69165 Competitividad en Costa Rica Mejora Regulatoria RECONOCIMIENTOS Este reporte fue preparado por un equipo dirigido por Laura Frigenti y liderado por Thomas Haven. El equipo estuvo constituido por Eduardo Alonso (autor principal), Matilde Bordon, Sunita Varada, y Leyla Castillo. El equipo se benefició de la guía y contribución de Lily Chu, J. Humberto Lopez, José Luis Guasch, Jean-Pierre Cristophe Chauffour, e Itzhak Goldberg. Junio 2010 1 COMPETITIVIDAD EN COSTA RICA: MEJORA REGULATORIA �NDICE Resumen Ejecutivo........................................................................................................................ 3 A. Introducción ............................................................................................................................ 6 B. Marco Legal e Institucional para la Mejora Regulatoria .................................................... 7 La Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos ...... 8 Disposiciones Legales Adicionales............................................................................................. 8 C. Avances en Mejora Regulatoria............................................................................................. 9 Proyectos de Simplificación y Agilización de Trámites y Procedimientos ................................ 9 Prevención en el Desarrollo de Nuevas Regulaciones .............................................................. 11 Desarrollo de una Cultura de Mejora Regulatoria .................................................................... 11 Proyectos de Ley para Fortalecer la Mejora Regulatoria.......................................................... 11 Ministro de Competitividad y Mejora Regulatoria ................................................................... 12 Gobierno Digital ....................................................................................................................... 12 Análisis de los Avances en Mejora Regulatoria ....................................................................... 13 Lecciones Aprendidas ............................................................................................................... 17 D. Conclusiones y Recomendaciones ........................................................................................ 19 Referencias................................................................................................................................... 23 LISTA DE ANEXOS Anexo 1: Síntesis De Los Proyectos en Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites ....... 25 Anexo 2: Funciones de la Comisión de Mejora Regulatoria, su Integración y Funciones de la Unidad Técnica de Apoyo ............................................................................................................ 28 Anexo 3: Funciones de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, del Departamento de Mejora Regulatoria y del Departamento de Reglamentación Técnica ............. 30 Anexo 4: Los Aspectos Más Importantes de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos ......................................................................................... 34 Anexo 5: Logros en Mejora Regulatoria ...................................................................................... 35 Anexo 6: Funciones del Funcionario de Enlace Institucional de la Mejora Regulatoria y Simplificación de Tramites ........................................................................................................... 43 LISTA DE RECUADROS Recuadro 1: La Importancia de la Institucionalización en Reformas Regulatorias en México .... 15 Recuadro 2: Desarrollo de una cultura de mejora regulatoria – practicas internacionales ........... 20 2 RESUMEN EJECUTIVO 1. El presente documento es el primero de una serie de tres informes, preparados por el Banco Mundial a petición del gobierno de Costa Rica como una profundización del estudio ‗Competitividad de Costa Rica: Diagnóstico y Recomendaciones’ (Reporte No. AAA39 – CR) y que fue entregado al gobierno costarricense en Junio de 2009. El objetivo de estos informes es obtener una comprensión más amplia de los problemas concretos planteados dentro del estudio de competitividad, que permitan a su vez trabajar en la construcción de una agenda clara para enfrentar los nuevos desafíos de un crecimiento y desarrollo sostenidos. 2. A la vez que se reconoce el buen desempeño económico de Costa Rica dentro de los países de la región, en el estudio de competitividad se destacan los principales elementos que impiden la obtención de resultados similares al observado en economías de alto crecimiento. Los niveles de pobreza y desempleo, aunque inferiores a los promedios de América Latina, han demostrado ser difíciles de mejorar en los últimos 15 años. Así mismo, la desaceleración mundial experimentada en el período reciente ha dejado claro que las condiciones mundiales no siempre serán favorables y propicias para el crecimiento, lo que refuerza la necesidad de mejorar la competitividad y la productividad como forma de aumentar la tasa de crecimiento del país. 3. Un análisis del tamaño, estructura y recursos de la economía de Costa Rica validan la decisión del gobierno de aplicar una estrategia de crecimiento basada en las exportaciones y servicios. El éxito de esta estrategia, combinada con el enfoque en el sector turismo está fundamentada en siete pilares: i) el acceso a los mercados, ii) el entorno empresarial/clima de inversión (incluyendo regulaciones de negocios), iii) el desarrollo de la oferta exportable, iv) la logística/transporte para facilitar la distribución de productos y servicios, así como infraestructura complementaria, v) los instrumentos financieros para apoyar las exportaciones, vi) los esfuerzos de inclusión social que integran las micro, pequeñas y medianas empresas en exportaciones y cadenas de valor, y vii) la existencia de instituciones apropiadas para dirigir y apoyar la estrategia. 4. De este modo, el presente informe parte de las recomendaciones del estudio de competitividad y amplía el análisis en el área de regulación para los negocios y estrategias para una mejora regulatoria en Costa Rica. Esto es complementado con otros dos informes paralelos que se enfocan en áreas que el gobierno también ha identificado como fundamentales: i) innovación, y ii) armonización de los diferentes tratados de libre comercio firmados por el país. 5. La mejora regulatoria o simplificación y agilización de trámites es un tema que, en Costa Rica, está presente en la Constitución Política, en la Ley General de la Administración Pública y en diversas leyes específicas para el fomento del sector privado. En los últimos años el tema ha adquirido una mayor relevancia, por sus efectos sobre la competitividad de las empresas dentro del contexto de la apertura económica y comercial, la promoción de exportaciones, la atracción de inversión extranjera directa y, en general, como elemento dinamizador de las actividades productivas del país y del mejoramiento del bienestar del ciudadano. 6. Por ello, la mejora regulatoria ha sido objeto de acciones públicas específicas en los últimos años, más allá de los compromisos de liberalización económica en la Organización Mundial del Comercio (OMC). Se ha promulgado legislación y se ha creado una institucionalidad alrededor 3 de la mejora regulatoria, acompañada de elementos operativos (Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), y promulgación de varios reglamentos y directrices presidenciales). 7. A pesar de que los avances son notorios, la maraña de trámites y procedimientos persiste, limitando la competitividad nacional y haciendo difícil el buen desempeño de las empresas. Los avances se dan sólo en la agilización de trámites para la construcción de viviendas unifamiliares y en algunas municipalidades, sin que se haya logrado agilizar, y mucho menos simplificar, los trámites para todo otro tipo de construcción, tales como edificios multifamiliares, proyectos industriales, de turismo y de servicios. La formalización de empresas sólo se ha agilizado para empresas de bajo riesgo, igualmente en pocas municipalidades, pero no para las empresas de moderado y alto riesgo sanitario y ambiental. A pesar de los esfuerzos que se han desarrollado para asistir a las instituciones públicas en una mejora regulatoria más generalizada, la resistencia al interior de entidades como el Ministerio de Salud, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado (ICAA) y la Secretaría Técnica Nacional del Ambiente (SETENA), para citar solamente las más complejas, ha impedido un impacto mayor y más visible de la mejora regulatoria. 8. Una mayor voluntad de la más alta autoridad política del país es sin duda un requisito para una mejora regulatoria generalizada y notoria. Además, se requiere mejorar la efectividad de la legislación y de la institucionalidad creadas. Actualmente, la legislación no es efectiva porque no contiene sanciones al funcionario por incumplimiento de la ley; por ello se han presentado proyectos de reforma a la ley existente incluyendo mecanismos sancionatorios. Sin embargo, aún así la legislación puede ser inefectiva, pues depende de que el administrado—empresa o individuo particular—presente una denuncia, lo que a menudo no sucede por temor a represalias en trámites futuros. Tampoco existe una entidad que vele por la protección al ciudadano de manera vinculante. 9. Con respecto a la institucionalidad, ésta no parece ser adecuada, pues se le ha asignado el tema a un ministerio que lidera un proceso ―entre iguales‖, lo que ha demostrado ser una debilidad para implementar decisiones Además, el MEIC tiene a su cargo muchas otras actividades que distraen la atención de un tema que requiere de mayor dedicación de las altas autoridades. 10. La mejora regulatoria es un tema que debe adquirir la máxima prioridad política; tanto los funcionarios públicos, la empresa privada y la sociedad civil así lo reconocen y lo demandan. Para dar un nuevo impulso a la mejora regulatoria en Costa Rica se recomienda proceder de la siguiente manera: a. Declaración de la mejora regulatoria como de la más alta prioridad del Gobierno, acompañada de la voluntad política al más alto nivel, esto es, a nivel del señor(a) Presidente de la República. b. Hacer de la mejora regulatoria una política de estado, con una institucionalización eficaz. El Ejecutivo debe designar a un funcionario que, más que un alto cargo, tenga la autoridad y el respaldo requerido para su gestión. Ésta debe culminar con una institucionalización efectiva del proceso—una especie de ―Ombudsman‖ de la mejora 4 regulatoria. La institucionalización debe ser independiente, y cuyos lineamientos, criterios y directrices, sean de carácter vinculante, fijando procedimientos y controlando su ejecución con un enfoque de mejores prácticas. Existen suficientes diagnósticos sobre las necesidades de mejora regulatoria, prioridades, mapeos de las regulaciones y propuestas de simplificación. Se trata de sistematizar la información existente, establecer prioridades, definir un Plan de Acción, con ruta crítica, grupos de trabajo, procesos de consulta amplios, verificación de la veracidad y necesidad de las regulaciones. También, se debe elaborar reformas a leyes existentes, establecer plazos realistas de cumplimiento y responsables, dar seguimiento, y monitorear, entre otros, además de construir paulatinamente la institucionalidad, capaz de implementar el plan efectivamente y poder darle seguimiento en el futuro. c. Disponibilidad de recursos humanos y financieros. Debe disponerse de recursos humanos y financieros adecuados y suficientes, pues su escasez ha sido uno de los puntos débiles en la implementación de la mejora regulatoria. La tarea es de grandes dimensiones y requerirá de mucho esfuerzo para lograr los objetivos deseados. En ese sentido, la cooperación internacional podría jugar un papel en la asistencia técnica y financiera requerida para impulsar efectivamente la mejora regulatoria en el país en el corto plazo. Pero, para garantizar su continuidad en el futuro, se necesita financiamiento permanente del gobierno. 5 A. INTRODUCCIÓN 1. La mejora regulatoria, también conocida como simplificación y agilización de trámites para la obtención de permisos de diversa índole por parte de los ciudadanos y de las empresas es un tema que, en Costa Rica, está presente en la Constitución Política, en la Ley General de la Administración Pública y en diversas leyes específicas para el fomento del sector privado. En los últimos años el tema ha adquirido una mayor relevancia, por sus efectos sobre la competitividad de las empresas dentro del contexto de la apertura económica y comercial, la promoción de exportaciones, la atracción de inversión extranjera directa y, en general, como elemento dinamizador de las actividades productivas del país y del mejoramiento del bienestar del ciudadano. 2. Existe un sentimiento generalizado de que en Costa Rica se ha acumulado una excesiva cantidad de trámites para la obtención de permisos y autorizaciones, acompañada de una gran complejidad y falta de claridad en los mismos. Ese sentimiento se basa en la experiencia, día a día, con el procesamiento de todo tipo de trámites, sean para la obtención de un pasaporte, la obtención de una licencia para conducir, el reemplazo de placas para los automóviles, el establecimiento de nuevas empresas, la actualización de permisos de operación de empresas existentes y la obtención de permisos de construcción, entre muchos otros. 3. La excesiva cantidad de trámites y su complejidad genera inseguridad jurídica en el administrado (empresa o individuo particular), propicia la corrupción y fomenta la informalidad, afectando negativamente la competitividad del aparato productivo y el desarrollo económico y social del país. Los trámites son, en general, engorrosos, los requisitos son múltiples, existe incertidumbre acerca de ellos y el tiempo que se requiere para la tramitación de permisos, inseguridad en cuanto a qué otro requisito pedirá el funcionario al solicitante para tramitar determinada solicitud, duplicidad de requisitos exigidos por las diferentes instituciones, y en general, falta de claridad en los procesos respectivos. Todo ello ha sido manifestado por las diferentes personas e instituciones entrevistadas para la realización del presente trabajo y reconocido por las entidades encargadas de la mejora regulatoria en el país. 4. Por ello, la mejora regulatoria ha sido objeto de acciones públicas en los últimos años. Las primeras se emprendieron en los años ochentas, eliminando controles y regulaciones que impedían la competencia en el sector financiero. También se creó la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), centralizando, agilizando y simplificando los trámites de exportación. Con la adhesión del país al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) en el año 1990, se redujeron los aranceles a las importaciones y se eliminaron las licencias de importación, proceso que fue reforzado con la suscripción del Acta Final de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, con lo cual el país se adhirió a la Organización Mundial del Comercio (OMC) y a los compromisos de mayor liberalización comercial que ello implica. 5. Las acciones para la mejora regulatoria han contemplado múltiples dimensiones para mejorar la competitividad. En el año 1995 se promulgó la Ley de Promoción de la Competencia y Protección Efectiva del Consumidor, eliminando trámites y excepciones que obstaculicen el 6 comercio y creando la Comisión para promover la Competencia.1 En los años siguientes, se abordó el tema de la mejora regulatoria dentro de un contexto más amplio. En la Administración Figueres Olsen (1994–1998) se creó la primera Comisión de Desregulación para Simplificar Trámites Burocráticos. En la Administración Rodríguez Echeverría (1998–2002) se creó el Programa de Simplificación de Trámites, como una unidad técnica para la simplificación de trámites.2,3 En la Administración Pacheco de la Espriella (2002-2006) se promulgó la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos4 y se reformó la Ley de Promoción de la Competencia y Protección Efectiva del Consumidor,5 creando la Comisión de Mejora Regulatoria, como órgano consultivo adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), ente rector, y en el año 2005 se creó la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica en el MEIC,6 como Unidad Técnica de apoyo a la Comisión Reguladora.7 En la Administración Arias Sánchez (2006–2010) se creó el Consejo Nacional de Competitividad, presidido por el Ministro del MEIC, y compuesto por los Ministros del sector económico y los Ministros de Ciencia y Tecnología, Obras Públicas y Transportes, Educación, y de Planificación y Política Económica. También se creó un Consejo Consultivo, compuesto por miembros del sector privado, como órgano asesor y de consulta. Asimismo, el Presidente nombró un Ministro de Competitividad y Mejora Regulatoria. 