86276 PES Learning Paper 2007-1S El Programa de Pago por Servicio Ambiental Hídrico de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia Gerardo Barrantes y Luis Gámez Mayo 2007 Latin America and Caribbean Sustainable Development Department World Bank Washington DC, USA Resumen   Este informe revisa en detalle el origen, desarrollo, funcionamiento y resultados logrados por el programa de Pago de Servicios Ambientales Hídricos (PSAH) de Heredia, Costa Rica. La implementación de Heredia muestra un ejemplo real mediante el ‘aprender haciendo’. El servicio de acueducto depende de los recursos hídricos disponibles en el entorno local e inmediato. La tarifa hídrica y el pago de servicios ambientales representan una relación costo–beneficio positiva. El costo de financiar la protección de sus fuentes de agua es comparativamente bajo con el beneficio de mantener la calidad del agua desde la fuente de origen. Autores   Gerardo Barrantes Moreno es Director General – Investigador de la Fundación Instituto de Políticas para la Sostenibilidad (IPS). Luis Gámez Hernández es miembro de la Dirección de Apoyo de Investigación y Desarrollo, Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH). Palabras  clave Pagos por servicios ambientales, PSA, bosque, cuenca hidrográfica, Costa Rica, Heredia Foto  de  portada   Área de bosque bajo conservación en el programa de pago por servicios ambientales hídricos PROCUENCAS de Heredia (Stefano Pagiola). PES  Learning  Papers   PES Learning Papers draw on the World Bank’s extensive experience in supporting programs of Payments for Environmental Services (PES). They are part of a larger effort by the World Bank to provide open access to its research and make a contribution to development policy discussions around the world. The PES Learning Paper series disseminates the findings of work in progress to encourage the exchange of ideas about PES. An objective of the series is to get the findings out quickly, even if the presentations are less than fully polished. The papers carry the names of the authors and should be cited accordingly. The findings, interpretations, and conclusions expressed in this paper are entirely those of the authors. They do not necessarily represent the views of the International Bank for Reconstruction and Development/World Bank and its affiliated organizations, or those of the Executive Directors of the World Bank or the governments they represent. The boundaries, colors, denominations, and other information shown on any map in this work do not imply any judgment on the part of The World Bank concerning the legal status of any territory or the endorsement or acceptance of such boundaries. Programa de Pago por Servicio Ambiental Hídrico de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia Gerardo Barrantes y Luis Gámez Introducción El uso de las fuentes de agua de manantiales de alta calidad para consumo humano ha sido considerado por los usuarios del acueducto de Heredia como un servicio ambiental de las microcuencas locales que debe pagarse como parte de la tarifa del servicio de acueducto. Esta iniciativa pionera fue motivada por la preocupación de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A. (ESPH) de proteger las fuentes existentes de agua potable y su zona de captación del alto riesgo de cambios en el uso de la tierra en la parte alta de la cuenca. Se reconoce que la gran calidad de agua es un beneficio muy alto obtenido a muy bajo costo. Debido a la amenaza de degradación de la calidad del agua, la ESPH ideó creativamente el uso de instrumentos económicos, diseñado para dirigir acciones para proteger y capitalizar ese capital natural. Para ello se introdujeron ajustes a la tarifa de agua, para que los usuarios finales contribuyeran directamente a financiar el costo de este beneficio ambiental generado al mantenerse una adecuada cobertura boscosa en áreas estratégicas de infiltración y de recarga. Los fondos generados por este medio son utilizados para pagar una compensación monetaria directa a propietarios de fincas en puntos estratégicos de la cuenca para abastecimiento de agua potable. De esta forma creativa, se contribuye con objetivos de salud pública que ESPH debe sostener, y simultáneamente se responde a necesidades de calidad ambiental para prestar el servicio de acueducto. En este informe, revisaremos en detalle el origen, desarrollo, funcionamiento y resultados logrados por el programa de Pago de Servicios Ambientales Hídricos (PSAH) de Heredia. Primero, se abordara las generalidades de la institución y del servicio de acueducto. Seguidamente se hará referencia a los problemas y amenazas que enfrenta el recurso hídrico localmente. Tercero, se describirá la motivación que impulso la iniciativa. Cuarto, haremos una revisión de las características principales del sistema. Finalmente, analizaremos las lecciones aprendidas de esta experiencia y sus retos futuros Aspectos generales de la ESPH y del servicio de acueducto La ESPH, creada en 1976, es una sociedad anónima de utilidad pública, constituida por la Municipalidades de Heredia, de San Rafael y de San Isidro; en la Provincia de Heredia. La ESPH administra el servicio de agua potable para esos tres cantones. Además, la ESPH administra otros servicios como el alcantarillado sanitario, y la distribución de energía eléctrica y alumbrado público. En el caso del servicio de agua potable, la ESPH atiende 52,207 abonados distribuidos en los cantones de Heredia, San Rafael y San Isidro. Esto representa aproximadamente a una población superior a los 200.000 habitantes (Datos ESPH). Los acueductos de la ESPH cubren a un 100% de la población en los tres cantones, lo que 1 representa un 4,7% de la población nacional con acceso a acueducto y a agua potable. Con respecto a calidad del agua, destaca el record histórico de potabilidad, siendo el único operador del país que tiene la totalidad de su población abastecida con agua de calidad potable (OPS, 2002) (Cuadro 1). Las aguas superficiales y subterráneas utilizadas poseen una alta calidad físico-química y bacteriológica, cualidades por las cuales su tratamiento requiere solamente de desinfección para cumplir con los estándares establecidos. Cuadro 1: Cobertura y calidad del agua para consumo humano en Costa Rica, 2002-2003 Acueductos Población cubierta Con agua Con agua Con agua no Con agua no Entidad potable potable Total potable potable administradora Numero (%) (%) (‘000) (%) (%) AyA 170 76,5 23,5 1.892 7,5 2,5 Municipios 245 57,6 42,4 670 1,6 28,4 ESPH 6 100,0 0,0 191 100,0 0,0 Acueductos rurales 1570 46,9 53,1 981 55,9 44,1 Subtotal 2.071 50,7 49,3 3.735 82,1 17,9 Acueductos privados nd nd nd 252 56,0 44,0 Sin información nd nd nd 102 nd nd Total 2.071 50,7 49,3 4.090 78,4 19,1 Notas: nd : no determinado Fuente: Adaptado de datos en Mora y Portuguéz, 2003. La región de Heredia posee una singular riqueza nacional de aguas subterráneas de las que se abastece una gran parte de la población metropolitana, incluyendo San José (Barrantes y Castro, 1999; Tecnoambiente, 2002). Los acueductos de la ESPH dependen de una combinación de una riqueza local de aguas subterráneas (18 pozos y 14 manantiales) y de aguas superficiales en menor medida. En total, los acueductos de ESPH consumen un volumen superior a 15 millones