticas y variables de control Ejes Política Variable de Institucional Cobertura Prestacional Económico control financiero 1 Forma de Perfeccionamiento gobierno de la del modelo de JUNASA administración del Seguro 2 Compilación Mejor jurídica comprensión de la reforma 66 Cuadro 4.2.: Impactos de políticas y variables de control Item Políticas y variables de control Ejes Política Variable de Institucional Cobertura Prestacional Económico control financiero 3 Universalización Mejora la • Impacto del Seguro cobertura financiero Nacional de formal sobre el Salud presupuesto • Impacto sobre la garantía de derechos 4 Política de Grado de • Impactos financiamiento solidaridad en el macroeconómi financiamiento cos • Impactos sobre la percepción del ingreso disponible 5 Política de Valor de la capita • Impacto sobre regulación por base la solvencia las cápitas y financiera y precios patrimonial de los efectores Capita diferencial • Eficiencia por ubicación económica geográfica Magnitud de la Apoyo al cápita por logro de resultados objetivos prestacionales Precios • Impacto distributivo • Impacto sobre la competencia en el sistema 6 Política de Gestión de Apoyo al • Altera la regulación por el metas/auditoria logro de ecuación conjunto objetivos económica de prestacional y su prestacionales los prestadores calidad Grado de calidad Orienta los • Altera la requerida objetivos ecuación prestacionales económica de los prestadores Grado de Orienta los • Altera la prácticas objetivos ecuación cubiertas prestacionales económica de los prestadores 7 Política de Grado de Libre • Generación de regulación de la elección competencia organización del entre efectores sector Estructura de la • Internalización gestión de de costos de riesgos prácticas de alta complejidad 67 Cuadro 4.2.: Impactos de políticas y variables de control Item Políticas y variables de control Ejes Política Variable de Institucional Cobertura Prestacional Económico control financiero Descentralización Liderazgo en • Rol de ASSE el nuevo competitivo y Variabilización modelo de complementari de los costos gestión o de ASSE presupuestarios • Sistema de incentivos 156. Respecto del último conjunto de políticas, la discusión debería orientarse hacia la determinación de un balance entre los instrumentos de políticas que afectan los precios de los servicios, las cantidades y calidades de los servicios y la organización económica del sector, esencialmente lo atinente a la fórmula de competencia. Muchas de estas variables ya se están utilizando pero su revisión y discusión, en un contexto de equilibrio general, podría redundar en mejoras y perfeccionamientos, amén de la posibilidad de una explicitación más clara de la política. 157. Los siguientes son algunos indicadores que se presentan como ejemplos para el seguimiento de la política Cuadro 4.3: Indicadores de seguimiento y monitoreo Proceso Variables Definición Fuente de información % afiliados sobre Expansión/ población con Universalización del cobertura formal de seguro salud Valor de la cápita base Cápita diferencial Política de regulación por por ubicación las cápitas y precios geográfica Magnitud de la cápita por resultados Precios Política de regulación por Grado de el conjunto prestacional y cumplimiento de su calidad metas Beneficiarios que cambian de efector/ total de beneficiarios % de presupuesto asignado a nivel local por efectores de ASSE Política de regulación de la % de presupuesto de organización del sector ASSE capitado/ presupuesto total de ASSE % de recursos aplicados a incentivos al personal de ASSE 68 Cuadro 4.3: Indicadores de seguimiento y monitoreo Proceso Variables Definición Fuente de información Gasto ASSE por Presupuesto Gasto ASSE por usuario usuario 158. Información sobre los resultados sustantivos de la política. Los resultados sustantivos se corresponden con los objetivos de la política y en general indican el comportamiento de variables que pueden ser influidas por la política pero que no están bajo su control directo. Algunos ejemplos se presentan en el cuadro siguiente: Cuadro 4.4: Indicadores de seguimiento y monitoreo Proceso Variables Definición Fuente de información Incidencia de la Incidencia de la pobreza incluyendo Encuesta Consolidación de la reforma pobreza con y sin transferencias a hogares por capitas Continua de 28 Hogares reforma de salud FONASA . Convergencia económica Gasto IAMC por Gasto prestacional IAMC por SINADI sistema público y privado afiliado afiliados FONASA Incidencia prepagos Participación de los ingresos por Sustentabilidad financiera y en estructura de prepagos (colectivos e individuales) sobre ingresos totales sistema mutual SINADI aprobación popular ingresos de sistema mutual Incidencia tasas Participación de los ingresos por Sustentabilidad financiera y moderadoras en tasas moderadoras sobre ingresos SINADI aprobación popular estructura de ingresos totales sistema mutual de sistema mutual Conocimiento de derechos y garantías por parte de los usuarios Tasas de mortalidad Estado de salud de la Prevalencia ECNT, población etc 159. El desarrollo efectivo del recién iniciado Sistema Integrado de Información de Salud – SIIS-, especialmente su contextualización dentro del marco legal y la explicitación del horizonte de futuro en su implementación, resulta crítico, tanto para poder realizar un trabajo de monitoreo del proceso de reforma en marcha como para dar un marco de previsibilidad al comportamiento adaptativo de los actores sectoriales en el desarrollo del SIIS. 28 Al respecto un estudio elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto estima que la reforma de salud produjo una disminución de la incidencia de la pobreza de algo más de 2 puntos porcentuales – según este estudio la incidencia de la pobreza pasaría de 26,4 a 24,0 por ciento de la población-. El estudio simula el ingreso disponible de los hogares post reforma de la salud incorporándole (sumando) la cuota FONASA y recalculando luego la incidencia de la pobreza. El mayor impacto de la reforma se observa en las familias con hijos menores de 18 años. “El impacto conjunto de las Reformas Estructurales y algunos componentes de la Red de Asistencia e Integración Social del Plan de Equidad, sobre la pobreza y la distribución del ingreso�. Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la Republica. Diciembre de 2008. Mimeo. 69 5. Conclusiones principales y sugerencias de cursos críticos de acción y análisis. 160. La reforma del Sector Salud no constituye un hito que se produce en un momento del tiempo sino que es un proceso en el que una visión de largo plazo se va desarrollando, completando y perfeccionando. 161. El contexto económico uruguayo constituyó un aliado fundamental para la implementación de la reforma. El aumento del empleo, la estabilidad de las variables macroeconómicas, la mejora en los ingresos de los hogares y la percepción social positiva sobre el proceso, han sido esencial para reformar un sector de un peso significativo en la economía uruguaya y que históricamente mostró niveles de conflictividad y resistencia a los cambios. 162. Es posible identificar importantes avances en cuatro ejes principales: 1. el institucional: destacándose la normativa por la que se crean nuevos institutos e instituciones (Seguro Nacional de Salud, Fondo Nacional de Salud, JUNASA), y se distinguen roles diferenciados entre los actores, en especial en el sector público; 2. el relacionado con la cobertura: explicitando y ejecutando un plan de incorporación como beneficiarios del Seguro que implica que 60% de la población se encuentra cubierta por el Seguro mientras que el resto, o bien se encuentra identificado en forma nominalizada como usuario de ASSE o, en un pequeño porcentaje, tiene otro tipo de cobertura formal. 3. el prestacional, explicitando un programa de cobertura de prestaciones y un vademécum de medicamentos, con una orientación más preventiva. 4. el económico-financiero: incrementando sustantivamente el gasto en salud, e introduciendo cambios en el modelo de financiamiento de la cobertura a las personas con empleo formal y sus familiares, unificando la contribución (que depende del ingreso del trabajador y de su situación matrimonial y número de hijos) y determinando una cápita para cubrir el pago de los servicios que se determina en función del riesgo (determinado por sexo y edad) y que se ajusta periódicamente por inflación de costos. 163. Aunque el gasto total en salud de Uruguay creció sostenidamente entre 2004 y 2009, este importante crecimiento fue proporcionalmente menor al crecimiento económico. El hecho que el gasto agregado en salud haya disminuido en relación al producto bruto constituye un resultado positivo ya que brinda un marco de mayor de sostenibilidad y respaldo a la reforma. 164. La reforma ha generado un aumento en los recursos públicos asignados al sistema de salud en detrimento del financiamiento privado o de bolsillo. Este cambio hacia un 70 sistema de financiamiento mixto publico privado pero, ahora, con preponderancia del componente contributivo (impuestos al trabajo) y presupuestario (impuestos generales) ha dado importantes ganancias en términos de equidad y sustentabilidad del sistema de salud de Uruguay. 165. El presupuesto de salud pública ejecutado desde el Ministerio de Salud ha mostrado una expansión, que es consistente con la estrategia impulsada por las autoridades uruguayas de adaptar el sistema de salud a los cambios en el perfil epidemiológico y con la generación de las herramientas de control necesarias para ello. 166. Los recursos presupuestarios asignados a ASSE también mostraron un crecimiento sostenido en todo el periodo de implementación de la reforma. Esto permitió aproximar el gasto de ASSE por usuario al gasto per cápita del sistema mutual. No obstante este mayor presupuesto, no se observa una mayor producción asistencial global pero si mejores tasas de uso de los beneficiarios, indicio de un mejor nivel de acceso a las prestaciones. 167. El sistema mutual recibió un aumento sin precedentes de nuevos usuarios, tanto por el aumento de la población ocupada con aportes a la seguridad social como por la incorporación del grupo familiar de los trabajadores activos. Esto ha generado una mejora en todos los índices económicos y financieros del sistema mutual. 168. Paralelamente, se ha logrado reducir de manera significativa algunos precios clave del sistema mutual y del sector de la salud en general, como el precio de los medicamentos y el de los copagos. Esto generó una disminución del gasto de bolsillo de los hogares y un amplio respaldo por parte de la clase media uruguaya, la principal beneficiaria de esta reforma. 169. Para los próximos años es posible esperar que sea necesario enfrentar un conjunto de decisiones críticas a los efectos de asegurar y perfeccionar el rumbo de la reforma. Los siguientes son los temas que aparecen como más significativos y sobre los cuales será necesario profundizar el campo de análisis: 1. Dotar a la JUNASA de una organización (que incluya personal, procedimientos y sistemas) adecuada para el cumplimiento de las misiones que le confiere la normativa. 2. Impulsar fuertemente el desarrollo del SIIS para desarrollar un esquema de monitoreo y control del sector y de las variables clave que determinan la política que se implemente en cada momento. 3. Conformar un texto ordenado de la normativa relacionada con la reforma 4. Evaluar los pros y contras de la profundización de la tendencia hacia una mayor solidarización del financiamiento del sector. En especial se deberían evaluar las consecuencias sobre la competitividad del país de tal profundización. 5. Evaluar posibles mejoras en la política de determinación de cápitas, en particular las orientadas a (i) internalización de los costos de prácticas de alta complejidad cubiertas actualmente a través del FNR y (ii) aproximarse a precios de eficiencia 71 que capten posibles diferenciales de costos (en especial entre el interior y el área de la capital) 6. Desarrollar e institucionalizar un set de mecanismos de ajuste dinámico de los programas prestacionales y del vademécum de medicamentos. 7. Profundizar los procedimientos de gestión por objetivos y control como mecanismo de mejora continua de la calidad. 8. Evaluar las diversas opciones de organización del sector, en especial las que involucre a ASSE cumpliendo roles complementarios y/o competitivos con el sector privado. La mejora de ASSE en términos de calidad de las prestaciones es crítica para alcanzar en una próxima fase un sistema de salud integral. 9. Desde una perspectiva de mediano plazo y en un contexto de crecimiento económico sostenido y de incorporación de trabajadores en el mercado laboral formal será importante monitorear la elección ejercida por los beneficiarios del SNIS en términos de sector prestador. Mejorar la calidad de las prestaciones de ASSE o dotarla de algún grado de especialización geográfica o funcional podría evitar que los nuevos afiliados prefieran de modo masivo sistema mutual dejando a la ASSE solo la población con atención gratuita. Evitaría la generación de un sistema segmentado de asistencia de la salud, que podría atentar contra la sostenibilidad del subsector público como proveedor. 170. El esfuerzo realizado por Uruguay en el camino de transformación de su sistema de salud es enorme, con resultados positivos obtenidos en un corto plazo de implementación y con un panorama de apoyo de la población y los actores sectoriales inusual en este tipo de transformaciones. Así, el escenario de cambio aparece como muy promisorio para continuar el sendero de transformaciones iniciado, proceso complejo pero que permitiría consolidar la reforma del sistema de salud para el bienestar de toda su población. 72 BIBLIOGRAF�A − Acuerdo Prestadores, Trabajadores y Usuarios del SNIS del 27/03/2009. − Amarante y Espino. 2007. “Informalidad y protección social en Uruguay. Elementos para una discusión conceptual y metodológica�. Instituto de Economía. Serie Documentos de Trabajo DT 1/07. − Cabrera, V.; Oreggioni, I. y Prieto, A. 2009. “Cuentas Nacionales de Salud, 2005 – 2008, Resultados provisorios�. Ministerio de Salud Pública, División Economía de la Salud. Montevideo, Uruguay. − Contaduría General de la Nación - Ministerio de Economía y Finanzas. 2009. “Informe de Rendición de Cuentas y Balance Presupuestal 2008�. − Decreto 002/2008 − Decreto 012/2007 − Decreto 013/2007 − Decreto 014/2010 − Decreto 015/2006 − Decreto 015/2008 − Decreto 032/2008 − Decreto 035/2007 − Decreto 036/2005 − Decreto 040/2006 − Decreto 044/2009 (CM 673) − Decreto 057/2009 − Decreto 065/2009 − Decreto 067/2006 − Decreto 091/2009 − Decreto 113/2009 − Decreto 127/2001 − Decreto 129/2005 − Decreto 133/2005 − Decreto 136/2008 − Decreto 137/2006 − Decreto 144/2005 − Decreto 157/2008 − Decreto 159/2006 − Decreto 160/2006 − Decreto 164/2009 − Decreto 169/2005 − Decreto 170/2005 − Decreto 171/2005 − Decreto 171/2009 − Decreto 176/2008 − Decreto 177/2009 − Decreto 192/2008 − Decreto 193/2008 − Decreto 195/2009 − Decreto 197/2009 − Decreto 202/2005 (CM 86) 73 − Decreto 219/2009 − Decreto 222/2005 − Decreto 224/2009 − Decreto 236/2005 − Decreto 243/2005 − Decreto 246/2009 − Decreto 247/2005 − Decreto 248/2005 − Decreto 248/2007 − Decreto 250/2007 − Decreto 261/2009 − Decreto 264/2008 − Decreto 265/2006 − Decreto 267/2009 − Decreto 268/2005 − Decreto 268/2008 − Decreto 269/2008 − Decreto 275/2007 − Decreto 276/2007 − Decreto 282/2008 − Decreto 283/2008 − Decreto 289/2009 − Decreto 298/2009 − Decreto 300/2008 − Decreto 309/2008 − Decreto 316/2005 − Decreto 317/2005 − Decreto 319/2005 − Decreto 320/2008 − Decreto 323/2008 − Decreto 328/2008 − Decreto 340/2006 − Decreto 341/2008 (CM 508) − Decreto 342/2009 − Decreto 343/2009 − Decreto 345/2007 − Decreto 359/2007 − Decreto 372/2009 − Decreto 378/2008 − Decreto 379/2008 − Decreto 380/2008 − Decreto 381/2008 − Decreto 383/2001 − Decreto 385/2005 − Decreto 389/2008 − Decreto 399/2008 − Decreto 401/2009 74 − Decreto 406/2005 − Decreto 413/2008 − Decreto 415/2005 − Decreto 416/2002 − Decreto 416/2007 − Decreto 423/2009 − Decreto 433/2008 − Decreto 440/2009 − Decreto 445/2007 − Decreto 448/2007 − Decreto 460/2001 − Decreto 464/2008 − Decreto 465/2008 − Decreto 467/2009 (CM 830) − Decreto 494/2006 − Decreto 529/2008 − Decreto 542/2007 − Decreto 562/2005 − Decreto 571/2006 − Decreto 590/2008 − Decreto 659/2006 − Decreto 660/2006 − Decreto 792/2008 − Decreto 820/2008 − Decreto Nº 265/006 de7/8/006, art. 7 − División de Economía de la Salud del Ministerio de Salud Publica. 2009. “Desempeño del sistema mutual 2004 – 2009�. − http://www.bcu.gub.uy/autoriza/afesen/40_998.htm, consultado el 3 de marzo de 2010 − http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?1522,13702, consultado el 3 de marzo de 2010. − http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2227,15435, consulta efectuada el 3 de marzo de 2010. − http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2227,15436, consulta efectuada el 3 de marzo de 2010. − http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2297,15621, consultado el 3 de marzo de 2010. − http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2297,15624; consultado el 3 de marzo de 2010. − http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2297,15629; consultado el 3 de marzo de 2010. − http://www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?2297,15630; consultado el 3 de marzo de 2010. − http://www.msp.gub.uy/ucasse_2193_1.html, consultado el 3 de marzo de 2010. − http://www.msp.gub.uy/ucjunasa_2227_1.html, consulta efectuada el 3 de marzo de 2010. − http://www.msp.gub.uy/ucjunasa_2297_1.html, consultado el 3 de marzo de 2010 − http://www.presidencia.gub.uy/decretos/2002103103.htm, consultado el 3 de marzo de 2010. − http://www.rae.es/rae.html, consultado el 3 de marzo de 2010. 75 − http://www.rae.es/rae.html, consultado el 3 de marzo de 2010. − Ley 16736 − Ley 17930 − Ley 18131 − Ley 18161 − Ley 18172 − Ley 18211 − Ley 18335 − Ley 18362 − Ley 18439 − Ley 18464 − Ley 18473 − Ley 18592 − Meerhoff, R. 2004. Análisis del Financiamiento y de la Equidad del Sector Salud.� Seminario: “Opciones para la Reforma del Sector Salud� 14 y 15 de octubre de 2004. Ministerio de Salud Pública y Banco Mundial. Montevideo, Uruguay. − MIDES. “Uruguay 2009. Informe de País. Consejo Social. Objetivos de Desarrollo del Milenio�. − Ministerio de Economía y Finanzas: “Cuentas Nacionales de Gasto y Financiamiento 1999–2000� − Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la Republica. 