6. Todos estos esfuerzos sólo atendieron algunos aspectos para la mejora regulatoria, por lo que algunos trámites siguen siendo engorrosos. Para la obtención de efectos generalizados y sostenibles es necesario la combinación de voluntad política, arreglos institucionales, y una legislación adecuada. 7. En las siguientes secciones se revisan los avances en materia de mejora regulatoria que se han logrado en los últimos años, y se hace un análisis de porqué los esfuerzos anteriores no han sido suficientes. El trabajo se apoyó en la revisión de la legislación existente, documentos nacionales e internacionales sobre el tema, y entrevistas con funcionarios de Gobierno y del sector privado. B. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL PARA LA MEJORA REGULATORIA 8. La Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, la Comisión de Mejora Regulatoria y su Unidad Técnica crean el marco legal e institucional 1 Artículo 3 de la Ley de Promoción de la Competencia y Protección Efectiva del Consumidor, enero 1995. 2 Para una descripción detallada del contenido y los logros del Programa de Simplificación de Trámites, véase Barrantes, G., Mejora Regulatoria: Pequeñas Reformas de Gran Impacto y Villalobos, V., La experiencia en Costa Rica: Casos de Mejora Regulatoria. En: La Mejora Regulatoria en Costa Rica. Editor: Ronulfo Jiménez. Academia de Centroamérica, 2001. 3 En el Anexo 1 se presenta una síntesis de los proyectos de mejora regulatoria y simplificación de trámites de enero 1999 a junio del 2001. 4 Ley No. 8220 de marzo del 2002. 5 Ley de Contingencia Fiscal, No. 8343, diciembre del 2002. 6 Decreto Ejecutivo No. 32475, Reglamento de la Ley Orgánica del MEIC, Mayo 2005. 7 En el Anexo 2 se presentan las funciones de la Comisión de Mejora Regulatoria, su integración, y las funciones de la Unidad Técnica de apoyo. En el Anexo 3 se presentan las funciones de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica. 7 requerido para la mejora regulatoria en el país. En la Administración Arias Sánchez se emitió una Directriz Presidencial “Sobre el Deber de Vigilar el Buen Funcionamiento de los Servicios y Dependencias Administrativas para la Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites,‖8 y se promulgaron el Reglamento sobre los Programas de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites dentro de la Administración Pública9 y el Reglamento sobre el Catálogo de Trámites y Plataformas de Servicio.10 LA LEY DE PROTECCIÓN AL CIUDADANO DEL EXCESO DE REQUISITOS Y TR�MITES ADMINISTRATIVOS 9. La Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos establece disposiciones para evitar duplicidades, impedir que se solicite información no requerida por ley y evitar la presentación de la misma información ante entes distintos. Esta Ley es de acatamiento obligatorio para toda la Administración Pública, central y descentralizada, incluyendo instituciones autónomas y semiautónomas, órganos con personalidad jurídica instrumental, entes públicos no estatales, municipalidades y empresas públicas, con excepción de los trámites en materia de Estado y de seguridad. En el Anexo 4 se presentan los aspectos más importantes de esa ley. DISPOSICIONES LEGALES ADICIONALES 10. En el 2004, el Poder Ejecutivo emitió una Directriz Presidencial prohibiendo la emisión de nuevas regulaciones o reformas de las existentes sin realizar de previo una evaluación de su costo–beneficio, eliminando procedimientos y trámites innecesarios y racionalizando las que deben mantenerse. Asimismo, establece la coordinación entre la Dirección de Leyes y Decretos del Ministerio de la Presidencia y la Unidad Técnica de apoyo a la Comisión de Mejora Regulatoria para que esa directriz se cumpla.11 11. Durante la Administración Arias Sánchez (2006 – 2010) se promulgaron dos reglamentos para operacionalizar la mejora regulatoria. El Reglamento sobre los Programas de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites de la Administración Pública ordena a las diferentes instituciones designar un funcionario de enlace12, elaborar programas de mejora regulatoria y simplificación de trámites, dar seguimiento a su avance, rendir informes periódicos y brindar los recursos necesarios para esos fines. También establece que la Presidencia de la República anunciará periódicamente los objetivos prioritarios de Simplificación de Trámites y las metas de reducción de costo de los mismos, ordena digitalizar los trámites simplificados y realizar un inventario de la normativa legal vigente en cada institución (mapeo), derogando regulaciones obsoletas o derogadas tácitamente por otra normativa. 8 Directriz Presidencial 01-MP-MEIC. Dicha Directriz Presidencial fue prorrogada en dos ocasiones para mantener su vigencia hasta abril del 2010, mediante las Directrices Presidenciales No. 018-MP-MEIC de marzo 2007 y No. 028-MP-MEIC de abril del 2008. 9 Decreto Ejecutivo No. 33678-MP-MEIC, febrero 2007. 10 Decreto Ejecutivo No. 35358-MEIC, junio 2009. 11 Directriz Presidencial No. 036-MP-MEIC, enero 2005. 12 En el Anexo 6 se presentan las funciones del funcionario de enlace institucional. 8 12. El Reglamento sobre el Catálogo de Trámites y Plataformas de Servicios dispone la creación de un catálogo electrónico institucional. Este será actualizado de manera permanente y estará disponible en la página web de cada institución, para ir conformando un Catálogo Electrónico Nacional, de manera que para el año 2010 se cuente con una Plataforma de Servicios con personal capacitado para brindar información y orientación sobre el uso del catálogo y los trámites a seguir en cada institución. C. AVANCES EN MEJORA REGULATORIA 13. Si bien la mejora regulatoria se refiere a todos los trámites y procedimientos, la agenda de trabajo de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica del MEIC se centra en los sectores productivos. Se contemplan las siguientes actividades principales: i) desarrollo de proyectos de simplificación de trámites y procedimientos; ii) prevención en el desarrollo de nuevas regulaciones; y iii) desarrollo de una cultura de mejora regulatoria.13 PROYECTOS DE SIMPLIFICACIÓN Y AGILIZACIÓN DE TR�MITES Y PROCEDIMIENTOS 14. La simplificación de trámites y procedimientos, se ha centrado en tres proyectos: i) el visado digital de planos constructivos y el desarrollo de la página web www.tramitesdeconstrucción.go.cr; ii) la formalización de empresas; y ii) el Certificado Veterinario de Operación (CVO). Visado Digital de Planos Constructivos 15. El visado digital de planos constructivos fue concebido originalmente por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) y puesto en marcha en el año 2005. La obtención del visado de planos constructivos por parte del CFIA es un requisito previo para solicitar los visados de otras instituciones y luego solicitar el permiso de construcción en la municipalidad respectiva. El CFIA emite el visado digital para todo tipo de planos constructivos, pero la tramitación digital del permiso de construcción ante las municipalidades solo se puede hacer para viviendas unifamiliares. Para ello, el CFIA firma convenios de cooperación con las municipalidades para la utilización del sistema. Actualmente tiene convenios con 25 de las 81 municipalidades del país, 18 de las cuales ya lo utilizan; las otras se encuentran en la etapa de preparación. El trámite ante las municipalidades se ha agilizado, si bien a menudo se incurre en atrasos, pues las municipalidades no revisan el sistema con regularidad para corroborar si hay solicitudes. En todos los otros casos de proyectos de construcción, una vez emitido el visado por parte del CFIA, el profesional responsable debe imprimir los planos, dirigirse a las entidades que deben dar visados, solicitarlos, y luego de obtenerlos, dirigirse a la municipalidad respectiva para solicitar el permiso de construcción. 16. El sistema del CFIA está diseñado para agregarle módulos adicionales para obtener el visado digital para todo otro tipo de construcción por parte de otras instituciones. Dentro de estas instituciones se encuentra el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado (ICAA), el Ministerio de Salud, el Instituto 13 En el Anexo 5 se presentan en detalle los logros de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica en el período entre mayo del 2006 y diciembre del 2009. 9 Nacional de Seguros (INS), la Secretaría Técnica Nacional del Ambiente (SETENA), entre otros, con base en los cuales se podrían tramitar también, digitalmente, los permisos de construcción respectivos ante las municipalidades. También contempla la digitalización de información sobre la ubicación exacta de proyectos de construcción, para consultar alineamientos y disponibilidades (aeropuertos, agua14, torres de transmisión eléctrica, oleoductos, uso del suelo, etc.), y saber si se requiere de permisos especiales o considerar restricciones específicas, así como realizar esos trámites en línea. 17. Con la implementación total del sistema se cerraría el círculo para lograr una tramitación digital integral de los permisos de construcción. Esto incluye requisitos y requerimientos previos para la obtención de visados (cartas de disponibilidad y cartas de alineamiento que deben emitir las instituciones respectivas),15 visado de planos y análisis ambiental (proceso paralelo), tramitación digital y registro digital de planos de catastro. Para ello, el CFIA dispone de información detallada acerca de todos los trámites y los tiempos de tramitación requeridos. Formalización de Empresas 18. En cuanto a la formalización de empresas, éstas se clasificaron en tres categorías de riesgo sanitario y ambiental (alto, moderado y bajo), según los trámites que deben realizarse para su registro, y se desarrolló un sistema digital de los trámites para la iniciación de nuevos negocios. El sistema permite la tramitación del permiso sanitario de funcionamiento, la inscripción como contribuyente ante la Dirección de Tributación, la suscripción de la póliza de riesgos del trabajo ante el INS, la patente municipal y reportarse como patrono ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).16 Actualmente, 13 de las 81 municipalidades del país participan en el proceso. 19. A pesar de que el sistema está diseñado para la tramitación de la formalización de empresas de moderado y de alto riesgo sanitario y ambiental, no ha sido posible lograr la participación del Ministerio de Salud, el ICAA, SETENA y otras entidades en el mismo. Así, la tramitación digital para formalización de empresas solamente es posible para empresas de bajo riesgo, mientras que los trámites para la formalización de empresas de moderado y alto riesgo sanitario, que son las grandes empresas del sector industrial y agrícola, deben realizarse físicamente. Certificado Veterinario de Operación 20. El Certificado Veterinario de Operación (CVO) se tramita a nivel nacional. En un esfuerzo conjunto entre el MEIC y el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) se logró desarrollar el sistema digital para la tramitación del CVO a nivel nacional, el cual se encuentra en operación desde octubre del año 2009. 14 Para la obtención de la carta de disponibilidad de agua requiere de seis meses. Para la obtención de la disponibilidad de un pozo de agua se requieren tres años. 15 Para tramitar permisos de construcción, deben obtenerse cartas de alineamiento y cartas de disponibilidad en diversas instituciones. El proceso es en algunas instituciones tan lento que cuando se reúnen todas las cartas algunas ya están vencidas por lo que deben solicitarse de nuevo. 16 El sistema está disponible en la página web del MEIC www.meic.go.cr. 10 PREVENCIÓN EN EL DESARROLLO DE NUEVAS REGULACIONES 21. La labor preventiva de la mejora regulatoria consiste en monitorear la emisión de decretos ejecutivos en coordinación con la Dirección de Leyes y Decretos del Ministerio de la Presidencia. También se da seguimiento a proyectos de Ley en la Asamblea Legislativa que pudieran afectar la mejora regulatoria. Del 2006 al 2009 se revisaron 257 proyectos de Decreto y se emitió criterio según los principios de mejora regulatoria. Sin embargo, la Directriz Presidencial al respecto solo se cumple a medias. La coordinación entre ambas entidades no se da en todos los casos, no se consultan todos los decretos propuestos, no se realizan las evaluaciones de costo–beneficio ni se considera la simplificación o eliminación de trámites al emitir nuevas regulaciones. Así, la revisión de Decretos y directrices se hace a menudo ex post, lo que dificulta la simplificación, ya que es difícil reformar regulaciones una vez emitidas. Adicionalmente, la capacidad del MEIC para atender esta tarea es reducida, dada la escasez de personal. DESARROLLO DE UNA CULTURA DE MEJORA REGULATORIA 22. Para fomentar una cultura de mejora regulatoria se imparten charlas de sensibilización y capacitación a los funcionarios de enlace sobre principios de la mejora regulatoria, la legislación existente y el manual para elaborar regulaciones, entre otros. Además, se asiste a los enlaces institucionales en la simplificación y agilización de trámites, en la elaboración del catálogo electrónico de trámites y en el desarrollo de la plataforma de servicios. Los catálogos de trámites están en un 30%–40% de elaboración. La falta de personal en el MEIC para dar asistencia y la falta de apoyo interno a los enlaces institucionales, dificultan el avance. 23. Se ha avanzado en la publicación de trámites por parte de las instituciones, pero aún hay espacio para mejorar. La obligación de publicar y hacer visibles los trámites a desarrollar en las diversas entidades ha sido cumplida por algunas instituciones, pero otras simplemente no lo hacen, con lo cual persiste la falta de transparencia. PROYECTOS DE LEY PARA FORTALECER LA MEJORA REGULATORIA 24. La legislación sobre mejora regulatoria es muy clara y de acatamiento obligatorio, pero su aplicación no ha sido efectiva. Se establece que los incumplimientos son faltas graves, pero no define sanciones a los funcionarios que incurren en esas faltas. Además, las opiniones y criterios que emita la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica no son vinculantes. 25. Para abordar esos temas, se elaboró un proyecto de ley en el 2006, denominado ―Fortalecimiento de la Mejora Regulatoria y la Simplificación de Trámites‖, reiterando la rectoría del MEIC en la materia y otorgándole mayores potestades en cuanto a la rendición de cuentas de otras entidades. No obstante, luego de tres años el proyecto de ley no ha sido aprobado. Tampoco ha sido aprobado otro proyecto de reforma a la Ley de Promoción de la Competencia y Protección Efectiva del Consumidor, que incluye los elementos mencionados. 11 MINISTRO DE COMPETITIVIDAD Y MEJORA REGULATORIA 26. El Gobierno de Arias Sánchez estableció la mejora regulatoria como una de sus prioridades. El nombramiento de un Ministro de Competitividad y Mejora Regulatoria generó expectativas importantes, ya que por primera vez se nombró un funcionario de alto nivel para tratar el tema. Sin embargo, es un Ministro sin cartera, y siendo la mejora regulatoria una responsabilidad del MEIC, se firmó un convenio con el Ministerio de la Presidencia, suministrando espacio físico y apoyo al nuevo Ministro. 27. El trabajo del Ministro de Competitividad y Mejora Regulatoria se centró en los proyectos de simplificación y agilización de trámites y procedimientos. Bajo su dirección se contribuyó al desarrollo del trabajo con el CFIA, la formalización de empresas y la tramitación digital del CVO. Además, a partir de las prioridades definidas con la Comisión de Mejora Regulatoria, el Ministro se abocó a la revisión de trámites ambientales, de salud, de construcción y registro de productos en el Ministerio de Salud. 