de metros cúbicos (m3) anuales. La demanda muestra un crecimiento gradual entre 2002 y 2006, aunque la población creció significativamente. El crecimiento de abonados se da principalmente en el sector residencial debido al incremento de desarrollo de complejos habitacionales. La disponibilidad de agua en Heredia responde a un moderno desarrollo del sistema de acueductos de ESPH y a inversiones sistemáticas en tecnología y pozos por más de 30 años. De esta forma se han mitigado en gran parte los problemas típicos de carestía y reducción de caudales en meses de verano. Los estudios e inversiones mas recientes sitúan a Heredia en 33% del total de agua no contabilizada (ESPH, 2007). Considerando la productividad de las fuentes de los acueductos, en Heredia se tiene 2 una disponibilidad mucho mayor a la dotación promedio de 190 litros/día/persona usada en la ESPH. Cuadro 2: Crecimiento del consumo de agua en acueductos ESPH Conexiones Conexiones Demanda de agua (‘000 m3) Año medidas fijas Heredia San Rafael San Isidro Total 2000 42.188 3.795 9.906 2.021 816 12.743 2001 44.097 2.829 10.417 2.428 824 13.669 2002 45.945 2.455 11.004 2.473 979 14.455 2003 47.736 1.686 10.792 2.454 981 14.227 2004 49.234 1.201 11.175 2.647 985 14.807 2005 50.743 666 11.321 2.799 1.078 15.198 2006 52.207 490 11.849 2.566 1.076 15.490 Fuente: ESPH. Actualmente, el consumo promedio mensual de una familia es de 21m3, y con la tarifa residencial el pago es de ¢2143/mes/familia (US$4,2) incluyendo la tarifa hídrica. En el caso de las conexiones que cuentan con servicio de alcantarillado sanitario el pago mensual es de C3066. La tarifa básica de acueducto consiste en un bloque de consumo de 15m3. Por el consumo adicional se paga una tarifa distinta por metro cúbico (Cuadro 3). Esto también aplica en alcantarillado sanitario. Más del 99% de las conexiones son medidas. En 2006, tan solo 490 abonados tenían tarifa fija, especialmente aquello en localidades aisladas y rurales. La tarifa fija esta basada en el consumo promedio de 26 m3, con un pago promedio mensual de 4571 colones (US$8,7). Cuadro 3: Tarifas vigentes para el servicio acueducto ESPH (Colones) Bloque / Categoría Domiciliaria Económica Institucional Servicio medido Bloque básico (0 -15 m3) 1.193 5.872 2.409 3 3 Bloque excedente (más de 15 m ) cada m 145 392 273 Servicio fijo 2.416 9.508 4.214 Fuente: La Gaceta Nº 91, del 11 de mayo del 2004. 3 Problemática del recurso hídrico local La región de Heredia se beneficia de una excepcional riqueza local de recursos hídricos subterráneos debido a las favorables condiciones de formaciones geológicas y suelos de origen volcánico (Vargas, 1994; Reynolds, 1994; Reynolds y Fraile, 2002; Tecnoambiente, 2002). Históricamente, estas aguas han sido estratégicas para el desarrollo social y de importancia económico nacional, tal como la exportación de café. El conocimiento de la importancia hidrogeológica de esta región se ha incrementado recientemente con la investigación científica y técnica (Reynolds y Fraile, 2002). El mayor conocimiento y compresión de la dinámica de esta zona justifica una mayor protección, ya que alberga un espacio esencial de captación e infiltración de estructuras de mantos acuíferos, tales como el Barva, y los Colima Superior e Inferior. Estas aguas subterráneas constituyen fuentes que abastecen un gran porcentaje de agua para consumo humano en la Gran Área Metropolitana, incluyendo San José (Reynolds y Fraile, 2002). Ya desde inicios de siglo se planteaba la necesidad de medidas de protección y control al desarrollo de actividades económicas en esa zona, con el propósito de destinar y reservar una gran área silvestre a la conservación de aguas, en calidad y cantidad, para el bienestar de las futuras generaciones. A pesar de la gran importancia de la zona, no ha sido posible evitar las consecuencias del crecimiento urbano desordenado ni regular el uso de agroquímicos. El uso del suelo que actualmente impera son antiguos pastizales remanentes de la ganadería de leche que prevaleció hasta la década de 1950 cuando se traslado a las llanuras del atlántico, y café de altura en menor medida. La producción de flores y ornamentales para la exportación es actualmente la actividad productiva de mayor importancia económica. El auge de la ganadería de leche introdujo a inicios de siglo XX, los principales cambios en el paisaje, especialmente por la deforestación y la extracción de maderas finas. Actualmente, la mayoría de estas antiguas fincas ganaderas son económicamente ociosas y la zona continúa relativamente despoblada. La mayoría de propietarios de fincas son ausentes y sus ingresos provienen del ejercicio de actividades liberales en ciudades como Heredia y San José. La urbanización ha incursionado en las partes bajas de la cuenca en años recientes. De 1973 hasta el 2005, la población de Heredia y sus cantones vecinos ha pasado de 134.000 a 394.000 personas en las microcuencas de interés para ESPH (Datos ESPH). La tasa de crecimiento anual reportada fue de 3,66% hasta el año 2000. No obstante la tasa de crecimiento total de la población proyectada para los años 2000-2050 tienden a la disminución, la población de 1990 se duplica para el año 2015 (Datos ESPH). La construcción se incremento un 60% desde 1995, mayoritariamente para vivienda. En 15 años el uso urbano ha crecido cuatro veces, desplazando a cafetales y pasto. La tendencia de crecimiento se mantiene y también avanza en dirección a la parte alta de la cuenca, aunque en menor proporción. El impacto de la deforestación en esta área de recarga acuífera ha sido poco estudiado. En la ultima década, la ESPH ha apoyado sistemáticamente la investigación de aguas subterráneas desarrollada por el Laboratorio de Hidrología de la Universidad Nacional (UNA). Aunque ha habido un crecimiento urbano desordenado en la parte 4 baja, se conoce que en la parte alta de la microcuenca donde se ubican las fuentes de agua, las calidades fisicoquímicas y bacteriológicas son excepcionalmente buenas (Reynolds, 2005). La misma investigación alerta de las tendencias de crecimiento de sustancias como el nitrógeno y compuestos orgánicos volátiles en las aguas subterráneas de la cuenca baja, producto de la aplicación de fertilizantes usados en café, y de la proliferación masiva de tanques sépticos. De mantenerse esa tendencia, habría que descontinuar el uso de valiosas fuentes de agua. Sitio de toma de manantial Sitio de toma superficial Zona de protección Zona de captura N km 0 5 Fuente: ESPH Figura 1: Necesidades de protección de fuentes Afortunadamente para la ESPH, la investigación indica que este riesgo aun no afecta las microcuencas donde se ubican sus fuentes. No obstante, ello se convierte en un motivo de alerta y acción temprana para el monitoreo de aguas subterráneas en la cuenca alta donde se ubican algunas de las fuentes de agua. Actualmente, el abastecimiento del acueducto en Heredia también depende de un importante volumen de agua de gran calidad aportado por una serie de fuentes naturales como manantiales y ríos ubicados en la parte alta de las microcuencas locales (Figura 1). La ganadería y el café introdujeron importantes cambios en el paisaje de esta zona en el pasado, y la presión urbanística de la última década ha permitido la construcción de grandes