2008. “El impacto conjunto de las Reformas Estructurales y algunos componentes de la Red de Asistencia e Integración Social del Plan de Equidad, sobre la pobreza y la distribución del ingreso�. Mimeo. − Ordenanza 001/2008 MSP − Ordenanza 358/2008 MSP − Ordenanza 384/2009 MSP − Ordenanza 384/2009 MSP − Ordenanza 402/2006 − Ordenanza 408/2005 MSP − Ordenanza 481/2008 MSP − Ordenanza 528/2006 MSP − Ordenanza 589/2008 SIIS − Ordenanza 751/2006 − Resolución 027/2008 − Resolución 184/2008 − Resolución 29/2009 − Resolución 610/2005 − Resolución 727/2008 (CM 544) − Resolución 929/2008 − Resolución ASSE 2015/2009 − Trylesinsky, F., Cervini M., Estellano M. ,2001. “Cuentas Nacionales de Gasto y Financiamiento en Salud� 76 ANEXO 1 Cambios en el perfil demográfico y epidemiológico en Uruguay Durante la mayor parte de la segunda mitad del Siglo XX, Uruguay tuvo los más altos -o casi los más altos- indicadores de salud y desarrollo humano en Latinoamérica y el Caribe. Actualmente, la expectativa de vida al nacer está en el orden de los 75 años, la tasa de mortalidad infantil es del orden del 10,5 por 1.000 nacidos vivos; el 98% de la población tiene acceso a una fuente de agua potable; 99% de los nacimientos se producen en un hospital o una clínica, y la prevalencia de enfermedades infecciosas es baja. En tanto Uruguay permanece entre los países de Latinoamérica y el Caribe con los más altos indicadores de salud y desarrollo humano, su posición relativa ha decaído en la década del 90 –aún antes de la instauración de la crisis económica de 199929. Esta tendencia se exacerbó posteriormente con el impacto social de la crisis, pese a lo cual se han evidenciado signos de mejoría. Por ejemplo, la tasa de mortalidad infantil mostró un descenso sostenido hasta 2002 con 13,6 muertes por cada 1.000 nacidos vivos, para aumentar subsecuentemente durante la crisis hasta alcanzar las 15 muertes por cada 1.000 nacidos vivos en 2003. Esta tasa bajó a 12,7 muertes por cada 1.000 nacidos vivos en 2005 y a 10,5 muertes por cada 1.000 nacidos vivos en 2006. Los principales problemas que afectan el estado de salud de la población uruguaya surgían del envejecimiento de su población y de la alta prevalencia de enfermedades no transmisibles (ENTs). Adicionalmente, el sistema de salud de Uruguay enfrentaba hasta 2005 dos grandes desafíos: i) la creciente falta de capacidad del sistema para asegurar su sustentabilidad financiera, y ii) la falta de correspondencia entre el perfil epidemiológico del país y su sistema de salud. A su vez, ambos problemas están interrelacionados. Perfil demográfico y epidemiólogo de Uruguay Durante el Siglo XX, Uruguay experimentó una transición en su estructura demográfica y, subsecuentemente, también en su perfil epidemiológico. Con más del 13% de su población dentro del grupo de más de 65 años de edad, Uruguay es el país más “viejo� del hemisferio occidental. Una caída en las tasas de fertilidad y de mortalidad contribuyeron al envejecimiento de la población uruguaya, exacerbada por una fuerte emigración durante los años ’70. La caída de las tasas de fertilidad fue el factor que más afectó el perfil de su pirámide poblacional, generando un estrechamiento de su base. De la misma manera, la caída de la tasa de mortalidad afectó también dicho perfil, aumentando la importancia relativa de las capas superiores. Actualmente, más de la mitad de su población tiene más de 31 años de edad, y 13% es mayor de 65 años. La tasa de fertilidad total es de 2,4 nacimiento por mujer; la expectativa de vida supera los 75 años y hay sólo dos personas menores de 15 años por cada persona cuya edad es de 65 años o más (ECLAC, 2000)30 Los cambios en los perfiles patológicos y epidemiológicos en Uruguay se dieron coincidentemente con los cambios demográficos, con una reducción de las enfermedades infecciosas y parasitarias y un aumento de la patología asociada a estilos de vida no 29 Alguna vez perennemente posicionado entre los dos países de Latinoamérica y el Caribe mejor ubicados en el �ndice de Desarrollo Humano del PNUD, la ubicación de Uruguay descendió al tercer lugar en 2000 y al cuarto en 2004. Pese a que el cambio de posicionamiento en la ubicación durante 2000 a 2004 se debe a la incorporación de Barbados por primera vez, la diferencia entre Uruguay, Argentina y Chile, que se ubicaron en segundo y tercer lugar, respectivamente, también se amplió durante el período 2000 – 2004. 30 Economic Commission on Latin America and the Caribbean (ECLAC) (Comisión Económica para Latinoamérica y el Caribe) 77 saludable, comportamientos riesgosos para la salud y un entorno social y económico negativo. A modo de ejemplo, seis de cada diez muertes responden a enfermedades cardiovasculares y diversos tipos de cáncer claramente relacionados con la edad avanzada. Asimismo, se estima que ahora las enfermedades crónicas son responsables del 75% de todos los años de vida perdidos por discapacidad (AVID), y sólo dos enfermedades crónicas –enfermedades cardiovasculares y tumores malignos- son responsables del 58% del total de decesos. Se estima que el 22% del total de decesos y el 32% de los decesos de uruguayos menores de 65 años son evitables. Muchos uruguayos están padeciendo innecesariamente y muriendo prematuramente porque su sistema de salud no satisface adecuadamente los requerimientos de salud de la población. El peso de las ENTs crónicas también se distribuye inequitativamente, con el pobre soportando más padecimientos que el rico. Principales causas de muerte en Uruguay Tasa de Como mortalidad por Causa de Muerte proporción del 100.000 total de muertes habitantes Enfermedades cardiovasculares 33.5 313.4 Tumores malignos 23.8 222.9 Accidentes y sus secuelas 3.8 35.4 Enfermedades respiratorias crónicas 4.1 38.6 Trastornos mentales y de conducta 3.4 31.7 Diabetes mellitus 2.4 22.2 Suicidio 2.1 19.8 Afecciones prenatales 2.1 19.6 Cirrosis, fibrosis y enfermedades relacionadas con el consumo de alcohol 1.6 15.1 Enfermedades respiratorias agudas y neumonía 0.9 8.9 Enfermedades infecciosas y parasitarias 1.0 9.0 Insuficiencia renal crónica 0.7 6.7 Fuente: INE, Uruguay en cifras 2003 Los cambios en el perfil epidemiológico tienen un impacto directo sobre el sistema de salud. En 1992, un estudio focalizado en las mayores IAMCs ya mostraba que los afiliados con 65 o más años de edad representaban el 20% de las afiliaciones pero el 40% de los costos (Meerhoff & Rigoli, 1992) y es probable que esta diferencia se haya acentuado. Asimismo, existe una carencia generalizada sobre cuidados preventivos de ENTs en la población general, particularmente entre los grupos de menores ingresos. Una investigación realizada hace pocos años mostraba que al 20% de las mujeres con edades entre los 20 y los 59 años nunca se le había practicado un examen de mamas, presentando esa proporción una correlación negativa con los ingresos. Por ejemplo, 27%, 18% y 10% en mujeres pertenecientes a grupos de ingresos bajos, mediano y altos, respectivamente. Resultados similares se encontraron en la prevención del cáncer cervicouterino. En tanto al 30% de las mujeres con edades entre los 20 y los 59 años nunca se le había practicado un PAP, la proporción variaba enormemente entre los distintos grupos de ingresos. También se encontró una diferencia significativa entre las mujeres que vivían en Montevideo (22%) y las que vivían en el interior del país (35%). Una correlación negativa similar se encontró en los hombres acerca del uso de exámenes preventivos y el nivel socioeconómico. En tanto al 69% de hombre de 40 y más años de edad nunca se le había realizado un examen para detección de cáncer de próstata, la proporción era mayor entre los hombres con menores niveles 78 de ingresos (83%) y menor entre los hombres con mayores niveles de ingresos (38%).31 A pesar de la transición epidemiológica y el cambio hacia una mayor prevalencia de ENTs, hasta 2005 el sistema de salud de Uruguay sólo había realizado unos pocos cambios adaptativos para adecuarse a este cambio. La lentitud de los cambios en el sistema de salud resulta problemático debido a sus implicancias financieras, sociales y económicas. El efecto de las enfermedades crónicas es particularmente preocupante entre la población de menores ingresos, quienes carecen tanto del conocimiento como del tiempo para acceder a los servicios de salud del sistema. A modo de ejemplo, a pesar de que existen importantes costos económicos para el sistema de salud asociados con la atención de enfermedades crónicas, los niveles de financiamiento para prevención y promoción de la salud resultaban inadecuados. Un estudio llevado a cabo sobre el gasto en salud del año 2000 (Trylesinski, 2001)32 mostraba que sólo el 0,4% del gasto total en salud se aplicaba para atender gastos originados en prevención y promoción de la salud. Las campañas de salud pública orientadas a promover estilos de vida saludable y la detección precoz de enfermedades de alto riesgo tales como la diabetes, la hipertensión arterial y la hipercolesterolemia podrían tener un considerable impacto para reducir los costos asistenciales y mejorar el nivel de vida de muchos uruguayos. Dada la crónica y marcada falta de correlación entre el perfil epidemiológico y el modelo de atención, se estima que la adopción de incluso una pocas medidas de prevención y promoción de la salud focalizadas en las ENTs crónicas podrían reducir en un tercio el número de años de vida perdidos debido a muerte prematura entre personas menores de 60 años. 31 Ver también Meerhoff, Ricardo. 2004. “Análisis del Financiamiento y de la Equidad del Sector Salud.� Informe preparado y presentado en el Seminario: “Opciones para la Reforma del Sector Salud� 14 y 15 de octubre de 2004. Ministerio de Salud Publica y Banco Mundial, Montevideo, Uruguay. 32 Trylesinsky, Fanny, Cervini M, Estellano M. ,2001. “Cuentas Nacionales de Gasto y Financiamiento en Salud� 79 ANEXO 2 La normativa relativa a la construcción del Sistema Nacional Integrado de Salud de Uruguay En el año 2005, con el dictado de la Ley 17.930 publicada el 23 de diciembre de ese año, se establecen las bases del Sistema Nacional Integrado de Salud y de su forma de financiamiento, a través de dos de sus artículos, el 264 y el 265. El primero expresa: “El Inciso 12 ‘Ministerio de Salud Pública’ implementará un Sistema Nacional Integrado de Salud con el objetivo de establecer la atención integral de todos los habitantes residentes en el país, garantizando su cobertura equitativa y universal. Dicho sistema se articulará sobre la base de la complementación público-privada y tendrá como estrategia global la atención primaria en salud, privilegiando el primer nivel de atención, las acciones de promoción, prevención y rehabilitación. El sistema complementará los servicios públicos y privados de forma de alcanzar la atención integral y de calidad adecuada a todos los habitantes.� El segundo establece: “El Sistema Nacional Integrado de Salud será financiado por un Seguro Nacional de Salud, el que se creará por ley según lo dispuesto en el artículo 67 y en la disposición transitoria letra V)** de la Constitución de la República y contará con un Fondo Público Único y Obligatorio constituido por los aportes del Estado, aportes de las empresas públicas y privadas y el aporte universal de los hogares beneficiarios del Sistema Nacional Integrado de Salud. El aporte del Estado provendrá de la asignación presupuestal al financiamiento del sistema de salud. El aporte de las empresas públicas y privadas será proporcional a la nómina de sus trabajadores. El aporte de los hogares será un porcentaje de sus ingresos de manera de contribuir a la equidad en el aporte al financiamiento de la salud, en tanto las normas tributarias fijarán la forma y porcentaje de dichos aportes. El reembolso a los prestadores integrales públicos y privados de salud se hará de acuerdo a cápitas ajustadas por riesgo y metas de prestación de servicios en cada nivel de atención. La reglamentación fijará los valores de las cápitas integrales ajustadas por riesgo, los mecanismos de ajuste de las mismas y las metas de prestación por nivel de atención. Sólo podrán integrar el Seguro Nacional de Salud a crearse, las instituciones de asistencia médica colectiva previstas en el artículo 6° del Decreto-Ley Nº 15.181, de 21 de agosto de 1981, y sus modificativas, así como las instituciones de asistencia médica privada particular sin fines de lucro. Sin perjuicio, aquellos seguros integrales autorizados y habilitados por el Ministerio de Salud Pública al amparo de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto-Ley Nº 15.181, de 21 de agosto de 1981, que operen bajo alguna de las formas jurídicas previstas en la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, que se encuentren funcionando regularmente a la fecha de la vigencia de la presente ley, integrarán el Seguro Nacional de Salud a crearse, según sus prescripciones, de acuerdo a las pautas que indique la reglamentación que a tal efecto dictará el Poder Ejecutivo y sin perjuicio de la libre contratación que garantiza la norma.� 80 Tomando esta norma como hito de la configuración del Sistema Nacional Integrado de Salud de Uruguay (SNIS), el relevamiento de las normas y actos administrativos anteriores y posteriores a su dictado que conforman un plexo normativo en el que podemos diferenciar dos clases: las que hacen a su estructura (incluyendo entre ellas a las que hacen a su financiamiento) y las que, sin tener relación con la conformación del Sistema, tiene carácter complementario y accesorio. A continuación, se detallan en orden cronológico la secuencia de todas las normas relevadas que conforman el citado plexo regulatorio. 81 FECHA (PUBLICACIÓN PARA LEYES, NORMA/ACUERDO TEMA PROMULGACION PARA DECRETOS) 05/01/1996 Ley 16736 NORMAS DE DESREGULACION Y REFORMA ADMINISTRATIVA ENTIDADES DE ASISTENCIA MEDICA AJUSTARAN ESTATUTOS A DISPOSICIONES QUE ESTABLEZCA EL 06/04/2001 Decreto 127/2001 PODER EJECUTIVO 02/10/2001 Decreto 383/2001 ESTATUTO TIPO DE MUTUALISTAS 27/11/2001 Decreto 460/2001 REESTRUCTURA DE SALUD PÚBLICA - CREACION DE LA DIRECCION GENERAL DE ASSE 29/10/2002 Decreto 416/2002 ACTUALIZACIÓN DE NORMATIVA PARA LA HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES OBLIGACIÓN PARA LAS EMPRESAS TABACALERAS A AUMENTAR EL TAMAÑO DE LAS ADVERTENCIAS EN 25/01/2005 Decreto 036/2005 LAS CAJILLAS DE CIGARRILLOS 28/02/2005 Decreto 144/2005 INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. ESTATUTOS 04/04/2005 Decreto 129/2005 LABORATORIOS DE AN�LISIS CL�NICOS. REGLAMENTACIÓN. 11/04/2005 Decreto 133/2005 SISTEMA INTEGRADO DE SALUD. CONSEJO CONSULTIVO. CREACIÓN. INTEGRACIÓN SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. COMISIÓN DE BIOÉTICA Y CALIDAD INTEGRAL DE LA 11/04/2005 Resolucion 610/2005 ATENCIÓN DE LA SALUD. CREACIÓN. 27/05/2005 Ordenanza 408/2005 MSP CRÉASE EL CENTRO DE INFORMACIÓN Y REFERENCIA NACIONAL DE LA RED-DROGAS SE PROH�BE LA DIFUSIÓN DE PUBLICIDAD DE PRODUCTOS Y/O MARCAS DE CIGARRILLOS, TABACOS Y 31/05/2005 Decreto 169/2005 AFINES EN CANALES DE TELEVISIÓN ABIERTA, CERRADA, POR CABLE O CODIFICADA, DURANTE EL HORARIO DE PROTECCIÓN AL MENOR TABACO Y SUS DERIVADOS (CIGARRILOS, CIGARROS). SE PROHIBE LA SPONSORIZACIÓN EN TODAS LAS 31/05/2005 Decreto 170/2005 ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PR�CTICA DEL DEPORTE DE NUESTRO PA�S CIGARRILLOS, CIGARROS Y AFINES. ADVERTENCIAS SANITARIAS DEBER�N OCUPAR EL 50% DE LAS 31/05/2005 Decreto 171/2005 SUPERFICIES TOTALES. SE PROHIBE LA UTILIZACIÓN DE DETERMINADAS DENOMINACIONES 27/06/2005 Decreto 202/2005 (CM 86) PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DEL C�NCER PRONACAN. CREACIÓN JUNTA NACIONAL DE DROGAS. SE INCORPORAN COMO MIEMBROS PERMANENTES LOS 11/07/2005 Decreto 222/2005 SUBSECRETARIOS DE LOS MINISTERIOS DE DESARROLLO SOCIAL Y DE TURISMO Y DEPORTE 25/07/2005 Decreto 236/2005 GABINETE SOCIAL. CREACIÓN CONSEJO ASESOR INTERINSTITUCIONAL DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Y REFERENCIA NACIONAL DE 05/08/2005 Decreto 243/2005 LA RED - DROGAS. CREACIÓN. INTEGRACIÓN. ATRIBUCIONES MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. UNIDAD DE ATENCIÓN AMBULATORIA EXTRAHOSPITALARIA. SE CAMBIA 08/08/2005 Decreto 247/2005 SU DENOMINACIÓN POR LA DE RED DE ATENCIÓN DEL PRIMER NIVEL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO (R.A.P. - A.S.S.E.) 82 FECHA (PUBLICACIÓN PARA LEYES, NORMA/ACUERDO TEMA PROMULGACION PARA DECRETOS) MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. BANCO NACIONAL DE ORGANOS Y TEJIDOS. SE CAMBIA SU 08/08/2005 Decreto 248/2005 DENOMINACIÓN POR LA DE INSTITUTO NACIONAL DE DONACIÓN Y TRANSPLANTE DE CÉLULAS, TEJIDOS Y ORGANOS. 05/09/2005 Decreto 268/2005 SE ELIMINAN "AREAS DE FUMADORES" EN RESTAURANTES, BARES Y LUGARES DE ESPARCIMIENTO 19/09/2005 Decreto 316/2005 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. FUNCIONARIOS MÉDICOS. RETRIBUCIONES. AUMENTO MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA VACUNACIÓN CONTRA LA 19/09/2005 Decreto 317/2005 "HEPATITIS B" COMO CONDICIÓN DE INGRESO PARA LOS TRABAJADORES DE LA SALUD PÚBLICA Y PRIVADA DE TODO EL PA�S 19/09/2005 Decreto 319/2005 GABINETE SOCIAL. SE INTEGRA AL MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE SECRETAR�A. SE LE ENCOMIENDA LA 05/10/2005 Decreto 385/2005 ADMINISTRACIÓN DEL REGISTRO UNICO DE COBERTURA DE ASISTENCIA FORMAL (RUCAF). PLAN NACIONAL DE ATENCIÓN A LA EMERGENCIA SOCIAL (PANES), BENEFICIARIOS TENDR�N DERECHO 07/10/2005 Decreto 406/2005 A ATENCIÓN EN LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DEL MSP EN MONTEVIDEO E INTERIOR, EN IGUALDAD DE CONDICIONES QUE LOS POSEEDORES DEL CARNÉ GRATUITO DE ASISTENCIA CIGARRILLOS, CIGARROS Y AFINES. ADVERTENCIAS SANITARIAS. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. 20/10/2005 Decreto 415/2005 APROBACIÓN SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD FINANCIADO POR UN SEGURO NACIONAL DE SALUD, 23/12/2005 Ley 17930 CREADO POR LEY Y CON UN FONDO PÚBLICO ÚNICO Y OBLIGATORIO 26/12/2005 Decreto 562/2005 INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CUOTA Y TICKETS. AJUSTE SERVICIOS DE SALUD. TRAMITACIÓN DE PETICIONES, RECLAMACIONES O CONSULTAS DE LOS 16/01/2006 Decreto 015/2006 USUARIOS. REGLAMENTACIÓN PROHIBICIÓN DE FUMAR EN LOCALES CERRADOS DE USO PÚBLICO Y �REAS LABORALES. 13/02/2006 Decreto 040/2006 INCUMPLIMIENTO. MULTAS. CLAUSURAS 06/03/2006 Decreto 067/2006 LEY DE ACOMPAÑAMIENTO DE TRABAJO DE PARTO. REGLAMENTACIÓN MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SE ACTUALIZA EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LAS MULTAS Y 15/05/2006 Decreto 137/2006 SANCIONES POR INFRACCIÓN A LAS DISPOSICIONES SANITARIAS VIGENTES 02/06/2006 Decreto 159/2006 CARNÉ DEL ADULTO MAYOR. IMPLEMENTACIÓN 02/06/2006 Decreto 160/2006 CONTROL, CALIDAD Y SEGURIDAD PARA EL TRANSPLANTE DE LAS CÉLULAS Y TEJIDOS HUMANOS 19/07/2006 Ordenanza 402/2006 ESTUDIOS GRATIS DE PAPANICOLAU Y MAMOGRAF�AS 07/08/2006 Decreto 265/2006 "FORMULARIO TERAPÉUTICO DE MEDICAMENTOS". APROBACIÓN. 83 FECHA (PUBLICACIÓN PARA LEYES, NORMA/ACUERDO TEMA PROMULGACION PARA DECRETOS) ESTABLÉCESE QUE IAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SALUD ESTATALES Y PRIVADAS CUALQUIERA 24/08/2006 Ordenanza 528/2006 MSP FUESE SU NATURALEZA. DEBER�N BRINDAR TODA LA INFORMACIÓN QUE LE SEA SOLICITADA POR LA DIVISIÓN ECONOM�A DE LA SALUD DEL MSP. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD DEL "COMITÉ NACIONAL" Y 18/09/2006 Decreto 340/2006 "COMITÉS REGIONALES" PARA LA MONITORIZACIÓN DE MUERTES DE NIÑOS MENORES DE 15 AÑOS. CREACIÓN, INTEGRACIÓN Y OBJETIVOS CRÉASE LA "COMISIÓN NACIONAL PARA EL MONITOREO Y REDUCCIÓN DE LAS MUERTES DE MUJERES 20/11/2006 Ordenanza 751/2006 POR CAUSA DEL EMBARAZO, PARTO. CES�REA. PUERPERIO Y ABORTO" DISPÓNESE QUE LAS INSTITUCIONES O SERVICIOS DE SALUD DE CUALQUIER NATURALEZA, TANTO 27/11/2006 Decreto 494/2006 PÚBLICOS COMO PRIVADOS, DEBER�N PRESTAR ATENCIÓN Y ASISTENCIA A USUARIAS, AFILIADAS O PACIENTES DEL SEXO FEMENINO QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE VIOLENCIA DOMÉSTICA 19/12/2006 Decreto 571/2006 CARNÉ DE SALUD B�SICO A LAS MUJERES. EXPEDICIÓN. REQUISITOS. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. SOBRECUOTA DE GESTIÓN Y SOBRECUOTA DE 27/12/2006 Decreto 659/2006 INVERSIÓN SE AUTORIZA LA LIBRE COMERCIALIZACIÓN, EN COMERCIOS LEGALMENTE ESTABLECIDOS, DE 27/12/2006 Decreto 660/2006 ANTEOJOS Y/O LENTES PROTECTORES DE SOL QUE NO REQUIERAN RECETA MÉDICA, LOS QUE DEBER�N CONTAR OBLIGATORIAMENTE CON FILTRO ULTRAVIOLETA "INTERCAMBIABILIDAD DE MEDICAMENTOS" SE APRUEBAN LAS RECOMENDACIONES TÉCNICAS PARA LA 12/01/2007 Decreto 012/2007 REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE BIOEQUIVALENCIA 12/01/2007 Decreto 013/2007 HABILITACIONES ASISTENCIALES. SE AMPL�AN LAS PREVISIONES DEL DECRETO 416/002 MARCO REGULATORIO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS EN EL TRATAMIENTO DE 29/01/2007 Decreto 035/2007 "USUARIO CON CONSUMO PROBLEM�TICO DE DROGAS". APROBACIÓN 31/05/2007 Ley 18131 CREACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE SALUD IAMC. SE DISPONE REDUCCIONES CUOTAS AFILIACIONES INDIVIDUALES NO VITALICIAS, SIN EL APORTE 06/07/2007 Decreto 248/2007 AL FONDO NACIONAL DE RECURSOS; CUOTAS CONVENIOS COLECTIVOS; TASAS MODERADORAS; SOBRECUOTA DE GESTIÓN; Y SOBRECUOTA DE INVERSIÓN. 09/07/2007 Decreto 250/2007 DERECHO A LA IDENTIDAD DEL NIÑO Y SU IDENTIFICACIÓN DESDE EL NACIMIENTO IAMC. CUOTAS DE AFILIACIONES INDIVIDUALES NO VITALICIAS, SIN EL APORTE AL FNR; CUOTAS DE 01/08/2007 Decreto 275/2007 CONVENIOS COLECTIVOS; SOBRECUOTA DE GESTIÓN; SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS. AUMENTO. FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA). SE DISPONE SU ADMINISTRACIÓN POR EL BANCO DE PREVISIÓN 02/08/2007 Decreto 276/2007 SOCIAL 84 FECHA (PUBLICACIÓN PARA LEYES, NORMA/ACUERDO TEMA PROMULGACION PARA DECRETOS) ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO - SE CREA COMO SERVICIO 08/08/2007 Ley 18161 DESCENTRALIZADO 07/09/2007 Ley 18172 AS�GNANSE PARTIDAS AL MSP PARA CREAR UN RÉGIMEN DE FUNCIONES INSPECTIVAS 17/09/2007 Decreto 345/2007 INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CUOTAS. AJUSTE SERVICIOS DE SALUD. SE REGLAMENTA EL TIEMPO DE ESPERA PARA ACCEDER A LAS CONSULTAS, 28/09/2007 Decreto 359/2007 TANTO DE MEDICINA GENERAL, COMO DE LAS ESPECIALIDADES MÉDICAS Y QUIRÚRGICAS, POR PARTE DE LOS USUARIOS. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. PROGRAMA PRIORITARIO DE SALUD DE LA NIÑEZ. SE ESTABLECE LA 05/11/2007 Decreto 416/2007 OBLIGATORIEDAD DE LA INVESTIGACIÓN EN EL RECIÉN NACIDO: HIPOTIROIDISMO CONGÉNITO, Y DE FENILCETONURIA E HIPERPLASIA SUPRARRENAL CONGÉNITA 19/11/2007 Decreto 445/2007 REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE PARTERA. SE ACTUALIZA. 19/11/2007 Decreto 448/2007 SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. EMPLEADORES. REQUISITOS. CUMPLIMIENTO SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD - NORMATIVA REFERENTE A SU CREACIÓN, 13/12/2007 Ley 18211 FUNCIONAMIENTO Y FINANCIACIÓN 27/12/2007 Decreto 542/2007 CARNÉ DE SALUD DEL NIÑO Y DE LA NIÑA. REGLAMENTACIÓN. MODIFICACIÓN INCLÚYANSE EN EL SEGURO ACIONAL INTEGRADO DE SALUD. COMO PRESTADORES INTEGRALES. A LAS 02/01/2008 Ordenanza 001/2008 MSP SIGUIENTES INSTITUCIONES: MEDICINA PERSONALIZADA, SUMMUM, BLUE CROSS & BLUE SHIELD. SEGURO AMERICANO. SEGURO BRIT�NICO. COPHAMI. IPAM Y PRIMÉDICA 08/01/2008 Decreto 002/2008 SISTEMA NACIONAL DE SALUD. REGLAMENTACIÓN 16/01/2008 Decreto 015/2008 INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CUOTAS. AUMENTO. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE CONSIDERA INCORPORADOS LOS TRABAJADORES DEL PODER 18/01/2008 Decreto 032/2008 JUDICIAL Y DE LOS ENTES DE LA ENSEÑANZA. 18/01/2008 Resolucion 027/2008 INTÉGRASE LA JUNASA CON PRESIDENTE POR EL MSP Y MIEMBROS POR EL BPS Y EL MEF SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. SE 29/02/2008 Decreto 136/2008 AJUSTAN DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS SEDES SECUNDARIAS MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. SEGURO NACIONAL DE SALUD. FUNCIONARIOS CIVILES NO 11/03/2008 Decreto 157/2008 EQUIPARADOS A UN GRADO MILITAR. OPCIÓN. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE DISPONE QUE LOS ORGANISMOS COMPRENDIDOS EN EL ART�CULO 25/03/2008 Decreto 176/2008 221 DE LA CONSTITUCIÓN REDUZCAN LOS PAGOS MENSUALES EN EFECTIVO. EMPRESAS UNIPERSONALES CON HASTA UN DEPENDIENTE. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. 31/03/2008 Decreto 192/2008 APORTE 85 FECHA (PUBLICACIÓN PARA LEYES, NORMA/ACUERDO TEMA PROMULGACION PARA DECRETOS) SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. TRABAJADORES QUE CUENTEN CON COBERTURA INTEGRAL 03/04/2008 Decreto 193/2008 DE SALUD. TRANSICIÓN. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. SE DISPONE QUE LOS DIFERENTES VALORES DE 02/06/2008 Decreto 264/2008 TASAS MODERADORAS DECLARADOS AL MSP POR LAS IAMCS SE TOMAR�N COMO MONTOS M�XIMOS FIJADOS POR EL PODER EJECUTIVO RECUPERACIÓN DE LOS DERECHOS JUBILATORIOS Y PENSIONARIOS DE LAS PERSONAS QUE NO 02/06/2008 Decreto 268/2008 PUDIERON ACCEDER AL TRABAJO EN EL PER�ODO DE FACTO. SE DISPONE SE LES OTORGUE UN CARNÉ DE ASISTENCIA GRATUITO. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE DISPONE QUE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE 02/06/2008 Decreto 269/2008 SALUD CONTAR�N CON CONSEJOS CONSULTIVOS Y ASESORES DE CAR�CTER HONORARIO, EN LOS QUE ESTAR�N REPRESENTADOS LA PROPIA ENTIDAD, SUS TRABAJADORES Y SUS USUARIOS SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS. 09/06/2008 Decreto 282/2008 TRABAJADORES. INCORPORACIÓN 09/06/2008 Decreto 283/2008 JUNTA NACIONAL DE SALUD. REPRESENTANTE DE LOS USUARIOS. DESIGNACIÓN. SEGURO NACIONAL INTEGRADO SALUD. TRABAJADORES DE LAS ENTIDADES AFILIADAS A LA CAJA DE 17/06/2008 Decreto 300/2008 JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS. INCORPORACIÓN. MODIFICACIÓN SUSPÉNDESE TRANSITORIAMENTE Y HASTA NUEVA RESOLUCIÓN LA MOVILIDAD DE LOS AFILIADOS AL 19/06/2008 Ordenanza 358/2008 MSP SEGURO DE ATENCIÓN PARCIAL IPAM (INSTITUCIÓN DE PREVENCIÓN Y ASISTENCIA MÉDICA ) 24/06/2008 Decreto 309/2008 ATENCIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA CON UNIDADES MÓVILES. REGLAMENTACIÓN. ACTUALIZACIÓN 25/06/2009 Ordenanza 384/2009 MSP INCORPORA AL MSP A LOS FUNCIONARIOS INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 Y 20/2010 SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE EXTIENDE EL PLAZO DE INCORPORACIÓN PARA LOS 26/06/2008 Decreto 323/2008 TRABAJADORES DEPENDIENTES DE LA ANCAP Y PARA LOS TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU) SE DISPONE QUE LA ADM CENTRAL Y LOS ORGANISMOS DEL ART 220 DE LA CONSTIT DE LA REP 30/06/2008 Decreto 320/2008 APLICAR�N LOS CRÉDITOS PARA REG�MENES PROPIOS DE COBERTURA MÉDICA A QUIENES RESULTEN BENEFICIARIOS DEL SNS, AL PAGO DE APORTES PATRONALES AL FONDO NACIONAL DE SALUD 08/07/2008 Decreto 328/2008 JUNTA NACIONAL DE SALUD. INTEGRACIÓN ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO. DIRECTORIO. SE ESTABLECE LA FORMA 14/07/2008 Decreto 341/2008 (CM 508) DE DESIGNACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS USUARIOS Y DE LOS TRABAJADORES REGLAMENTA FUNCIONAMIENTO COMISIONES INSTITUCIONALES DE SEGURIDAD DE LOS PACIENTES Y 01/08/2008 Ordenanza 481/2008 MSP PREVENCIÓN DEL ERROR EN MEDICINA 86 FECHA (PUBLICACIÓN PARA LEYES, NORMA/ACUERDO TEMA PROMULGACION PARA DECRETOS) SE PRORROGA EL PLAZO CON QUE CUENTAN LAS INSTITUCIONES QUE TIENEN PENDIENTE LA 04/08/2008 Decreto 378/2008 RECATEGORIZACIÓN PARA CONVERTIRSE EN PRESTADORES INTEGRALES DE SALUD 04/08/2008 Decreto 379/2008 INVESTIGACIÓN EN SERES HUMANOS. SE AUTORIZA. SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. PLAZO DE INGRESO AL SISTEMA. SE EQUIPARA LA 04/08/2008 Decreto 380/2008 SITUACIÓN DE LOS TRABAJADORES DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS AL DE OTROS TRABAJADORES DE DETERMINADAS ENTIDADES FINANCIERAS BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL. GESTIONES CON PRESTADORES QUE INTEGRAN EL SISTEMA NACIONAL 04/08/2008 Decreto 381/2008 INTEGRADO DE SALUD. SE DISPONE LA INCORPORACIÓN AL PROGRAMA NACIONAL DE PESQUISA NEONATAL, EL ESTUDIO DE LA 11/08/2008 Decreto 389/2008 HIPOACUSIA NEONATAL. 18/08/2008 Decreto 399/2008 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. UNIDADES DE CUIDADOS INTENSIVOS. SE ACTUALIZA NORMATIVA. PACIENTES Y USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD - SE ESTABLECEN SUS DERECHOS Y 26/08/2008 Ley 18335 OBLIGACIONES 27/08/2008 Decreto 413/2008 INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. AUMENTO DE CUOTA. DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD. REESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y DE PUESTOS DE TRABAJO. 09/09/2008 Decreto 433/2008 APROBACIÓN 17/09/2008 Resolucion 727/2008 (CM 544) DES�GNA EN EL DIRECTORIO DE ASSE MIEMBRO EN REPRESENTACIÓN DE LOS USUARIOS INICIA PROCESO PARA IMPLANTAR UN SISTEMA DE INFORMACIÓN INTEGRADO DE SALUD (SUS) BASADO 19/09/2008 Ordenanza 589/2008 SIIS EN LA HISTORIA DIGITAL DE SALUD (HDS) INCORPORA LOS FUNCIONARIOS CUYOS CARGOS REVISTEN EN LAS UNIDADES EJECUTORAS 001 Y 070 26/09/2008 Resolucion 184/2008 DEL MSP A LAS UNIDADES DE ASSE DONDE EST�N CUMPLIENDO TAREAS. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. JUNTA NACIONAL DE SALUD. PRESTADOR INTEGRAL. 02/10/2008 Decreto 464/2008 CONTRATO DE GESTIÓN. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. PROGRAMAS INTEGRALES 03/10/2008 Decreto 465/2008 DE SALUD. CAT�LOGO DE PRESTACIONES. APROBACIÓN. RENDICIÓN DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 15/10/2008 Ley 18362 2007. APROBACIÓN SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE EXTIENDE EL PLAZO DE INCORPORACIÓN PARA LOS 30/10/2008 Decreto 529/2008 TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). 03/11/2008 Resolucion 929/2008 DESIGNA PARA INTEGRAR LA JUNTA NACIONAL DE SALUD POR MEF 87 FECHA (PUBLICACIÓN PARA LEYES, NORMA/ACUERDO TEMA PROMULGACION PARA DECRETOS) MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD. REGLAMENTO PARA RÉGIMEN DE 01/12/2008 Decreto 590/2008 FUNCIONES INSPECTIVAS EN EL �REA DE LA SALUD. APROBACIÓN. 26/12/2008 Decreto 792/2008 FONDO DE GARANT�A IAMC. SOLICITUD DE ACCESO A LA GARANT�A. SE DISPONE QUE LOS COLECTIVOS DE TRABAJADORES EN RÉGIMEN DE CAJAS DE AUXILIO O SEGUROS 31/12/2008 Decreto 820/2008 CONVENCIONALES, DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS, SE INCORPORAR�N AL SEGURO NACIONAL DE SALUD, EL 1º DE ENERO DE 2010. 19/01/2009 Decreto 044/2009 (CM 673) COMISIÓN REGULADORA DE COMPROMISOS DE GESTIÓN (CRCG). CREACIÓN 26/01/2009 Decreto 057/2009 SE FIJA EL VALOR DE LAS CUOTAS DEL FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA) SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SEGURO NACIONAL DE SALUD. MOVILIDAD DE USUARIOS. 29/01/2009 Decreto 065/2009 REGLAMENTACIÓN. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CREACIÓN DEL FONDO DE GARANT�A PARA LA 07/02/2009 Ley 18439 REESTRUCTURACIÓN DE PASIVOS. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. SE FIJA EN 6 16/02/2009 Decreto 091/2009 PUNTOS PORCENTUALES EL CRÉDITO. 17/02/2009 Ley 18464 INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA Y FONDO NACIONAL DE RECURSOS 02/03/2009 Decreto 113/2009 REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA NACIONAL DE SALUD. APROBACIÓN. 02/03/2009 Resolucion 29/2009 MODIFICA DISTRIBUCION DISPUESTA EN RESOLUCION 184/2008 ACUERDO PRESTADORES, ACUERDO ENTRE PRESTADORES, TRABAJADORES Y USUARIOS DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE 27/03/2009 TRABAJADORES Y USUARIOS DEL SNIS SALUD DE ABSTENERSE DE REALIZAR INTERMEDIACIÓN LUCRATIVA PARA CAPTAR USUARIOS MEDICAMENTOS CUYAS PRESENTACIONES MUTUALES Y/U HOSPITALARIAS CONTEMPLAR�N LAS 30/03/2009 Decreto 164/2009 NECESIDADES M�NIMAS MENSUALES PARA TRATAMIENTOS REGULADORES DE LA GLICEMIA Y DE LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL. NÓMINA. APROBACIÓN FONDO DE GARANT�A PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE PASIVOS DE LAS INSTITUCIONES DE 13/04/2009 Decreto 171/2009 ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA (FONDO DE GARANT�A IAMC). FIDUCIARIOS 20/04/2009 Decreto 177/2009 JUNTA NACIONAL DE SALUD. CAMBIOS DE PRESTADOR. AUTORIZACIÓN. SE ESTABLECE EL DERECHO PARA LAS PERSONAS MAYORES DE EDAD DE OPONERSE A LA APLICACIÓN 21/04/2009 Ley 18473 DE TRATAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS MÉDICOS SALVO QUE SE AFECTE LA SALUD DE TERCEROS 27/04/2009 Decreto 195/2009 COMISIÓN REGULADORA DE COMPROMISOS DE GESTIÓN (CRCG). INTEGRACIÓN 29/04/2009 Decreto 197/2009 FUNCIONARIOS. RETIRO INCENTIVADO. REGLAMENTACIÓN. 88 FECHA (PUBLICACIÓN PARA LEYES, NORMA/ACUERDO TEMA PROMULGACION PARA DECRETOS) SE REGLAMENTA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LOS PROFESIONALES LICENCIADOS EN 11/05/2009 Decreto 219/2009 ENFERMER�A EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS F�SICAS. SE INCORPORAN AL BANCO DE PREVISIÓN 13/05/2009 Decreto 224/2009 SOCIAL INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. SE FIJA EL CRÉDITO DEL IMPUESTO AL VALOR 25/05/2009 Decreto 246/2009 AGREGADO ESTUDIOS DE BIODISPONIBILIDAD COMPARATIVA Y/O BIOEQUIVALENCIA "IN VIVO" DE MEDICAMENTOS 01/06/2009 Decreto 261/2009 EN NUESTRO PA�S. REGLAMENTACIÓN. 03/06/2009 Decreto 267/2009 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD (A.S.S.E.). CUOTAS DE AFILIACIÓN INDIVIDUAL. VALOR PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. CAT�LOGO DE PRESTACIONES. PRESTACIONES SUJETAS A 15/06/2009 Decreto 289/2009 NORMATIZACIÓN O A PROTOCOLIZACIÓN. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CUOTAS DE AFILIACIONES INDIVIDUALES NO 22/06/2009 Decreto 298/2009 VITALICIAS, CUOTAS DE CONVENIOS COLECTIVOS, SOBRECUOTA DE GESTIÓN, SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS. AUMENTO 25/06/2009 Ordenanza 384/2009 MSP INCORPORA AL MSP A LOS FUNCIONARIOS INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 Y 20/2010 02/07/2009 Resolucion ASSE 2015/2009 INCORPORA A ASSE A LOS FUNCIONARIOS INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 Y 20/2009 SE AUTORIZA A LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS INTEGRALES DE SALUD INTEGRANTES DEL SISTEMA 27/07/2009 Decreto 342/2009 NACIONAL INTEGRADO DE SALUD A POSTERGAR LOS PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS NO URGENTES MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SE CREA UNA COMPENSACIÓN POR CUMPLIMIENTO DE FUNCIÓN 27/07/2009 Decreto 343/2009 INSPECTIVA EN EL �REA DE LA SALUD. REMUNERACIÓN MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD. REFORMULACIÓN DE LA 10/08/2009 Decreto 372/2009 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA 24/08/2009 Decreto 401/2009 JUNTA NACIONAL DE SALUD. INTEGRACIÓN CONDICIONES PARA CONSIDERAR A JUBILADOS USUARIOS DEL SEGURO NACIONAL DE SALUD COMO 10/09/2009 Decreto 467/2009 (CM 830) TRABAJADORES DEPENDIENTES EN ACTIVIDADES AMPARADAS EN EL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL CARNÉ DE SALUD DEL NIÑO Y DE LA NIÑA CON TRISOM�A 21 (S�NDROME DE DOWN). SE DECLARA 14/09/2009 Decreto 423/2009 OBLIGATORIO EN TODO EL TERRITORIO. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. SE FIJA EN 4 PUNTOS PORCENTUALES EL CRÉDITO 25/09/2009 Decreto 440/2009 DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO TENEDORES DE INGRESOS POSTERIORES A LA FECHA DE INSCRIPCIÓN DE LA ESCISIÓN DE LA IAM 14/10/2009 Ley 18592 PRIVADA S/FINES DE LUCRO EN RNC, ORIGINADOS POR PRESTACIONES ASISTENCIALES DEL SMU, DEBER�N ENTREGARLOS A LAS INSTITUCIONES 89 FECHA (PUBLICACIÓN PARA LEYES, NORMA/ACUERDO TEMA PROMULGACION PARA DECRETOS) SNIS - CAMBIO DE PRESTADOR DE SERVICIOS DE SALUD POR PARTE DE LOS BENEFICIARIOS - MODIFICA 18/01/2010 Decreto 014/2010 DECRETO Nº 65/09 Este conjunto de regulaciones de distinto orden jurídico (leyes, decretos, resoluciones, ordenanzas), incluyendo acuerdos entre partes integrantes de ese sistema, presenta una concatenación que se detalla en la tabla que se muestra en la próxima páginas y subsiguientes. Para su construcción se tomó como criterio ordenador de su exposición la jerarquía de la norma, comenzando por las leyes y finalizando por las ordenanzas, pudiendo observarse cómo en cada caso impactan unas en otras. 90 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR PACIENTES Y USUARIOS DE LOS SERVICIOS NORMAS DE DESREGULACION Y REFORMA Ley 16736 05/01/1996 ADMINISTRATIVA 697 Ley 18335 Art 19 DE SALUD - SE ESTABLECEN SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD "INTERCAMBIABILIDAD DE MEDICAMENTOS" FINANCIADO POR UN SEGURO NACIONAL SE APRUEBAN LAS RECOMENDACIONES Ley 17930 23/12/2005 DE SALUD, CREADO POR LEY Y CON UN Decreto 012/2007 TÉCNICAS PARA LA REALIZACIÓN DE FONDO PÚBLICO ÚNICO Y OBLIGATORIO 1 ESTUDIOS DE BIOEQUIVALENCIA SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. Decreto 448/2007 EMPLEADORES. REQUISITOS. CUMPLIMIENTO FUNCIONARIOS. RETIRO INCENTIVADO. 29 Decreto 197/2009 REGLAMENTACIÓN. ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE Ley 18161 Art 4º SALUD DEL ESTADO - SE CREA COMO SERVICIO DESCENTRALIZADO "FORMULARIO TERAPÉUTICO DE Decreto 265/2006 MEDICAMENTOS". APROBACIÓN. "INTERCAMBIABILIDAD DE MEDICAMENTOS" SE APRUEBAN LAS RECOMENDACIONES Decreto 012/2007 264 TÉCNICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE BIOEQUIVALENCIA SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. Decreto 448/2007 EMPLEADORES. REQUISITOS. CUMPLIMIENTO INICIA PROCESO PARA IMPLANTAR UN Ordenanza 528/2006 SISTEMA DE INFORMACIÓN INTEGRADO DE MSP SALUD (SUS) BASADO EN LA HISTORIA DIGITAL DE SALUD (HDS) SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD - 265 Ley 18211 NORMATIVA REFERENTE A SU CREACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FINANCIACIÓN INICIA PROCESO PARA IMPLANTAR UN Ordenanza 528/2006 SISTEMA DE INFORMACIÓN INTEGRADO DE MSP SALUD (SUS) BASADO EN LA HISTORIA DIGITAL DE SALUD (HDS) 91 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR INCLÚYANSE EN EL SEGURO ACIONAL INTEGRADO DE SALUD. COMO PRESTADORES INTEGRALES. A LAS Ordenanza 001/2008 SIGUIENTES INSTITUCIONES: MEDICINA MSP PERSONALIZADA, SUMMUM, BLUE CROSS & BLUE SHIELD. SEGURO AMERICANO. SEGURO BRIT�NICO. COPHAMI. IPAM Y PRIMÉDICA SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD - Ley 18211 NORMATIVA REFERENTE A SU CREACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FINANCIACIÓN FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA). SE 1 Decreto 276/2007 DISPONE SU ADMINISTRACIÓN POR EL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. Decreto 448/2007 EMPLEADORES. REQUISITOS. CUMPLIMIENTO MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. SEGURO NACIONAL DE SALUD. Decreto 157/2008 FUNCIONARIOS CIVILES NO EQUIPARADOS A CREACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE Ley 18131 31/05/2007 SALUD UN GRADO MILITAR. OPCIÓN. 