28. En los primeros dos años de la administración se evaluaron los trámites en SETENA, se reformaron reglamentos, se gestionaron recursos financieros y se desarrolló un sistema de tramitación digital para permisos ambientales. No obstante, la institución decidió no utilizar el sistema o lo utiliza muy poco; tampoco se conectó a los sistemas de tramitación de permisos de construcción en el CFIA. Con el Ministerio de Salud se desarrolló el registro digital de productos cosméticos y se ofreció desarrollar el sistema para registro de alimentos, productos químicos y equipo biomédico. No obstante, el registro digital de productos cosméticos no se utiliza y no se ha avanzado en el sistema de registro digital de alimentos, productos químicos y equipo biomédico. Así, persisten los trámites físicos, sin haberse logrado la simplificación ni la digitalización de los mismos. 29. La gestión del Ministerio de Competitividad y Mejora Regulatoria no ha sido muy efectiva y la falta de recursos ha dificultado su labor. De hecho, no solo la Comisión de Mejora Regulatoria no ha vuelto a ser convocada sino que tanto los miembros del sector público como los miembros del sector privado han perdido el interés. El sector privado ha manifestado en reiteradas ocasiones la importancia de la mejora regulatoria, siendo un tema prioritario en todas las organizaciones gremiales del país, pero la falta de voluntad política para impulsarla las ha llevado a desistir del tema, reaccionando solamente en casos de suma urgencia. GOBIERNO DIGITAL 30. Un esfuerzo adicional del Gobierno, iniciado en la administración Arias, es el programa Gobierno Digital, una iniciativa dirigida a incrementar la eficiencia del sector público haciendo uso de las tecnologías de información. El programa está dirigido por una Secretaría Técnica adscrita a la Presidencia de la República y busca lograr la transformación y modernización del Estado. Gobierno Digital ha elaborado gran cantidad de perfiles de proyectos de diversas instituciones para transformar procesos de alta inversión. Uno de los proyectos exitosos es el sistema TICA (Tecnología de Información para el Control Aduanero), que ya se encuentra en operación y con el cual se han agilizado y hecho más transparentes las operaciones de comercio exterior. Otro proyecto que se desarrolla es de compras del Sector Público, con el cual se espera generar un ahorro del 2% del PIB, y que entrará en funcionamiento en los próximos meses. 12 31. Gobierno Digital enfrenta dificultades por escasez de recursos para el desarrollo de sus proyectos. Actualmente el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) provee el espacio físico y recursos, sin que ese financiamiento esté garantizado en el futuro. Otra dificultad es la duplicidad de acciones por parte de otras instituciones, además de la resistencia a implementar procesos más ágiles y eficientes. Recientemente el Ministerio de Hacienda anunció su propio programa para compras del sector público, luego de haber trabajado con el Gobierno de Corea en el desarrollo del sistema para compras del sector público. 32. Gobierno Digital es un proyecto más ambicioso que lo que se ha venido haciendo en el MEIC en materia de mejora regulatoria, pues se ha centrado en los proyectos alta inversión como el TICA y las compras del sector público, aunque no exclusivamente. A pesar de que ambas iniciativas tienen un objetivo en común, no existe mayor relación entre Gobierno Digital y el MEIC. Ambas iniciativas consideran que debieran trabajar bajo una misma directriz, pues consideran que no existe una visión de conjunto en esta materia. AN�LISIS DE LOS AVANCES EN MEJORA REGULATORIA 33. Sin duda, los avances logrados en mejora regulatoria son notorios. Así lo demuestran la legislación promulgada, los Decretos Ejecutivos y Directrices Presidenciales emitidos, la institucionalidad creada así como las acciones desarrolladas. Ha habido buena intención en abordar el tema de la mejora regulatoria, y existe una conciencia generalizada de que el problema es serio y que es urgente su abordaje efectivo. Sin embargo, la complejidad de trámites y procedimientos persiste, limitando la competitividad nacional y haciendo muy difícil el buen desempeño de las empresas17. Los avances en la obtención de permisos de construcción y en la formalización de empresas 34. Hay avances en la obtención de permisos de construcción, pero solamente en la agilización de trámites para la construcción de viviendas unifamiliares, sin que se haya logrado agilizar, y mucho menos simplificar, los trámites para todo otro tipo de construcción, tales como edificios multifamiliares, proyectos industriales, de turismo y de servicios. La formalización de empresas solamente se ha agilizado para empresas de bajo riesgo, pero no para las empresas de moderado y alto riesgo sanitario y ambiental, siendo aquí donde se ubican los grandes proyectos que desarrolla el sector productivo nacional y en los que la mejora regulatoria sería más visible y de impacto. La mejora regulatoria debe ir más allá de la digitalización de trámites 35. Un aspecto importante de resaltar es que la mejora regulatoria no solamente consiste en la digitalización de los trámites existentes. De previo, debe procederse a una revisión exhaustiva de los trámites actuales, para simplificarlos, y luego digitalizarlos. Por ejemplo, muchas instituciones exigen una certificación de las municipalidades sobre el uso del suelo, a pesar de existir un plan regulador municipal, que es un documento público en el cual se puede constatar el uso del suelo. Otro ejemplo es la inclusión de la tramitación de la póliza de riesgos profesionales en la tramitación digital, cuando este trámite podría ser obviado mediante una inspección de 17 El Anexo 5 presenta un inventario detallado de estos avances. 13 campo y a posteriori efectiva. Este trámite no fue revisado a la hora de la digitalización de los permisos de construcción. Por ello, muchos de los entrevistados consideran que la digitalización de trámites que se ha realizado no es siempre antecedida de una simplificación de los mismos. Los avances no se traducen en una mejora regulatoria generalizada y notoria 36. A pesar de los avances en mejora regulatoria, aún falta mucho por hacer y existen varias tareas pendientes. Como se mencionó, se ha logrado la tramitación digital de los visados de planos, pero la tramitación digital para la obtención de permisos de construcción sólo se hace para viviendas unifamiliares y no abarca todas las municipalidades. Igualmente, los trámites para la formalización de empresas se han digitalizado, pero solamente para aquellas de bajo riesgo sanitario y ambiental. 37. Sin duda, la voluntad política es un elemento clave para asegurar el éxito de las mejoras regulatorias. En ese sentido, es importante rescatar las experiencias en agilización de trámites en el pasado reciente. El decidido apoyo e involucramiento del gobierno Figueres Olsen (1994 – 1998) en el proceso de instalación de la empresa Intel demuestra que, con voluntad política, se puede avanzar significativamente. También, el decidido apoyo del gobierno Rodríguez Echeverría (1998 – 2002) al Programa de Simplificación de Trámites fue fundamental para los logros obtenidos. En ambos casos se obtuvieron los resultados esperados, sin comisiones, leyes, decretos o directrices presidenciales, o sea, sin que existiera legislación ni una institucionalidad al respecto. De ahí que la voluntad política es, definitivamente, un factor importante para avanzar en mejora regulatoria. 38. Sin embargo, la voluntad política per se no es garantía de que el proceso sea continuo, como debe ser en este caso, pues siempre dependerá de la voluntad y de las prioridades que establezca el gobierno de turno. En ese sentido, la voluntad política es necesaria, mas no suficiente para encauzar un proceso continuo de mejora regulatoria. De hecho, la experiencia también demuestra que si no se garantiza la continuidad del proceso, los logros se pierden y más bien se corre el peligro de retroceder en mejora regulatoria. La legislación y la institucionalización efectivas son necesarias para la mejora regulatoria 39. Para garantizar la continuidad del proceso se debe contar con legislación, acompañada de una institucionalidad. La institucionalidad y la legislación para el fomento de la mejora regulatoria ya existen, y durante los últimos años se han diseñado elementos operativos importantes para su aplicación. Sin embargo, los logros son modestos. Pareciera entonces que la legislación y la institucionalidad existentes tampoco han sido suficientes para lograr avances significativos en mejora regulatoria. 40. Con respecto a la legislación, se argumenta que no es efectiva, pues no existen sanciones para los funcionarios que incurran en el incumplimiento de la ley, por lo que ya se elaboraron proyectos de reforma tendientes a subsanar esa debilidad, pendientes de aprobación. 41. No obstante, ello tampoco está garantizado. El administrado no denuncia incumplimientos de la ley por parte del funcionario, en la mayoría de los casos por temor de tener problemas en el futuro para la tramitación de sus solicitudes. Además, los procesos de denuncia, investigación y sanción a un funcionario en la administración pública son engorrosos, costosos y se requiere de 14 mucho tiempo hasta que se emita una resolución, por lo que el administrado en general desiste de plantear una denuncia. En consecuencia, el administrado prefiere esperar el tiempo que sea necesario y obedientemente cumplir con lo estipulado en una nueva regulación que se haya emitido, esté o no apegada a la ley. 42. Con respecto a la institucionalidad, se designa al MEIC como ente rector de la mejora regulatoria para liderar un proceso que atañe a todas las instituciones públicas. Con respecto a otros Ministerios, el MEIC ejerce un liderazgo ―entre iguales‖, habiéndose demostrado con la experiencia del Ministro de Competitividad y Mejora Regulatoria que esto puede generar inconvenientes a la hora de la implementación y ejecución de políticas. Así, las posibilidades de que el MEIC pueda imponer su criterio y logre que instituciones colegas acaten sus sugerencias, son cuestionables. 43. Costa Rica podría aprender de las experiencias de otros países en cómo establecer e institucionalizar reformas regulatorias efectivas. El Recuadro 1 describe la experiencia en México. Esta experiencia es interesante pues muestra la importancia de la voluntad política al más alto nivel, de una institucionalidad independiente y de jerarquía adecuada, y de los recursos financieros y humanos que requiere una reforma regulatoria sostenible en el largo plazo. La ausencia de algunos de estos elementos puede explicar los actuales problemas del proceso en Costa Rica. Recuadro 1: La Importancia de la Institucionalización en Reformas Regulatorias en México Durante los años noventa, México consideró las reformas regulatorias como un elemento central para la transformación de una economía con perspectiva hacia adentro a una abierta y basada en el mercado. La rapidez, amplio alcance, y profundidad considerable de las reformas superan las de la mayoría de los países OECD. Como muchos países, antes de la reforma, la economía era fuertemente regulada. La reducción de regulaciones para negocios era parte de un esfuerzo más amplio de transformar el clima de inversiones. Al fin del proyecto, lograron a reducir los procedimientos requeridos para negocios por 45% y adoptaron un sistema de análisis de impacto regulatorio (Regulatory Impact Assessment, RIA) para disminuir los costos. La experiencia de México provee varias lecciones para otros países. La meta original de la reforma regulatoria era la de una desregulación total– eliminar barreras regulatorias. Con el tiempo, el gobierno reconoció que la sobre-regulación no era el único problema y que algunas áreas estaban mal reguladas. También los ministerios tuvieron un estilo regulatorio que era desde arriba, intervencionista, y no transparente. Entonces la nueva meta no era sólo eliminar regulaciones, pero también la de mejorar el sistema de regulación. El gobierno estableció una entidad central para formar las políticas de reforma, la Unidad de Desregulación Económica (UDE). La unidad estaba afuera de la estructura burocrática y estaba integrada por técnicos – economistas y abogados. Esta entidad era central en el manejo del sistema regulatorio y en la promoción de más reformas. Enfrentando con la crisis monetaria en 1994, el Gobierno decidió que las reformas a las regulaciones deben formar parte importante en la recuperación. En diciembre de 1995, el Presidente Zedillo emitió un decreto que dio un mandato más amplio al UDE para revisar regulaciones propuestas y existentes. También trabajó con la mayoría de los estados para promover reformas al nivel de estado para proveer asistencia técnica y coordinar esfuerzos para facilitar la apertura de negocios. UDE llevó a cabo un mapeo completo de todos los trámites requeridos para abrir y operar un negocio. Se creó un registro formal de todos los trámites. Adicionalmente, todos los ministerios y agencias tuvieron que emitir una justificación para cada trámite, lo que obligó a los funcionarios a eliminar trámites innecesarios, duplicativos, y olvidados. Además de reducir casi a la mitad los trámites requeridos y facilitar la apertura de un negocio, se eliminó una fuente significativa de corrupción. También UDE tuvo éxito en transformar algunas licencias a notificaciones, 15 excluyendo o simplificando requisitos para empresas pequeñas, y simplificando procedimientos de inspección. Antes de las elecciones en 2000, el Presidente decidió institucionalizar la política de reforma y el congreso aprobó la Ley de Procedimientos Administrativos Federales. Con la ley, UDE era transformada al Comisión Federal de Mejoramiento Regulatorio (Cofemer), con un mandato más amplio, apoyo legislativo, y nuevos poderes de ejecución. El mandato de esta comisión era asegurar la transparencia del proceso regulatorio, por ejemplo asegurando que información acerca de regulaciones existentes es disponible para el público. La institucionalización de la política de reforma también aseguró que las reformas continúen a pesar de cambios políticos. La estructura de cómo funciona el proceso de evaluar regulaciones se presenta en el gráfico a continuación. Estructura y Manejo de Reformas Regulatorias en México Ejemplos adicionales de la experiencia en otros países pueden encontrarse en Lessons for Reformers: How to Launch, Implement, and Sustain Regulatory Reform publicado por el Banco Mundial. Fuente: World Bank (2008). 44. El modesto avance en materia de mejora regulatoria en Costa Rica se debe a una combinación de factores. Ciertamente, la voluntad política es uno de ellos, pero los arreglos institucionales y la legislación no son menos importantes. 45. Como se mencionó, asignar el tema a un Ministerio que lidera un proceso entre iguales parece generar ciertos inconvenientes. Además, el MEIC no solo tiene a su cargo la mejora regulatoria, también tiene a su cargo la promoción de la competencia y la protección del consumidor, el fomento de la micro, pequeña y mediana empresa, entre muchas otras actividades. Ello causa una dispersión en la atención que debe darse a un tema que requiere de mayor dedicación de las altas autoridades. La mejora regulatoria está a cargo de una dirección que, además de atender el tema de mejora regulatoria debe atender el tema de la reglamentación técnica, un tema que es bastante diferente al tema de la mejora regulatoria y que debiera ser tratado por separado.18 18 La mejora regulatoria atiende la simplificación y la agilización de trámites en general; la reglamentación técnica se refiere aspectos muy específicos de reglamentación técnica de productos y su comercialización, según el Órgano de Reglamentación Técnica (ORT), una comisión interministerial creada por la Ley del Sistema Nacional de la Calidad y cuya Secretaría Técnica está dentro de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica. 16 46. La mejora regulatoria es un tema muy complejo que rebasa todas las capacidades institucionales del MEIC para abordarlo efectiva y eficazmente, dada la escasez de recursos humanos y financieros en la institución. La capacidad de seguimiento por parte del MEIC de las acciones que las otras instituciones deben desarrollar es reducida, y nada garantiza que la institución contará con más recursos humanos y financieros para hacerlo19. 