desarrollos habitacionales sin servicios como alcantarillado sanitario y recolección de basura. Estos factores aunados, continúan representando una causa potencial de contaminación para el futuro abastecimiento de agua. La calidad del agua de estas fuentes se ve comprometida. Sacar de operación estas fuentes, implicaría sustituir esta producción con la construcción de pozos. Una consecuencia 5 de perder fuentes naturales como estas, es que el costo de hacer disponible el mismo volumen sería mucho más elevado debido a los costos e inversiones que conlleva la alternativa de pozos y los costos más altos de tratamiento. Estas fuentes naturales y de su potencial de producción de agua representan un valioso capital natural que amerita ser protegido a futuro, pues el costo de su protección es bajo y el beneficio social, económico y financiero generado es muy alto. La importancia social y económica que se deriva de la sostenibilidad futura de esos niveles de producción de agua, constituye el mejor argumento de la ESPH para justificar la inversión en la salud de las cuencas. Además de una creciente demanda de agua y riesgo inminente de degradación ambiental, debe considerarse los efectos de fenómenos climatológicos, como El Niño. La variabilidad climática afecta directamente a sistemas de acueducto como ESPH que dependen en gran parte del régimen de lluvia y de la recarga acuífera. Desgraciadamente, Costa Rica aún no ha desarrollado la capacidad nacional para evaluar y monitorear la recarga y extracción de agua de formaciones acuíferas. Esta falta de conocimiento se convierte en una seria amenaza contra la sostenibilidad de los acuíferos Ello agrega una mayor presión sobre la base del recurso hídrico existente en la zona y su capacidad para abastecer la demanda de los nuevos y múltiples usos y usuarios. Origen del Pago de Servicio Ambiental Hídrico (PSAH) Aunque Costa Rica ha logrado tener éxito en el acceso a agua segura y de calidad para la población, la vulnerabilidad de la mayoría de fuentes de agua para consumo humano, constituye un riesgo sanitario importante (Proyecto Estado de la Nación, 2003; Mora, 2002). El problema real del crecimiento urbano desordenado incrementa el riesgo de contaminación de fuentes de abastecimiento de agua para consumo. Los graves incidentes de contaminación de fuentes de agua reportados desde 2001, reflejan que el riesgo es inminente en las ciudades del área metropolitana (Proyecto Estado de la Nación, 2003). Estos hechos generan al país costos en salud (atención medica y medicamentos) y perdida de productividad (días laborales perdidos por afectados). Otros costos los representa la perdida de la fuente en si, ya que hay agua que no se factura, además de invertir en el reemplazo de la fuente y la cantidad de agua aportada. La ESPH considera que estos riesgos son prevenibles y manejables, a un costo menor que el de su mitigación. Con una estrategia de aversión a este tipo de riesgo, y considerando a las fuentes de agua como un capital natural de alto beneficio a un bajo costo, es que la ESPH se ha planteado acciones tempranas contra el cambio de uso del suelo para la protección integral de las fuentes de abastecimiento de agua. De esta forma, la protección forestal se ve como una inversión y no como un gasto. La Ley de Transformación de la ESPH (No.7789), de 1998, la responsabiliza de la conservación y uso racional del recurso hídrico en la provincia de Heredia, situación que la indujo a buscar mecanismos para la protección de las microcuencas que proveen el agua potable para abastecer las necesidades de sus clientes aprovechándose del amplio conocimiento existente sobre los servicios ambientales, 6 así como los recursos legales ya establecidos, como el programa de Pagos de Servicios Ambientales (PSA) administrado por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO). El marco institucional y legal en el cual se apoya la iniciativa de la ESPH es bastante amplio. Existe una serie de instrumentos legales y económicos contemplados en: la Ley Orgánica del Ambiente (1995), la Ley de Biodiversidad (1998), la Ley 7593 de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (1996) y la Ley Forestal 7575 (1996). En estas se reconocen los servicios ambientales que prestan la conservación de los bosques y otros ecosistemas al bienestar de la sociedad y la economía, así como la necesidad de valorarlos económicamente, y de cobrarlos usando entre otros medios la tarifa por agua potable. Siguiendo el principio de equidad social, esta legislación promueve que ese pago se debe revertir hacia propietarios, públicos o privados, quienes asumen los costos de la conservación, a manera de compensación monetaria por el costo de oportunidad de usos tradicionales de la tierra. Sin embargo, existía un vacío en cuanto al procedimiento a seguir para hacer efectivo el principio de quien se beneficia y usufructúa del recurso hídrico, debe contribuir a su protección. Conceptualmente se acepta la posibilidad de cobrar no sólo el servicio de administrar y transportar el agua hasta el consumidor, sino que además el costo asociado a proteger y manejar el bosque y/o los ecosistemas que intervienen en los procesos de captación e infiltración en el subsuelo, que brindan calidades físico-químicas y bacteriológicas adecuadas para el eventual abastecimiento para consumo humano. Con este elemento como meta, la ESPH adoptó e innovó el esquema tradicional de pago de servicios ambientales. Se aprovechó la existencia de un mercado local para agua que constituye el servicio de acueducto. El valor agregado consistió en establecer un mecanismo de pago de servicio ambiental a nivel local y para la conservación y protección de las fuentes de agua locales que se basara en la tarifa de acueducto. De tal forma, sería el usuario final del servicio ambiental, quien financie su conservación. Aprendiendo de las experiencias prácticas en el uso sostenible de la biodiversidad y de los mercados de carbono, la ESPH planteó que para la conservación de las fuentes de agua locales, era necesario adoptar una estrategia de ‘proteger, valorar, usar y pagar’. El reto implicaba ‘aprender haciendo’. Para el objetivo de la ESPH, una ventaja de implementar el PSAH consiste en la viabilidad de compartir el costo de la protección de las fuentes de agua con la población local beneficiada. De esta forma se apela a la participación ciudadana y se delega en los beneficiarios finales del acueducto una parte de la responsabilidad de la gestión de la salud de las fuentes de agua que les abastecen. Al desarrollar un esquema de pagos de servicios ambientales para protección de fuentes de aguas, la ESPH lograría parte de su objetivo sin imputar restricciones a los propietarios de los terrenos donde se encuentran ubicadas, y además les otorgaría un incentivo monetario directo y tangible. Así el PSAH se percibe como un mecanismo con el que quienes se benefician aguas abajo, compensen a aquellos aguas arriba por la protección del área que provee las aguas que consumen. 