2 CONDICIONES PARA CONSIDERAR A JUBILADOS USUARIOS DEL SEGURO Decreto 467/2009 (CM NACIONAL DE SALUD COMO TRABAJADORES 830) DEPENDIENTES EN ACTIVIDADES AMPARADAS EN EL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL FUNCIONARIOS. RETIRO INCENTIVADO. 4 Decreto 197/2009 REGLAMENTACIÓN. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE CONSIDERA INCORPORADOS LOS 9 Decreto 032/2008 TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL Y DE LOS ENTES DE LA ENSEÑANZA. ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO. DIRECTORIO. SE Decreto 341/2008 (CM Ley 18161 08/08/2007 SALUD DEL ESTADO - SE CREA COMO 508) ESTABLECE LA FORMA DE DESIGNACIÓN DE SERVICIO DESCENTRALIZADO LOS REPRESENTANTES DE LOS USUARIOS Y 2 DE LOS TRABAJADORES DES�GNA EN EL DIRECTORIO DE ASSE Resolucion 727/2008 MIEMBRO EN REPRESENTACIÓN DE LOS (CM 544) USUARIOS 92 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR INCORPORA LOS FUNCIONARIOS CUYOS CARGOS REVISTEN EN LAS UNIDADES Resolucion 184/2008 EJECUTORAS 001 Y 070 DEL MSP A LAS UNIDADES DE ASSE DONDE EST�N CUMPLIENDO TAREAS. MODIFICA DISTRIBUCION DISPUESTA EN Resolucion 29/2009 17 RESOLUCION 184/2008 INCORPORA AL MSP A LOS FUNCIONARIOS Ordenanza 384/2009 INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 MSP Y 20/2010 INCORPORA A ASSE A LOS FUNCIONARIOS Resolucion ASSE INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 2015/2009 Y 20/2009 INCORPORA LOS FUNCIONARIOS CUYOS CARGOS REVISTEN EN LAS UNIDADES Resolucion 184/2008 EJECUTORAS 001 Y 070 DEL MSP A LAS UNIDADES DE ASSE DONDE EST�N CUMPLIENDO TAREAS. MODIFICA DISTRIBUCION DISPUESTA EN Resolucion 29/2009 18 RESOLUCION 184/2008 INCORPORA AL MSP A LOS FUNCIONARIOS Ordenanza 384/2009 INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 MSP Y 20/2010 INCORPORA A ASSE A LOS FUNCIONARIOS Resolucion ASSE INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 2015/2009 Y 20/2009 21 48 Inc 3 DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD. 49 Decreto 433/2008 REESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y DE AS�GNANSE PARTIDAS AL MSP PARA 227 PUESTOS DE TRABAJO. APROBACIÓN Ley 18172 07/09/2007 CREAR UN RÉGIMEN DE FUNCIONES 235 INSPECTIVAS MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD. REGLAMENTO PARA 235 Decreto 590/2008 RÉGIMEN DE FUNCIONES INSPECTIVAS EN EL �REA DE LA SALUD. APROBACIÓN. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD SISTEMA NACIONAL DE SALUD. Ley 18211 13/12/2007 - NORMATIVA REFERENTE A SU CREACIÓN, 1 Decreto 002/2008 REGLAMENTACIÓN FUNCIONAMIENTO Y FINANCIACIÓN REGLAMENTO INTERNO DE Decreto 113/2009 FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA NACIONAL DE SALUD. APROBACIÓN. 93 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR FUNCIONARIOS. RETIRO INCENTIVADO. Decreto 197/2009 REGLAMENTACIÓN. SE REGLAMENTA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LOS PROFESIONALES Decreto 219/2009 LICENCIADOS EN ENFERMER�A EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE Decreto 267/2009 SALUD (A.S.S.E.). CUOTAS DE AFILIACIÓN INDIVIDUAL. VALOR MEDICAMENTOS CUYAS PRESENTACIONES MUTUALES Y/U HOSPITALARIAS CONTEMPLAR�N LAS NECESIDADES 5 literal G) Decreto 164/2009 M�NIMAS MENSUALES PARA TRATAMIENTOS REGULADORES DE LA GLICEMIA Y DE LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL. NÓMINA. APROBACIÓN INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CREACIÓN DEL FONDO DE Ley 18439 Art 1º GARANT�A PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE PASIVOS. 11 literal B) FONDO DE GARANT�A IAMC. SOLICITUD DE Decreto 792/2008 ACCESO A LA GARANT�A. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE DISPONE QUE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD CONTAR�N CON CONSEJOS CONSULTIVOS Y ASESORES DE 12 Decreto 269/2008 CAR�CTER HONORARIO, EN LOS QUE ESTAR�N REPRESENTADOS LA PROPIA ENTIDAD, SUS TRABAJADORES Y SUS USUARIOS SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. 15 Decreto 464/2008 JUNTA NACIONAL DE SALUD. PRESTADOR INTEGRAL. CONTRATO DE GESTIÓN. 94 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. SE DISPONE QUE LOS SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD DIFERENTES VALORES DE TASAS Ley 18211 13/12/2007 - NORMATIVA REFERENTE A SU CREACIÓN, Decreto 264/2008 MODERADORAS DECLARADOS AL MSP POR FUNCIONAMIENTO Y FINANCIACIÓN LAS IAMCS SE TOMAR�N COMO MONTOS M�XIMOS FIJADOS POR EL PODER 19 EJECUTIVO MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. Decreto 465/2008 PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. CAT�LOGO DE PRESTACIONES. APROBACIÓN. JUNTA NACIONAL DE SALUD. Decreto 283/2008 REPRESENTANTE DE LOS USUARIOS. DESIGNACIÓN. 23 Decreto 328/2008 JUNTA NACIONAL DE SALUD. INTEGRACIÓN INTÉGRASE LA JUNASA CON PRESIDENTE Resolucion 027/2008 POR EL MSP Y MIEMBROS POR EL BPS Y EL MEF Decreto 401/2009 JUNTA NACIONAL DE SALUD. INTEGRACIÓN 25 DESIGNA PARA INTEGRAR LA JUNTA Resolucion 929/2008 NACIONAL DE SALUD POR MEF SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. 28 literal E) Decreto 464/2008 JUNTA NACIONAL DE SALUD. PRESTADOR INTEGRAL. CONTRATO DE GESTIÓN. REGLAMENTO INTERNO DE 28 literal F) Decreto 113/2009 FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA NACIONAL DE SALUD. APROBACIÓN. PACIENTES Y USUARIOS DE LOS SERVICIOS Ley 18335 Art. 10 DE SALUD - SE ESTABLECEN SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES 45 literal D) MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. Decreto 465/2008 PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. CAT�LOGO DE PRESTACIONES. APROBACIÓN. 95 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. 46 Decreto 465/2008 PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. CAT�LOGO DE PRESTACIONES. APROBACIÓN. SE ESTABLECE EL DERECHO PARA LAS PERSONAS MAYORES DE EDAD DE OPONERSE A LA APLICACIÓN DE 50 Ley 18473 Art 13 TRATAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS MÉDICOS SALVO QUE SE AFECTE LA SALUD DE TERCEROS SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. Decreto 065/2009 SEGURO NACIONAL DE SALUD. MOVILIDAD DE USUARIOS. REGLAMENTACIÓN. JUNTA NACIONAL DE SALUD. CAMBIOS DE 50 Decreto 177/2009 PRESTADOR. AUTORIZACIÓN. PACIENTES Y USUARIOS DE LOS SERVICIOS Ley 18335 Art. 13 DE SALUD - SE ESTABLECEN SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SISTEMA 51 literal B) NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. Decreto 465/2008 PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. CAT�LOGO DE PRESTACIONES. 52 literal F) APROBACIÓN. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CUOTAS DE AFILIACIONES INDIVIDUALES NO VITALICIAS, CUOTAS DE 55 Decreto 298/2009 CONVENIOS COLECTIVOS, SOBRECUOTA DE GESTIÓN, SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS. AUMENTO SE DISPONE QUE LOS COLECTIVOS DE TRABAJADORES EN RÉGIMEN DE CAJAS DE SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD AUXILIO O SEGUROS CONVENCIONALES, DE Ley 18211 13/12/2007 - NORMATIVA REFERENTE A SU CREACIÓN, 60 Decreto 820/2008 LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES FUNCIONAMIENTO Y FINANCIACIÓN BANCARIAS, SE INCORPORAR�N AL SEGURO NACIONAL DE SALUD, EL 1º DE ENERO DE 2010. 96 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE CONSIDERA INCORPORADOS LOS Decreto 032/2008 TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL Y DE LOS ENTES DE LA ENSEÑANZA. 61 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. SEGURO NACIONAL DE SALUD. Decreto 157/2008 FUNCIONARIOS CIVILES NO EQUIPARADOS A UN GRADO MILITAR. OPCIÓN. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE DISPONE QUE LOS ORGANISMOS COMPRENDIDOS EN 61 Decreto 176/2008 EL ART�CULO 221 DE LA CONSTITUCIÓN REDUZCAN LOS PAGOS MENSUALES EN EFECTIVO. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE CONSIDERA INCORPORADOS LOS 62 Decreto 032/2008 TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL Y DE LOS ENTES DE LA ENSEÑANZA. CONDICIONES PARA CONSIDERAR A JUBILADOS USUARIOS DEL SEGURO Decreto 467/2009 (CM NACIONAL DE SALUD COMO TRABAJADORES 63 830) DEPENDIENTES EN ACTIVIDADES AMPARADAS EN EL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. CAT�LOGO DE PRESTACIONES. 64 Decreto 298/2009 PRESTACIONES SUJETAS A NORMATIZACIÓN O A PROTOCOLIZACIÓN. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE CONSIDERA INCORPORADOS LOS 66 Decreto 032/2008 TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL Y DE LOS ENTES DE LA ENSEÑANZA. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. SEGURO NACIONAL DE SALUD. 68 Decreto 157/2008 FUNCIONARIOS CIVILES NO EQUIPARADOS A UN GRADO MILITAR. OPCIÓN. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE DISPONE QUE LOS ORGANISMOS COMPRENDIDOS EN Decreto 176/2008 EL ART�CULO 221 DE LA CONSTITUCIÓN REDUZCAN LOS PAGOS MENSUALES EN EFECTIVO. 97 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR SE DISPONE QUE LA ADM CENTRAL Y LOS ORGANISMOS DEL ART 220 DE LA CONSTIT DE LA REP APLICAR�N LOS CRÉDITOS PARA REG�MENES PROPIOS DE COBERTURA Decreto 320/2008 MÉDICA A QUIENES RESULTEN BENEFICIARIOS DEL SNS, AL PAGO DE APORTES PATRONALES AL FONDO NACIONAL DE SALUD CONDICIONES PARA CONSIDERAR A JUBILADOS USUARIOS DEL SEGURO Decreto 467/2009 (CM NACIONAL DE SALUD COMO TRABAJADORES 830) DEPENDIENTES EN ACTIVIDADES AMPARADAS EN EL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. TRABAJADORES QUE CUENTEN CON 69 Decreto 193/2008 COBERTURA INTEGRAL DE SALUD. TRANSICIÓN. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE CONSIDERA INCORPORADOS LOS 61 literal B) Decreto 032/2008 TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL Y DE LOS ENTES DE LA ENSEÑANZA. EMPRESAS UNIPERSONALES CON HASTA UN 71 Decreto 192/2008 DEPENDIENTE. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. APORTE SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES 76 Decreto 282/2008 BANCARIAS. TRABAJADORES. INCORPORACIÓN SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL. GESTIONES Ley 18211 13/12/2007 - NORMATIVA REFERENTE A SU CREACIÓN, 76 Decreto 381/2008 CON PRESTADORES QUE INTEGRAN EL FUNCIONAMIENTO Y FINANCIACIÓN SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. RENDICIÓN DE CUENTAS Y BALANCE DE PACIENTES Y USUARIOS DE LOS EJECUCIÓN PRESUPUESTAL Ley 18335 26/08/2008 SERVICIOS DE SALUD - SE ESTABLECEN 12 Ley 18362 Art 339 CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2007. SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES APROBACIÓN 98 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR SE ESTABLECE EL DERECHO PARA LAS PERSONAS MAYORES DE EDAD DE OPONERSE A LA APLICACIÓN DE Ley 18473 Art 8 TRATAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS MÉDICOS SALVO QUE SE AFECTE LA SALUD DE TERCEROS RENDICIÓN DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL Ley 18362 15/10/2008 CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2007. APROBACIÓN FONDO DE GARANT�A IAMC. SOLICITUD DE 1 Decreto 792/2008 ACCESO A LA GARANT�A. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CREACIÓN DEL FONDO DE TENEDORES DE INGRESOS POSTERIORES A Ley 18439 07/02/2009 GARANT�A PARA LA REESTRUCTURACIÓN LA FECHA DE INSCRIPCIÓN DE LA ESCISIÓN DE PASIVOS. DE LA IAM PRIVADA S/FINES DE LUCRO EN 6 Ley 18592 RNC, ORIGINADOS POR PRESTACIONES ASISTENCIALES DEL SMU, DEBER�N ENTREGARLOS A LAS INSTITUCIONES INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. IMPUESTO AL VALOR Decreto 091/2009 AGREGADO. SE FIJA EN 6 PUNTOS PORCENTUALES EL CRÉDITO. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA Ley 18464 17/02/2009 COLECTIVA Y FONDO NACIONAL DE 1 Decreto 246/2009 COLECTIVA. SE FIJA EL CRÉDITO DEL RECURSOS IMPUESTO AL VALOR AGREGADO INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. SE FIJA EN 4 PUNTOS Decreto 440/2009 PORCENTUALES EL CRÉDITO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO SE ESTABLECE EL DERECHO PARA LAS PERSONAS MAYORES DE EDAD DE OPONERSE A LA APLICACIÓN DE Ley 18473 21/04/2009 TRATAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS MÉDICOS SALVO QUE SE AFECTE LA SALUD DE TERCEROS 99 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR TENEDORES DE INGRESOS POSTERIORES A LA FECHA DE INSCRIPCIÓN DE LA ESCISIÓN DE LA IAM PRIVADA S/FINES DE Ley 18592 14/10/209 LUCRO EN RNC, ORIGINADOS POR PRESTACIONES ASISTENCIALES DEL SMU, DEBER�N ENTREGARLOS A LAS INSTITUCIONES ENTIDADES DE ASISTENCIA MEDICA Decreto 06/04/2001 AJUSTARAN ESTATUTOS A DISPOSICIONES 127/2001 QUE ESTABLEZCA EL PODER EJECUTIVO Decreto 02/10/2001 ESTATUTO TIPO DE MUTUALISTAS 383/2001 REESTRUCTURA DE SALUD PÚBLICA - Decreto 27/11/2001 CREACION DE LA DIRECCION GENERAL DE 460/2001 ASSE OBLIGACIÓN PARA LAS EMPRESAS Decreto TABACALERAS A AUMENTAR EL TAMAÑO 25/01/2005 DE LAS ADVERTENCIAS EN LAS CAJILLAS 036/2005 DE CIGARRILLOS Decreto LABORATORIOS DE AN�LISIS CL�NICOS. 04/04/2005 REGLAMENTACIÓN. 129/2005 Decreto SISTEMA INTEGRADO DE SALUD. CONSEJO 11/04/2005 CONSULTIVO. CREACIÓN. INTEGRACIÓN 133/2005 Decreto INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 28/02/2005 COLECTIVA. ESTATUTOS 144/2005 SE PROH�BE LA DIFUSIÓN DE PUBLICIDAD DE PRODUCTOS Y/O MARCAS DE CIGARRILLOS, TABACOS Y AFINES EN Decreto 31/05/2005 CANALES DE TELEVISIÓN ABIERTA, 169/2005 CERRADA, POR CABLE O CODIFICADA, DURANTE EL HORARIO DE PROTECCIÓN AL MENOR 100 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR TABACO Y SUS DERIVADOS (CIGARRILOS, CIGARROS). SE PROHIBE LA Decreto SPONSORIZACIÓN EN TODAS LAS 31/05/2005 ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA 170/2005 PR�CTICA DEL DEPORTE DE NUESTRO PA�S CIGARRILLOS, CIGARROS Y AFINES. ADVERTENCIAS SANITARIAS DEBER�N Decreto 31/05/2005 OCUPAR EL 50% DE LAS SUPERFICIES 171/2005 TOTALES. SE PROHIBE LA UTILIZACIÓN DE DETERMINADAS DENOMINACIONES Decreto PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DEL 202/2005 (CM 27/06/2005 C�NCER PRONACAN. CREACIÓN 86) JUNTA NACIONAL DE DROGAS. SE INCORPORAN COMO MIEMBROS Decreto 11/07/2005 PERMANENTES LOS SUBSECRETARIOS DE 222/2005 LOS MINISTERIOS DE DESARROLLO SOCIAL Y DE TURISMO Y DEPORTE Decreto 25/07/2005 GABINETE SOCIAL. CREACIÓN 236/2005 CONSEJO ASESOR INTERINSTITUCIONAL DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Y Decreto 05/08/2005 REFERENCIA NACIONAL DE LA RED - 243/2005 DROGAS. CREACIÓN. INTEGRACIÓN. ATRIBUCIONES MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. UNIDAD DE ATENCIÓN AMBULATORIA EXTRAHOSPITALARIA. SE CAMBIA SU Decreto 08/08/2005 DENOMINACIÓN POR LA DE RED DE 247/2005 ATENCIÓN DEL PRIMER NIVEL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO (R.A.P. - A.S.S.E.) 101 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. BANCO NACIONAL DE ORGANOS Y TEJIDOS. SE Decreto CAMBIA SU DENOMINACIÓN POR LA DE 08/08/2005 INSTITUTO NACIONAL DE DONACIÓN Y 248/2005 TRANSPLANTE DE CÉLULAS, TEJIDOS Y ORGANOS. PROHIBICIÓN DE FUMAR EN LOCALES SE ELIMINAN "AREAS DE FUMADORES" EN Decreto CERRADOS DE USO PÚBLICO Y �REAS 05/09/2005 RESTAURANTES, BARES Y LUGARES DE Decreto 040/2006 LABORALES. INCUMPLIMIENTO. MULTAS. 268/2005 ESPARCIMIENTO CLAUSURAS MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. Decreto 19/09/2005 FUNCIONARIOS MÉDICOS. 316/2005 RETRIBUCIONES. AUMENTO MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA Decreto VACUNACIÓN CONTRA LA "HEPATITIS B" 19/09/2005 COMO CONDICIÓN DE INGRESO PARA LOS 317/2005 TRABAJADORES DE LA SALUD PÚBLICA Y PRIVADA DE TODO EL PA�S Decreto GABINETE SOCIAL. SE INTEGRA AL 19/09/2005 MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE 319/2005 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE SECRETAR�A. SE Decreto 05/10/2005 LE ENCOMIENDA LA ADMINISTRACIÓN DEL 385/2005 REGISTRO UNICO DE COBERTURA DE ASISTENCIA FORMAL (RUCAF). PLAN NACIONAL DE ATENCIÓN A LA EMERGENCIA SOCIAL (PANES), BENEFICIARIOS TENDR�N DERECHO A Decreto ATENCIÓN EN LOS SERVICIOS DE SALUD 07/10/2005 DEL ESTADO DEL MSP EN MONTEVIDEO E 406/2005 INTERIOR, EN IGUALDAD DE CONDICIONES QUE LOS POSEEDORES DEL CARNÉ GRATUITO DE ASISTENCIA 102 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR CIGARRILLOS, CIGARROS Y AFINES. Decreto 20/10/2005 ADVERTENCIAS SANITARIAS. MINISTERIO 415/2005 DE SALUD PÚBLICA. APROBACIÓN Decreto INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 26/12/2005 COLECTIVA. CUOTA Y TICKETS. AJUSTE 562/2005 SERVICIOS DE SALUD. TRAMITACIÓN DE Decreto PETICIONES, RECLAMACIONES O 16/01/2006 CONSULTAS DE LOS USUARIOS. 015/2006 REGLAMENTACIÓN PROHIBICIÓN DE FUMAR EN LOCALES Decreto CERRADOS DE USO PÚBLICO Y �REAS 13/02/2006 LABORALES. INCUMPLIMIENTO. MULTAS. 040/2006 CLAUSURAS Decreto LEY DE ACOMPAÑAMIENTO DE TRABAJO 06/03/2006 DE PARTO. REGLAMENTACIÓN 067/2006 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SE ACTUALIZA EL IMPORTE Decreto 15/05/2006 CORRESPONDIENTE A LAS MULTAS Y 137/2006 SANCIONES POR INFRACCIÓN A LAS DISPOSICIONES SANITARIAS VIGENTES Decreto CARNÉ DEL ADULTO MAYOR. 02/06/2006 IMPLEMENTACIÓN 159/2006 CONTROL, CALIDAD Y SEGURIDAD PARA Decreto 02/06/2006 EL TRANSPLANTE DE LAS CÉLULAS Y 160/2006 TEJIDOS HUMANOS "INTERCAMBIABILIDAD DE MEDICAMENTOS" Decreto "FORMULARIO TERAPÉUTICO DE SE APRUEBAN LAS RECOMENDACIONES 07/08/2006 MEDICAMENTOS". APROBACIÓN. Decreto 012/2007 TÉCNICAS PARA LA REALIZACIÓN DE 265/2006 ESTUDIOS DE BIOEQUIVALENCIA MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD DEL "COMITÉ NACIONAL" Y "COMITÉS Decreto 18/09/2006 REGIONALES" PARA LA MONITORIZACIÓN 340/2006 DE MUERTES DE NIÑOS MENORES DE 15 AÑOS. CREACIÓN, INTEGRACIÓN Y OBJETIVOS 103 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR DISPÓNESE QUE LAS INSTITUCIONES O SERVICIOS DE SALUD DE CUALQUIER NATURALEZA, TANTO PÚBLICOS COMO Decreto PRIVADOS, DEBER�N PRESTAR ATENCIÓN 27/11/2006 Y ASISTENCIA A USUARIAS, AFILIADAS O 494/2006 PACIENTES DEL SEXO FEMENINO QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Decreto CARNÉ DE SALUD B�SICO A LAS MUJERES. 19/12/2006 EXPEDICIÓN. REQUISITOS. 571/2006 IAMC. SE DISPONE REDUCCIONES CUOTAS AFILIACIONES INDIVIDUALES NO VITALICIAS, SIN EL APORTE AL FONDO NACIONAL DE Decreto 248/2007 RECURSOS; CUOTAS CONVENIOS COLECTIVOS; TASAS MODERADORAS; INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA SOBRECUOTA DE GESTIÓN; Y SOBRECUOTA Decreto 27/12/2006 COLECTIVA. SOBRECUOTA DE GESTIÓN Y DE INVERSIÓN. 