47. Se requiere de un interlocutor válido y de procesos de consulta permanente. Para lograr avances en mejora regulatoria se debe contar con un interlocutor válido. Por ejemplo, cuando la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP) denunció ―acoso ambiental‖ por parte del Gobierno en razón de la disposición del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) de que toda empresa debe tener un licenciamiento ambiental, el Ministro del MEIC y el Ministro de Competitividad y Mejora Regulatoria, si bien fueron informados y consultados al respecto, no tuvieron ninguna capacidad de respuesta. No fue sino hasta que se planteó la queja ante el Ministro del MINAET que se iniciaron las negociaciones para emitir una regulación viable y aceptable para el sector privado, negociaciones que, por cierto, llevan más de un año. Este hecho denota otra gran debilidad de la mejora regulatoria en el país, y es que no existen procesos de consulta antes de la emisión de nuevas regulaciones o modificaciones de las existentes, causando un desgaste innecesario. 48. Se requiere de una entidad que vele por la protección al ciudadano de manera vinculante. La legislación existente y la propuesta contempla al MEIC como ente rector, con las deficiencias mencionadas, pero no designa a ninguna entidad que vele por la protección al ciudadano del exceso de trámites y de la violación a la ley. La Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos remite a los órganos existentes en la administración pública, cuando es conocido que los procedimientos sancionatorios en la Administración Pública son ineficientes y, curiosamente, no son objeto de la mejora regulatoria. Se menciona como recurso adicional recurrir a la Defensoría de los Habitantes. Sin embargo, las resoluciones de esta entidad no son vinculantes, por lo que el ciudadano queda desprotegido y no se cuenta con una entidad que lo proteja efectivamente ante eventuales abusos de la Administración Pública. LECCIONES APRENDIDAS 49. La reforma regulatoria comprensiva ha sido exitosa en varios países, incluyendo México, Reino Unido, Italia, Hungría, Corea y Australia. Aunque no existe un único modelo para la reforma regulatoria, parece haber un patrón claro relacionado con el éxito La experiencia de estos seis países muestran que muchos factores institucionales y de diseño son importantes para desarrollar y mantener el momento propicio para la reforma. También muestran que los casos de éxito parecen estar interrelacionados, con los gobiernos más exitosos invirtiendo simultáneamente en estrategias. En el contexto de Costa Rica ha habido cierto éxito en llevar a cabo un número limitado de reformas, pero parece que hace falta mayor voluntad política y clima propicio para un impacto mayor. Dada la historia de Costa Rica y los puntos a mejorar Como tal, participa en la emisión de reglamentos técnicos y administra lo relacionado con obstáculos técnicos al comercio dentro del contexto de la OMC, y es también el punto de contacto del CODEX. 19 Ver Anexo 6 para mayor detalle sobre el alcance de estas responsabilidades. 17 identificados, a continuación se presentan las lecciones aprendidas más relevantes en estos seis países.20 50. Empezar las reformas con una estrategia clara y bien diseñada de mediano plazo que tenga espacio para desarrollarse. Una estrategia de reforma de mediano plazo efectiva mantiene la reforma y provee un enfoque y un punto de partida claro para monitorear los avances. La estrategia debe estar basada en una evaluación cuidadosa de los elementos relacionados que necesitan atención. Así mismo, la estrategia debe sincronizar la reforma regulatoria con la reforma del sector público para ajustar los roles, funciones y capacidades del Estado. Los cambios de personal y de presupuesto deben estar en línea con los cambios propuestos. Al igual que Costa Rica, Corea, Italia, México y Hungría intentaron por mucho años implementar reforma regulatorias. Estos países fueron capaces de aprovechar estas experiencias previas para crear estrategias mucho más robustas para llevar a cabo las reformas. 51. Tener la transparencia en el corazón del proceso de reforma. Los seis países estudiados crearon un proceso de reforma y generaron expectativas públicas de éxito. Los programas de reforma estuvieron basados en la participación pública e involucraron los principales grupos de interés, mientras que la reforma en sí misma se dirigió a institucionalizar una mayor transparencia en la función reguladora del gobierno a través de herramientas como análisis de impacto regulatorio, consultas públicas y registro de las regulaciones. La transparencia no es solamente una herramienta para reforzar el desarrollo de la reforma, es también un elemento crucial en reducir el riesgo regulatorio—uno de los principales objetivos de la reforma. En Corea, el gobierno abrió su sistema regulatorio solicitando y haciendo públicos revisiones independientes de la calidad regulatoria de un comité público-privado de reforma. 52. Mantener una comunicación efectiva y fluida a todos los niveles. La comunicación es una parte clave en los esfuerzos de reforma. En la mayoría de países, una comunicación clara y continua de los propósitos de la reforma—tanto al nivel de los participantes en el proceso de reforma como del público en general—es un factor determinante. Si el público está muy poco informado, es mucho más probable que rechace las reformas. 53. Monitoreo y evaluación para mantener a los jugadores en línea y publicitar los resultados para mantener el impulso de la reforma. El seguimiento eficaz y la evaluación de las metas concretas, así como de todo el panorama de reforma son esenciales para blindar dicha reforma contra la resistencia activa y pasiva. El objetivo principal debe ser demostrar beneficios creíbles de la reforma para los grupos de interés y para desarmar a los críticos. Un proceso de evaluación participativa puede mantener y asegurar el apoyo de los interesados. La evaluación también ayuda a mantener a los jugadores en línea con los objetivos, estableciendo mecanismos de retroalimentación que permitan controlar, modificar o mejorar los programas de reforma en el tiempo. 54. Prepararse para un compromiso de largo plazo. Una reforma efectiva y duradera implica un proceso dinámico y de largo plazo—no un programa único y estático. Las reformas tienden a abarcar más de un ciclo político, probablemente varios. Las ganancias derivadas de la reforma 20 World Bank (2009a). 18 tienden a disiparse en el tiempo con los cambios económicos y sociales, y los perdedores de la reforma pueden ejercer una presión constante para revertir o minar los logros. El surgimiento de nuevas necesidades y expectativas hará necesario realizar adaptaciones continuas. Los mecanismos de reforma, las instituciones y los procesos deben ser lo suficientemente robustos como para soportar los cambios del largo plazo. La primera fase de reformas debe conducir directamente a las reformas secundarias, buscando la institucionalización de las unidades centrales de la reforma, la creación de procedimientos sistemáticos de consulta, y la creación de capacidades para el análisis de impacto regulatorio. Australia creó una serie completa de nuevos incentivos para una regulación de calidad en el sector público a través de una serie de revisiones regulatorias coordinadas a nivel nacional que, esencialmente, atacaron las relaciones de larga data entre el sector público y las agrupaciones de productores. D. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 55. La mejora regulatoria muestra resultados modestos en los últimos años, pero es un tema que debe adquirir la máxima prioridad política en Costa Rica. Tanto los funcionarios públicos, la empresa privada y la sociedad civil así lo reconocen y lo exigen. Se ha impulsado legislación y se ha desarrollado todo un marco institucional alrededor de la mejora regulatoria, pero la legislación no es efectiva y el marco institucional no es el adecuado. 56. Para dar un nuevo impulso a la mejora regulatoria en Costa Rica se recomienda proceder de la siguiente manera: 1. Declaración de la mejora regulatoria como de la más alta prioridad del Gobierno, acompañada de la voluntad política al más alto nivel, esto es, a nivel del Presidente de la República. 2. Hacer de la mejora regulatoria una política de estado. Si bien necesaria, la voluntad política no es suficiente para garantizar que la mejora regulatoria llegue a formar parte de la cultura de la Administración Pública del país. La mejora regulatoria es un proceso continuo, que debe convertirse en una política de estado para garantizar su continuidad. Para ello, se requiere que la mejora regulatoria se institucionalice eficazmente. 57. Como todo nuevo proceso que ha de institucionalizarse, adquirir carácter permanente y generar una inercia que finalmente conduzca a la creación de una cultura de mejora regulatoria, que se alimente así misma generando mayores niveles de simplificación y agilización de trámites, el Presidente debe designar a un funcionario que, más que un alto cargo, tenga la autoridad requerida y el respaldo para su gestión. Dicho funcionario deberá tener la responsabilidad y la autoridad para incidir en la participación de las entidades estatales relevantes para lograr la tramitación simplificada, agilizada y digitalizada de todo tipo de proyectos de construcción (más allá de proyectos de vivienda unifamiliares), así como la participación de las entidades relevantes en la simplificación y tramitación digital de la formalización de empresas de moderado y alto riesgo sanitario y ambiental, logrando la creación del Catálogo Electrónico Nacional, de manera que se cuente con una Plataforma de Servicios en el sector público con personal capacitado para brindar información y orientación sobre el uso del catálogo y los trámites a seguir en cada institución. 19 58. Parte del proceso de institucionalización es el desarrollo de una cultura de mejora regulatoria y el manejo de los agentes interesados (stakeholder management). El Banco Mundial ha desarrollado un compendio de las lecciones aprendidas en este tema (recuadro 2). Recuadro 2: Desarrollo de una cultura de mejora regulatoria – practicas internacionales El Banco Mundial ha producido un documento de orientación para manejar a los interesados con respeto a las reformas para registrar negocios. Esta nota de orientación está basada en lecciones aprendidas de 10 países, incluyendo Indonesia, México, y Turquía. Se define el manejo de los agentes interesados (stakeholder management) como el conjunto de estrategias usadas para cambiar incentivos, oportunidades y las capacidades de los grupos de interés involucrados para influir los resultados en un proceso de reformas a través de una coalición ganadora. Se identifica los seis grupos de interés principales y las cinco etapas de reformas. Hay seis categorías de interesados identificadas: 1. Élites políticas – primer ministro, ministros y parlamentarios 2. Administración pública –funcionarios públicos 3. Profesionales regulados – abogados y notarios 4. Sector privado – generalmente representado por cámaras de industria y negocio 5. Sociedad civil – ONGs y think tanks 6. Intereses internacionales – donantes, instituciones internacionales, y negociadores comerciales Ningún grupo es monolítico. En cada grupo hay interesados con prioridades diferentes, dentro de cada uno podrían tener los que están a favor o en contra de las reformas. Esta variedad de opiniones ayuda a los reformadores porque permiten la formación de alianzas entre los grupos. Las cinco etapas del proceso de reforma son: 1. Formulación de ideas y organización de reformas. En todos los países estudiados, información externa a través de informes, indicadores, consejos de donantes, y viajes de estudio fue una contribución crítica que cambió como los interesados veían los costos y beneficios de prácticas actuales. En los países más exitosos, los líderes políticos asignaron la responsabilidad de la reforma a una entidad independiente de las actividades existentes de registro. 2. Diseño de soluciones. Es la etapa más estructurada. Los interesados fueron cuidadosamente involucrados en el proceso a través de una estrategia controlada de divulgación de información, participación, y consulta. 3. Difusión de ideas de cómo reformar. Dentro de las claves de éxito se encuentran, creación de un mensaje apropiado, enfoque en los grupos de interés apropiados, y uso de los medios correctos de comunicación. Los grupos de interés introducidos a la reforma son grupos afectados y el público en general. Las comunicaciones son orientadas a las cámaras de negocios porque son un impulso importante para sostener reformas. 4. Aceptación política y adopción. Compromiso temprano del liderazgo político a los reformas corresponde con resultados positivos. La oposición frecuentemente usa acceso a los políticos para bloquear reformas pero es más difícil si los reformadores ganan apoyo temprano. 5. Implementación. Esta fase es la más riesgosa, dado que intereses en oposición a la reforma pueden demorar, socavar, y revocar los beneficios. En los casos más exitosos, el manejo de los grupos de interés continuó durante la implementación. De esta forma, las reformas se hacen más sostenibles. Fuente: World Bank (2009b). 59. Análisis de Impacto Regulatorio. Además de revisar las regulaciones existentes, muchos gobiernos ponen en práctica sistemas para asegurar que la nueva regulación genere beneficios netos. Un Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) es una herramienta que los gobiernos pueden 20 emplear para evaluar sistemáticamente las repercusiones de la regulación y las diferentes opciones que tienen para lograr los objetivos de política. AIR se reconoce en los países más desarrollados como una herramienta clave para mejorar la eficiencia, la transparencia y la rendición de cuentas en el proceso de adopción de decisiones regulatorias. AIR evalúa los posibles impactos de las nuevas regulaciones, tanto en términos cuantitativos como cualitativos, ayudando así a quienes toman las decisiones. Al proporcionar un marco sistemático, basado en la evidencia y de carácter consultativo en la formulación de políticas regulatorias, los AIR contribuyen a mejorar la gobernabilidad y el clima para los negocios. Sin embargo, un sistema comprensivo de AIR puede no ser apropiado para Costa Rica. Los cinco elementos críticos para el buen funcionamiento del sistema AIR son: a) Compromiso político para establecer y operar un proceso de AIR efectivo y auto- sostenible; b) Una unidad o grupo de reformadores de dicha regulación—preferiblemente de una parte central del gobierno—que supervisa, comenta y reporta sobre la calidad de las propuestas regulatorias, antes de que se hayan tomado las decisiones; c) Criterios y reglas claras y consistentes que se apliquen de manera uniforme al examinar las propuestas de regulación; d) Proceso de desarrollo de la política de regulación debe ser transparente e incluir consultas con las partes interesadas; e) Puesta en marcha de un programa de capacitación que incluya la preparación de los lineamientos, formación de los funcionarios para participar en AIR y facilitar los cambios culturales necesarios, así como el establecimiento de sistemas de monitoreo, evaluación y reporte. 60. La evidencia de otros países ha demostrado que una versión simple de este sistema, puede aún agregar valor al proceso de toma de decisiones regulatorias a través de una mayor transparencia, una mejor calidad de la información para los tomadores de decisiones y los grupos de interés, y una mejora en el proceso consultivo sobre asuntos de regulación, entre otros. (Investment Climate Advisory Services, World Bank 2009). 61. Municipalidades. Con respecto a la participación de las municipalidades, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) deberá asumir un rol protagónico en materia de asistencia y asesoría a las municipalidades con el fin de que sean parte integral del sistema de mejora regulatoria, ya que su rol es de trascendental importancia para el desarrollo del sector privado, mediante el otorgamiento de permisos de construcción, patentes para operación de empresas, entre otros permisos que otorgan. 62. El funcionario o los funcionarios designados con esta importante tarea deben tener la responsabilidad de que su trabajo culmine con una institucionalización efectiva del proceso, mediante la creación de una institucionalidad independiente de los diversos ministerios – una especie de ―Ombudsman‖ de la mejora regulatoria -, cuyos lineamientos, criterios y directrices, sean de carácter vinculante. 