7 La experiencia del PSA impulsado por FONAFIFO desde 1997, había generado importantes lecciones en el desarrollo de arreglos institucionales y uso adecuado de instrumentos económicos y de política. La réplica a nivel local de esa experiencia, constituía para la ESPH un interesante reto y oportunidad para hacer operativa en una fase experimental, el aporte del servicio ambiental hídrico como un componente de manejo integrado de recurso hídrico en las microcuencas de interés. En general, aunque existía conocimiento del tema y amplia experiencia del FONAFIFO en lo relacionado a reforestación de cuencas, manejo de bosque y secuestro de carbono, no había experiencia paralela en materia de recurso hídrico. Estudios técnicos Un aspecto crucial era desarrollar una justificación técnica y económica de este valor. Sería la primera vez en Costa Rica en que se presentaba una intención formal de un proveedor de servicios públicos de introducir un beneficio o costo ambiental como parte de la estructura de una tarifa. Por lo tanto, se carecía de estudios previos que sugirieran aproximaciones para estimar el imperativo valor económico-ecológico de la función del bosque y ecosistemas en el ciclo hidrológico. Al no existir antecedentes de esa naturaleza, era necesario desarrollar una metodología para internalizar este tipo de rubro dentro de las tarifas para el abastecimiento de agua a los diferentes sectores usuarios. Un estudio técnico, “Estructura tarifaria ambientalmente ajustada: Internalización del valor de variables ambientales” (Barrantes y Castro, 1999), fue desarrollado para analizar los principales lineamientos a seguir en la definición del cobro del servicio ambiental hídrico, de tal manera que pudiera ser presentado y defendido ante la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP); entidad gubernamental responsable de regular los servicios públicos y de revisar, analizar y aprobar las tarifas de agua (además de las tarifas de electricidad, alcantarillado, teléfono, buses y taxis, hidrocarburos). Se utilizó como metodología la del costo de oportunidad y costos de sustitución. Los componentes del estudio fueron (a) cuantificación física de oferta y demanda, (b) valoración económica ecológica, (c) voluntad de pago y (d) políticas. La meta era expresar en valor monetario el costo de proteger la función de infiltración de agua del bosque o el de reforestar. La valoración del servicio ambiental en el estudio se fundamentó en el enfoque del costo de oportunidad del uso de la tierra para el valor de captación del bosque, mientras que el valor de recuperación y mantenimiento de cuencas se basó en el enfoque de costos de reemplazo, utilizando los valores de mercado de la recuperación de bosques en áreas de sobre-uso. El costo de oportunidad se estimó con base en el análisis de costos e ingresos de la producción ganadera en la zona de estudio, mientras que los costos de recuperación se basaron en estudios relacionados con costos de reforestación disponibles en estudios realizados por el Centro Agronómico Tropical (CATIE). Por su parte, el valor del agua como insumo de la producción fue estimado utilizando el enfoque de excedente del consumidor, para lo cual se calculó una curva de demanda específica para el agua en el sector reproductivo y el ordinario. Se tomó como base la información estadísticas de la ESPH en términos de tarifas y consumo, 8 así como la tasa de crecimiento en el consumo y las consideraciones de una elasticidad precio de la demanda de agua, con el fin de hacer las estimaciones del excedente del consumidor. Los resultados obtenidos fueron: valor de captación es de C2,70/m3 con base en el costo de oportunidad de la ganadería en la zona de estudio; el costo de protección y recuperación de laderas es de C4,89/m3 con base en los requerimientos para establecer la reforestación de cuencas y el valor del agua con insumo de la producción fluctúa entre C8,86/m3 y C11,45/m3, para un promedio de C10,52/m3, que se obtuvo aplicando el concepto de excedente del consumidor. Además, se hizo un estudio de disposición de pago fundamentado en el enfoque de valoración contingente, que permite conocer la viabilidad de un cambio en la tarifa hídrica ambientalmente ajustada. Para obtener la disposición de pago se realizó una encuesta al sector residencial por medio de teléfono considerando que la mayor parte de las residencias tienen el servicio de telefonía. La muestra considerada fue de 375, estratificada por los cantones servidos por la ESPH. Se preguntó al encuestado(a) si estaba dispuesto a pagar por la protección y conservación de agua en función de la conservación de las fuentes de agua de donde se abastecen los acueductos de la Empresa. Además, se preguntó cuánto estaba dispuesta a pagar adicional a la tarifa que actualmente estaba pagando por el servicio de acueducto. Aunque se hizo un análisis estadístico amplio, lo fundamental fue el promedio de pago, con el fin de tener una referencia del máximo nivel de pago y compararlo con los valores obtenidos con las técnicas de valoración empleadas anteriormente. En base a este estudio se determinó que la sociedad representada por el sector residencial estaba dispuesta a pagar C15.53/m3 en promedio. Los valores propuestos para el ajuste en la tarifa de agua representaban un monto mucho menor que la disposición de pago obtenida, lo que reflejaba una propuesta políticamente y socialmente factible. Durante el proceso de elaboración, el estudio de Barrantes y Castro fue consultado a la ARESEP, diversas instituciones relacionadas así como a la comunidad en audiencias publicas. Con los valores estimados para cada uno de los componentes de la tarifa, se desarrolló un modelo tarifario económico ecológico. En base a los resultados del estudio, se propuso un monto adicional de C2,70/m3 de agua consumido a ser cobrado a los usuarios de acueducto y que seria destinado a pagar un monto a propietarios de fincas con bosque por concepto de conservación o reforestación. Aprobación de la tarifa hídrica En Marzo del año 2000, cuatro meses después de haber sido presentada la solicitud ante la ARESEP, el ajuste ambiental en las tarifas de agua fue aprobada mediante la resolución RRG-1103 publicada en el Diario Oficial La Gaceta No.48 del 8 de marzo de 2000. Por primera vez en Costa Rica se recibía y se aprobaba una solicitud de este tipo. El monto aprobado fue de C1,90/m3 en las tarifa de acueducto, un impacto simbólico que incrementaba el cobro mensual en menos de C50/mes/familia (US$0,20). Solo se aprobó parte del monto original solicitado, considerando que no existían antecedentes o parámetros para evaluar, y que la 9 diferencia en monto requería demostrar una argumentación mucho más detallada. La innovación estriba en que el monto de pago no era basado solo en el costo de oportunidad del uso de la tierra, sino que asigna compensación monetaria a la función de captación de agua, el costo de recuperación de áreas de potrero. El monto debía ser asignado en su totalidad a PSAH y la contrapartida de ESPH debía cubrir los gastos de operación de la Unidad de Gestión Ambiental. La ARESEP condicionó la aprobación a que se estableciera un rubro diferenciado y explicito, llamado ‘tarifa hídrica’. El rubro debía estar separado del importe normal del acueducto, con el fin de facilitar la fiscalización y que los usuarios del agua reconocieran en el recibo el aporte adicional. Siendo un monto simbólico, y por razones de equidad con el ambiente, todas las categorías de usuarios deben pagarle independientemente de su condición social o económica