659/2006 SOBRECUOTA DE INVERSIÓN IAMC. CUOTAS DE AFILIACIONES INDIVIDUALES NO VITALICIAS, SIN EL APORTE AL FNR; CUOTAS DE CONVENIOS Decreto 275/2007 COLECTIVOS; SOBRECUOTA DE GESTIÓN; SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS. AUMENTO. SE AUTORIZA LA LIBRE COMERCIALIZACIÓN, EN COMERCIOS LEGALMENTE ESTABLECIDOS, DE Decreto ANTEOJOS Y/O LENTES PROTECTORES DE 27/12/2006 SOL QUE NO REQUIERAN RECETA MÉDICA, 660/2006 LOS QUE DEBER�N CONTAR OBLIGATORIAMENTE CON FILTRO ULTRAVIOLETA 104 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR "INTERCAMBIABILIDAD DE SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. MEDICAMENTOS" SE APRUEBAN LAS Decreto INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 12/01/2007 RECOMENDACIONES TÉCNICAS PARA LA Decreto 136/2008 COLECTIVA. SE AJUSTAN DISPOSICIONES 012/2007 REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE RELATIVAS A LAS SEDES SECUNDARIAS BIOEQUIVALENCIA SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. HABILITACIONES ASISTENCIALES. SE Decreto INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 12/01/2007 AMPL�AN LAS PREVISIONES DEL DECRETO 1 Decreto 136/2008 COLECTIVA. SE AJUSTAN DISPOSICIONES 013/2007 416/002 RELATIVAS A LAS SEDES SECUNDARIAS MARCO REGULATORIO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS EN Decreto 29/01/2007 EL TRATAMIENTO DE "USUARIO CON 035/2007 CONSUMO PROBLEM�TICO DE DROGAS". APROBACIÓN IAMC. SE DISPONE REDUCCIONES CUOTAS IAMC. CUOTAS DE AFILIACIONES AFILIACIONES INDIVIDUALES NO INDIVIDUALES NO VITALICIAS, SIN EL VITALICIAS, SIN EL APORTE AL FONDO Decreto APORTE AL FNR; CUOTAS DE CONVENIOS 06/07/2007 NACIONAL DE RECURSOS; CUOTAS Decreto 275/2007 COLECTIVOS; SOBRECUOTA DE GESTIÓN; 248/2007 CONVENIOS COLECTIVOS; TASAS SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS; SOBRECUOTA DE MODERADORAS. AUMENTO. GESTIÓN; Y SOBRECUOTA DE INVERSIÓN. SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN DE Decreto DERECHO A LA IDENTIDAD DEL NIÑO Y SU 09/07/2007 IDENTIFICACIÓN DESDE EL NACIMIENTO 2 Decreto 224/2009 PERSONAS F�SICAS. SE INCORPORAN AL 250/2007 BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL IAMC. CUOTAS DE AFILIACIONES INDIVIDUALES NO VITALICIAS, SIN EL Decreto APORTE AL FNR; CUOTAS DE CONVENIOS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 01/08/2007 COLECTIVOS; SOBRECUOTA DE GESTIÓN; Decreto 345/2007 COLECTIVA. CUOTAS. AJUSTE 275/2007 SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS. AUMENTO. FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA). SE SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. Decreto 02/08/2007 DISPONE SU ADMINISTRACIÓN POR EL Decreto 448/2007 EMPLEADORES. REQUISITOS. 276/2007 BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL CUMPLIMIENTO 105 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CUOTAS DE AFILIACIONES FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA). SE Decreto INDIVIDUALES NO VITALICIAS, CUOTAS DE 02/08/2007 DISPONE SU ADMINISTRACIÓN POR EL Decreto 298/2009 CONVENIOS COLECTIVOS, SOBRECUOTA DE 276/2007 BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL GESTIÓN, SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS. AUMENTO Decreto INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 17/09/2007 COLECTIVA. CUOTAS. AJUSTE Decreto 015/2008 COLECTIVA. CUOTAS. AUMENTO. 345/2007 SERVICIOS DE SALUD. SE REGLAMENTA EL SE AUTORIZA A LAS INSTITUCIONES TIEMPO DE ESPERA PARA ACCEDER A LAS PRESTADORAS INTEGRALES DE SALUD Decreto CONSULTAS, TANTO DE MEDICINA INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL 28/09/2007 GENERAL, COMO DE LAS ESPECIALIDADES 4 Decreto 342/2009 INTEGRADO DE SALUD A POSTERGAR LOS 359/2007 MÉDICAS Y QUIRÚRGICAS, POR PARTE DE PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS NO LOS USUARIOS. URGENTES MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. PROGRAMA PRIORITARIO DE SALUD DE LA SE DISPONE LA INCORPORACIÓN AL NIÑEZ. SE ESTABLECE LA Decreto PROGRAMA NACIONAL DE PESQUISA 05/11/2007 OBLIGATORIEDAD DE LA INVESTIGACIÓN 1 Decreto 389/2008 NEONATAL, EL ESTUDIO DE LA HIPOACUSIA 416/2007 EN EL RECIÉN NACIDO: HIPOTIROIDISMO NEONATAL. CONGÉNITO, Y DE FENILCETONURIA E HIPERPLASIA SUPRARRENAL CONGÉNITA Decreto REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA 19/11/2007 PROFESIÓN DE PARTERA. SE ACTUALIZA. 445/2007 SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE Decreto 19/11/2007 SALUD. EMPLEADORES. REQUISITOS. 448/2007 CUMPLIMIENTO CARNÉ DE SALUD DEL NIÑO Y DE LA NIÑA Decreto CARNÉ DE SALUD DEL NIÑO Y DE LA NIÑA. CON TRISOM�A 21 (S�NDROME DE DOWN). SE 27/12/2007 REGLAMENTACIÓN. MODIFICACIÓN Decreto 423/2009 DECLARA OBLIGATORIO EN TODO EL 542/2007 TERRITORIO. 106 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE CONSIDERA INCORPORADOS LOS Decreto 032/2008 TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL Y DE LOS ENTES DE LA ENSEÑANZA. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE DISPONE QUE LOS ORGANISMOS COMPRENDIDOS EN 1 Decreto 176/2008 EL ART�CULO 221 DE LA CONSTITUCIÓN REDUZCAN LOS PAGOS MENSUALES EN Decreto SISTEMA NACIONAL DE SALUD. EFECTIVO. 08/01/2008 REGLAMENTACIÓN 002/2008 JUNTA NACIONAL DE SALUD. CAMBIOS DE Decreto 177/2009 PRESTADOR. AUTORIZACIÓN. SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE EXTIENDE EL PLAZO DE INCORPORACIÓN PARA LOS TRABAJADORES DEPENDIENTES 7 Decreto 323/2008 DE LA ANCAP Y PARA LOS TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU) SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE EXTIENDE EL PLAZO DE INCORPORACIÓN 7 Decreto 529/2008 PARA LOS TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). SE PRORROGA EL PLAZO CON QUE Decreto SISTEMA NACIONAL DE SALUD. CUENTAN LAS INSTITUCIONES QUE TIENEN 08/01/2008 REGLAMENTACIÓN 002/2008 23 Decreto 378/2008 PENDIENTE LA RECATEGORIZACIÓN PARA CONVERTIRSE EN PRESTADORES INTEGRALES DE SALUD 25 Inciso JUNTA NACIONAL DE SALUD. CAMBIOS DE segundo literal Decreto 177/2009 PRESTADOR. AUTORIZACIÓN. a) Decreto INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 16/01/2008 COLECTIVA. CUOTAS. AUMENTO. Decreto 413/2008 COLECTIVA. AUMENTO DE CUOTA. 015/2008 107 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE Decreto CONSIDERA INCORPORADOS LOS 18/01/2008 TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL Y 032/2008 DE LOS ENTES DE LA ENSEÑANZA. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA Decreto 29/02/2008 MÉDICA COLECTIVA. SE AJUSTAN 136/2008 DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS SEDES SECUNDARIAS MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. Decreto SEGURO NACIONAL DE SALUD. 11/03/2008 FUNCIONARIOS CIVILES NO EQUIPARADOS 157/2008 A UN GRADO MILITAR. OPCIÓN. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE DISPONE QUE LOS ORGANISMOS Decreto 25/03/2008 COMPRENDIDOS EN EL ART�CULO 221 DE 176/2008 LA CONSTITUCIÓN REDUZCAN LOS PAGOS MENSUALES EN EFECTIVO. EMPRESAS UNIPERSONALES CON HASTA Decreto 31/03/2008 UN DEPENDIENTE. SISTEMA NACIONAL 192/2008 INTEGRADO DE SALUD. APORTE SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. PLAZO DE INGRESO AL SISTEMA. SE EQUIPARA LA SITUACIÓN DE LOS TRABAJADORES DE LA CAJA DE 1 Decreto 380/2008 JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS AL DE SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE OTROS TRABAJADORES DE DETERMINADAS Decreto SALUD. TRABAJADORES QUE CUENTEN ENTIDADES FINANCIERAS 03/04/2008 CON COBERTURA INTEGRAL DE SALUD. 193/2008 SE DISPONE QUE LOS COLECTIVOS DE TRANSICIÓN. TRABAJADORES EN RÉGIMEN DE CAJAS DE AUXILIO O SEGUROS CONVENCIONALES, DE 1 literales a, b, Decreto 820/2008 LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES c, d,e, f BANCARIAS, SE INCORPORAR�N AL SEGURO NACIONAL DE SALUD, EL 1º DE ENERO DE 2010. 108 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. SE DISPONE QUE LOS DIFERENTES VALORES DE TASAS Decreto 02/06/2008 MODERADORAS DECLARADOS AL MSP 264/2008 POR LAS IAMCS SE TOMAR�N COMO MONTOS M�XIMOS FIJADOS POR EL PODER EJECUTIVO RECUPERACIÓN DE LOS DERECHOS JUBILATORIOS Y PENSIONARIOS DE LAS Decreto PERSONAS QUE NO PUDIERON ACCEDER 02/06/2008 AL TRABAJO EN EL PER�ODO DE FACTO. SE 268/2008 DISPONE SE LES OTORGUE UN CARNÉ DE ASISTENCIA GRATUITO. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE DISPONE QUE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD Decreto CONTAR�N CON CONSEJOS CONSULTIVOS 02/06/2008 Y ASESORES DE CAR�CTER HONORARIO, 269/2008 EN LOS QUE ESTAR�N REPRESENTADOS LA PROPIA ENTIDAD, SUS TRABAJADORES Y SUS USUARIOS SEGURO NACIONAL INTEGRADO SALUD. SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE TRABAJADORES DE LAS ENTIDADES Decreto SALUD. CAJA DE JUBILACIONES Y 09/06/2008 PENSIONES BANCARIAS. TRABAJADORES. Decreto 300/2008 AFILIADAS A LA CAJA DE JUBILACIONES Y 282/2008 PENSIONES BANCARIAS. INCORPORACIÓN. INCORPORACIÓN MODIFICACIÓN JUNTA NACIONAL DE SALUD. Decreto 09/06/2008 REPRESENTANTE DE LOS USUARIOS. 283/2008 DESIGNACIÓN. SEGURO NACIONAL INTEGRADO SALUD. TRABAJADORES DE LAS ENTIDADES Decreto 17/06/2008 AFILIADAS A LA CAJA DE JUBILACIONES Y 300/2008 PENSIONES BANCARIAS. INCORPORACIÓN. MODIFICACIÓN SERVICIOS DE EMERGENCIA MÉDICA CON ATENCIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA CON Decreto UNIDADES MÓVILES TERRESTRES. SE 24/06/2008 UNIDADES MÓVILES. REGLAMENTACIÓN. 1 Decreto 803/2008 ADECUAN DISPOSICIONES Y SE 309/2008 ACTUALIZACIÓN ESTABLECEN PLAZOS. 109 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR SE DISPONE QUE LA ADM CENTRAL Y LOS ORGANISMOS DEL ART 220 DE LA CONSTIT DE LA REP APLICAR�N LOS CRÉDITOS Decreto PARA REG�MENES PROPIOS DE 30/06/2008 COBERTURA MÉDICA A QUIENES 320/2008 RESULTEN BENEFICIARIOS DEL SNS, AL PAGO DE APORTES PATRONALES AL FONDO NACIONAL DE SALUD SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE EXTIENDE EL PLAZO DE SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. INCORPORACIÓN PARA LOS SE EXTIENDE EL PLAZO DE INCORPORACIÓN Decreto 26/06/2008 TRABAJADORES DEPENDIENTES DE LA 1 Decreto 529/2008 PARA LOS TRABAJADORES DEPENDIENTES 323/2008 ANCAP Y PARA LOS TRABAJADORES DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY DEPENDIENTES DEL BANCO HIPOTECARIO (BHU). DEL URUGUAY (BHU) Decreto 08/07/2008 JUNTA NACIONAL DE SALUD. INTEGRACIÓN 328/2008 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE Decreto SALUD DEL ESTADO. DIRECTORIO. SE 341/2008 (CM 14/07/2008 ESTABLECE LA FORMA DE DESIGNACIÓN 508) DE LOS REPRESENTANTES DE LOS USUARIOS Y DE LOS TRABAJADORES SE PRORROGA EL PLAZO CON QUE CUENTAN LAS INSTITUCIONES QUE TIENEN Decreto 04/08/2008 PENDIENTE LA RECATEGORIZACIÓN PARA 378/2008 CONVERTIRSE EN PRESTADORES INTEGRALES DE SALUD Decreto INVESTIGACIÓN EN SERES HUMANOS. SE 04/08/2008 AUTORIZA. 379/2008 110 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. PLAZO DE INGRESO AL SISTEMA. SE EQUIPARA LA SITUACIÓN DE LOS Decreto TRABAJADORES DE LA CAJA DE 04/08/2008 JUBILACIONES Y PENSIONES DE 380/2008 PROFESIONALES UNIVERSITARIOS AL DE OTROS TRABAJADORES DE DETERMINADAS ENTIDADES FINANCIERAS BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL. GESTIONES Decreto CON PRESTADORES QUE INTEGRAN EL 04/08/2008 SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE 381/2008 SALUD. SE DISPONE LA INCORPORACIÓN AL Decreto PROGRAMA NACIONAL DE PESQUISA 11/08/2008 NEONATAL, EL ESTUDIO DE LA 389/2008 HIPOACUSIA NEONATAL. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. UNIDADES Decreto 18/08/2008 DE CUIDADOS INTENSIVOS. SE ACTUALIZA 399/2008 NORMATIVA. SE FIJA EL VALOR DE LAS CUOTAS DEL Decreto 057/2009 FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA) INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA Decreto 246/2009 COLECTIVA. SE FIJA EL CRÉDITO DEL Decreto INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 27/08/2008 COLECTIVA. AUMENTO DE CUOTA. 1 INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 413/2008 COLECTIVA. CUOTAS DE AFILIACIONES INDIVIDUALES NO VITALICIAS, CUOTAS DE Decreto 298/2009 CONVENIOS COLECTIVOS, SOBRECUOTA DE GESTIÓN, SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS. AUMENTO 111 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN Decreto 09/09/2008 REESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y DE Anexo II Decreto 372/2009 GENERAL DE LA SALUD. REFORMULACIÓN 433/2008 PUESTOS DE TRABAJO. APROBACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ACUERDO ENTRE PRESTADORES, SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE ACUERDO TRABAJADORES Y USUARIOS DEL SISTEMA Anexo - Decreto SALUD. JUNTA NACIONAL DE SALUD. PRESTADORES, NACIONAL INTEGRADO DE SALUD DE 02/10/2008 PRESTADOR INTEGRAL. CONTRATO DE Cláusula TRABAJADORES Y ABSTENERSE DE REALIZAR 464/2008 décimonovena GESTIÓN. USUARIOS DEL SNIS INTERMEDIACIÓN LUCRATIVA PARA CAPTAR USUARIOS PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. CAT�LOGO DE PRESTACIONES. Anexo II Decreto 289/2009 PRESTACIONES SUJETAS A NORMATIZACIÓN MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SISTEMA O A PROTOCOLIZACIÓN. NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. Decreto INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 03/10/2008 PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. 465/2008 CAT�LOGO DE PRESTACIONES. COLECTIVA. CUOTAS DE AFILIACIONES APROBACIÓN. INDIVIDUALES NO VITALICIAS, CUOTAS DE en general Decreto 298/2009 CONVENIOS COLECTIVOS, SOBRECUOTA DE GESTIÓN, SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS. AUMENTO SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE EXTIENDE EL PLAZO DE Decreto INCORPORACIÓN PARA LOS 30/10/2008 TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL 529/2008 BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SE CREA DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD. Decreto UNA COMPENSACIÓN POR CUMPLIMIENTO 01/12/2008 REGLAMENTO PARA RÉGIMEN DE 3 Decreto 343/2009 DE FUNCIÓN INSPECTIVA EN EL �REA DE LA 590/2008 FUNCIONES INSPECTIVAS EN EL �REA DE SALUD. REMUNERACIÓN LA SALUD. APROBACIÓN. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SE CREA DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD. Decreto UNA COMPENSACIÓN POR CUMPLIMIENTO 01/12/2008 REGLAMENTO PARA RÉGIMEN DE 5 Decreto 343/2009 DE FUNCIÓN INSPECTIVA EN EL �REA DE LA 590/2008 FUNCIONES INSPECTIVAS EN EL �REA DE SALUD. REMUNERACIÓN LA SALUD. APROBACIÓN. 112 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR FONDO DE GARANT�A PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE PASIVOS DE LAS Decreto FONDO DE GARANT�A IAMC. SOLICITUD DE 26/12/2008 ACCESO A LA GARANT�A. 3 literal C) Decreto 171/2009 INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 792/2008 COLECTIVA (FONDO DE GARANT�A IAMC). FIDUCIARIOS SERVICIOS DE EMERGENCIA MÉDICA CON Decreto UNIDADES MÓVILES TERRESTRES. SE 29/12/2008 ADECUAN DISPOSICIONES Y SE 803/2008 ESTABLECEN PLAZOS. SE DISPONE QUE LOS COLECTIVOS DE TRABAJADORES EN RÉGIMEN DE CAJAS DE AUXILIO O SEGUROS Decreto 31/12/2008 CONVENCIONALES, DE LA CAJA DE 820/2008 JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS, SE INCORPORAR�N AL SEGURO NACIONAL DE SALUD, EL 1º DE ENERO DE 2010. Decreto COMISIÓN REGULADORA DE COMISIÓN REGULADORA DE COMPROMISOS 044/2009 (CM 19/01/2009 COMPROMISOS DE GESTIÓN (CRCG). 1 Decreto 195/2009 DE GESTIÓN (CRCG). INTEGRACIÓN 673) CREACIÓN INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CUOTAS DE AFILIACIONES Decreto SE FIJA EL VALOR DE LAS CUOTAS DEL INDIVIDUALES NO VITALICIAS, CUOTAS DE 26/01/2009 FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA) 1 Decreto 298/2009 CONVENIOS COLECTIVOS, SOBRECUOTA DE 057/2009 GESTIÓN, SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS. AUMENTO JUNTA NACIONAL DE SALUD. CAMBIOS DE 1 Decreto 177/2009 PRESTADOR. AUTORIZACIÓN. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE Decreto SALUD. SEGURO NACIONAL DE SALUD. 29/01/2009 MOVILIDAD DE USUARIOS. 065/2009 REGLAMENTACIÓN. SNIS - CAMBIO DE PRESTADOR DE SERVICIOS DE SALUD POR PARTE DE LOS 1 Decreto 014/2010 BENEFICIARIOS - MODIFICA DECRETO Nº 65/09 113 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA Decreto COLECTIVA. IMPUESTO AL VALOR 16/02/2009 AGREGADO. SE FIJA EN 6 PUNTOS Decreto 246/2009 COLECTIVA. SE FIJA EL CRÉDITO DEL 091/2009 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PORCENTUALES EL CRÉDITO. REGLAMENTO INTERNO DE Decreto 02/03/2009 FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA NACIONAL 113/2009 DE SALUD. APROBACIÓN. MEDICAMENTOS CUYAS PRESENTACIONES MUTUALES Y/U HOSPITALARIAS CONTEMPLAR�N LAS NECESIDADES Decreto 30/03/2009 M�NIMAS MENSUALES PARA 164/2009 TRATAMIENTOS REGULADORES DE LA GLICEMIA Y DE LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL. NÓMINA. APROBACIÓN FONDO DE GARANT�A PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE PASIVOS DE LAS Decreto 13/04/2009 INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA 171/2009 COLECTIVA (FONDO DE GARANT�A IAMC). FIDUCIARIOS Decreto JUNTA NACIONAL DE SALUD. CAMBIOS DE 20/04/2009 PRESTADOR. AUTORIZACIÓN. 177/2009 COMISIÓN REGULADORA DE Decreto 27/04/2009 COMPROMISOS DE GESTIÓN (CRCG). 195/2009 INTEGRACIÓN Decreto FUNCIONARIOS. RETIRO INCENTIVADO. 29/04/2009 REGLAMENTACIÓN. 197/2009 SE REGLAMENTA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LOS PROFESIONALES Decreto 11/05/2009 LICENCIADOS EN ENFERMER�A EN LAS 219/2009 INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD 114 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN DE Decreto 13/05/2009 PERSONAS F�SICAS. SE INCORPORAN AL 224/2009 BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CUOTAS DE AFILIACIONES INDIVIDUALES NO VITALICIAS, CUOTAS DE Decreto 298/2009 CONVENIOS COLECTIVOS, SOBRECUOTA DE INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA Decreto GESTIÓN, SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y 25/05/2009 COLECTIVA. SE FIJA EL CRÉDITO DEL 1 TASAS MODERADORAS. AUMENTO 246/2009 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. SE FIJA EN 4 PUNTOS Decreto 440/2009 PORCENTUALES EL CRÉDITO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE Decreto 03/06/2009 SALUD (A.S.S.E.). CUOTAS DE AFILIACIÓN 267/2009 INDIVIDUAL. VALOR PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. Decreto CAT�LOGO DE PRESTACIONES. 15/06/2009 PRESTACIONES SUJETAS A 289/2009 NORMATIZACIÓN O A PROTOCOLIZACIÓN. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA COLECTIVA. CUOTAS DE AFILIACIONES Decreto INDIVIDUALES NO VITALICIAS, CUOTAS DE 22/06/2009 CONVENIOS COLECTIVOS, SOBRECUOTA 298/2009 DE GESTIÓN, SOBRECUOTA DE INVERSIÓN Y TASAS MODERADORAS. AUMENTO SE AUTORIZA A LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS INTEGRALES DE SALUD Decreto INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL 27/07/2009 INTEGRADO DE SALUD A POSTERGAR LOS 342/2009 PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS NO URGENTES MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SE CREA Decreto UNA COMPENSACIÓN POR CUMPLIMIENTO 27/07/2009 DE FUNCIÓN INSPECTIVA EN EL �REA DE 343/2009 LA SALUD. REMUNERACIÓN 115 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. Decreto DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD. 10/08/2009 REFORMULACIÓN DE LA ESTRUCTURA 372/2009 ORGANIZATIVA Decreto 24/08/2009 JUNTA NACIONAL DE SALUD. INTEGRACIÓN 401/2009 CARNÉ DE SALUD DEL NIÑO Y DE LA NIÑA Decreto CON TRISOM�A 21 (S�NDROME DE DOWN). 14/09/2009 SE DECLARA OBLIGATORIO EN TODO EL 423/2009 TERRITORIO. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MÉDICA Decreto COLECTIVA. SE FIJA EN 4 PUNTOS 25/09/2009 PORCENTUALES EL CRÉDITO DEL 440/2009 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CONDICIONES PARA CONSIDERAR A Decreto JUBILADOS USUARIOS DEL SEGURO NACIONAL DE SALUD COMO 467/2009 (CM 10/09/2009 TRABAJADORES DEPENDIENTES EN 830) ACTIVIDADES AMPARADAS EN EL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL SNIS - CAMBIO DE PRESTADOR DE Decreto SERVICIOS DE SALUD POR PARTE DE LOS 18/01/2010 BENEFICIARIOS - MODIFICA DECRETO Nº 014/2010 69/09 SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE Resolucion SALUD. COMISIÓN DE BIOÉTICA Y CALIDAD INVESTIGACIÓN EN SERES HUMANOS. SE 11/04/2005 INTEGRAL DE LA ATENCIÓN DE LA SALUD. Decreto 379/2008 AUTORIZA. 