MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL Plan de Reasentamiento Involuntario Abreviado Mejoramiento del Camino Granada-Malacatoya. (10 Km.) 1 Diciembre 2016 Diciembre 2016 2 CONTENIDO I. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................... 4 II. ANTECEDENTES ................................................................................................................................... 5 III. OBJETIVOS Y PRINCIPIOS ..................................................................................................................... 6 3.1 Objetivo General ....................................................................................................................... 6 3.2 Objetivos Específicos: ............................................................................................................... 6 3.3 Principios para la Compensación y Reasentamientos .............................................................. 6 IV. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ............................................................................................................. 8 4.1 Descripción de la Operación de los MCA .................................................................................. 9 V. LOCALIZACION DEL PROYECTO ......................................................................................................... 10 VI. METODOLOG�A ................................................................................................................................. 11 VII. FECHA DE CORTE ............................................................................................................................... 12 VIII. MARCO LEGAL APLICABLE PARA EL PLAN DE REASENTAMIENTO: ................................................... 13 8.1 Marco Legal............................................................................................................................. 13 8.2 Las Normas Nacionales y la Política Operacional 4.12 del BM ............................................... 20 8.3 Marco Institucional ................................................................................................................. 22 IX. CENSO SOCIOECONOMICO Y LINEA DE BASE DE LAS FAMILIAS ....................................................... 25 X. CRITERIOS DE VULNERABILIDAD ....................................................................................................... 37 XI. IMPACTOS DEL REASENTAMIENTO ................................................................................................... 39 XII. PROGRAMAS DEL PRAR:.................................................................................................................... 41 12.1 Programa de Compensación ................................................................................................... 42 12.2 Atención a quejas, sugerencias y reclamos: ........................................................................... 50 12.3 Programa de información y participación comunitaria del área de influencia directa del Proyecto. ........................................................................................................................................... 55 XIII. COSTOS GENERALES DEL PRA. .......................................................................................................... 57 XIV. ANEXO. .............................................................................................................................................. 58 3 I. INTRODUCCIÓN El Gobierno de Nicaragua a través del Ministerio de Transporte e Infraestructura, con financiamiento del Banco Mundial desarrollará el sub Proyecto Mejoramiento del Camino Granada – Malacatoya con una longitud de 10.00 kilómetros, que transcurre en el Municipio Granada, Departamento de Granada. El Proyecto será financiado con recursos del BM. El sub Proyecto incluye el mejoramiento de la carpeta de rodamiento, previéndose una superficie de adoquinado y mejorando las estructuras de drenaje menor existentes. Para el diseño, se ha utilizado el Manual Centroamericano de Normas Ambientales para el Diseño, Construcción y Mantenimiento de Obras Viales SIECA 2002 y las Especificaciones Generales para la Construcción de Caminos, Calles y Puentes "NIC2000". El presente documento contiene el Plan de Reasentamiento Involuntario Abreviado (PRIA), que incluye las diferentes acciones a tomar en función de las afectaciones que se generaran con la implementación del Proyecto y la definición del derecho de vía, todo en concordancia con la Política Operacional OP 4.12 de Reasentamiento Involuntario del BM. En el tramo se identificaron seis (6) casos como afectaciones, de los cuales tres (3) corresponden a la afectación de letrina, un (1) bajarete que sirve de negocio familiar, un (1) corral de ganado mayor utilizado de manera temporal y una (1) porqueriza de madera utilizada para la crianza de porcinos. Las estructuras afectadas están todas dentro del derecho de vía del camino. De igual forma dentro del PRA se han definido las opciones de compensación, entre las que incluyen la reubicación de las estructuras, compensaciones monetarias o bien una mezcla de ambas. 