Los montos de PSAH quedaron establecido en C23.000/ha/año para conservación de bosque y regeneración, y C300.000/ha/5años para reforestación El FONAFIFO planteó recursos legales que demandaban anular la aprobación o que los recursos les fueran asignados. Las demandas planteadas fueron rechazadas luego de ser analizadas por la ARESEP, pues no se logró comprobar que los pagos de servicios ambientales fueran una competencia única y exclusiva de FONAFIFO o que la iniciativa de ESPH les perjudicara. La legislación ambiental nunca estableció un monopolio estatal de PSA o competencias exclusivas al FONAFIFO. La ARESEP consideró que los montos de la tarifa hídrica eran modestos, y que el PSAH no compite o entra en conflicto con las funciones del FONAFIFO. Por el contrario, el PSAH constituye un complemento perfecto del PSA. Otro argumento fue que el FONAFIFO no tenía ingerencia o potestad en materia de regulación tarifaria. La tarifa hídrica esta sujeta al mismo reglamento de tarifas de la ARESEP que gobierna los servicios de agua o electricidad. Toda solicitud, revisión o modificación debe someterse a ARESEP por ley. El Programa de Pago por Servicio Ambiental Hídrico El objetivo perseguido mediante el PSAH es la conservación y recuperación de las microcuencas donde se ubican las fuentes de agua de ESPH. La meta es proteger a largo plazo la calidad del agua desde la fuente de origen y su zona de protección inmediata, así como mejorar la cobertura forestal en las zonas de recarga acuífera. Esta iniciativa resulta prioritaria, pues contribuirá en forma sostenible a: 1. proteger la salud pública mediante un mejor manejo del recurso hídrico; 2. aprovechar calidades y caudales importantes abastecidos naturalmente; y 3. sostener opciones de abastecimiento de agua de calidad más baratas que los pozos. La conservación del bosque en la cuenca alta promovida con el PSAH, contribuirá a proteger la calidad del agua de las fuentes contra los riesgos de contaminación y degradación producto de los cambios en el uso de la tierra. Reconociendo que esta zona también es una zona de recarga acuífera estratégica, el PSAH es fundamental para la recuperación de cobertura forestal en la gran zona de 10 influencia de las fuentes de agua de ESPH. Esta cobertura contribuirá a revertir el uso del suelo de pasto al uso potencial real de la zona. Además, contribuye a mejorar la salud del ecosistema actuando como un agente eficiente en la regulación del flujo hídrico. Esta función de regulación obedece a que el bosque genera un efecto esponja en la retención de agua al depositar en el suelo gran cantidad de materia orgánica. El sistema radicular permite una mayor y mejor infiltración, y disminuye la escorrentía superficial. La conversión de bosque a pasto u otros usos puede reducir drásticamente la capacidad de infiltración del suelo, dado que el volumen de recarga al subsuelo se favorece para aquellas áreas de la cuenca con mayor cobertura boscosa (Heuveldop y otros, 1986). Esto hace ver al bosque como una represa natural para la retención de agua en los períodos de precipitación, mejorando así la disponibilidad de agua durante un período. El área de la parte alta de la microcuencas es de unas 10.000 hectáreas aproximadamente. La ESPH estableció criterios hidrogeológicos para la protección de cada una de las fuentes (Figura 1). Este criterio es crucial para definir los grados de prioridad y la cantidad de área donde establecer los PSAH. Con base en esos criterios se han priorizado las intervenciones de la ESPH para el Pago por Servicios Ambientales. Ingresos A partir del 8 de marzo del 2000, entró en vigencia la aplicación del cobro por concepto de tarifa hídrica. Se generó unos C22 millones en el primer año, y unos C27- 28 millones anuales en los tres años siguientes. La tarifa hídrica se cobra mensualmente junto con los servicios de agua y electricidad. Los fondos recaudados entran a una cuenta específica y exclusiva para el PSAH. Tiene una contabilidad separada del servicio de acueducto. Los recursos se asignan al presupuesto de la Unidad de Gestión Ambiental para financiar las obligaciones adquiridas por PROCUENCAS, tal como los contratos de PSAH (Figura 2). Otras fuentes de financiamiento Comité Asesor Tarifa Fondo PROCUENCAS hídrica ESPH - PROCUENCAS Oficina ambiental Pago por servicio ambiental hídrico Figura 2: Esquema de administración de la tarifa hídrica y del PSAH 11 En 2004, la ESPH solicitó a la ARESEP un reajuste de la tarifa hídrica basado en una evaluación detallada de los primeros cuatro años. En Marzo de 2004 la ARESEP autorizo incrementar el monto de la tarifa hídrica a C3,80/m3 , el cual es vigente hasta la fecha. Aun aumentando 100%, el impacto que representa la tarifa hídrica en el cobro mensual total es cercano a un 1%. El incremento se justifico en la necesidad de aumentar los montos de pago de PSAH y de incrementar el área protegida. La aprobación del incremento fue, a la vez, un reconocimiento por parte de ARESEP del éxito del Programa de PSAH en su primera fase. Con la tarifa hídrica actual de C3.80/m3 y el consumo de agua potable suministrado por el sistema de acueductos, los ingresos promedio para este Programa de PSAH son del orden de los C58 millones anuales (Cuadro 4). Esta tarifa hídrica representa el 2,2% de los ingresos del acueducto, que son de aproximadamente C2.651 millones anuales. Cuadro 4: Ingresos del cobro de la tarifa hídrica y gastos del PSAH Tarifa Facturado por Ingresos e Gastos Saldo hídrica tarifa hídrica Intereses (‘000 (‘000 3 Año (C/m ) (‘000 colones) (‘000 colones) colones) colones) 2000 1,90 21.918 21.918 0 21.918 2001 1,90 26.749 27.607 130 27.477 2002 1,90 28.872 40.473 5.319 35.154 2003 1,90 28.570 38.756 53.459 -14.703 2004 3,80 52.934 62.353 49.153 13.200 2005 3,80 58.671 80.128 65.271 14.857 2006 3,80 61.109 85.531 71.621 11.910 Fuente: ESPH. De los recursos generados se han aplicado el 76%, con lo cual queda un remanente sin aplicar de C121 millones disponible, contabilizando el principal y los intereses que está generando el fondo. Como política desde 2006, la ESPH destina los remantes para realizar adquisiciones de terrenos directamente. Aspectos administrativos y fondo Una opción para implementar el PSAH habría sido de hacer un convenio con FONAFIFO. Sin embargo, los esfuerzos formales en la organización de la tarifa hídrica datan de 1998, tan solo dos años después de la creación de FONAFIFO. Cuando la tarifa hídrica y el PSAH salieron a la luz pública, los temas de acueducto, tarifas y servicios públicos eran una esfera ajena al PSA, que a la época se financiaba casi exclusivamente por el impuesto selectivo de consumo a los combustibles. La tarifa hídrica es parte de la tarifa de acueducto, y el PSAH se justifico como parte del costo de prestar el servicio de acueducto. En materia tarifaria, el operador es responsable de administrar y ejecutar los fondos de tarifa. La tarifa hídrica tiene un manejo y administración igual al de otras tarifas de servicios públicos, el cual es establecido y 12 regulado por la ley de ARESEP. Los recursos capturados por concepto de tarifa hídrica, son manejados directa y únicamente por la ESPH, como responsable legal en última instancia, de la administración del acueducto. La responsabilidad o los fondos de tarifa no son