21 63. Existen suficientes diagnósticos sobre las necesidades de mejora regulatoria, prioridades, mapeos de las regulaciones y propuestas de simplificación. En ese sentido, existe claridad en cuanto a lo que debe hacerse. Se trata de sistematizar la información existente, establecer prioridades, definir un Plan de Acción, con ruta crítica, grupos de trabajo, procesos de consulta amplios, verificación de la veracidad y necesidad de las regulaciones, elaborar reformas a leyes existentes, establecer plazos realistas de cumplimiento, responsables, dar seguimiento y monitorear, entre otros, además de construir paulatinamente la institucionalidad, capaz de implementar el plan efectivamente y poder darle seguimiento en el futuro. 64. Para que la mejora regulatoria se convierta en una política de estado, debe disponerse de recursos humanos y financieros adecuados y suficientes, pues su escasez ha sido uno de los puntos débiles en la implementación de la mejora regulatoria. La tarea es de grandes dimensiones y requerirá de mucho esfuerzo para lograr los objetivos deseados. En ese sentido, la cooperación internacional podría jugar un papel en la asistencia técnica y financiera requerida para impulsar efectivamente la mejora regulatoria en el país en el corto plazo. Pero, para garantizar su continuidad en el futuro, se necesita financiamiento permanente del gobierno. 22 REFERENCIAS Barrantes, G., Mejora Regulatoria: Pequeñas Reformas de Gran Impacto. En: La Mejora Regulatoria en Costa Rica. Editor: Ronulfo Jiménez. Academia de Centroamérica, 2001 Compendio de Legislación de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites, Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), 2006 Constitución Política de la República de Costa Rica. Decreto Ejecutivo No. 32475, Reglamento de la Ley Orgánica del MEIC, Mayo 2005. Decreto Ejecutivo No. 32689-MP-MEIC del 17 de octubre del 2005, Metodología y procedimiento para la evaluación costo – beneficio. Decreto Ejecutivo No. 33615 de noviembre 2006. Decreto Ejecutivo No. 33678-MP-MEIC, Reglamento sobre los Programas de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites dentro de la Administración Pública, Febrero 2007. Decreto No. 33799 MP-MIVAH-S-MEIC, Reglamento para Trámite de Visado de Planos de Construcción, Abril 2007. Decreto Ejecutivo No. 26262-MEIC del 30 de julio de 1997, Comisión de Desregulación para Simplificar Trámites Burocráticos. Decreto Ejecutivo No. 35358-, Reglamento sobre el Catálogo de Trámites y Plataformas de Servicios. MEIC, Junio 2009. Directriz Presidencial No. 036-MP-MEIC de enero del 2005. Directriz Presidencial 01-MP-MEIC, Sobre el Deber de Vigilar el Buen Funcionamiento de los Servicios y Dependencias Administrativas para la Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites, Mayo 2006. Directriz Presidencial No. 018-MP-MEIC, Marzo 2007 y Directriz Presidencial No. 028-MP- MEIC de abril del 2008, prórrogas de la Directriz Presidencial 01-MP-MEIC, de Mayo 2006. Investment Climate Advisory Services – World Bank (2009). ―Making it Work: ―RIA Light‖ for Transition and Developing Countries.‖ Working Paper, Washington, D.C., World Bank. La Mejora Regulatoria y la Simplificación de Trámites en Costa Rica, Logros y Propuestas Concretas para su efectivo avance, Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), sin fecha. Ley de Contingencia Fiscal, No. 8343, diciembre del 2002. Ley General de la Administración Pública No. 6227, 1978. 23 Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público, No. 6995, 1984. Ley de Promoción de la Competencia y Protección Efectiva del Consumidor, enero 1995. Ley de la Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, No. 8220, 2002. Manual para elaborar regulaciones y trámites simples. En: Compendio de Legislación de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites. Dirección de Mejora Regulatoria, Departamento de Mejora Regulatoria, Ministerio de Economía, Industria y Comercio, 2006. Proyecto de Ley ―Fortalecimiento de la Mejora Regulatoria y la Simplificación de Trámites‖, Expediente Legislativo No. 16.266. Proyecto de Ley ―Reforma integral a la Ley de Promoción de la Competencia y Protección Efectiva del Consumidor‖, Expediente Legislativo No. 17.348. Villalobos, V., La experiencia en Costa Rica: Casos de Mejora Regulatoria. En: La Mejora Regulatoria en Costa Rica. Editor: Ronulfo Jiménez. Academia de Centroamérica, 2001. World Bank (2008). Regulatory Transformation in Mexico, 1988-2000: Case Studies on Reform Implementation Experience. Washington, DC: World Bank. World Bank (2009a). Lessons for Reformers: How to Launch, Implement, and Sustain Regulatory Reform. Washington, DC: World Bank. World Bank (2009b). Stakeholder Management in Business Registration Reforms: Lessons from 10 Countries. Washington, DC: World Bank. www.gobiernofacil.go.cr www.competitividad.go.cr www.meic.go.cr www.tramitesdeconstrucción.go.cr 24 Anexo 1: Síntesis De Los Proyectos en Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites Enero 1999 - Junio 2001 PROYECTO DE PROBLEMATICA MEJORA REFERENCIA Y FECHA DE REGULACIÓN PUBLICACION Reglamento a la Ley • Requisitos innecesarios • Regulaciones Decreto Ejecutivo No. del Régimen de Zona y de alto con requisitos de 29606, LG 121 del Franca. costo. menor costo. 25-6-01. Prenda Aduanera • Responsabilidades • Eliminación de Decreto Ejecutivo No. para maquinaria, públicas recargadas responsabilidades 29607, LG 121 del materia prima y accesorios al ciudadano. públicas al 25-6-01. de equipo • Requisitos innecesarios ciudadano. para empresas del y de alto • Regulaciones eficientes Régimen de Perfeccionamiento costo. de mínimo Activo. costo. Proyecto de Ley de • Reglas confusas. • Claridad. Expediente Número Protección del Ciudadano • Discrecionalidad. • Reglas Objetivas. 14.235, Alcance 46- frente al Exceso • Plazos abiertos. • Plazos definidos. A LG 115 del 15-6- de Trámites y • Duplicación. • Pasos y requisitos 01. Requisitos. • Falta de divulgación. únicos. • Información y divulgación. Manual del Inversionista • Información dispersa • Información Pública Directriz Presidencial para la Instalación y desactualizada. accesible y No 28, LG 88 del 09- de Empresas en • Reglas confusas. sistematizada. 05-01. Costa Rica. www.tramites.go.cr/manual Visado de planos para • Discrecionalidad. • Claridad. Decreto Ejecutivo No. la construcción de • Plazos abiertos. • Reglas Objetivas. 29307 Publicado en edificaciones en la • Duplicación. • Plazos definidos. LG 36 del 20-02-01. Zona Marítimo Terrestre • Requisitos innecesarios • Pasos y requisitos (ZMT). y sin valor únicos. agregado. • Requisitos de menor costo. Contrato Turístico. • Duplicación. • Pasos y requisitos Decreto Ejecutivo No. • Plazos abiertos. únicos. 29215, LG 27 del 07- • Plazos definidos. 02-01. Declaratoria turística • Duplicación. • Pasos y requisitos Decreto Ejecutivo No. • Plazos abiertos. únicos. 29058, LG 220 del • Plazos definidos. 16-11-00. Contrato de concesión • Confusión • Claridad. Decreto Ejecutivo No. de la ZMT (Reforma • Discrecionalidad. • Reglas Objetivas. 29059, alcance 77-A parcial al reglamento). LG 219 del 15-11-00. Manejo, almacenamiento • Normativa dispersa • Normativa sistematizada Decreto Ejecutivo No. y transporte de y compilada. 28930, LG 184 del productos peligrosos. 26-09-00. Ingreso al Régimen • Requisitos innecesarios • Regulaciones Medida administrativa de Perfeccionamiento y de alto con requisitos de del 04-09-00. Activo. costo. menor costo. • Plazos abiertos. • Plazos definidos. Ingreso a Régimen • Requisitos innecesarios • Regulaciones Medida administrativa de Zona Franca. y de alto con requisitos de del 04-09-00. costo. menor costo. Importación de insumos • Plazos abiertos. • Plazos definidos. Decreto Ejecutivo No. agropecuarios • Monopolio de • Competencia. 28852, LG 161 del (medicamentos veterinarios, importación 23-08-00. 25 PROYECTO DE PROBLEMATICA MEJORA REFERENCIA Y FECHA DE REGULACIÓN PUBLICACION fertilizantes, y comercialización. plaguicidas y alimentos para animales). Registro de medicamentos • Monopolio de • Competencia. Decreto Ejecutivo No. veterinarios. importación • Sencillez 28861, LG 161 del y comercialización. 23-08-00. • Complejidad. Ventanilla única de • Requisitos innecesarios • Regulaciones eficientes Decreto Ejecutivo No. trámites industriales. y sin valor y mínimo 28768, LG 137 del agregado. costo. 17-07-00. Certificación de morosidad • Responsabilidades • Eliminación de Decreto Ejecutivo No. ante CCSS. públicas recargadas responsabilidades 28770. al ciudadano. públicas al Reglamento al artículo ciudadano. 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS, LG 136 del 14-07-00. Funcionamiento de • Claridad. Decreto Ejecutivo No. expendio y bodega • Reglas confusas. • Sencillez. 28430, alcance 10-A, de agroquímicos. • Complejidad. LG 28-09-00. Decreto Ejecutivo No. 28659, LG 104 del 31-05-00. Instalación de estaciones PROBLEM�TICA • Competencia. Decretos Ejecutivos de servicio. • Barreras de entrada. • Claridad. No. 28624, 28622 y • Reglas confusas. • Reglas Objetivas. 28623, alcance 32-A • Discrecionalidad • Pasos y requisitos LG 95 del 18-05-00. • Duplicación únicos. • Plazos abiertos. • Plazos definidos. Registro de Fertilizantes, • Monopolio de • Competencia. Decreto Ejecutivo No. Material Técnico importación 28429, LG 31 del 14- y Sustancias y comercialización. 02-00. Afines. Competencia en proveeduría • Monopolio. • Competencia. Decreto Ejecutivo No. de abarrotes. 28370-MP-MAG, Alcance 1-A LG 06 del 10-01-00. Estudios Arqueológicos. • Generación de • Eliminación de Decreto Ejecutivo No. rentas a favor de rentas. 28174, alcance 78A una fundación • Claridad. LG 202 del 19-10-99. privada. • Reglas Objetivas. • Reglas confusas. • Discrecionalidad. Registro de productos • Generación de • Eliminación de Decreto Ejecutivo No. peligrosos. rentas a favor de rentas. 28113, alcance 74-A los profesionales • Claridad. LG 194 del 06-10-99. asociados al Colegio • Reglas Objetivas. Federado • Plazos definidos. de Químicos. • Reglas confusas. • Discrecionalidad. • Plazos abiertos. Visado de planos para • Complejidad. • Sencillez Decreto Ejecutivo No. la construcción. • Reglas confusas. • Claridad. 27967, alcance 49-A 26 PROYECTO DE PROBLEMATICA MEJORA REFERENCIA Y FECHA DE REGULACIÓN PUBLICACION • Discrecionalidad. • Reglas Objetivas. LG 130 del 06-07-99. • Plazos abiertos. • Plazos definidos. • Duplicación. • Pasos y requisitos únicos. Regencias agropecuarias. • Generación de • Eliminación de Decreto Ejecutivo No. rentas a favor de rentas. 27914, LG 106 del los profesionales 02-06-99. asociados al Colegio Decreto Ejecutivo No. de Ingenieros 28465-MAG, LG 41, Agrónomos, 28-02-00. Etiquetado genérico • Requisitos innecesarios • Regulaciones eficientes Decreto Ejecutivo No. de productos no alimenticios. y sin valor y mínimo 27751, LG 67 del 8 agregado. costo. de abril de 1999. Márgenes máximos • Prácticas • Competencia. Decreto Ejecutivo No. de utilidad. anticompetitivas. 27750, LG 67 del 08- 04-99. Derogatoria de reglamentos • Requisitos innecesarios • Regulaciones eficientes Decreto Ejecutivo técnicos. y sin valor y mínimo 27753, LG 67 del 08- agregado. costo. 04-99. Carné de salud • Requisitos innecesarios • Regulaciones eficientes Medida administrativa y sin valor y mínimo Vigente desde agregado. costo. enero de 1999. Registro de productos • Complejidad • Sencillez. Decreto Ejecutivo No. agroquímicos. 27529 y Decreto Ejecutivo No. 27530 y Decreto Ejecutivo No. 27532, LG 06 del 11- 01-99. Permiso de funcionamiento. • Complejidad. • Sencillez. Decreto Ejecutivo No. 27569, LG 07 del 12- 01-99 y sus Reformas. Fuente: Villalobos, V., La experiencia en Costa Rica: Casos de Mejora Regulatoria. En: La Mejora Regulatoria en Costa Rica. Editor: Ronulfo Jiménez. Academia de Centroamérica, 2001. 27 Anexo 2: Funciones de la Comisión de Mejora Regulatoria, su Integración y Funciones de la Unidad Técnica de Apoyo FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE MEJORA REGULATORIA 1. Coordinar y liderar los esfuerzos y las iniciativas de las diferentes instancias en materia de mejora regulatoria. 2. Analizar y evaluar propuestas específicas de su seno o provenientes de otras instancias, tal como, los administrados y las instituciones públicas, para la simplificación y agilización de trámites y regulaciones. 3. Recomendar a las instancias correspondientes y sugerir la implementación, en los casos en que proceda, de medidas correctivas específicas para lograr una mayor eficiencia en trámites y regulaciones concretos. 4. Recomendar la derogación o la modificación de leyes y decretos ejecutivos, así como de normas de rango infralegal, en materia de regulación y tramitología. 5. Constituir comisiones técnicas para estudiar temas específicos. 6. Recomendar al Poder Ejecutivo: modificar, simplificar o eliminar cualquier trámite o requisito para inscribir o registrar productos farmacéuticos, medicinales, alimenticios, agroquímicos y veterinarios, así como para inscribir laboratorios y establecimientos donde puedan producirse o comercializarse esos productos. 7. Recomendar al Poder Ejecutivo sustituir los procedimientos, los trámites y los requisitos de inscripción y registro de esos productos o de los laboratorios y establecimientos mencionados por otros medios más eficaces, a su juicio, que promuevan la libre competencia y, a su vez, protejan la salud humana, animal y vegetal, el medio ambiente, la seguridad y el cumplimiento de los estándares de calidad. A efecto de las recomendaciones a que se refieren los dos incisos anteriores, la Unidad técnica de la Comisión de mejora regulatoria remitirá el informe técnico jurídico y el estudio de impacto regulador elaborados para fundamentar esta iniciativa. La Comisión de mejora regulatoria gozará de plenas facultades para verificar el cumplimiento de estas obligaciones. Las dependencias públicas deberán suministrar, por medio de la Unidad técnica creada en esta Ley, la información que a su juicio sea relevante para el logro de los fines de la instancia por presentar sus iniciativas o inquietudes en esta materia, por medio de la Unidad técnica. INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN DE MEJORA REGULATORIA 1. El ministro o el viceministro de Economía, Industria y Comercio, quien la presidirá, tendrá potestad de dirección y elevará las acciones y recomendaciones de la Comisión a las instancias correspondientes. 2. El ministro, el viceministro o un representante del Ministerio de Salud. 3. El ministro, el viceministro o un representante del Ministerio de Ambiente y Energía. 28 4. El ministro, el viceministro o un representante del Ministerio de Agricultura y Ganadería. 5. El presidente de la Comisión de Promoción de la Competencia. 6. Un representante de la Cámara de Agricultura. 7. Un representante de la Cámara de Industrias. 8. Un representante de la Cámara de Comercio. 9. Un representante de la Cámara de Exportadores. 10. Un representante de la Cámara de Construcción. 11. Un representante de las cooperativas. 12. Un representante de asociaciones agrarias productivas. 13. Un representante del Movimiento Solidarista. 14. Un representante de la Cámara de Representantes de Casas Extranjeras (CRECEX). 15. Un representante del movimiento sindical. FUNCIONES DE LA UNIDAD TÉCNICA DE APOYO A LA COMISIÓN DE MEJORA REGULATORIA 1. Proponer la adecuada planificación para el trabajo de la Comisión, así como ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos de la Comisión. 2. Procesar la información y las propuestas provenientes de las diferentes instancias, tal como los administrados y las dependencias públicas. 3. Requerir la información que considere necesaria para la realización o cumplimiento de sus funciones. 4. Informar a la Comisión sobre quiénes no suministren la información requerida y recomendar medidas por adoptar al respecto. 5. Investigar, analizar y hacer recomendaciones sobre temas específicos que, de oficio o a solicitud de la Comisión, sean pertinentes. 6. Implementar un catálogo de trámites existentes y de los que se llegue a crear, para ello, cual todas las instituciones públicas estarán obligadas a comunicar sus trámites. 7. Cualquier otra función que le solicite la Comisión. Fuente: Ley de Promoción de la Competencia y Protección Efectiva del Consumidor, No. 7472 y sus reformas. 