4 II. ANTECEDENTES El Gobierno de Nicaragua a través del Ministerio de Transportes e Infraestructura (MTI), ha solicitado al Banco Mundial (BM), el apoyo de financiamiento para la ejecución de obras viales en el contexto del Proyecto de Mejoramiento de Acceso Rural y Urbano, bajo la modalidad de préstamo de inversión. El Banco Mundial ha establecido como requisito previo para el financiamiento de proyectos, la planificación previa para un adecuado tratamiento de la población y/o grupos afectados. Por ello, el MTI de forma responsable, para cumplir oportunamente con este requisito, se planteó la necesidad de establecer un Marco de Políticas para Reasentamiento Involuntario que constituye la guía práctica de procedimientos considerando los lineamientos de la Política de Reasentamiento Involuntario del Banco Mundial y de la Legislación nacional, vinculados a la implementación de los distintos componentes en especial aquellos que integran obras de infraestructura vial dentro del Proyecto de Mejoramiento de Acceso Rural y Urbano. El Marco de Política de Reasentamiento Involuntario (MPRI), es el instrumento de gestión que permite la mitigación y compensación de los efectos negativos que la ejecución de un proyecto de infraestructura vial pueda ocasionar. Se hace necesario para restablecer la infraestructura física, el sistema económico y socio-cultural básico de los afectados, cuando el desplazamiento involuntario es requerido para ejecutar la obra de infraestructura vial. El MTI cuenta con un Marco de Politica para Reasentamiento Involuntario (MPRI), que ha guíado la preparación del PLAN DE REASENTAMIENTO INVOLUNTARIO ABREVIADO (PRIA) para el Sub-proyecto de Mejoramiento del Camino Granada-Malacatoya, para responder ante las afectaciones identificadas durante el levantamiento topográfico para la intervención del Proyecto Mejoramiento de Infraestructura Vial Rural. 5 III. OBJETIVOS Y PRINCIPIOS 3.1 Objetivo General Asegurar que las personas afectadas por el proyecto reciban una compensación justa y soluciones adecuadas a la tipología de las afectaciones identificadas a partir del levantamiento topográfico de los planos constructivos, y los plazos que se requerirán para su atención. 3.2 Objetivos Específicos:  Mitigar y compensar los seis (6) casos de las afectaciones identificados dentro del derecho de vía del camino, a través de acuerdos justos entre las personas y el MTI, garantizando el cumplimiento de las leyes nacionales y la Política OP 4.12 del Banco Mundial.  Informar oportunamente y de forma directa a las personas cuyos bienes se verán afectados, considerando las políticas y alternativas de solución ofrecidas para mitigar los impactos generados por las obras. 3.3 Principios para la Compensación y Reasentamientos Los principios que se enuncian a continuación manifiestan la filosofía de los PRI:  Evitar o minimizar los desplazamientos de población por los efectos que produce esto en la forma de vida de la población.  Considerar el reasentamiento como una oportunidad de desarrollo sostenible: Las acciones deben dirigirse a la reposición física de las pérdidas, reconstitución de actividades agropecuarias, agrícolas y rehabilitación de las condiciones de vida de las familias afectadas.  Todas las familias afectadas por el proyecto, independientemente de su condición legal, serán objeto de programas de compensación, reubicación y rehabilitación.  En el caso de que exista traslado de los afectados a otros sectores, el plan de reasentamiento deben tener en cuenta a la población de acogida: Las “comunidades de acogida� que reciben a los desplazados deberán participar también en la planificación y ejecución del programa de reasentamiento y se le ofrecerá asistencia para mejorar la integración de los dos grupos y reducir el riesgo de conflicto.  Reconocer los derechos de las personas afectada. Se reconocen como derechos de la población afectada: (1) conocer la situación del afectado y los detalles relativos a la magnitud de la afectación; (2) conocer los procedimientos relativos a la compensación por reubicación de las letrinas y porquerizas; (3) haberse reubicado antes del inicio de las obras. El Plan de reasentamiento ofrece soluciones diferenciadas compatibles con los diferentes niveles 6 de afectación Se promoverá la participación de la población afectada en las diferentes fases del proyecto en lo que respecta a la compensación con el acompañamiento de la alcaldía Municipal de Granada. El MTI en conjunto con la Municipalidad garantizará los recursos suficientes para cubrir los costos de compensación y/o reubicación de las estructuras afectadas. Articulación interinstitucional: Para la elección del Plan de Reasentamiento, el MTI a través de la Municipalidad garantizará la participación de los diferentes actores locales que tienen relevancia en la temática, además de la participación activa de los MCA como una estructura vinculada a la municipalidad. El Nuevo FISE con el tema de letrinas, además del acompañamiento del MINSA para el caso de las porquerizas y el área de medio ambiente y promotoría social de la Municipalidad 7 IV. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Gobierno de Nicaragua a través del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), ha venido impulsando con el apoyo del Banco Mundial (BM), el mejoramiento y ampliación de la infraestructura vial rural. El Proyecto de Adoquinado del Camino Granada-Malacatoya, está inmerso en este convenio de préstamo, el cual comprende el Proyecto Mejoramiento de Infraestructura Vial Rural que tiene como objetivo de desarrollo: Mejorar el acceso seguro y sostenible a los mercados y servicios en áreas rurales y urbanas de Nicaragua y permitir al Receptor responder pronta y efectivamente a una Emergencia Elegible. El Proyecto financiará los siguientes componentes: Componente 1: Mejoramiento de la infraestructura vial. Este componente financiará obras físicas de rehabilitación y mantenimiento vial para mejorar las conexiones viarias de la población con los servicios y mercados sociales y asegurar la sostenibilidad de los activos viales: Subcomponente 1.1: Descongestionar las vías de acceso urbano a Managua. Este sub-componente tiene como objetivo aumentar la capacidad vial y reducir la congestión a través de la mejora de las vías de acceso de La Garita-Tipitapa (6,6 km) y Las Piedrecitas-Mateare (11,8 Km) de dos a cuatro carriles para mejorar el acceso a Managua para los viajeros y reducir los costos de transporte. Para el tránsito La Garita – Tipitapa que forma parte del corredor norte de la Carretera Panamericana, se incorporarán medidas físicas de seguridad vial en el diseño para garantizar la seguridad de los peatones y del tráfico no motorizado y se someterán a las auditorías de seguridad vial financiadas con cargo al componente 2.2. Subcomponente 1.2: Rehabilitación y mejoramiento de caminos rurales mediante pavimentación de secciones seleccionadas de caminos rurales con adoquines o cualquier otra opción viable de reemplazo de superficie aceptable para la AIF, todo dentro del derecho de vía existente. Este sub- componente financiará obras prioritarias de mejora vial de aproximadamente 50 km de caminos rurales en regiones productivas clave utilizando el enfoque de MCA para las obras de colocación de adoquines con mano de obra intensiva y la construcción de instalaciones y estructuras de drenaje simples. El Sub Proyecto Mejoramiento del camino Granada-Malcatoya, corresponde al Subcomponente 1.2) Rehabilitación y mejoramiento de caminos rurales mediante pavimentación de secciones seleccionadas de caminos rurales con adoquines. El camino Granada-Malacatoya es una continuación del adoquinado anterior, con una longitud de 10.00 Km, cuyo objetivo fundamental es mejorar el acceso desde Granada hasta el poblado de Malacatoya mediante la colocación de adoquines de concreto. En general las actividades del adoquinado se pueden resumir de la siguiente manera:  Abra y destronque (limpieza y remoción de obstáculos)  Construcción de obras de drenaje menor transversal  Movimiento de Tierra, 8  Estabilización de la base  Adquisición, suministro, transporte y colocación de los adoquines  Construcción de obras de drenaje menor longitudinal La estructura empleando adoquines de concreto de 10 cm de espesor y TIPO TRAFICO de 3500 psi de resistencia a la compresión para la capa de rodamiento, colocadas sobre una capa base de material seleccionado estabilizado con cemento hasta lograr la resistencia mínima a la compresión de 30 kg/ cm2, estará soportada por una capa de sub-base conformada por el actual rodamiento ajustado. Todas las actividades relacionadas con el movimiento de tierra y estabilización serán realizadas por una Empresa Constructora Privada, seleccionada a través de licitación previa que realiza el MTI. En general el Proyecto será ejecutado por la Alcaldía Municipal de Granada, a través de la conformación de Módulos Comunitarios de Adoquinado (MCA). 4.1 Descripción de la Operación de los MCA Los MCA son una expresión organizativa de la comunidad, cuyo objetivo es crear capacidades locales alrededor de la construcción y mantenimiento de proyectos de carretera y a la vez beneficiar a la población de la localidad mediante la ejecución de proyectos de adoquinado, ya que se generan fuentes de empleo temporal para la población local, que permiten mejorar el nivel de vida socio económico de sus pobladores Los MCA son reconocidos por la autoridad municipal, ya que esta es co-responsable de administrar los fondos y de ejecutar las obras con eficiencia, economía y transparencia, en beneficio de la comunidad, sin causar impactos negativos en el ambiente. La estrategia comprende la organización de un MCA que atienda una longitud máxima de 1.5 Km, en un período aproximado de cuatro meses o más, para la ejecución de la obra. La formación de los MCA, se basa en la selección de mano de obra local, para lo cual se trabaja en conjunto con la Alcaldía, convocando a la comunidad y utilizando registros de la población desempleada de la zona y de las comunidades aledañas a la ubicación de la obra a realizarse. Mayor información de los mismos puede encontrarse en el “Manual Operativo de los MCA�. 