610/2005 CREACIÓN. INTÉGRASE LA JUNASA CON PRESIDENTE Resolucion 18/01/2008 POR EL MSP Y MIEMBROS POR EL BPS Y 027/2008 EL MEF INCORPORA LOS FUNCIONARIOS CUYOS Resolucion MODIFICA DISTRIBUCION DISPUESTA EN 26/09/2008 CARGOS REVISTEN EN LAS UNIDADES 1 Resolucion 29/2009 184/2008 EJECUTORAS 001 Y 070 DEL MSP A LAS RESOLUCION 184/2008 UNIDADES DE ASSE DONDE EST�N 116 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR UNIDADES DE ASSE DONDE EST�N INCORPORA A ASSE A LOS FUNCIONARIOS CUMPLIENDO TAREAS. Resolucion ASSE INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 2015/2009 Y 20/2009 INCORPORA AL MSP A LOS FUNCIONARIOS Ordenanza 384/2009 INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 MSP Y 20/2010 Resolucion DES�GNA EN EL DIRECTORIO DE ASSE 727/2008 (CM 17/09/2008 MIEMBRO EN REPRESENTACIÓN DE LOS 544) USUARIOS Resolucion DESIGNA PARA INTEGRAR LA JUNTA 03/11/2008 NACIONAL DE SALUD POR MEF 929/2008 INCORPORA A ASSE A LOS FUNCIONARIOS Resolucion ASSE INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 2015/2009 Resolucion MODIFICA DISTRIBUCION DISPUESTA EN Y 20/2009 02/03/2009 RESOLUCION 184/2008 1 29/2009 Ordenanza 384/2009 INCORPORA AL MSP A LOS FUNCIONARIOS INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 184/2008 MSP Y 20/2010 Resolucion INCORPORA A ASSE A LOS FUNCIONARIOS ASSE 02/07/2009 INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 2015/2009 184/2008 Y 20/2009 CRÉASE EL CENTRO DE INFORMACIÓN Y Ordenanza 27/05/2005 REFERENCIA NACIONAL DE LA RED- 408/2005 MSP DROGAS Ordenanza ESTUDIOS GRATIS DE PAPANICOLAU Y CARNÉ DE SALUD B�SICO A LAS MUJERES. 19/07/2006 MAMOGRAF�AS Decreto 571/2006 EXPEDICIÓN. REQUISITOS. 402/2006 ESTABLÉCESE QUE IAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SALUD ESTATALES Y PRIVADAS CUALQUIERA FUESE SU Ordenanza 24/08/2006 NATURALEZA. DEBER�N BRINDAR TODA LA 528/2006 MSP INFORMACIÓN QUE LE SEA SOLICITADA POR LA DIVISIÓN ECONOM�A DE LA SALUD DEL MSP. 117 FECHA MODIFICADA O (PUBLICACIÓN REGLAMENTADA NORMA PARA LEYES, TEMA ARTICULOS O TEMA PROMULGACION REFERENCIADA PARA DECRETOS) POR CRÉASE LA "COMISIÓN NACIONAL PARA EL MONITOREO Y REDUCCIÓN DE LAS Ordenanza 20/11/2006 MUERTES DE MUJERES POR CAUSA DEL 751/2006 EMBARAZO, PARTO. CES�REA. PUERPERIO Y ABORTO" INCLÚYANSE EN EL SEGURO ACIONAL INTEGRADO DE SALUD. COMO PRESTADORES INTEGRALES. A LAS Ordenanza SIGUIENTES INSTITUCIONES: MEDICINA 02/01/2008 PERSONALIZADA, SUMMUM, BLUE CROSS 001/2008 MSP & BLUE SHIELD. SEGURO AMERICANO. SEGURO BRIT�NICO. COPHAMI. IPAM Y PRIMÉDICA SUSPÉNDESE TRANSITORIAMENTE Y Ordenanza HASTA NUEVA RESOLUCIÓN LA MOVILIDAD 19/06/2008 DE LOS AFILIADOS AL SEGURO DE 358/2008 MSP ATENCIÓN PARCIAL IPAM (INSTITUCIÓN DE PREVENCIÓN Y ASISTENCIA MÉDICA ) REGLAMENTA FUNCIONAMIENTO Ordenanza COMISIONES INSTITUCIONALES DE 01/08/2008 SEGURIDAD DE LOS PACIENTES Y 481/2008 MSP PREVENCIÓN DEL ERROR EN MEDICINA INICIA PROCESO PARA IMPLANTAR UN Ordenanza SISTEMA DE INFORMACIÓN INTEGRADO DE 19/09/2008 SALUD (SUS) BASADO EN LA HISTORIA 589/2008 SIIS DIGITAL DE SALUD (HDS) INCORPORA AL MSP A LOS FUNCIONARIOS Ordenanza 25/06/2009 INDICADOS EN LAS RESOLUCIONES 384/2009 MSP 184/2008 Y 20/2010 118 La lectura de los documentos correspondientes y el análisis de las interrelaciones establecidas entre los distintos integrantes de ese plexo permite dimensionar y meritar todo lo que se ha avanzado en la construcción del Sistema Nacional Integrado de Salud, así como detallar las acciones incluidas en la legislación que se encontraban aún pendientes de cumplimiento, que se describen en la tabla siguiente. 119 PUNTOS PENDIENTES DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE FECHA NORMA TEMA ART. TEXTO ARTICULO PUBLICACIÓN El Directorio de ASSE tendrá los siguientes poderes jurídicos: … J) Proyectar, dentro del plazo de 5 180 días, el Reglamento General del organismo, elevándolo al Poder Ejecutivo para su aprobación Al Presidente le corresponde: … El Presidente del Directorio representará al organismo y tendrá las demás facultades que 7 establezca el Reglamento General, que será aprobado por ADMINISTRACIÓN el Poder Ejecutivo a propuesta de DE LOS SERVICIOS la Administración de los Servicios Ley DE SALUD DEL de Salud del Estado (ASSE). 08/08/2007 18161 ESTADO - SE CREA Habrá un Consejo Asesor COMO SERVICIO Honorario Nacional y Consejos DESCENTRALIZADO Asesores Honorarios Departamentales o Locales, que 10 se integrarán en la forma que establezca el Reglamento General de ASSE, el que garantizará la participación de sus usuarios y sus trabajadores. Estos Consejos Honorarios tendrán actividades de asesoramiento, proposición y evaluación, en sus respectivas 11 jurisdicciones. Todos sus informes serán presentados al Directorio de ASSE, pero no tendrán carácter vinculante. 120 NORMAS PENDIENTES DE CUMPLIMIENTO AL 15 DE OCTUBRE DE 2009 FECHA NORMA TEMA ART. TEXTO ARTICULO PUBLICACIÓN ASSE dictará dentro del plazo de 180 días, a partir de la vigencia de la presente ley, las disposiciones relativas al procedimiento administrativo en general y disciplinario en particular, sobre la base de los siguientes principios: A) Imparcialidad. B) Legalidad objetiva. ADMINISTRACIÓN C) Impulsión de oficio. DE LOS SERVICIOS D) Verdad material. Ley DE SALUD DEL E) Economía, celeridad y 08/08/2007 19 18161 ESTADO - SE CREA eficacia. COMO SERVICIO F) Informalismo en favor del DESCENTRALIZADO administrado. G) Flexibilidad, materialidad y ausencia de ritualismos. H) Delegación material. I) Debido procedimiento. J) Contradicción. K) Buena fe, lealtad y presunción de verdad, salvo prueba en contrario. L) Motivación de la decisión. M) Gratuidad. Con referencia a lo dispuesto por el citado artículo 19, ASSE no dictó resolución alguna, aplicándose en lo atinente a los procedimientos administrativos y disciplinarios el Decreto 500/1991 al amparo de lo establecido en su artículo 235. 121 NORMAS PENDIENTES DE CUMPLIMIENTO AL 15 DE OCTUBRE DE 2009 FECHA NORMA TEMA ART. TEXTO ARTICULO PUBLICACIÓN El Ministerio de Salud Pública creará un registro obligatorio de recursos de tecnología de diagnóstico y terapéutica de alto porte de los servicios de salud. La reglamentación determinará los contenidos de la información que deban proporcionar las instituciones, su periodicidad y SISTEMA 6 las sanciones en caso de NACIONAL incumplimiento. Toda nueva INTEGRADO DE incorporación de tecnología SALUD - Ley deberá ser aprobada por el 13/12/2007 NORMATIVA 18211 Ministerio de Salud Pública REFERENTE A SU teniendo en cuenta la información CREACIÓN, científica disponible, la necesidad FUNCIONAMIENTO de su utilización y la racionalidad Y FINANCIACIÓN de su ubicación y funcionamiento. La Junta Nacional de Salud, de acuerdo a las normas que dicte el Ministerio de Salud Pública, 35 establecerá y asegurará los mecanismos de referencia y contra referencia entre los distintos niveles de atención. 122 ANEXO 3 Regulaciones que afectan al paquete de productos y sus cantidades, incluyendo las que afectan a la población objetivo (en cantidad y composición) y su correlativo incremento de demanda de prestaciones. NORMA/ACUERDO TEMA Ordenanza 402/2006 ESTUDIOS GRATIS DE PAPANICOLAU Y MAMOGRAF�AS "FORMULARIO TERAPÉUTICO DE MEDICAMENTOS". Decreto 265/2006 APROBACIÓN. DISPÓNESE QUE LAS INSTITUCIONES O SERVICIOS DE SALUD DE CUALQUIER NATURALEZA, TANTO PÚBLICOS COMO PRIVADOS, DEBER�N PRESTAR ATENCIÓN Y Decreto 494/2006 ASISTENCIA A USUARIAS, AFILIADAS O PACIENTES DEL SEXO FEMENINO QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE VIOLENCIA DOMÉSTICA CARNÉ DE SALUD B�SICO A LAS MUJERES. EXPEDICIÓN. Decreto 571/2006 REQUISITOS. SE AUTORIZA LA LIBRE COMERCIALIZACIÓN, EN COMERCIOS LEGALMENTE ESTABLECIDOS, DE ANTEOJOS Decreto 660/2006 Y/O LENTES PROTECTORES DE SOL QUE NO REQUIERAN RECETA MÉDICA, LOS QUE DEBER�N CONTAR OBLIGATORIAMENTE CON FILTRO ULTRAVIOLETA "INTERCAMBIABILIDAD DE MEDICAMENTOS" SE APRUEBAN Decreto 012/2007 LAS RECOMENDACIONES TÉCNICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE BIOEQUIVALENCIA MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. PROGRAMA PRIORITARIO DE SALUD DE LA NIÑEZ. SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA INVESTIGACIÓN EN EL RECIÉN Decreto 416/2007 NACIDO: HIPOTIROIDISMO CONGÉNITO, Y DE FENILCETONURIA E HIPERPLASIA SUPRARRENAL CONGÉNITA REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE Decreto 445/2007 PARTERA. SE ACTUALIZA. SEGURO NACIONAL DE SALUD. SE CONSIDERA Decreto 032/2008 INCORPORADOS LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL Y DE LOS ENTES DE LA ENSEÑANZA. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. SEGURO NACIONAL Decreto 157/2008 DE SALUD. FUNCIONARIOS CIVILES NO EQUIPARADOS A UN GRADO MILITAR. OPCIÓN. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. Decreto 193/2008 TRABAJADORES QUE CUENTEN CON COBERTURA INTEGRAL DE SALUD. TRANSICIÓN. RECUPERACIÓN DE LOS DERECHOS JUBILATORIOS Y PENSIONARIOS DE LAS PERSONAS QUE NO PUDIERON Decreto 268/2008 ACCEDER AL TRABAJO EN EL PER�ODO DE FACTO. SE DISPONE SE LES OTORGUE UN CARNÉ DE ASISTENCIA GRATUITO. SEGURO NACIONAL INTEGRADO SALUD. TRABAJADORES DE LAS ENTIDADES AFILIADAS A LA CAJA DE Decreto 300/2008 JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS. INCORPORACIÓN. MODIFICACIÓN SUSPÉNDESE TRANSITORIAMENTE Y HASTA NUEVA RESOLUCIÓN LA MOVILIDAD DE LOS AFILIADOS AL Ordenanza 358/2008 MSP SEGURO DE ATENCIÓN PARCIAL IPAM (INSTITUCIÓN DE PREVENCIÓN Y ASISTENCIA MÉDICA ) 123 ATENCIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA CON UNIDADES Decreto 309/2008 MÓVILES. REGLAMENTACIÓN. ACTUALIZACIÓN INCORPORA AL MSP A LOS FUNCIONARIOS INDICADOS EN Ordenanza 384/2009 MSP LAS RESOLUCIONES 184/2008 Y 20/2010 SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE EXTIENDE EL PLAZO DE INCORPORACIÓN PARA LOS TRABAJADORES Decreto 323/2008 DEPENDIENTES DE LA ANCAP Y PARA LOS TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU) SE DISPONE QUE LA ADM CENTRAL Y LOS ORGANISMOS DEL ART 220 DE LA CONSTIT DE LA REP APLICAR�N LOS CRÉDITOS PARA REG�MENES PROPIOS DE COBERTURA Decreto 320/2008 MÉDICA A QUIENES RESULTEN BENEFICIARIOS DEL SNS, AL PAGO DE APORTES PATRONALES AL FONDO NACIONAL DE SALUD REGLAMENTA FUNCIONAMIENTO COMISIONES Ordenanza 481/2008 MSP INSTITUCIONALES DE SEGURIDAD DE LOS PACIENTES Y PREVENCIÓN DEL ERROR EN MEDICINA SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. PLAZO DE INGRESO AL SISTEMA. SE EQUIPARA LA SITUACIÓN DE LOS TRABAJADORES DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y Decreto 380/2008 PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS AL DE OTROS TRABAJADORES DE DETERMINADAS ENTIDADES FINANCIERAS SE DISPONE LA INCORPORACIÓN AL PROGRAMA NACIONAL Decreto 389/2008 DE PESQUISA NEONATAL, EL ESTUDIO DE LA HIPOACUSIA NEONATAL. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. UNIDADES DE CUIDADOS Decreto 399/2008 INTENSIVOS. SE ACTUALIZA NORMATIVA. PACIENTES Y USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD - SE Ley 18335 ESTABLECEN SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SISTEMA NACIONAL Decreto 465/2008 INTEGRADO DE SALUD. PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. CAT�LOGO DE PRESTACIONES. APROBACIÓN. SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SE EXTIENDE EL PLAZO DE INCORPORACIÓN PARA LOS TRABAJADORES Decreto 529/2008 DEPENDIENTES DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). SE DISPONE QUE LOS COLECTIVOS DE TRABAJADORES EN RÉGIMEN DE CAJAS DE AUXILIO O SEGUROS Decreto 830/2008 CONVENCIONALES, DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS, SE INCORPORAR�N AL SEGURO NACIONAL DE SALUD, EL 1º DE ENERO DE 2010. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. SEGURO Decreto 065/2009 NACIONAL DE SALUD. MOVILIDAD DE USUARIOS. REGLAMENTACIÓN. MEDICAMENTOS CUYAS PRESENTACIONES MUTUALES Y/U HOSPITALARIAS CONTEMPLAR�N LAS NECESIDADES Decreto 164/2009 M�NIMAS MENSUALES PARA TRATAMIENTOS REGULADORES DE LA GLICEMIA Y DE LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL. NÓMINA. APROBACIÓN JUNTA NACIONAL DE SALUD. CAMBIOS DE PRESTADOR. Decreto 177/2009 AUTORIZACIÓN. SE REGLAMENTA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LOS PROFESIONALES LICENCIADOS EN ENFERMER�A EN LAS Decreto 219/2009 INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD. CAT�LOGO DE Decreto 289/2009 PRESTACIONES. PRESTACIONES SUJETAS A NORMATIZACIÓN O A PROTOCOLIZACIÓN. 124 SE AUTORIZA A LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS INTEGRALES DE SALUD INTEGRANTES DEL SISTEMA Decreto 342/2009 NACIONAL INTEGRADO DE SALUD A POSTERGAR LOS PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS NO URGENTES CONDICIONES PARA CONSIDERAR A JUBILADOS USUARIOS DEL SEGURO NACIONAL DE SALUD COMO TRABAJADORES Decreto 467/2009 (CM 830) DEPENDIENTES EN ACTIVIDADES AMPARADAS EN EL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL CARNÉ DE SALUD DEL NIÑO Y DE LA NIÑA CON TRISOM�A Decreto 423/2009 21 (S�NDROME DE DOWN). SE DECLARA OBLIGATORIO EN TODO EL TERRITORIO. Regulaciones que afectan la calidad. NORMA/ACUERDO TEMA Decreto 129/2005 LABORATORIOS DE AN�LISIS CL�NICOS. REGLAMENTACIÓN. CRÉASE EL CENTRO DE INFORMACIÓN Y REFERENCIA Ordenanza 408/2005 MSP NACIONAL DE LA RED-DROGAS CONSEJO ASESOR INTERINSTITUCIONAL DEL CENTRO DE Decreto 243/2005 INFORMACIÓN Y REFERENCIA NACIONAL DE LA RED - DROGAS. CREACIÓN. INTEGRACIÓN. ATRIBUCIONES LEY DE ACOMPAÑAMIENTO DE TRABAJO DE PARTO. Decreto 067/2006 REGLAMENTACIÓN MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. SE ACTUALIZA EL IMPORTE Decreto 137/2006 CORRESPONDIENTE A LAS MULTAS Y SANCIONES POR INFRACCIÓN A LAS DISPOSICIONES SANITARIAS VIGENTES CONTROL, CALIDAD Y SEGURIDAD PARA EL TRANSPLANTE Decreto 160/2006 DE LAS CÉLULAS Y TEJIDOS HUMANOS ESTABLÉCESE QUE IAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SALUD ESTATALES Y PRIVADAS CUALQUIERA FUESE SU Ordenanza 528/2006 MSP NATURALEZA. DEBER�N BRINDAR TODA LA INFORMACIÓN QUE LE SEA SOLICITADA POR LA DIVISIÓN ECONOM�A DE LA SALUD DEL MSP. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE LA SALUD DEL "COMITÉ NACIONAL" Y "COMITÉS REGIONALES" Decreto 340/2006 PARA LA MONITORIZACIÓN DE MUERTES DE NIÑOS MENORES DE 15 AÑOS. CREACIÓN, INTEGRACIÓN Y OBJETIVOS CRÉASE LA "COMISIÓN NACIONAL PARA EL MONITOREO Y Ordenanza 751/2006 REDUCCIÓN DE LAS MUERTES DE MUJERES POR CAUSA DEL EMBARAZO, PARTO. CES�REA. PUERPERIO Y ABORTO" HABILITACIONES ASISTENCIALES. SE AMPL�AN LAS Decreto 013/2007 PREVISIONES DEL DECRETO 416/002 MARCO REGULATORIO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS Decreto 035/2007 ESPECIALIZADOS EN EL TRATAMIENTO DE "USUARIO CON CONSUMO PROBLEM�TICO DE DROGAS". APROBACIÓN SERVICIOS DE SALUD. SE REGLAMENTA EL TIEMPO DE ESPERA PARA ACCEDER A LAS CONSULTAS, TANTO DE Decreto 359/2007 MEDICINA GENERAL, COMO DE LAS ESPECIALIDADES MÉDICAS Y QUIRÚRGICAS, POR PARTE DE LOS USUARIOS. CARNÉ DE SALUD DEL NIÑO Y DE LA NIÑA. Decreto 542/2007 REGLAMENTACIÓN. MODIFICACIÓN SE PRORROGA EL PLAZO CON QUE CUENTAN LAS INSTITUCIONES QUE TIENEN PENDIENTE LA Decreto 378/2008 RECATEGORIZACIÓN PARA CONVERTIRSE EN PRESTADORES INTEGRALES DE SALUD 125 NORMA/ACUERDO TEMA Decreto 379/2008 INVESTIGACIÓN EN SERES HUMANOS. SE AUTORIZA. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. JUNTA Decreto 464/2008 NACIONAL DE SALUD. PRESTADOR INTEGRAL. CONTRATO DE GESTIÓN. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE LA Decreto 590/2008 SALUD. REGLAMENTO PARA RÉGIMEN DE FUNCIONES INSPECTIVAS EN EL �REA DE LA SALUD. APROBACIÓN. COMISIÓN REGULADORA DE COMPROMISOS DE GESTIÓN Decreto 044/2009 (CM 673) (CRCG). CREACIÓN ACUERDO ENTRE PRESTADORES, TRABAJADORES Y ACUERDO PRESTADORES, USUARIOS DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD TRABAJADORES Y DE ABSTENERSE DE REALIZAR INTERMEDIACIÓN LUCRATIVA USUARIOS DEL SNIS PARA CAPTAR USUARIOS SE ESTABLECE EL DERECHO PARA LAS PERSONAS MAYORES DE EDAD DE OPONERSE A LA APLICACIÓN DE Ley 18473 TRATAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS MÉDICOS SALVO QUE SE AFECTE LA SALUD DE TERCEROS COMISIÓN REGULADORA DE COMPROMISOS DE GESTIÓN Decreto 195/2009 (CRCG). INTEGRACIÓN Regulaciones que afectan la accesibilidad NORMA/ACUERDO TEMA MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE SECRETAR�A. SE LE ENCOMIENDA LA Decreto 385/2005 ADMINISTRACIÓN DEL REGISTRO UNICO DE COBERTURA DE ASISTENCIA FORMAL (RUCAF). PLAN NACIONAL DE ATENCIÓN A LA EMERGENCIA SOCIAL (PANES), BENEFICIARIOS TENDR�N DERECHO A ATENCIÓN EN LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO Decreto 406/2005 DEL MSP EN MONTEVIDEO E INTERIOR, EN IGUALDAD DE CONDICIONES QUE LOS POSEEDORES DEL CARNÉ GRATUITO DE ASISTENCIA SERVICIOS DE SALUD. TRAMITACIÓN DE PETICIONES, Decreto 015/2006 RECLAMACIONES O CONSULTAS DE LOS USUARIOS. REGLAMENTACIÓN Decreto 159/2006 CARNÉ DEL ADULTO MAYOR. IMPLEMENTACIÓN DERECHO A LA IDENTIDAD DEL NIÑO Y SU Decreto 250/2007 IDENTIFICACIÓN DESDE EL NACIMIENTO SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD. CAJA DE Decreto 282/2008 JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS. TRABAJADORES. INCORPORACIÓN SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS F�SICAS. Decreto 224/2009 SE INCORPORAN AL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL 126 ANEXO D El proceso por el que atravesó la génesis del Sistema Nacional Integrado de Salud fue evidentemente complejo. Desde su generación hasta su aprobación el corpus de normas, reglamentaciones y otras regulaciones incluidas en la reforma fue sujeto de una amplia discusión pública que involucró tanto a los distintos partidos y facciones políticas como a diversos actores clave del sector sanitario. Estando sancionadas las principales normas del Sistema, este informe busca hacer un repaso del proceso de construcción, sus fortalezas, sus desafíos pendientes y las posibilidades en materia de los pasos futuros a implementar para consolidar los logros conseguidos y profundizar los cambios que están en marcha. El análisis que proponemos para este proceso de la reforma habrá de centrarse en la consideración de los objetivos centrales de la propuesta normativa, e intentar evaluar sus resultados e impactos en el funcionamiento del sistema de salud. En tal sentido, resulta interesante considerar los avances logrados y los desafíos pendientes dentro de los objetivos planteados por la reforma así como examinar los límites de la propia reforma para pensar cuáles son objetivos deseables en el largo y el mediano plazo. En ese mismo sentido, se considera valioso analizar la situación de los diversos actores involucrados en la operación del sistema, como estaban antes de la reforma y cómo han quedado una vez implementados los cambios establecidos en las normas. El objetivo fundamental del proceso de reforma de la salud es asegurar el acceso universal a servicios integrales de salud. En miras a ese objetivo y articulando con normas aprobadas previamente como la creación del ASSE o del FONASA, el proyecto de Ley del Sistema Nacional Integrado de Salud se articuló en base a tres ejes centrales: 1. Cambiar el modelo de atención sanitaria, pasando de una visión centrada en la enfermedad y con el acento puesto en el tratamiento curativo de la enfermedad a una visión apoyada en privilegiar la prevención y la promoción de la salud. A esos efectos, la reforma normativa apunta al fortalecimiento de la Atención Primaria en el primer nivel de atención donde estadísticamente se registra el 80% de los actos sanitarios. 