29 Anexo 3: Funciones de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, del Departamento de Mejora Regulatoria y del Departamento de Reglamentación Técnica DIRECCIÓN DE MEJORA REGULATORIA a. Definir prioridades y dar seguimiento a las metas establecidas mediante la formulación del Plan Operativo Anual y a los servicios y productos que se ofrecen, persiguiendo satisfacer las necesidades y requerimientos detectados, con la finalidad de contribuir con el alcance de la misión y el cumplimiento de las políticas institucionales. b. Asesorar a las autoridades superiores en materia de su competencia, mediante el estudio y análisis de las normas y leyes que regulan su actividad, a fin de que el Despacho disponga de los elementos técnicos suficientes para la toma adecuada de decisiones. c. Coordinar y evaluar los resultados de las políticas y programas bajo su responsabilidad, desarrollando diversas actividades, con la finalidad de medir el impacto de los mismos y recomendar los cambios o ajustes requeridos para el alcance de los objetivos institucionales y nacionales. d. Conducir los esfuerzos y recursos materiales hacia el cumplimiento específico de los objetivos, evaluando el desempeño global de los funcionarios o equipos de trabajo ubicados en los procesos y proyectos bajo su dirección, siendo el responsable del control de las actividades realizadas por sus colaboradores y por el cumplimiento por parte de éstos de los deberes que le impone la relación laboral para con el Ministerio. e. Desarrollar, aprobar y ejecutar planes de acción, elaborando propuestas, ejecutando las acciones y evaluándolas, a fin de fortalecer la mejora regulatoria y la eliminación de obstáculos técnicos. f. Promover, elaborar y supervisar proyectos, coordinando la ejecución de propuestas y supervisando la ejecución de acciones, con el propósito de fortalecer las estrategias que permitan el alcance de los objetivos institucionales. g. Asistir a reuniones con superiores o subalternos y representar a la institución, con el fin de coordinar actividades, mejorar métodos y procedimientos de trabajo, analizar y resolver problemas que se presentan en el desarrollo de las labores y proponer a los niveles superiores las políticas, planes, programas y proyectos de trabajo a realizar. h. Definir con sus colaboradores los requerimientos económicos, recursos humanos, materiales, equipo e infraestructura necesaria para la ejecución de las actividades, velando por el eficiente y eficaz uso de éstos. i. Rendir cuentas de su labor ante el Despacho Ministerial, así como ante otras instituciones y dependencias cuando la naturaleza del trabajo así lo requiera. j. Asistir como representante de la institución ante las diferentes comisiones, comités, grupos de trabajo, seminarios, talleres, en donde se coordinan acciones conjuntas para mejorar los procedimientos de trabajo. k. Ejecutar otras funciones del ámbito de su competencia, cuando las necesidades de la institución lo sugieran, con el fin de coadyuvar a resolver integralmente los problemas de volumen y nuevas competencias asignadas a ésta. 30 DEPARTAMENTO DE MEJORA REGULATORIA a. Revisar y recomendar la adopción o reformas de leyes, decretos y reglamentos en materia de regulación y tramitología. b. Recomendar al poder ejecutivo modificaciones, simplificaciones o la eliminación de trámites innecesarios, duplicados o sin fundamento legal, con el fin de garantizar que alcance el objetivo jurídico legítimo con los medios de menor costo y se promueva la libre competencia. c. Velar porque todo trámite o requisito que se exija al administrado, se sujete a lo establecido en el ordenamiento jurídico vigente y que sean debidamente publicado en el Diario Oficial. d. Proponer la adecuada planificación para el trabajo de la Comisión de Mejora Regulatoria, así como ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos que se tomen en firme. e. Procesar la información y las propuestas provenientes de las diferentes instancias, tal como los administrados y las dependencias públicas. f. Requerir la información que considere necesaria para la realización o cumplimiento de sus funciones. g. Informar a la comisión sobre quienes no la suministren, así también, recomendar las medidas por adoptar al respecto. h. Investigar, analizar y hacer recomendaciones sobre temas pertinentes y específicos, de oficio o por solicitud de la comisión. i. Implementar un catálogo de trámites existentes y de los que se lleguen a crear, para ello, en donde todas las instituciones públicas están obligadas a comunicar sus trámites. j. Elaborar y remitir el informe técnico jurídico y el estudio de impacto regulador elaborado para fundamentar si se requiere: modificar, simplificar o eliminar cualquier trámite o requisito para inscribir o registrar productos farmacéuticos, medicinales, alimenticios, agroquímicos y veterinarios, así como para inscribir laboratorios y establecimientos donde puedan producirse o comercializarse esos productos. k. Recomendar al Poder Ejecutivo sustituir los procedimientos, los trámites y los requisitos de inscripción y registro de productos farmacéuticos, medicinales, alimenticios, agroquímicos y veterinarios o de los laboratorios y establecimientos mencionados por otros medios más eficaces, a su juicio, que promuevan la libre competencia y, a su vez, protejan la salud humana, animal y vegetal, el medio ambiente, la seguridad y el cumplimiento de los estándares de calidad. l. Solicitar a las dependencias públicas que suministren la información que a su juicio sea relevante para el logro de los fines que persigue la instancia que presenta sus iniciativas o inquietudes a fin de mejorar, simplificar, o eliminar las regulaciones innecesarias. m. Formular, promover, apoyar y ejecutar programas de educación y de información de lo dispuesto en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor sobre mejora regulatoria (simplificación de trámites) y el instrumento de análisis de costo- beneficio. Así como, de lo dispuesto en la Ley de Protección al ciudadano del exceso de trámites y requisitos administrativos. n. Apoyar a los entes y órganos que conforman la Administración Pública competentes de emitir regulaciones, a fin de lograr mejorar o simplificar los trámites, requisitos y procedimientos que llevan a cabo dentro de sus instituciones. o. Elaborar, administrar y actualizar el Manual del Inversionista dirigido al sector comercial, económico e industrial, así como al ciudadano en general tanto de su versión en español 31 como inglés, con el propósito de que cuenten con reglas claras para el establecimiento de nuevas empresas. p. Facilitar en la página Web del Ministerio el listado de las instituciones que han publicado sus trámites, y las Municipalidades que cuentan con planes reguladores vigentes. DEPARTAMENTO DE REGLAMENTACIÓN TÉCNICA a. Convocar a sesionar al Órgano de Reglamentación Técnica y al Comité Nacional del Codex Alimentarius. b. Establecer en caso necesario los Subcomités Nacionales del Codex. c. Dar el apoyo administrativo necesario para el desarrollo de las gestiones del Órgano de Reglamentación Técnica y del Comité Nacional del Codex Alimentarius. d. Otorgar audiencia a todos los participantes, previo a la promulgación de algún reglamento técnico. e. Asesorar y capacitar a los entes del Estado con facultades para proponer la emisión de reglamentos técnicos, en cuanto a la conformación de los comités técnicos para elaborar, adoptar, y aplicar los reglamentos técnicos; así como, a los miembros de los Subcomités del Codex. f. Mantener canales de información y los mecanismos de coordinación con instituciones similares regionales e internacionales en el ámbito reglamentario. g. Establecer los mecanismos de coordinación con instituciones similares en el ámbito nacional e internacional, para facilitar las actividades de integración y armonización de los reglamentos técnicos y las definiciones internacionales. h. Elaborar los reglamentos técnicos, de conformidad con las necesidades y solicitudes por parte de los Ministerios competentes, así como elaborar los reglamentos técnicos de calidad competencia del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. i. Conformar Comités Técnicos que estudien la elaboración, adopción o derogación de reglamentos técnicos. j. Participar en actividades regionales que tengan que ver con la materia de reglamentación técnica. k. Establecer mecanismos de información con otros entes estatales e internacional, con el fin de facilitar, integrar y armonizar reglamentos técnicos. l. Revisar y aprobar las observaciones, comentarios y posiciones del país emitidos por el Comité o Subcomités Nacionales del Codex y atender y dar respuesta a los planteamientos nacionales e internacionales en el ámbito del Codex Alimentarius. m. Velar por el mantenimiento y difusión de los documentos y normativa del Codex, de acceso para los empresarios y consumidores. n. Asesorar a los entes estatales sobre la calidad e inocuidad de los alimentos. o. Recomendar la adopción o modificación de las normas internacionales en materia alimentaria. p. Administrar, organizar y coordinar lo necesario para el eficaz funcionamiento del Centro de Información de Obstáculos Técnicos al Comercio y atender y administrar la biblioteca del Codex Alimentarius. q. Recopilar, ordenar y sistematizar el ordenamiento jurídico que existe y así como el que se pretenda promulgar en el país, con el fin de que los sectores y países interesados en el comercio tengan acceso a ellos y pueden emitir sus observaciones. 32 r. Poner a disposición del público las notificaciones enviadas por otros países miembros de la OMC al amparo del AOTC o de conformidad con los Tratados de Libre Comercio que establecen obligaciones de notificación en materia de reglamentación técnica. s. Responder a todas las peticiones razonables de información formuladas por otros países miembros de la OMC, los socios comerciales con los cuales se ha suscrito Tratados de Libre Comercio, y por los usuarios en general en relación con los reglamentos técnicos aplicables o que se encuentren en proyecto en Costa Rica. t. Producir información técnica sobre el área de competencia de los Obstáculos Técnicos al Comercio. u. Establecer, coordinar y mantener actualizado un Sistema Nacional de Información de reglamentos técnicos que puedan constituir una barrera al comercio en coordinación con Instituciones Nacionales e Internacionales. v. Mantener una base de datos actualizada sobre los reglamentos técnicos que constituyen una barrera al comercio y un registro de las notificaciones a la OMC, tanto las efectuadas por el país como otros socios comerciales. w. Mantener la información y documentación sobre los reglamentos técnicos para Costa Rica, de los países miembros de la OMC, el ALCA (�rea de Libre Comercio para las Américas) y los tratados regionales y bilaterales de libre comercio que Costa Rica tenga vigentes o en negociación. x. Elaborar materiales divulgativos (escritos, radiales, televisivos) y producir (boletines, fichas técnicas, memorias, manuales de procedimientos técnicos, afiches y material audiovisual). y. Gestionar, coordinar y divulgar información sobre la situación de los Obstáculos Técnicos al Comercio nacional e internacional, su impacto y sus consecuencias, por medio de charlas, talleres, seminarios a nivel nacional. Fuente: Reglamento de la Ley Orgánica del MEIC, Decreto Ejecutivo No. 32475. 33 Anexo 4: Los Aspectos Más Importantes de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos  Que una misma entidad no puede exigir al administrado la presentación de información más de una vez para el mismo trámite u otro distinto.  Que no se debe pedir al administrado información que esa entidad u otra oficina de la misma entidad emita o posea.21  Que no se pueden cuestionar ni revisar los permisos o las autorizaciones firmes emitidas por otras entidades.22  Que no se puede solicitar información o requisitos que se encuentren en proceso de conocimiento o resolución en otra entidad.  Que para exigir algún trámite o requisito, éste debe sujetarse estrictamente a lo establecido por la ley y fundamentarse en ella.  Que ese trámite o requisito, junto con los instructivos, manuales, formularios y demás documentos correspondientes deben haber sido publicados en el Diario Oficial La Gaceta, que debe publicarse un aviso al respecto en un diario de circulación nacional y por medios electrónicos (página web) y que debe colocarse un aviso en lugar visible sobre los trámites que la institución correspondiente realiza y los requisitos que exige.  Que solo se puede prevenir por una vez al administrado, y por escrito, que complete los requisitos o que aclare la información antes de proceder a la resolución respectiva, suspendiendo el plazo de resolución y otorgando diez días hábiles al administrado para completar o aclarar la información presentada.  Aplicación del silencio positivo, mediante nota del administrado y respuesta de la Administración, o bien mediante certificación notarial.23  Que una entidad no debe pedir al administrado información que ya posea otra entidad pública para la resolución respectiva, sino que debe coordinar con las otras instituciones públicas para obtenerla.  Que ningún administrado debe acudir a más de una entidad para la solicitud de un mismo trámite o requisito que persiga la misma finalidad. En este caso, las instituciones deberán ponerse de acuerdo para establecer un trámite único y compartido, así como la procedencia y la competencia institucional.  Que el administrado podrá exigir responsabilidad a la Administración Pública así como al funcionario público, por la vía civil, administrativa y penal, por el incumplimiento de lo establecido en la ley, considerándose como faltas graves las siguientes: a. No aceptar la presentación única de documentos; b. No respetar las competencias; c. No dar publicidad a los trámites ni sujetarse a la ley; d. No informar sobre el trámite; e. No resolver ni calificar dentro del plazo establecido; f. Incumplir el procedimiento de silencio positivo; g. No coordinar institucionalmente; h. Irrespetar el trámite ante una instancia administrativa. 21 Se exceptúan las personerías jurídicas. 22 Salvo lo relativo al régimen de nulidades. 23 Salvo lo que legalmente esté excluido del silencio positivo o bien que así sea señalado por la Corte Suprema de Justicia, según se expone en el Reglamento a la ley. Este es el caso de la aplicación del criterio ―indubio pro natura‖, según el cual no aplica el silencio positivo en materia ambiental. 34 Anexo 5: Logros en Mejora Regulatoria Mayo 2006 – Diciembre 2009 Proyectos de Mejora en la Impacto de la Mejora Regulación 1. Visas Consultadas y Sistema Digital de Visas posibilita al usuario realizar en forma electrónica su solicitud de Consuladas otorgamiento de visa de ingreso a Costa Rica, lo que simplificaría los trámites y reduciría el tiempo y la cantidad de visitas que un ciudadano debe realizar al Consulado para esta Gestión. 2. Diagnóstico para obtener el El sistema para obtener el Certificado Fitosanitario de Exportación es una CFE en el SFE aplicación web que le permite a los clientes de MAG-SFE, realizar las solicitudes de registro de personas exportadoras (físicas y jurídicas).Los funcionarios del SFE podrán recibir las solicitudes, revisarlas, solicitar enmiendas a la documentación y aprobar el Certificado Fitosanitario de Exportación. 3. Trámite Exoneración de Este trámite que se debe seguir depende del Grupo de Riesgo dentro del que se clasifique la Vertido de Aguas Residuales actividad productiva, según el Reglamento General para el Otorgamiento de PSF del Ministerio de Salud 4. Dirección General de Utilizando como base la directriz de empresas reconocidas que se emitiera durante el 2008, se Migración y Extranjería diseño un desarrollo un registro digital para estas empresas, que permitirá realizar sistema en Sistema de Trámite en Línea línea los trámites de visa temporal para los ejecutivos y técnicos de estas empresas. A la vez de Registro de Empresas y este sistema fortalece los controles migratorios, da mayor transparencia al proceso de Residencias Temporales. (27- otorgamiento de residencias, lo que incide favorablemente en la seguridad nacional. 