transferibles a terceros, como FONAFIFO. La ESPH desarrolló su propio programa, llamado PROCUENCAS, para implementar el PSAH. El programa PROCUENCAS es un programa local, autónomo y descentralizado ejecutado por la Unidad de Gestión Ambiental de la ESPH. Nació con anterioridad y su misión era para exactamente los mismos fines de proteger las fuentes de agua, con la diferencia de que no existía entonces la tarifa hídrica. Por eso su escala de trabajo era modesta y funcionaba a modo de extensión. No obstante, y desde mucho tiempo atrás, ya en la institución existía amplio conocimiento e información técnica y profesional sobre las tomas de agua y su situación. La existencia de PROCUENCAS también ayudó a la aprobación de la tarifa hídrica, pues la ARESEP consideró que ESPH tenía capacidad institucional, recursos humanos, técnicos e infraestructura necesaria para implementar el PSAH. Como parte de las obligaciones adquiridas con la aprobación oficial de la tarifa hídrica en 2000, la ESPH desarrolló en consulta con la oficina regional del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) un manual de procedimientos para detallar específicamente la reglamentación que rige la aplicación del PSAH. Con el propósito de compatibilizar el PSAH con la política nacional de servicios nacionales, se decidió tomar como base el reglamento oficial del MINAE y adaptarlo a las necesidades de la ESPH. Este reglamento para PSAH se oficializó mediante la publicación en el Diario Oficial La Gaceta No.129 de Octubre del 2002. El manual fue revisado y mejorado durante 2004 por un grupo forestal experto de FUNDECOR, una organización no gubernamental de amplia trayectoria en pagos por servicios ambientales. La versión actual rige desde su publicación en La Gaceta No.36, de febrero de 2005. Para supervisar la administración y ejecución de los fondos, se constituyó un Comité Asesor externo conformado por representantes de cada una de las municipalidades socias de la ESPH y dos representantes por ESPH designados por la Junta Directiva de ESPH (Figura 2). El director regional de MINAE participa en calidad de fiscal y el Director Ejecutivo del FONAFIFO en calidad de observador. La Unidad de Gestión Ambiental hace la promoción, recibe solicitudes de participación de propietarios de fincas, realiza los estudios y verifica la documentación en el registro, catastro y en el campo. Con estos requisitos cumplidos, se procede a la elaboración de mapas y plan de manejo, labor desempeñada por FUNDECOR. La oficina legal de ESPH prepara y formaliza el documento de contrato de PSAH. El contrato es firmado por el presidente de la Junta Directiva de ESPH. El programa PROCUENCAS es autosostenible financieramente con recursos generados por la tarifa hídrica. La tarifa hídrica se aprobó en su totalidad para el pago de PSAH, de modo que ESPH se hacia cargo de cubrir los costos administrativos y operacionales. La ESPH no cobra o deduce costos de administración y los cubre con sus propios recursos. La Unidad de Gestión Ambiental también esta a cargo de otras funciones además de PROCUENCAS, tal como educación y labores de gestión ambiental interna. Estos costos ya están cubiertos. Actualmente hay tres funcionarios. 13 En total, el funcionamiento de la unidad representa un 0.25% de los costos. La única deducción corresponde al pago de los servicios de regencia forestal prestados por FUNDECOR, tal como se indica en el Manual de Procedimientos. Para reforestación, no se cobra este concepto, ya que es un principio institucional de FUNDECOR. Arreglos de pagos Para asignar los fondos recaudados con el cobro de la tarifa hídrica, el Manual de Procedimientos para el PSAH, además de las recomendaciones técnicas de FUNDECOR, incorporó los criterios hidrogeológicos establecidos en el estudio para la protección de las fuentes de agua (Tecnoambiente, 2002). Las prioridades son las siguientes: 1. Todas las áreas de protección de las fuentes de agua superficial y de los manantiales aprovechados por ESPH y definidos en el estudio hidrogeológico 2. Las áreas de captura definidas para los manantiales, desde la captación hasta la divisoria de aguas 3. Las áreas aguas arriba de los manantiales o fuentes superficiales a los que no se les haya definido las áreas de protección, de ser posible hasta la divisoria de aguas 4. Las áreas seleccionadas desde los 1500 msnm. de las microcuencas por tipo de bosque zonas de vida establecidos por Holdridge, y por categoría uso del suelo establecida por ley. Las modalidades de proyectos que se compensan con el PSAH son: conservación de bosque, reforestación, plantaciones forestales establecidas con recursos propios y recuperación de áreas mediante la regeneración natural de bosque (Cuadro 5). Estas modalidades fueron adaptadas del esquema FONAFIFO para que hubiera compatibilidad con la política nacional. El área mínima a considerar en cualquiera de las modalidades es de una hectárea. Se pretendió que las fincas elegibles tuvieran el PSA oficial y el PSAH agregaría una capa adicional de beneficio por concepto hídrico. De esta forma el nivel de compensación seria más alto y suficientemente atractivo. No obstante, y debido a la critica disponibilidad de fondos que enfrentaba FONAFIFO por el desvió del impuesto selectivo a combustibles que les financiaba, el MINAE regional considero que el PSA y el PSAH debían ser excluyentes. Los contratos son totalmente voluntarios. Los montos iniciales de PSAH desde el año 2000 fueron establecidos en C23.000/ha/año para conservación de bosque y C150.000/ha/año para reforestación. Cuando la tarifa hídrica ascendió a C3,8/m3 en 2004, el monto a pagar en la modalidad de conservación de bosque, regeneración natural de bosque y plantaciones forestales establecidas con recursos propios subió a C47.720/ha/año. En la modalidad de reforestación el monto establecido es de C443.623/ha/5 años, distribuido 50% para el primer año, 20% para el segundo año, y 10% en cada uno de los 3 años restantes. Los nuevos montos, se determinaron por medio de un estudio de recalificación de la tarifa hídrica, en el cual se generaron diferentes escenarios de cobertura de PSAH (Vega y otros, 2003). Los contratos que 14 fueron firmados con los montos originales, fueron modificados para recibir los nuevos montos autorizados. Esta decisión se hizo por razones de equidad y competitividad y para lograr compromiso de largo plazo. Cuadro 5: Modalidades del PSAH Monto de pago Duración Modalidad (Colones/ha) (años) Requisitos Observaciones Conservación 47.720/año 10 Titulo de propiedad de bosque Plano catastrado Regeneración Plan de manejo Cedula Obligaciones al día Reforestación 443.623/5 años 15* Titulo de propiedad Si la reforestación alcanza Plano catastrado un desarrollo aceptable Plan de manejo después del 5to año, Cedula puede cambiar a Obligaciones al día modalidad de conservación Notas: * El plazo es 10 años si es para restauración del ecosistema ; en el caso de plantaciones establecidas el plazo es 5 años Es fundamental comprender que la ESPH pretende mantener los bosques existentes y ampliar la cobertura forestal actual. Por lo tanto, los montos de pago responden a los costos de oportunidad de ese uso del suelo. Actualmente la ganadería en la zona es muy marginal. sin embargo, recientemente en la zona compite