2. Cambiar el modelo de gestión sanitaria apuntalando la articulación, la coordinación y la complementariedad entre los subsistemas público y privado. Para viabilizar esa complementación entre ambos subsectores se planteó la generación de contratos de gestión entre prestadores de ambos así como con prestadores privados que no siendo 127 parte del SNIS le vendan servicios sanitarios a algunos de los prestadores que están dentro del Sistema. 3. Implementar un nuevo sistema de financiamiento del sistema sanitario proveyendo mayor equidad, solidaridad y sustentabilidad al sistema. Para lo que la ley creó el Seguro Nacional de Salud –SENASA- como herramienta para estructurar el sistema de financiamiento del nuevo sistema de salud. A este Seguro aportan los diversos actores: el Estado como empleador, las empresas privadas, los trabajadores en actividad y los pasivos. Adicionalmente, el Estado aporta fondos del presupuesto a este Seguro para garantizar la sustentabilidad. Para efectivizar tal reforma, se creó la Junta Nacional de Salud – JUNASA – que tiene una serie de funciones clave en la operación del sistema sanitario post reforma. Las cuestiones relacionadas con las funciones de la JUNASA se verán más adelante en forma separada. EL DESARROLLO DE LA AGENDA SANITARIA HACIA LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD. L a visión que el Gobierno del Frente Amplio tuvo del sector sanitario es que se trataba de un ámbito con enormes complejidades y que venía desmejorando progresivamente desde la década de los ’70 hasta llegar a mediados de los años ’90 a una crisis estructural que exigía la discusión e implementación de cambios radicales a nivel tanto de los objetivos del sistema como en los principios de organización del mismo. L 1. C 2. U 3. P 4. C 5. D 128 6. D 7. D R M S L D G T E P D G Planteada en estos términos la propuesta de reforma, el gobierno del Dr. Tabaré Vázquez, impulsó un proceso de discusión de las diversas normas que integraron la reforma del sistema de salud a través de la constitución de un Consejo Consultivo que fue creado por el Decreto 113/005 para la discusión en ese ámbito de los grandes temas en la agenda de reforma. Ese Consejo estuvo constituido por diversas organizaciones del sector sanitario que tuvieron la posibilidad de ir incorporando sus visiones y realizando aportes técnicos a las discusiones sobre los proyectos normativos. La creación del Consejo consultivo permitió ir generando los consensos necesarios para avanzar en la reforma cuyo primer hito destacable fue la descentralización de la ASSE y la creación del FONASA. Diversos actores apoyaron expresamente la iniciativa de reforma entre los que se puede mencionar la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud. En igual sentido lo había hecho la Sociedad Cardiológica del Uruguay. El Sindicato Medico 129 del Uruguay (SMU) dio apoyo al proyecto. En igual sentido se pronunciaron las organizaciones sindicales reunidas en la PIT – CNT. Las diferencias partidarias en cuanto al proyecto vieron reflejo en los apoyos o cuestionamientos en los principales medios de difusión. El Diario La Republica se manifestó permanentemente en apoyo de la iniciativa mientras que El País mantenía fuertes críticas al proceso de Reforma y en particular al proyecto de Ley del Sistema Nacional Integrado de Salud que fue el hito más trascendente en la estructuración del nuevo esquema sanitario. El paso fundamental para la constitución del nuevo Sistema Nacional de Salud fue la sanción de la Ley 18211 que estructura el Sistema Nacional Integrado de Salud y crea la JUNASA organismo desconcentrado del MSP como unidad ejecutora encargada de administrar el sistema. La discusión parlamentaria del proyecto de ley 18211 fue relativamente rápida y las bancadas de los principales partidos de la oposición denunciaron que la propuesta no había sido suficientemente discutida en la Legislatura. De la revisión del debate parlamentario del proyecto de la que habría ser la ley Nº 18211 puede observarse que el Partido Nacional fue el que con mas ahínco se opuso al proyecto del oficialismo, tanto en su informe de minoría como en las intervenciones de sus diputados, el Partido Nacional se opuso fuertemente a prácticamente todos los contenidos de la Ley sosteniendo que se atacaba la libertad de empresa en la salud reemplazada por la “centralización política�, que se impulsaba el estatismo de la gestión en el ámbito de la salud y que se procuraba instaurar una nueva carga tributaria sobre las personas y las empresas. El Partido Nacional también sostuvo la existencia de un fuerte conflicto de intereses del Ministerio de Salud Publica ya que su participación en el órgano de dirección de la JUNASA (en la que además ejerce la presidencia) colisionaría con su función de representante de los intereses de la ASSE, planteando la falta de imparcialidad (o equidistancia) de la JUNASA respecto de las relaciones entre prestadores del sector público (ASSE) y los del sector privado con el riesgo de favoritismo para los públicos. Una de críticas más punzantes de los representantes del Partido Nacional se centro en la idea de complementariedad que portaba el proyecto oficial. Según los representantes del PN se produciría en realidad una situación de competencia entre los sub sectores públicos y privados que iba contra los ejes de cambio planteados por el proyecto oficialista y que habría de terminar dañando a los sectores empresariales del ámbito de la salud. 130 Otro cuestionamiento se refirió a la JUNASA y su constitución sosteniendo que se otorgaba un poder muy amplio y que además la pretendida representación de los usuarios era dudosa ya que la asociación que habría de ingresar a JUNASA había sido impulsada por el Gobierno. Por su parte el Partido Colorado hizo blanco de sus críticas en la falta de debate, resaltando que en condiciones adecuadas de discusión el Partido Colorado estaba dispuesto a apoyar el proceso de reforma tal como lo había hecho previamente respecto de las leyes de creación del FONASA y de descentralización de la ASSE. Cuestiona la creación de la JUNASA pues sostiene que se constituirá en un organismo todo poderoso con los riesgos que ello implica para la equidad. Asimismo, plantea que la reforma tiende a nivelar para abajo en materia de calidad de atención en lugar de promover un sistema de acceso universal. Desde el Partido Colorado también se afirmo que habían sido convocados sectores pero que sus opiniones no habían sido escuchadas ni tomadas en cuenta, tales como las empresas de urgencias, las asociaciones de farmacéuticos y otros prestadores de servicios de salud. El proyecto finalmente sancionado, incluyo una serie de artículos propuestos por el Poder Ejecutivo para dar mayor claridad en algunos puntos que habían sido cuestionados como los de la estructuración del financiamiento. Los partidos de oposición plantearon que esa parte nueva del articulado no había sido suficientemente debatida ya que no pasó por los debates de comisiones y se presentó a la Cámara para su incorporación al proyecto el día antes. La bancada oficialista haciendo pesar su capacidad de decisión en el Poder Legislativo aprobó la Ley de creación del SNIS. LAS HERRAMIENTAS DE GOBERNABILIDAD INSTITUCIONAL DEL SISTEMA La reforma del sistema ha generado cambios profundos en la estructura institucional impulsando mecanismos que apuntalan la gobernabilidad sectorial. Entre ellos se destacan por un lado, la voluntad de consolidar el rol de rectoría del MSP y su articulación con nuevos los organismos e institutos creados por las normas y por otro las herramientas con las que esos nuevos actores han de operar sobre la dinámica del sistema. Los ejes que el Sistema establece pasan por la complementación de las funciones de rectoría y acreditación por parte del MSP con las capacidades operativas de la JUNASA y la puesta en marcha de herramientas como los Programas Integrales de Prestaciones, la Cuota Salud y los Contratos de Gestión. Adicionalmente, una diversidad de mecanismos incentiva la participación social en las políticas sectoriales apuntalando la estructura de gobernabilidad. 131 LA JUNTA NACIONAL DE SALUD - JUNASA La JUNASA es uno de los organismos clave de la Reforma del Sistema, ya que permite separar de forma ordenada las funciones de rectoría a cargo del Ministerio de Salud Publica y las de administración del sistema que quedan, en su mayor parte, en el ámbito de la JUNASA (que adquiere la forma jurídica de un Ente Desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Salud). Este es un avance significativo porque responde a las necesidades detectadas de fortalecer el rol de rectoría del MSP y al mismo tiempo dar organicidad al manejo de las relaciones entre los diversos actores del sector sanitario. En esta división de funciones, le cabe al Ministerio la definición de las políticas sanitarias, la aprobación de las normas y el contralor general del funcionamiento del sistema. La estructuración del SNIS se apoya en la idea de integrar de los subsectores del sector sanitario mediante la generación de una red y a través de la creación de un órgano central de gobierno del Sistema: la JUNASA. La JUNASA tiene como funciones principales la planificación, organización, dirección y contralor del SNIS. En términos de financiamiento la ley 18211 crea el SEGURO NACIONAL DE SALUD que concentra los fondos del Estado, las empresas, los trabajadores y los pasivos a los que se suman aportes del Presupuesto Nacional para dar integralidad a las relaciones financieras entre los financiadores y los proveedores de servicios de salud. La administración de los fondos del SENASA se hace a través de la JUNASA. Entre las funciones principales de la JUNASA relativas a la gobernabilidad del Sistema se encuentran: la autorización a los prestadores para que integren el SNIS La firma de los convenios de gestión La determinación de los mecanismos de participación de los usuarios En cuanto a su conformación, la JUNASA es dirigida por un órgano colegiado de siete miembros, cuatro de ellos representan a diferentes organismos públicos y los otros tres a sectores privados. Los cuatro representantes públicos provienen dos de ellos del Ministerio de Salud Publica, uno del Ministerio de Economía y Finanzas y el restante del Banco de Previsión Social. Los tres miembros privados representan a los Prestadores, los Trabajadores y los Usuarios. La JUNASA no tiene presupuesto propio y los miembros de su órgano de dirección no cobran remuneración alguna por sus funciones en la Junta. 132 LOS PROGRAMAS INTEGRALES DE PRESTACIONES Como se dijo, uno de los elementos centrales para efectivizar el acceso equitativo a las prestaciones fue la creación de los Programas Integrales de Prestaciones (PIP). Estos Programas son la base jurídica y el marco de acción administrativa para la determinación de las obligaciones de los prestadores con los usuarios. Como parte de la estructura del SNIS, los prestadores que son parte del Sistema deben cumplir con el paquete de prestaciones que las leyes y regulaciones aseguran a los usuarios. Los PIP son aprobados por el MSP y su cumplimiento por los prestadores que integran el SNIS es controlado por la JUNASA. Los incumplimientos de las obligaciones de los prestadores para con los usuarios traen como consecuencia el bloqueo total o parcial de la autorización de pago de la cuota salud. El MSP debe ir actualizando en forma periódica los PIP de acuerdo a “la evidencia científica, demográfica y epidemiológica de la población uruguaya�. Por Decreto 464/2008 se aprobaron los Programas Integrales de Salud relativos a los programas de salud prioritarios incluidos dentro del Plan de Prestaciones Integrales de Salud. LA CUOTA SALUD En el esquema planteado por la reforma, los prestadores del Sistema reciben pagos capitados segmentados por población y pagos por cumplimiento de metas asistenciales. Las Cuotas Salud establecen niveles de pago diferenciados en función de franjas etarias con requerimientos de atención diversos. De esta manera se busca transparentar los costos de salud reconociendo los factores de riesgo asociados con determinadas edades. En la discusión parlamentaria, se afirmó también que había una voluntad expresa de premiar a aquellos prestadores que toman el riesgo de concentrar su atención en grupos poblacionales con mayores exigencias en materia de atención. El otro efecto de los niveles diferenciados es incentivar las actividades de prevención y promoción a fin de evitar los mayores costos devenidos de prestaciones curativas de enfermedad. 133 El elemento más dinámico en el sistema de financiamiento son las metas asistenciales que complementan los pagos de cápitas al asignar pagos por el cumplimiento de metas sanitarias previamente determinadas en áreas programáticas priorizadas. LOS CONTRATOS DE GESTION La articulación de los contenidos del PIP en la relación entre el SNIS y cada prestador en particular se habrá de plasmar en un Contrato de gestión que establece los contenidos concretos a través de un contrato que firma con la JUNASA. A su vez, será este organismo el que ejerza el control de cumplimiento de las obligaciones asumidas por los prestadores en ese acuerdo, pudiendo aplicar sanciones a los prestadores que no cumplan adecuadamente sus obligaciones. MECANISMOS DE PARTICIPACION SOCIAL Desde la generación del Consejo Consultivo creado por Decreto 113/005, se han venido desarrollando en las normas institutos que viabilizan la participación de los diversos actores sociales en las instituciones del Sistema. De acuerdo con la Ley 18211 en el órgano de dirección de la JUNASA participan tres representantes no públicos, uno de ellos por los trabajadores, otro por los prestadores y otro por los usuarios. En el caso de la ASSE, la ley de descentralización (18161) también prevé la participación social ya que en el Directorio de 5 miembros, uno de ellos debe representar a los trabajadores y otro a los usuarios. Finalmente, también en las entidades privadas deben existir los Consejos Consultivos y Asesores (CCA) cuyas características han sido establecidas por el Decreto Nº 269/008. Las funciones de estos CCA son amplias y van desde participar en campañas de promoción sanitaria, participar en la evaluación de reclamos de usuarios referidos a servicios recibidos (o no recibidos), tomar parte en el análisis del desarrollo de los PIP en ese prestador y tomar conocimiento de la evolución financiera del prestador a través de los balances y toda otra información contable. ALGUNOS RESULTADOS DE LA REFORMA 134 Es posible afirmar que la Reforma ha generado a esta altura algunos resultados interesantes en materia de acceso equitativo y universalización de las prestaciones. • Con la implementación del seguro Nacional de Salud y la incorporación de los hijos menores de los trabajadores y de todos los jubilados se ha dado un paso clave hacia la generalización/ universalización de la cobertura. • Desde el punto de vista institucional, se avanzó en la implementación y puesta en marcha de las reformas establecidas por la normativa de la Reforma: la JUNASA está en pleno funcionamiento y ha puesto en marcha tanto los PIP como los contratos de gestión con los prestadores. • Se han dado pasos importantes en el fortalecimiento de las funciones de rectoría del MSP, en especial desde el punto de vista de la estructura organizacional por la que reformó la DIGESA, implementando tres Divisiones temáticas para una mayor efectividad de la gestión: Fiscalización, Normalización y Habilitación. Este fortalecimiento de las competencias de regulación parece haber tenido algunos impactos positivos en el sistema como lo son el seguimiento y mejora de los tiempos de espera para atención y la eficiencia en los trámites de habilitación. • En lo relativo a la participación, se han constituido los Comités Consultivos y Asesores en todas las IAMC. Mientras que tanto en la ASSE como en la JUNASA se ha producido la incorporación de los representantes de los actores sociales. • Se ha iniciado, aunque con un alcance bastante limitado, el proceso que permite la libre elección del prestador. • La opinión de la ciudadanía sobre la reforma ha evolucionado de manera muy positiva. Los estudios de opinión muestran que al momento de aprobarse la Reforma algo más del 40% de los consultados se pronunciaba a favor (con un porcentaje de casi el 40% de encuestados que preferían no contestar). En 2009 esas cifras de apreciación positiva sobre la reforma superan el 65% y los ns/nc se han reducido a menos del 10%. La opinión negativa sobre la Reforma se ha mantenido prácticamente constante en torno al 10% desde la aprobación hasta el presente. • Todos los estudios de opinión coinciden en que las opiniones favorables a la Reforma se concentran mayoritariamente en los sectores de recursos bajos y medios que eran los más afectados por la inequidad y las dificultades de acceso a servicios de salud previos a la Reforma. 135 DESAFIOS A FUTURO Existe un número importante de cuestiones pendientes aunque ello es lógico teniendo en cuenta que el SNIS es relativamente reciente y también la naturaleza progresiva de implementación de la Reforma que se previó desde su gestación. Algunos de los desafíos que se visualizan en el futuro son: o Consolidar la rectoría del MSP y avanzar en la definición de políticas clave para los modelos de gestión y atención tales como el desarrollo e implementación de una política de recursos humanos, la definición de una política nacional de medicamentos, el fortalecimiento de la función de promoción sanitaria, entre otras. o Evaluar las mejoras necesarias en las áreas de gestión del MSP para avanzar en la implementación de los cambios en el modelo de asistencia prestacional. o Resolver algunos problemas de gobernabilidad de la JUNASA, tales como: o El carácter colegiado de los órganos de dirección que puede generar dificultades al momento de tomar decisiones críticas, por lo que habría que prever mecanismos eficientes de superación de eventuales conflictos. o Habría que evaluar el desarrollo de una normativa de prevención de situaciones de conflictos de intereses para los funcionarios públicos que participen en la JUNASA, teniendo en cuenta su posición compleja respecto de la defensa del interés general y la posibilidad de favorecer a los prestadores públicos frente a los privados. o Desarrollar los mecanismos de participación social en los organismos del Sistema a fin de que la ciudadanía cuente con una representación informada y responsable en esos ámbitos. o Analizar las cuestiones relacionadas con el financiamiento del sistema que parece plantear una serie de escenarios complejos en el futuro, en parte relacionados con la definición de los paquetes de prestaciones que se le reconocen a los usuarios y su desarrollo futuro. En el mismo sentido, debería evaluarse la incidencia de la presión financiera que se ejerce desde fuera del propio sistema (por ejemplo desde el sistema judicial) para la cobertura de determinadas prestaciones. o Implementar de manera efectiva la libre elección de prestadores para lo que será necesario que los usuarios cuenten con información actualizada y completa que apoye la toma de decisiones en la materia. 