08-09) 5. Sistema Digital de Certificado Certificado Veterinario de Operación (CVO) y Sistema Digital: Se implementó un sistema de Veterinario de Operación expediente digital que permitirá que los productores del sector pecuario, puedan obtener su (CVO) . (4-08- 09) permiso en línea para la obtención del Certificado Veterinario de Operación a los Certificado establecimientos que se dediquen: a la comercialización de animales; aquellos que elaboren, importen, desalmacenen, fraccionen, almacenen, transporten y vendan productos y subproductos, material genético o biotecnológico todos de origen animal, medicamentos veterinarios, sustancias peligrosas, para la salud animal y químicos para los alimentos de origen animal; los establecimientos autorizados y acreditados para la exportación de productos agropecuarios, los destinados al sacrificio de animales o que industrialicen, entre otros. 6. Ventas a futuro (Julio 2009) Se reformó el Decreto Ejecutivo No. 25234- MEIC, Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, en el tema de Ventas a futuro, a fin de ampliar la protección a los derechos legítimos de los consumidores y reforzar los principios de coordinación institucional, reglas claras y sujeción a la ley que inspiran la mejora regulatoria. La propuesta de decreto se encuentra para la firma del Sr. Presidente de la República. 7. Diagnóstico sobre los trámites Se concluyó un diagnóstico sobre el Departamento de Inscripciones de la de inscripción de adopciones, Dirección General del Registro Civil, en relación con los trámites de adopciones, matrimonios, matrimonios, divorcios y divorcios y defunciones, sus cuellos de botellas y se platearon acciones para mejorar defunciones en la Dirección General del Registro Civil, Tribunal Supremo de Elecciones. (Julio 2009) 8. Perforación y Concesión de Se realizó un diagnóstico sobre el trámite de perforación y concesión de agua y se está en el aguas (Julio 2009) desarrollo de un módulo de atención del usuario externo a fin de que se realice en línea el trámite de solicitud del permiso de perforación y concesión. 9. Sistema Digital de Catálogo Se desarrolló una base de datos que permitirá a los ciudadanos acceder la información por de Trámites (Julio 2009) Internet y conocer los trámites por institución, todo de manera digital. 35 Proyectos de Mejora en la Impacto de la Mejora Regulación 10. Decreto Catálogo de Se emitió un Decreto Ejecutivo No. 35358- MEIC, que obliga a las instituciones públicas a Trámites y Plataforma de implementar un catálogo digital de trámites, el cual contendrá toda la información básica de los Servicios. DE-35358- MEIC trámites, sus requisitos, fundamento legal, plazos de duración y lugar donde se pueden realizar, del 23-6-08, LG 136 del 15- entre otros, todo accesible por Internet. Además, de crear el mecanismo de plataforma de 7-09 servicios. Lo anterior, permite que productores y ciudadanos tengan reglas claras sobre los aspectos que tienen que cumplir para poder ejecutar los trámites establecidos. Este sistema incorporara un mecanismo de evaluación periódico de los trámites e instituciones que se está en proceso de implementación. 11. Proyecto de Ley de Este proyecto viene a fortalecer la Dirección de Mejora Regulatoria, con los tres aspectos sobre Reforma Integral a la Ley de el carácter vinculante de los criterios que emita la Dirección, además, busca que la revisión de Promoción de la las regulaciones sea ―ex ante‖ Competencia y Defensa y no ―ex post‖ y se adicionan varios artículos a la Ley Nº 8220, a fin de poder aplicar Efectiva del Consumidor, sanciones, para los casos de incumplimiento que prevé el artículo 10 de dicho cuerpo Expediente Legislativo No. normativo. 17.348 Publicada en La Gaceta 114 del 15-06-09 12. Proyecto de Ley de Este proyecto de ley pretende desarrollar a través de líneas de acción al interior de las Competitividad del Estado instituciones una transformación del Gobierno en relación con aspectos de eficacia y eficiencia Costarricense (Junio 2009) que alcancen los resultados planeados. Además, reforma radicalmente la orientación y la capacidad de respuesta del Gobierno a las necesidades de la ciudadanía, procurando mejorar la capacidad de gobernar y clarificando el papel central del Gobierno y finalmente, recuperar el papel de liderazgo y la confianza de los ciudadanos en el Gobierno. 13. Proyecto de Ley de Este proyecto de ley busca introducir mejoras y cambios puntuales en leyes trascendentales mejoramiento en los tendientes a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, mejorando a su vez los trámites y trámites ante las requisitos previstos en la Ley General de Salud; la Ley General del Servicio Nacional de Salud instituciones públicas y de Animal; la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas; el Código mejora de la calidad de vida Municipal; y la Ley Orgánica del Ambiente, entre otras leyes. de los ciudadanos (Junio 2009) 14. Diagnóstico del �rea de Se analizó el área de registro de insumos agrícolas, se detectaron el cuellos de botella en la Insumos Agrícolas tramitación y se realizaron las recomendaciones v pertinentes a fin de agilizar dicho trámite (Plaguicidas) (Junio 2009) 15. Sistema Digital de Se desarrolló sistema digital que permite realizar en línea y en forma simultánea los trámites Formalización de Empresas básicos para abrir un negocio en el país, lográndose así obtener en forma simultánea el permiso (Mayo 09) sanitario (Ministerio de Salud); la inscripción como contribuyente en la Dirección de Tributación, la suscripción de la póliza de Riesgos del Trabajo ante el INS, la patente Municipal y poder reportarse como patrono ante la CCSS. Con este nuevo procedimiento el ciudadano logra un significativo ahorro en los tiempos de tramitación y el número de visitas que tenía que realizar a las distintas instituciones, pasando de un plazo de días en el mejor de los casos a 2 días con el nuevo sistema y a tener que hacer una única visita para el retiro de su permiso en lugar de 12 visitas anteriores. Este sistema ya se implementó en la Municipalidad de Curridabat y se está trabajando en la implementación en siete municipalidades más, para extenderlo a todo el resto del país. 16. Declaración de Bienes Se pone a disposición del ciudadano una herramienta electrónica para la declaración de bienes Inmuebles. (Mayo 09) inmuebles, a través de la cual desde una computadora en cualquier parte del país y del mundo podrá realizar dicha declaración y adjuntar, en forma digital, los requisitos que se solicitan, el sistema realiza el cálculo de los impuestos a pagar y permite posteriormente pagar el importe resultante. Con este proyecto se espera mejorar la recaudación, el control de las propiedades y allegar recursos a los municipios para fomentar un mayor desarrollo de los cantones. Se está a la espera de su lanzamiento oficial. 36 Proyectos de Mejora en la Impacto de la Mejora Regulación 17. Tribunal Supremo de Se concluyó un diagnóstico sobre el Departamento de Inscripciones de la Elecciones. (Febrero 09) Dirección General del Registro Civil, en relación con los trámites de adopciones, matrimonios, divorcios y defunciones. 18. Productos Higiénicos, Se logró la armonización de los requisitos de registro para productos higiénicos a nivel Registro e Inscripción centroamericano de manera que si un producto se registra en CR, este debe ser reconocido por sanitaria. Resolución No. los cuatro países restantes o viceversa, logrando la libre movilización de mercancías, 231-08 Decreto DE- 35031 favoreciendo el comercio interregional del 12-02-09, LG 30. 19. Productos Cosméticos, Se logró la armonización de los requisitos de registro para productos cosméticos a nivel Registro e Inscripción centroamericano de manera que si un producto se registra en CR, este debe ser reconocido por sanitaria. Resolución No. los cuatro países restantes o viceversa, logrando la libre movilización de mercancías, 230-08 Decreto DE- 34887 favoreciendo el comercio interregional. del 27-11-08, LG 230. 20. Reglamento General para el Se establece una serie de regulaciones generales para el otorgamiento del Otorgamiento del Certificado Veterinario de Operación (CVO), que permitan asegurar la obtención de dicha Certificado Veterinario de autorización a cualquier administrado que así lo requiera, con un mínimo de requisitos pero Operación, DE- 34859, garantizando el respeto y protección a la publicado en LG 230 del 27- salud humana, la salud animal y el medio ambiente. 11-08 21. Reforma al Reglamento de Elimina el requisito de inscribir el nombre con el que se va a bautizar un proyecto inmobiliario la Ley de Creación de la privado, el cual representaba un trámite sin ningún valor agregado y requería de al menos 2 Comisión Nacional de visitas y alrededor de dos semanas de espera por parte del administrado. Nomenclatura. Decreto Catálogo de Trámites y Plataforma de Servicios: DE-34762-MCJ del 30-09- 08 22. Reforma al Reglamento de Permite el trámite de visado de planos con la figura del anteproyecto de conformidad con el la Ley Reguladora de la artículo 1 de la Ley. Se elimina una longitud máxima o mínima para las servidumbres, pero se Propiedad en Condominio sujeta el ancho al número de filiales de conformidad con el Reglamento de Control Nacional de DE-34708 MIVAH-MEIC- Fraccionamiento y Urbanizaciones. Se dan reglas claras para el cálculo de la densidad, en TUR LG 165 del 27-08-08 ausencia de plan regulador, la cual resulta del área total del condominio madre dividida entre el área del lote mínimo y para el caso de multifamiliares se calcula por dormitorios. 23. Reglamento General de Incorpora nuevos instrumentos de ordenamiento territorial adicionales a los planes reguladores, Evaluación de Impacto permitiendo lograr una compensación en puntaje a los proyectos que se desarrollen de Ambiental de la SETENA, conformidad a los usos autorizados. Establece las condiciones bajo las cuales se mantiene la DE 34688-MINAE, vigencia de la viabilidad aún cuando operen ajustes al diseño. publicado en LG No. 157 del 14-08-08. 24. Reglamento General para el Se modificó la regulación vigente en material de Funcionamiento del Ministerio de Salud; a otorgamiento de Permisos través de dicha reforma, las actividades bajo impacto sanitario y ambiental (Grupo C) pueden de Funcionamiento del obtener el permiso de funcionamiento con la sola presentación de su solicitud y una declaración Ministerio de Salud, DE- jurada del cumplimiento de los requisitos sanitarios, lo cual será reforzado con un fuerte 34728, publicado en LG 174 mecanismo de verificación en el sitio por parte de las áreas rectoras de salud. del 09-09-08. Reformas y Derogatorias al DE-34728, Reglamento General para el otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del Ministerio de Salud, DE- 35145, publicado en LG 75 del 20-04-09 37 Proyectos de Mejora en la Impacto de la Mejora Regulación 25. Circular de Empresas y Las empresas que requieren trasladar personal especializado para residir en Costa Rica Regularización Migratoria realizarán los procedimientos de una manera más ágil, obteniendo un ahorro significativo en del personal. DG-2663- tiempos de tramitación y respuesta. Esta circular incluye las subcategorías migratorias de 2008 del 22-09-08. ejecutivos, representantes, gerentes, científicos, profesionales y personal técnico de apoyo de empresas establecidas en el país, dedicadas a aquellas áreas definidas como prioritarias, según las políticas migratorias y de inversión extranjera, así como cónyuges e hijos, científicos profesionales y técnicos especializados y registrar su empresa. 26. Implementación del Con apoyo del Banco de Costa Rica se desarrolló un sistema básico (modulo externo y primera expediente digital en etapa del módulo de revisión) para realizar el trámite de otorgamiento de la viabilidad SETENA (Julio 2008) ambiental en forma digital cuyo lanzamiento se dio el 14 de julio de 2008, iniciando un proyecto piloto para los trámites de bajo impacto ambiental (D2) los cuales pasaron de una duración de 15 días a en promedio 5 días. Los ahorros para el resto de los trámites estarán en función de la implementación para el 100% de los casos, bajo la responsabilidad de la SETENA y del MINAET. 27. Reglamento para la Establece la metodología para elaborar las Guías y oficializa la Guía de Construcción. Esto elaboración, revisión y permite simplificar cerca del 80% de los casos que se presentan a la SETENA oficialización de las Guías Ambientales, DE 34522- MINAE, publicado en LG No. 115 del 16-06-08 28. Reglamento de fijación de Permitirá dar sostenibilidad financiera a esta Secretaría. tarifas de servicios brindados por la SETENA, DE 34536- MINAE, publicado en LG Nº 108 del 5-06-08 29. Modificaciones al Decreto Permite la incorporación de las Guías Ambientales al proceso de evaluación ambiental, con lo del D1: DE 34375- MINAE, cual se simplifica el proceso de evaluación previa, dando un LG Nº 84 del 2- 05-08 incentivo en calificación a los desarrolladores que voluntariamente se acojan a la guía de su sector, pero a la vez tal guía pasa a ser parte de los compromisos ambientales que este suscribe. 30. Reglamento para Ofrece certeza jurídica al administrado en general y a los laboratorios del sector privado en Laboratorios Oferentes, de particular, con relación a la competencia del Servicio Nacional de Salud Animal de oficializar Referencia y con Ensayos ensayos, determinar laboratorios de referencia y oferentes que coadyuvarán en la protección de Oficializados por SENASA. la salud animal, la salud pública veterinaria, el ambiente y el funcionamiento del SENASA. DE No. 34493 Publicado en Asimismo, establece los requisitos de control de calidad y procedimientos de La Gaceta Nº 88 del 08-05- auditoria técnica para los laboratorios con ensayos oficializados. 2008. 31. Productos Farmacéuticos. Brinda reglas claras y establece condiciones y características que deben cumplir las instancias Medicamentos de uso competentes para validar las pruebas analíticas que se utilizan en el control de la calidad de los humano. Verificación de la medicamentos. (DE Nº 34480 Publicado en LG. 85 del 05- 05-2008). Calidad. (Mayo, 2008). 32. Registro y equipo material Establece la posibilidad de aceptar resultados de procedimientos de evaluación de la biomédico DE- 34482 del 3- conformidad, mediante el mecanismo de equivalencia de los sistemas de registro, de otros 3-08 LG Resolución países con estándares similares o superiores a los del país, simplificando el registro en Costa Publicada 25-4- 08. LG 80 Rica, y a la vez garantizando a la ciudadanía la protección de la salud. Alcance 19. 38 Proyectos de Mejora en la Impacto de la Mejora Regulación 33. Diagnóstico sobre el trámite Se realizó un levantamiento del procedimiento para el otorgamiento de residencias temporales para el otorgamiento de para las subcategorías migratorias de ejecutivos, representantes, gerentes, científicos, Residencias temporales profesionales y personal técnico de apoyo de empresas establecidas en el país, dedicadas a Visas. (Febrero, 2008): aquellas áreas definidas como prioritarias, según las políticas migratorias y de inversión extranjera, así como cónyuges e hijos, científicos profesionales y técnicos especializados y registrar su empresa, podrán contar con la posibilidad de realizar los procedimientos de solicitud de su residencia temporal en línea, obteniendo un ahorro significativo en tiempos de tramitación y respuesta. y un diagnóstico del mismo con las propuestas de solución. 34. Sistema Electrónico de En apoyo al Visado digital anterior; mediante el apoyo de la Agencia Canadiense de Desarrollo Permisos de Construcción Internacional (ACDI) y CRUSA, se firmó e inició el desarrollo una propuesta de Sistema para SEPCO (Diciembre 2007) la obtención de permisos de construcción en forma electrónica, que busca simplificar los trámites de permisos de construcción, en las municipalidades, para posteriormente implementar el sistema digital de aprobación de los mismos. 