un agresivo mercado de bienes raíces, un uso del suelo muy valioso contra el cual el PSAH claramente no puede competir. La vigencia del contrato es de 10 años para la modalidad de conservación de bosque y regeneración natural de bosque. En el caso de las plantaciones establecidas con recursos propios la vigencia del contrato es de no menos de 5 años ya que el plazo será establecido de acuerdo con las recomendaciones técnicas de la Unidad de Gestión Ambiental de la Empresa. En la modalidad de reforestación la vigencia del contrato es de 15 años en caso de que ésta sea destinada a aprovechamiento comercial de la madera, y de 10 años en caso de que no se destine a aprovechamiento comercial de la madera. Todas las modalidades de contrato son renovables, pues interesa a la ESPH que para la calidad de agua la fuente esté protegida por largo plazo. Los contratos de conservación de bosque y de regeneración natural de bosque pueden ser renovados previo consentimiento del beneficiario y de la unidad de Gestión Ambiental. En el caso de la reforestación con fines de restauración ecológica, una vez vencido el plazo del contrato ésta puede aplicar a la modalidad de conservación de bosque o de regeneración natural. Pueden recibir pagos las personas físicas o jurídicas que deseen someter voluntariamente sus fincas a cualquiera de las modalidades señaladas anteriormente, a cambio de cumplir con el plan de manejo que se defina, el manual de procedimiento y el contrato de PSAH que se firme. Las solicitudes pueden presentarse 15 de manera individual o grupal, en cuyo caso se debe delegar la representación legal y que se autorice la afectación de una de las propiedades a considerar en el PSAH, para que se puedan realizar los trámites correspondientes. De acuerdo al manual vigente, los planes de manejo y regencias son ejecutados por FUNDECOR. Anteriormente, esto quedaba a discreción del propietario, pero resultó ineficiente. Los planes de manejo son inscritos ante el Colegio Profesional respectivo. El pago de PSAH es por año adelantado. El primer año se paga después de la formalización del contrato, y los subsiguientes años se pagan al inicio de cada periodo. El cumplimiento de los contratos es vigilado por las partes involucradas. Para un monitoreo transparente y verificación de un tercero, la ESPH estableció un convenio con FUNDECOR para la regencia forestal. Cada año se realiza una visita al campo con el regente forestal. Con base en el informe, la Unidad de Gestión Ambiental tramita la solicitud de un cheque a favor del beneficiario. En caso de que haya algún incumplimiento o irregularidad, el pago queda sujeto al cumplimiento de la recomendación hecha por el regente. Los incumplimientos son mas la excepción que la regla, y en general se corrigen a satisfacción de la ESPH. Aun existen fincas y practicas tradicionales en la zona. Se evaluó las posibilidades de su participación y de diversificar las categorías de PROCUENCAS mas allá del sesgo forestal que imperaba. Algunas fincas son elegibles por su ubicación pero no tienen una masa forestal. En procura de fomentar mejores prácticas agrícolas, se inició con un pequeño proyecto piloto de biodigestores de flujo continuo para lecherías y porquerizas, con el fin de introducir una cultura de manejo de desechos animales para controlar y reducir su incontrolada contaminación a la calidad de aguas superficiales y subterráneas. Un beneficio socioeconómico importante consiste en el aprovechamiento de biogas, como una fuente de energía limpia y renovable generada en forma autosuficiente, y en gran cantidad de abono orgánico. El potencial de ahorro es importante para la economía familiar y a la vez que se cumple con una mejoría en el desempeño y en calidad ambiental. Para fortalecer la implementación de PSAH se ha formalizado arreglos institucionales que han permitido establecer alianzas estratégicas para el cumplimiento de los objetivos propuestos. Entre las alianzas se destaca las firmadas con FUNDECOR que incluye a FONAFIFO. El Acuerdo Marco con FUNDECOR, firmado en marzo de 2002 se desprende de un acuerdo entre FUNDECOR, FONAFIFO y la empresa Florida Ice & Farm, propietaria de la Cervecería Costa Rica, Bebidas Tropical y agua Embotellada Cristal. Este acuerdo tripartito se hizo para la protección y regeneración natural del bosque en área de 1000 ha en la parte alta de la microcuenca del Río Segundo, traslapando una de las cuencas de interés de ESPH. Reconociendo su condición de un gran usuario de agua de esa cuenca, la Florida Ice & Farm aporta al FONAFIFO la cantidad de US$272.727 para PSA para un plazo de 7 años. FUNDECOR se encarga de la promoción e identificación de fincas participantes, regencia forestal y asistencia técnica; y FONAFIFO administra los fondos. Por la compatibilidad de objetivos e intereses comunes, se firmó un acuerdo con ESPH para implementar conjuntamente el PSA en la cuenca del río Segundo. Las fincas con bosque ubicados en esta zona, que participan en la modalidad de protección de y/o recuperación del 16 bosque, obtienen un monto de US$67/ha/año durante un período de 5 años. Con recursos del acuerdo, FONAFIFO paga US$45/ha/año y la ESPH paga $22/ha/año. Reconociendo que el Parque Nacional Braulio Carrillo ya protege 373 hectáreas de bosque en la parte más alta de las cinco microcuencas de interés, se canalizaron esfuerzos para concretar un convenio entre la ESPH y el MINAE. Otra innovación del PSAH consistió en romper la exclusividad para propietarios privados, y abrir oportunidades de pago de servicios ambientales a propietarios públicos como los parques nacionales. No obstante, dicho convenio ha llevado varios años para tramitarse ante la entidad de gobierno encargada de refrendarlo. Su formalización aun esta pendiente. Área cubierta Con los fondos recaudados a la fecha de la tarifa hídrica se han destinado para la conservación de 1.173 hectáreas (Cuadro 6). El Programa incorpora en promedio unas 200 hectáreas nuevas cada año de contratos y compras de tierra. Estos esfuerzos han podido cubrir cerca de una tercera parte de las áreas identificadas como criticas. Cuadro 6: Área conservada con recursos de la tarifa hídrica, 2006 No. de Área Tipo de actividad contratos (hectáreas) a PSAH Conservación 20 760 PSAH Reforestación 4 5 PSAH Plantaciones establecidas 2 4 Subtotal 26 768 Compra de terrenos 3 22 Convenio PN Braulio Carrillo 1 373 Total 1173 a Notas: Incluye el convenio ESPH-FONAFIFO-Fundecor-Florida Ice & Farm que cubre 311 ha. Fuente: ESPH Los contratos de PSAH son 26 y abarcan una superficie de 768 ha. La modalidad imperante es la de conservación de bosque (Cuadro 6). Este modalidad resulta conveniente puesto que representa pocos gastos al propietario. El contrato reforestación enfrenta la dificultad de que el potencial de la actividad en la zona es muy limitado para efectos productivos. Las especies maderables aptas no son comercialmente valiosas y son maderas de calidad secundaria, como el Jaul. Otra limitante es que aunque el monto de pago es superior al de conservación, el propietario debe invertir en comprar los insumos necesarios así como pagar servicios profesionales para establecer la plantación. Esta situación resulta poco atractiva. Advirtiendo estos obstáculos, el nuevo Manual de Procedimiento fue modificado