136 ANEXO 5 Desempeño institucional. Componente meta asistencial. Salud del Niño y de la Mujer R e c i é n n a c i d o - E m b a r a z o - P a r t o à Localidad: Montevideo Institución: Asociación Española periodos Recién indicadores Jul / set Oct /dic Ene / mar Abr / jun Linea META 07 08 de base Nacido Total RN vivos Derivados 98% Captados 95% setiembre diciembre marzo junio Primer Total de niños año de Control según pauta 62% vida Certificado de Vacunación 90% Lactancia 20% Ecografia de cadera 95% Jul / set Oct /dic Ene / mar Abr / jun 07 08 EMBA Total partos RAZO Mujeres c/ 6 ó + controles 91% Y Historias SIP completas PARTO 90% Control HIV y VDRL 91% Captación primer trimestre 85% Embarazada deriv. Odont. 53% Puérpera control Odont. 94% Sistema PAP de Mamografía registro Observaciones 137 Desempeño institucional. Componente meta asistencial. Salud del Niño y de la Mujer R e c i é n n a c i d o - E m b a r a z o - P a r t o à Localidad: Tacuarembó Institución: COMTA periodos Recién indicadores Jul / set Oct /dic Ene / mar Abr / jun Linea META 07 08 de base Nacido Total RN vivos Derivados 60% Captados 70% setiembre diciembre marzo junio Primer Total de niños año de Control según pauta 60% vida Certificado de Vacunación 98% Lactancia 60% Ecografia de cadera 60% Jul / set Oct /dic Ene / mar Abr / jun 07 08 EMBA Total partos RAZO Mujeres c/ 6 ó + controles 87% Y Historias SIP completas PARTO 50% Control HIV y VDRL 80% Captación primer trimestre 70% Embarazada deriv. Odont. 50% Puérpera control Odont. 50% Sistema PAP de Mamografía registro Observaciones 138 Desempeño institucional. Componente meta asistencial. Salud del Niño y de la Mujer R e c i é n n a c i d o - E m b a r a z o - P a r t o à Localidad: Montevideo Institución: Hospital Británico periodos Recién indicadores Jul / set Oct /dic Ene / mar Abr / jun Linea META 07 08 de base Nacido Total RN vivos Derivados 65% Captados 100% setiembre diciembre marzo junio Primer Total de niños 100% año de Control según pauta 50% vida Certificado de Vacunación 50% Lactancia 5% Ecografia de cadera 100% Jul / set Oct /dic Ene / mar Abr / jun 07 08 EMBA Total partos 100% RAZO Mujeres c/ 6 ó + controles 97% Y Historias SIP completas PARTO 25% Control HIV y VDRL 79% Captación primer trimestre 96% Embarazada deriv. Odont. 67% Puérpera control Odont. 50% Sistema PAP de Mamografía registro Observaciones 139 Acuerdo entre la Junta Nacional de Salud y ASSE sobre metas para el desarrollo de los programas Nacionales de la Niñez y de Salud de la Mujer y Género 1.- Recién Nacido Objetivo: Monitorizar la implementación y cumplimiento de plan de seguimiento de los recién nacidos al momento del alta hospitalaria en coordinación con los efectores de salud. a) Número de niños derivados para control Departamento Meta Artigas Derivados el 80 % de los niños Canelones Derivados el 80 % de los niños Cerro largo Derivados el 80 % de los niños Colonia Derivados el 70 % de los niños Durazno Derivados el 95 % de los niños Flores Derivados el 90 % de los niños Florida Derivados el 95 % de los niños Lavalleja Derivados el 80 % de los niños Maldonado Derivados el 90 % de los niños Montevideo Derivados el 95 % de los niños Paysandú Derivados el 95 % de los niños Río Negro Derivados el 90 % de los niños Rivera Derivados el 90 % de los niños Rocha Derivados el 80 % de los niños Salto Derivados el 95 % de los niños San José Derivados el 80 % de los niños Soriano Derivados el 90 % de los niños Tacuarembó Derivados el 95 % de los niños Treinta y Tres Derivados el 95 % de los niños b) Número de niños captados Departamento Meta Artigas Captados el 80 % de los niños Canelones Captados el 80 % de los niños Cerro largo Captados el 75 % de los niños Colonia Captados el 75 % de los niños Durazno Captados el 80 % de los niños Flores Captados el 80 % de los niños Florida Captados el 90 % de los niños Lavalleja Captados el 80 % de los niños Maldonado Captados el 90 % de los niños Montevideo Captados el 85 % de los niños Paysandú Captados el 90 % de los niños 140 Río Negro Captados el 85 % de los niños Rivera Captados el 80 % de los niños Rocha Captados el 75 % de los niños Salto Captados el 85 % de los niños San José Captados el 80 % de los niños Soriano Captados el 85 % de los niños Tacuarembó Captados el 85 % de los niños Treinta y Tres Captados el 85 % de los niños 2.- Primer año de vida Objetivo: • monitorizar el cumplimiento de las pautas de control del niño sano • monitorizar el cumplimiento del Programa Ampliado de Inmunizaciones • incrementar la lactancia materna de acuerdo a la norma • incrementar los niños controlados con ecografía de cadera efectuada antes de los cuatro meses de vida a) Pautas de control del niño sano Departamento Meta Artigas 50 % de los niños en control según pauta Canelones 45 % de los niños en control según pauta Cerro largo 45 % de los niños en control según pauta Colonia 50 % de los niños en control según pauta Durazno 60 % de los niños en control según pauta Flores 50 % de los niños en control según pauta Florida 45 % de los niños en control según pauta Lavalleja 50 % de los niños en control según pauta Maldonado 50 % de los niños en control según pauta Montevideo 45 % de los niños en control según pauta Paysandú 50 % de los niños en control según pauta Río Negro 50 % de los niños en control según pauta Rivera 40 % de los niños en control según pauta Rocha 40 % de los niños en control según pauta Salto 50 % de los niños en control según pauta San José 50 % de los niños en control según pauta Soriano 45 % de los niños en control según pauta Tacuarembó 60 % de los niños en control según pauta Treinta y Tres 40 % de los niños en control según pauta b) Niños con Carné Esquema de Vacunación (CEV) al día Departamento Meta Artigas 85 % de los niños con CEV al día Canelones 80 % de los niños con CEV al día Cerro largo 80 % de los niños con CEV al día Colonia 80 % de los niños con CEV al día 141 Durazno 90 % de los niños con CEV al día Flores 90 % de los niños con CEV al día Florida 80 % de los niños con CEV al día Lavalleja 80 % de los niños con CEV al día Maldonado 80 % de los niños con CEV al día Montevideo 80 % de los niños con CEV al día Paysandú 85 % de los niños con CEV al día Río Negro 85 % de los niños con CEV al día Rivera 80 % de los niños con CEV al día Rocha 80 % de los niños con CEV al día Salto 85 % de los niños con CEV al día San José 85 % de los niños con CEV al día Soriano 85 % de los niños con CEV al día Tacuarembó 85 % de los niños con CEV al día Treinta y Tres 85 % de los niños con CEV al día c) Niños en Lactancia según pauta Departamento Meta Artigas 30 % de los niños en lactancia según pauta Canelones 25 % de los niños en lactancia según pauta Cerro largo 30 % de los niños en lactancia según pauta Colonia 30 % de los niños en lactancia según pauta Durazno 30 % de los niños en lactancia según pauta Flores 30 % de los niños en lactancia según pauta Florida 25 % de los niños en lactancia según pauta Lavalleja 30 % de los niños en lactancia según pauta Maldonado 30 % de los niños en lactancia según pauta Montevideo 35 % de los niños en lactancia según pauta Paysandú 25 % de los niños en lactancia según pauta Río Negro 30 % de los niños en lactancia según pauta Rivera 25 % de los niños en lactancia según pauta Rocha 25 % de los niños en lactancia según pauta Salto 35 % de los niños en lactancia según pauta San José 25 % de los niños en lactancia según pauta Soriano 25 % de los niños en lactancia según pauta Tacuarembó 35 % de los niños en lactancia según pauta Treinta y Tres 30 % de los niños en lactancia según pauta d) Niños con Ecografía de Cadera según pauta Departamento Meta Artigas 30 % de los niños con Ecografía de Cadera Canelones 30 % de los niños con Ecografía de Cadera Cerro largo 25 % de los niños con Ecografía de Cadera Colonia 25 % de los niños con Ecografía de Cadera Durazno 25 % de los niños con Ecografía de Cadera Flores 30 % de los niños con Ecografía de Cadera 142 Florida 25 % de los niños con Ecografía de Cadera Lavalleja 30 % de los niños con Ecografía de Cadera Maldonado 25 % de los niños con Ecografía de Cadera Montevideo 30 % de los niños con Ecografía de Cadera Paysandú 35 % de los niños con Ecografía de Cadera Río Negro 30 % de los niños con Ecografía de Cadera Rivera 25 % de los niños con Ecografía de Cadera Rocha 25 % de los niños con Ecografía de Cadera Salto 30 % de los niños con Ecografía de Cadera San José 25 % de los niños con Ecografía de Cadera Soriano 30 % de los niños con Ecografía de Cadera Tacuarembó 35 % de los niños con Ecografía de Cadera Treinta y Tres 35 % de los niños con Ecografía de Cadera 3.- Embarazo y Parto Objetivos: • Monitorizar la captación precoz y adecuado control de embarazo • Asegurar que en el embarazo y puerperio inmediato, exista control por odontólogo • Valorar la calidad de la atención del parto a) Mujeres con 6 o más controles al momento del parto Departamento Meta Artigas 30 % de mujeres con 6 o más controles Canelones 35 % de mujeres con 6 o más controles Cerro largo 30 % de mujeres con 6 o más controles Colonia 35 % de mujeres con 6 o más controles Durazno 50 % de mujeres con 6 o más controles Flores 50 % de mujeres con 6 o más controles Florida 50 % de mujeres con 6 o más controles Lavalleja 40 % de mujeres con 6 o más controles Maldonado 40 % de mujeres con 6 o más controles Montevideo 50 % de mujeres con 6 o más controles Paysandú 50 % de mujeres con 6 o más controles Río Negro 50 % de mujeres con 6 o más controles Rivera 40 % de mujeres con 6 o más controles Rocha 40 % de mujeres con 6 o más controles Salto 50 % de mujeres con 6 o más controles San José 50 % de mujeres con 6 o más controles Soriano 40 % de mujeres con 6 o más controles Tacuarembó 50 % de mujeres con 6 o más controles Treinta y Tres 50 % de mujeres con 6 o más controles b) Mujeres con Historia SIP completas al momento del parto Departamento Meta Artigas 75 % de las mujeres con Historia SIP completa 143 Canelones 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Cerro largo 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Colonia 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Durazno 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Flores 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Florida 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Lavalleja 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Maldonado 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Montevideo 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Paysandú 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Río Negro 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Rivera 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Rocha 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Salto 75 % de las mujeres con Historia SIP completa San José 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Soriano 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Tacuarembó 75 % de las mujeres con Historia SIP completa Treinta y Tres 75 % de las mujeres con Historia SIP completa c) Mujeres con examen de HIV y VDRL realizado en 1er y 3er trimestre Departamento Meta Artigas 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Canelones 30 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Cerro largo 30 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Colonia 35 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Durazno 30 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Flores 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Florida 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Lavalleja 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Maldonado 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Montevideo 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Paysandú 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Río Negro 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Rivera 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Rocha 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Salto 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre San José 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Soriano 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Tacuarembó 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre Treinta y Tres 40 % de mujeres con HIV y VDRL en 1er y 3er trimestre d) Mujeres captadas en el primer trimestre de embarazo Departamento Meta Artigas 25 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Canelones 35 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo 144 Cerro largo 25 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Colonia 35 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Durazno 25 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Flores 30 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Florida 30% de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Lavalleja 30 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Maldonado 35 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Montevideo 35 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Paysandú 35 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Río Negro 30 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Rivera 30 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Rocha 30 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Salto 30 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo San José 30 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Soriano 30 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Tacuarembó 30 % de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo Treinta y Tres 30% de mujeres captadas en el 1er trimestre de embarazo e) Mujeres embarazadas con derivación a odontólogo Departamento Meta Artigas 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Canelones 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Cerro largo 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Colonia 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Durazno 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Flores 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Florida 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Lavalleja 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Maldonado 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Montevideo 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Paysandú 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Río Negro 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Rivera 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Rocha 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Salto 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo San José 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Soriano 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Tacuarembó 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo Treinta y Tres 40 % de mujeres embarazadas derivadas a odontólogo f) Mujeres puérperas con control de su salud bucal Meta 3 Departamento Artigas 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal 145 Canelones 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Cerro largo 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Colonia 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Durazno 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Flores 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Florida 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Lavalleja 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Maldonado 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Montevideo 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Paysandú 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Río Negro 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Rivera 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Rocha 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Salto 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal San José 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Soriano 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Tacuarembó 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal Treinta y Tres 20 % de mujeres puérperas con control de su salud bucal 4.- Salud de la Mujer: Prevención-Detección temprana de cáncer de mama y cuello uterino. ASSE no cuenta con Sistema de Seguimiento programado para el PAP y la Mamografía de control en todos los Departamentos. Deberá implantarlo en aquellos lugares que no lo tienen. a) Mujeres con PAP vigente según norma Departamento Meta Artigas 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Canelones 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Cerro largo 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Colonia 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Durazno 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Flores 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Florida 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Lavalleja 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Maldonado 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Montevideo 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Paysandú 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Río Negro 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Rivera 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Rocha 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Salto 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma San José 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Soriano 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Tacuarembó 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma Treinta y Tres 25 % de las mujeres con PAP vigente según norma b) Mujeres con Mamografía vigente según norma 146 Departamento Meta Artigas 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Canelones 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Cerro largo 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Colonia 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Durazno 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Flores 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Florida 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Lavalleja 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Maldonado 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Montevideo 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Paysandú 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Río Negro 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Rivera 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Rocha 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Salto 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma San José 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Soriano 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Tacuarembó 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma Treinta y Tres 25 % de las mujeres con Mamografía vigente según norma 147 148