35. Registro Digital de En conjunto con el Ministerio de Salud se simplificó y digitalizó el trámite de registro de Cosméticos. (Diciembre cosméticos; con este sistema las empresas farmacéuticas podrán realizar el trámite de registro 2007) en forma digital, ahorrando costo en tiempo y dinero. Además, le permite al usuario realizar el seguimiento paso a paso de las diferentes etapas por las que va su trámite, así como las enmiendas que le sean solicitadas por la auto5idad de salud, todo desde el sitio web. 36. Sistema Digital de visado Se implementó en conjunto con el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, un sistema para Viviendas digital que permite al ingeniero o arquitecto responsable de la elaboración de los planos de Unifamiliares (6-12-07) viviendas tramitar en línea del visado respectivo y obtener en la municipalidad correspondiente, el permiso de construcción para su cliente, de manera que el usuario recibe directamente de dicho profesional ya el permiso listo para poder iniciar la construcción de su casa, pasando el trámite de una duración promedio de 62 días a tan solo 2 días, con ahorros cercanos al medio millón de colones en el costo de la tramitología para una casa de habitación de clase media. Este sistema ya está disponible en las Municipalidades: Curridabat, Grecia, San Carlos, Alajuela, Belén, Cartago, Desamparados, Escazú, Garabito, Goicoechea, Heredia, Moravia, Nicoya, Valverde Vega, Santa Ana, Santo Domingo y Coronado y se espera continuar sumando más Municipios. La implementación de este sistema requirió la reforma al Reglamento de Visado de planos (DE-33799-MP-MIVAH-SMEIC), en la cual se les dio una mayor responsabilidad a los profesionales, los cuales deberán mediante una declaración jurada indicar que se cumple con la legislación vigente y paralelamente se reforzó el proceso de fiscalización mediante las �reas Rectoras de Salud. 37. Reglamento para los Establece nuevos procedimientos que aceptan como válido la realización de estudios de estudios de Estabilidad de estabilidad en lotes primarios para producto nuevos y estudios de estabilidad realizados en Medicamentos Requeridos productos fabricados en diferentes lugares, bajo las para su Registro Sanitario mismas condiciones de elaboración. (DE No. 33850 publicado en LG. 133 del 11-07-2007. ante el Ministerio Salud. (Julio 2007). 38. Declaración Jurada de Se elaboró una reforma al decreto ejecutivo de Visado de Planos de Construcción, con base en Viviendas DE No. 33799- la cual se brinda una mayor responsabilidad a los profesionales, los cuales deberán mediante MP-MIVAH-S-MEIC- del una declaración jurada indicar que se cumple con la legislación vigente y paralelamente se 12-06-2007 refuerza el proceso de fiscalización mediante las �reas Rectoras de Salud. 39. Reforma al Reglamento a la Reforma varios artículos, mediante esta se simplifica el proceso de otorgamiento de régimen y Ley de Zonas Francas la obtención de la condición Auxiliar de la función pública aduanera, al unificarse en un solo (Diciembre, 2006) proceso ambos trámites. 40. Diagnóstico sobre los Se realizó un diagnóstico sobre el trámite de contrato turístico, el cual permite detectar los trámites de contrato turístico principales cuellos de botella y trabas que prolongan excesivamente este trámite. Se discutirá (Diciembre, 2006) con el ICT próximamente. 39 Proyectos de Mejora en la Impacto de la Mejora Regulación 41. Trámite con la Dirección Se inició con un proceso de sensibilización y capacitación en materia de Simplificación de General del Servicio Civil Trámites y la Ley 8220, dirigido a todos los funcionarios del Servicio Civil. Se concluyó el (DGSC). (Diciembre, 2006) diagnóstico de los trámites de autorización de los programas de capacitación de las instituciones públicas y se presentó el informe al DGSC. Se continuará con los trámites de concursos y nombramientos de funcionarios de la Administración Pública y del área docente, con el fin de simplificarlos. 42. Establecimiento de los Busca generar un proceso multiplicador de la simplificación de trámites a lo interno de las Enlaces Institucionales y instituciones públicas, donde el jerarca designará un funcionario con autoridad suficiente para Programas de Mejora solicitar los cambios necesarios y dar seguimiento a los programas de mejora y simplificación Regulatoria y Simplificación que se implementen a lo interno de cada institución de Trámites (Diciembre, 2006) DE No. 33678 del 10- 04-2007. 43. Procedimiento Técnico y Se fijan lineamientos claros sobre el procedimiento a seguir para la utilización de los Ambiental para los escombros que se generen producto de los movimientos de tierra tanto dentro de los proyectos movimientos de tierras. DE- como fuera de estos. Además, se logró la coordinación interinstitucional entre Setena y la 33959 publicado LG 244 del Dirección de Geología y Minas a efecto de no duplicación en el trámite. 19-12-07 44. Guía de respuesta en caso de Oficialización para efectos de aplicación obligatoria la ―Guía de respuesta en caso de emergencia para transporte emergencia para el transporte de materiales peligrosos‖, con este decreto se pretende de materiales peligrosos. reglamentar las condiciones técnicas y jurídicas bajo las cuales es posible el transporte terrestre (Diciembre, 2006). de productos o sustancias tóxicas y peligrosas, brindando reglas claras para este tipo de transporte. (Este decreto se encuentra en proceso de firma del Presidente de la República). 45. Alineamiento digital para Se logró mapear todos los aeropuertos y campos de aterrizaje, así como sus zonas de influencia, zonas de influencia de a efecto de obtener los alineamientos correspondientes para poder construir. Toda esta aeropuertos (Noviembre 06) información se sobrepuso, mediante un sistema digital elaborado por el CFIA, sobre las hojas cartográficas 1:25000, totalmente interactivo con el cual el usuario solo georeferencia su propiedad y el sistema le ubica el sitio a efecto de poder visualizar si está o no afecto a un área de influencia de una aeropuerto y que por lo tanto si tiene restricciones de altura para sus proyectos de construcción y si requiere, por tanto, el alineamiento de Aviación Civil. Además, se logró la oficialización de las hojas cartográficas indicadas por parte del Instituto Geográfico Nacional. 46. Portal Oficial de Trámites de Se desarrolló e implementó una página oficial con información la sobre los trámites, requisitos Construcción. (Noviembre, y formularios, que deben completarse para llevar adelante los proyectos de construcción, con la 2006). DE No. 33619 del finalidad de dar reglas claras al ciudadano y que los funcionarios de las instituciones se 12-03-2007 apeguen a lo legalmente establecido y publicado en dicho portal. Además se incluyó una serie de mapas digitales, a los que el usuario puede acceder para poder revisar las posibles restricciones que afectan su propiedad, como son: zonas de protección, existencia de carreteras nacionales, acueductos, aeropuertos, entre otros, que requieren del establecimiento de retiros obligatorios o alineamientos. Este portal permite una gestión más transparente y eficiente por parte de las instituciones participantes del portal y lograr una racionalización y un mejor aprovechamiento de los recursos públicos, una disminución de papeleo y requisitos innecesarios y de los tiempos de espera del administrado, en recopilar dicha información segregada hasta entonces en las diversas instituciones. 47. Reglamento para la Se redactó una propuesta para el trámite de evaluación ambiental de los proyectos en operación evaluación ambiental para antes de 1995, estableciendo la modalidad de declaración jurada y cumplimiento de las Buenas las actividades en operación. prácticas para los casos D2 y de certificación ambiental para los D1, para efecto de la (Octubre, 2006). renovación de permisos ante el Ministerio de Salud. (Se encuentra en MINAE en asesoría legal) 48. Diagnóstico sobre el trámite Se realizó un levantamiento del procedimiento para el otorgamiento de para el otorgamiento de pasaportes y un diagnóstico del mismo con las propuestas de solución. pasaportes. (Setiembre, 2006) 40 Proyectos de Mejora en la Impacto de la Mejora Regulación Convenios de cooperación: Elaboración de un convenio para la donación de equipo con el apoyo del sector privado 49. Para apoyar la (Cámara de la Construcción, Colegio Federado y Consejo de Desarrollo Inmobiliario) a las implementación del Visado instituciones que participan en este proyecto: Ministerio de Salud e INVU que tienen Digital (Setiembre, 2006). competencia en la tramitación del visado digital de planos constructivos para que digitalicen sus trámites mediante la utilización del sistema ―Administrador de Proyectos de Construcción‖ (APC). 50. Convenio de cooperación interinstitucional para Elaboración de un convenio para la donación con el apoyo del sector privado de los apoyar la Setena. (Junio, requerimientos tecnológicos necesarios con el propósito de que la Setena implemente un 2006). sistema digital de seguimiento de los mismos y un sitio Web con la información de los trámites, basado en un diagnostico que realizó el MEIC. 51. Directriz Implementación Pretende reducir el tiempo que se tarda en aprobar, o rechazar si es del caso, los planos de del Visado Digital de Planos proyectos constructivos. Están involucradas entidades como el Ministerio de Salud, el INS, Constructivos No. 009- MP AyA y el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Se evitan los traslapes y (Publicada en LG 184 del duplicidad de revisiones lo cual demora el proceso de aprobación, tasación y visado de planos y 26/09/06) se podrá tener acceso a mapas de zonas de amenazas, a líneas de transmisión, alcantarillados, además de que todas las instituciones competentes y los profesionales de la construcción pueden acceder en tiempo real y en forma simultánea a los planos. 52. Directriz SETENA No. 008- Directriz que establece que el Presidente de la República, y los ministros del MAG, MEIC MP-MINAE-MAGMEIC hacen saber a los jerarcas de MINAE, Salud, MAG, MOPT así como al jerarca de AyA e ICE (Publicada en LG 172 del así como al Ministro de Hacienda, CNP, al Director del Servicio Civil y al Viceministro del 07-09-06 ) MEIC que deberán conformar una comisión de alto nivel para que definan un plan de acción que permita brindar una solución pronta e integral a los problemas que enfrenta SETENA. Se logro una serie de resultados positivos los cuales fueron expuestos en la Sesión No. 33 de la Comisión de Mejora Regulatoria. 53. Obtener condición PYME. Establece las condiciones a cumplir por parte de las empresas para obtener la condición de (DE 33305- MEIC-H PYME y poder acceder a los beneficios de la Ley de fortalecimiento a dichas empresas. (Publicado en LG 168 del 01-09-06) 54. Permisos de Da énfasis a la fiscalización en el campo del cumplimiento de los requisitos sanitarios y no al Funcionamiento. (DE permiso previo 33240-S Publicado en LG 161 del 23-08-06) 55. Proyecto de Ley de De acuerdo a la actual política pública se requiere un ente que implemente planes de acción y Fortalecimiento de la mejora políticas públicas con mecanismos ágiles y simples, que permitan, obtener altos niveles de regulatoria y la eficiencia y eficacia en los procesos de gestión pública en beneficio de los administrados con la simplificación de trámites. creación de la (Expediente No. 16.266 Dirección de Mejora Regulatoria. Publicado en LG 160 del 22-08-06) 56. Reforma Reajuste de Precios Esta reforma al decreto ejecutivo 33114- MEIC se pretende que los contratos de obras públicas (DE 33218- MEIC de construcción brinde reglas claras al administración y al contratista Publicada en LG 139 del 19-07-06) 57. Creación del Registro de Elimina el trámite duplicado para el registro de importadores y de productos, que existía tanto Importadores de Animales, en el Ministerio de Salud, como en el Ministerio de Agricultura y Ganadería. Por ejemplo, en productos, subproductos y un caso extremo un importador tenía que registrarse dos veces, ante Salud y Salud Animal. derivados de origen animal. Ahora el MAG registrará los productos frescos o mínimamente procesados en tanto que Salud DE-33102, Publicado en La los procesados. Gaceta Nº 134 del 12-07-06 41 Proyectos de Mejora en la Impacto de la Mejora Regulación 58. Directriz Alineamientos Nº Existen una serie de alineamientos y restricciones que se deben considerar (alineamientos de 005-MP-MEIC- carreteras, zonas de protección a aeropuertos, etc.), para que el administrado conozca esta AGMINAE- MIVAH información se emite esta directriz que busca elaborar y publicar los mapas con dicha (Publicada en LG 135 del información en un portal oficial, de manera que el profesional la tome en cuenta al diseñar y 13-07-06) posteriormente sea verificado por las instituciones en los planos específicos. 59. Directriz Plantas de Con esta directriz se pretende simplificar el trámite de aprobación de las plantas de tratamiento, Tratamiento Nº 004- eliminándolas las actuales duplicidades que existen entre el Ministerio de Salud y AYA en este MSMEIC (Publicada en LG trámite. 134 del 12-07-06) 60. Página Setena. (Junio, Diseño y desarrollo un portal para la Setena el cual incluye el procedimiento de evaluación 2006). ambiental y el trámite y formularios. 61. Directriz Moratoria Nº 001 Esta Directriz establece que no se emitirán por un periodo de un año nuevas regulaciones MP-MEIC (Publicada en cuando establezcan nuevos trámites, requisitos y procedimientos que deba cumplir el LG 100 25-05-06) Administrado ante la Administración Pública central, y descentralizada. Únicamente, se emitirán modificaciones a las regulaciones existentes en la medida que éstas busquen mejorar y simplificar los trámites vigentes. 62. Consejo de Competitividad Con este decreto se busca mejorar el clima de inversión en el país y el nivel de competitividad (DE 33150 MPCOMEX_ del país evitando el exceso de regulaciones y trámites innecesarios. MAG-MOPTMEP- MICITMIDEPLAN Publicado en LG No. 99 del 24/05/2006) 63. Reglamento General a Con este decreto se crea un mecanismo simplificado y actualizado de los Ley de Fortalecimiento de procedimientos, además se crea la Red de Apoyo de PYMES. las PYME. (DE 33311- MEIC publicado en LG Nº 97 del 22-05- 06) 64. Reglamento al artículo 18 de En éste se establece la metodología y el procedimiento para el reajuste de precios de los la Ley de Contratación contratos que se suscriben con la Administración Pública, logrando así establecer reglas claras, Administrativa. (DE 33114- objetivas y uniformes para el cálculo de los montos a reajustar; brindándole seguridad jurídica a MEIC publicado en LG 94 los administrados y un proceso más justo para ambas partes. del 17-5-06) Fuente: La mejora regulatoria y la simplificación de trámites en Costa Rica. Logros y propuestas concretas para su efectivo avance. Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), sin fecha. 42 Anexo 6: Funciones del Funcionario de Enlace Institucional de la Mejora Regulatoria y Simplificación de Tramites 1. Coordinar y dar seguimiento al proceso de revisión de los trámites y procedimientos existentes a la luz de la Ley No. 8220 y su Reglamento. 2. Coordinar la formulación e implementación del Programa de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites dentro del plan anual presentado por la institución que representa. 3. Establecer, junto con el jerarca de la institución, los trámites prioritarios para ser considerados en la formulación del Programa de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites dentro del plan anual. 4. Velar por el cumplimiento de los planes y programas de mejora regulatoria que se elaboren en sus instituciones. 5. Presentar los informes de avance del programa de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites, en concordancia con la Directriz No. 01-MP-MEIC, al jerarca de la institución para su posterior envío a la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. 6. Velar conjuntamente con el Departamento Legal, Unidad o Dependencia Encargada de su institución, para que: a- La institución realice el Análisis Costo-Beneficio de las regulaciones que vaya a emitir o modificar, e informar al jerarca cualquier omisión que se presente. b- Los trámites de la institución cumplan con lo establecido por la Ley No. 8220 y su Reglamento, la Directriz Presidencial No. 01-MP-MEIC y este Reglamento, y podrá solicitar a la autoridad competente, que se tomen las medidas correctivas y, de ser necesario, se abran los procesos administrativos para los funcionarios que incumplan con lo estipulado en la legislación citada anteriormente. 7. Implementar en sus instituciones las recomendaciones emitidas por la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica. 8. Ser el enlace institucional para que coordine con la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica del MEIC, las iniciativas de Simplificación de Trámites e implemente las observaciones sobre el cumplimiento de este Reglamento. Fuente: Decreto Ejecutivo No. 33678, Reglamento sobre los Programas de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites dentro de la Administración Pública, Febrero 2007. 43