procurando eliminarlos. El primer cambio fue estimular la reforestación con especies nativas para restauración del ecosistema, algo mas congruente con el propósito del Programa. Si la reforestación muestra un desarrollo satisfactorio después del quinto 17 año, el contrato puede ser cambiado por uno de conservación de bosque, el cual tiene mayores ventajas. El segundo cambio consistió en abrir la participación para un gran número de plantaciones ya establecidas de jaul y ciprés principalmente, lo cual tiene mejor potencial de aceptación y resulta mas realista en la zona. Fincas en la zona que tuvieron el PSA del FONAFIFO, se han trasladado a ESPH por contrato no renovados y para percibir montos mayores. Cerca de 300 ha gozan de contratos que son cubiertos parcialmente por recursos de ESPH y fondos de Florida Ice & Farm administrados por FONAFIFO. Aunque rural, la zona es lo suficientemente cercana al área metropolitana como para ser influenciada por el pujante mercado de bienes raíces. Estas características han limitado la participación de fincas elegibles, puesto que muchos propietarios tienen serias expectativas de vender la propiedad y prefieren mantener la finca libre de compromisos que puedan afectar una eventual oportunidad de venta. El PSAH tiene la flexibilidad de que puede ser transferido al nuevo propietario, y en última instancia, ser finiquitado. Algunas fincas tienen problemas de registro y/o catastro que requieren ser resueltos previo a su inscripción en PSAH. Es común encontrar en esta situación a propietarios que han heredado una o mas fincas, o a fincas con herederos o propietarios en desacuerdo. Hay fincas con buena ubicación, pero con fragmentada o ninguna cobertura forestal, lo cual dificulta su participación. Esto evidencia la prevalencia de un serio sesgo forestal y las oportunidades de ampliar la participación con mejores practicas agrícolas. Además de los contratos de PSAH, los recursos de la tarifa hídrica se han destinado a la compra de terrenos y a convenios para protección de las áreas de interés. Se han realizado compras de propiedades donde físicamente se ubican las captaciones de agua de ríos, debido a que estas tienen la mayor vulnerabilidad a contaminación y un nivel de prioridad de protección más alto. Mediante la compra de estos terrenos, la ESPH asegura en forma mayor y a largo plazo la protección. La compra es una opción excepcional, ya que unas cuantas hectáreas pueden concentrar la mayoría de los recursos de la tarifa hídrica capturados durante el año, y causar desequilibrio en el flujo financiero. Dos compras han sido directas y una se hizo mediante un préstamo bancario. Lecciones Aprendidas La experiencia de la ESPH constituye un ejemplo concreto y exitoso de lo que es posible realizar en un país tropical y en desarrollo, para encausar la participación de un gran agregado de la ciudadanía dentro de la corriente del pago de servicios ambientales que inciden directamente en su bienestar. Este caso descubre el potencial existente en los servicios públicos, tales como acueductos y plantas hidroeléctricas, para establecer y consolidar una fuente de financiamiento estable para proyectos de conservación de cuencas hidrográficas orientados a la protección del agua como un activo natural. Aunque el debate teórico y metodológico sobre servicios ambientales es abundante, los casos con aplicación práctica son muy escasos. La ESPH aporta innovación en esta área. La implementación de la tarifa hídrica muestra un ejemplo 18 real mediante el ‘aprender haciendo’. La ESPH aprovechó los instrumentos de la política ambiental y creó un ‘know how’ sobre cómo internalizar los beneficios de los servicios ambientales en las tarifas de servicio de acueducto. La introducción del ajuste ambiental a la tarifa de agua tiene una implicación financiera para usuarios del agua que se traduce en el cobro adicional de un valor monetario directo y tangible. Este monto adicional es relativamente bajo y no representa una carga onerosa a las familias o empresas. Todas las categorías de usuario pagan este monto en forma equitativa. El éxito de la tarifa hídrica en Heredia incidió como base para que el MINAE rediseñara el canon de aprovechamiento de aguas y su aplicación a nivel nacional en 2006. Un factor importante del caso de ESPH reside en la confianza colectiva en la institución local. La ESPH es un modelo descentralizado, con competencia y poder de decisión a nivel local. La tarifa hídrica es un mecanismo simple pero que goza de una alta seguridad de que los fondos recaudados serán destinados al propósito para el cual fueron cobrados. Esta condición de obligatoriedad queda establecida al igual que para las otras tarifas de servicios públicos prestados por la institución. La auditoria regular a la que queda sujeta la institución, brinda una mayor transparencia. El servicio de acueducto depende de los recursos hídricos disponibles en el entorno local e inmediato. La tarifa hídrica goza del apoyo y aceptación de la población debido a que a nivel popular se sabe que la región goza de una singular riqueza de agua subterránea. La iniciativa despertó el interés colectivo en participar activamente en la conservación del patrimonio natural. Esta serie de condiciones locales favorables, influenció en buena medida la voluntad de pago. La tarifa hídrica y el pago de servicios ambientales representan una relación costo – beneficio positiva. El costo de financiar la protección de sus fuentes de agua es comparativamente bajo con el beneficio de mantener la calidad del agua desde la fuente de origen. La institución cubre los costos administrativos y operativos de forma tal que la totalidad de los fondos recaudados son invertidos exclusivamente en compensar a los propietarios de bosques aguas arriba. Esta iniciativa complementa el esfuerzo nacional en pago de servicios ambientales. Las reglas y funcionamiento son básicamente los mismos establecidos para el programa de gobierno. En el caso de Heredia se han podido generar sinergia con otras instituciones locales y nacionales que tiene objetivos compatibles. En al ámbito internacional ha servido de motivación para impulsar iniciativas similares y para difundir el cómo se puede avanzar en este proceso de consolidación de mecanismos exitosos para la conservación. La tarifa hídrica complementa pero no sustituye el ordenamiento territorial ni los estándares de calidad de agua oficialmente establecidos. En este sentido, es simplemente un instrumento económico que aplica la ESPH para sustentar las actividades de conservación para sus fuentes de agua que abastecen el acueducto para brindar el servicio a sus usuarios. 19 Referencias bibliográficas Barrantes, G., y E. Castro. 1999. “Estructura tarifaria hídrica ambiental ajustada: Internalización del valor de variables ambientales.” Heredia: ESPH. Heuveldop, J., J. Pardo Tasies, y S. Quiroz. 1986. Agroclimatología Tropical. San José: Editorial UNED. Mora, D. 2002. “Programa nacional de mejoramiento de la calidad del agua para consumo humano.” Tres Ríos: Laboratorio Nacional de Aguas, AyA. Mora, D., y F. Portuguéz. 2003. “Situación de cobertura y calidad del agua para consumo humano en Costa Rica al año 2002.” San José: Laboratorio Nacional de Aguas, AyA. 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