9 V. LOCALIZACION DEL PROYECTO El Camino Granada-Malacatoya, se localiza en el municipio de Granada, Departamento de Granada, tiene su inicio en el poblado de Malacatoya. Esta carretera corresponde a la Red Vial Básica, clasificada funcionalmente como colectora principal y pertenece a la NIC39. Tiene una longitud total de 29.0 km En el área de influencia directa del tramo de carretera se encuentran las comunidades de Cauloa, Panaloya, El Guayabo, el Hatillo, los Laureles, Osaguay, los Cocos, la Virgen, finalizando en el poblado de Malacatoya. La población directamente beneficiada por la ejecución de este proyecto es de 39,927 habitantes. Este camino se ha venido interviniendo de manera parcial, en esta nueva operación se atenderán solamente 10.00 km. En el área de influencia directa del tramo de carretera se encuentran las comunidades de El Guayabo, Camino Real, Osagay, los Cocos, la Virgen, finalizando en las inmediaciones del sector El Guayabo. La población directamente beneficiada por la ejecución de este proyecto es de 5,168 habitantes, mientras la población indirectamente beneficiada asciende a los 39,927 habitantes. 10 VI. METODOLOG�A A continuación se describe la metodología utilizada para las diferentes etapas del proceso de elaboración del Plan de Reasentamiento Involuntario Abreviado (PRIA) como una medida que permita la compensación y mitigación de las afectaciones producidas por la determinación del derecho de vía para el Proyecto de Mejoramiento del Camino Rural Granada-Malacatoya, con una longitud de 10.00 km, que pasará de ser un camino de todo tiempo a una carretera con rodamiento de adoquines. Es importante destacar el acompañamiento y gestión de las Autoridades Municipales que serán a través de los MCA los ejecutores de la obra. Definición de las afectaciones: Para poder definir la lista de las afectaciones se realizó el levantamiento topográfico del derecho de vía, además en conjunto con la Dirección de Planificación y la UGA-MTI, se verificó y ratificó en campo el nombre de los propietarios, ubicación, entrevistas y más para poder obtener un listado real y definitivo de las afectaciones. Las principales actividades desarrolladas fueron:  Seguimiento al levantamiento topográfico del derecho de vía y la verificación de plano en campo  Censo y ratificación de las familias afectadas  Definición de las afectaciones y valoración de los impactos relacionados con la infraestructura afectada;  Diagnóstico de las condiciones de la tenencia de las propiedades  Celebración de Consultas Públicas.  Establecimiento de un mecanismo de quejas.  Sistema de Seguimiento y Monitoreo.  Calendario y presupuesto. Descripción metodológica de la aplicación del instrumento (encuesta) a protagonistas. El instrumento aplicado es parte del Marco de Políticas para el Reasentamiento Involuntario (MPPI), la misma cuenta con la no-objeción del Banco Mundial. Se aplicó la encuesta a seis familias que tienen infraestructura que será afectada por la actividad del proyecto. Con la finalidad de tomar en cuenta la opinión y percepción que tienen los propietarios por la definición del derecho de vía, se realizaron visitas a cada uno de los propietarios. Se revisó, cotejando en campo y actualizando los planos de Derecho de Vía. Así como el listado de los afectados, la ubicación de los mismos sobre la vía, se identificó la tipología de afectación y se cuantificaron. Se procesó la información de las encuestas, a través de los resultados procesados por el programa estadístico conocido por sus Siglas en Ingles " Statistical Package for the Social Sciences " (SPSS). Para efectos de análisis, se consideraron variables relevantes del área afectada incluyendo los 11 impactos y afectaciones sociales que genera el proyecto. El tramo del proyecto, de acuerdo a los Planos de afectación por la definición del Derecho de Vía, se identifica un total de seis (6) afectaciones, tomando como referencia las secciones típicas establecidas. VII. FECHA DE CORTE Según los procedimientos es importante establecer la fecha de límite a partir de la cual no se considerará más afectados, normalmente coincide con el censo elaborado para identificar a las personas que tendrán derecho a compensación. Para el Proyecto de Adoquinado, la fecha de corte es el 06 de diciembre de 2016, las cuales fueron acordadas con las municipalidades y familias durante la jornada de socialización (ver evidencia socialización) y serán divulgadas de manera masiva. 12 VIII. MARCO LEGAL APLICABLE PARA EL PLAN DE REASENTAMIENTO: A continuación se presenta un resumen del marco legal aplicable al reasentamiento que ha sido contemplado en el Marco de Política de Reasentamiento, que es la guía para la aplicación de reasentamiento en caso de desplazamientos forzosos, tanto de pobladores propietarios de inmuebles como de pobladores poseedores de viviendas y propietarios de negocios ocasionados por el proyecto y se orienta a partir de: a. El marco legal aplicable de la legislación nacional. b. Las normas de carácter internacional ratificadas por el Estado de Nicaragua, a través de normas nacionales aplicadas para la compra de predios afectados por el proyecto, el método de avalúo de los bienes afectados y la estipulación de los procedimientos en los casos que se deba aplicar la expropiación. c. Los requisitos normativos del Banco Mundial contenidos en la OP 4.12 concordantes con los estándares internacionales de la Banca Multilateral. Esta normatividad del Banco es fundamental, de manera especial, porque las directrices del Banco Mundial en su Política de Reasentamiento orientan el propósito de apoyar el restablecimiento de las condiciones socioeconómicas de TODA la población objeto de desplazamiento forzoso, sin distinción frente a la tenencia del predio, propendiendo un trato igualitario tanto a propietarios como a poseedores, tenedores, ocupantes y arrendatarios. 8.1 Marco Legal El marco jurídico nicaragüense protege y tutela los derechos individuales de todos los Nicaragüenses, estableciendo garantías constitucionales a quien se le vulnere su derecho de propiedad, es así que además del precepto constitucional se cuenta con una ley especial que establece el procedimiento específico en los casos de Expropiación, la que puede producirse por considerarse y así decretarse de Utilidad Pública o de interés social, la ley de la materia regula las causales y procedimiento legal, incluyendo el juicio de Expropiación forzosa así como la Transmisión e inscripción de los bienes expropiados. Tomando en cuenta la jerarquía de las leyes en Nicaragua, el país tiene como supra norma La Constitución Política, seguida de las leyes de rango constitucional, las leyes ordinarias, Decretos ley, reglamentos, ordenanzas y sentencia. En Nicaragua no existe normativa específica para el reasentamiento de población. No obstante, considerando el compromiso del gobierno de Nicaragua y aunque las acciones previstas en el proyecto no contemplan reasentamiento involuntario de población, pues se procura que los nuevos trazados de los tramos carreteros no afecten a los poblados establecidos, de ser necesario por identificar afectaciones aun dentro de derecho de vía, se procederá a elaborar un plan de reasentamiento con independencia de la cantidad de unidades sociales afectadas. Las autoridades 13 del MTI negociarán el traslado de las viviendas hacia lugares seguros y avalados por la municipalidad correspondiente. Normas Constitucionales La Constitución Política de la República de Nicaragua, para el caso del reasentamiento involuntario, ofrece un marco general, de modo específico reconoce la garantía al derecho de propiedad privada de los bienes muebles e inmuebles y de los medios e instrumentos de producción, derecho que está sujeto a las causas de utilidad pública e interés social. Así como el irrestricto respeto a los derechos humanos, entre estos el derecho a gozar de una vivienda digna y segura para los nicaragüenses. Constitucionalmente en Nicaragua se garantiza el derecho de propiedad privada (Arto 44 Cn). Derecho que no es absoluto, pues el interés general prevalece ante un interés particular, de tal modo que ante la necesidad de un interés público, este derecho de propiedad puede ser declarado de utilidad pública o de interés social para la expropiación cuando se trate de llevar a cabo obras, servicios o programas en cumplimiento de la función social, en este mismo sentido la norma suprema en el mismo Artículo párrafo segundo manifiesta de manera clara que “En virtud de la función social de la propiedad este derecho está sujeto por causa de utilidad pública o de interés social, a las limitaciones y obligaciones que en cuanto a su ejercicio le impongan las leyes. El Arto. 44 Cn. establece: “se garantiza el derecho de propiedad privada de los bienes muebles e inmuebles y de los instrumentos y medios de la producción�. En virtud de la función social de la propiedad, este derecho está sujeto, por causa de utilidad pública o de interés social, a las limitaciones y obligaciones que en cuanto a su ejercicio le impongan las leyes. Los bienes inmuebles mencionados en el párrafo primero pueden ser objeto de expropiación de acuerdo a la ley, previo pago en efectivo de justa indemnización. El Arto. 60 Cn. establece que los nicaragüenses tienen derecho de habitar en un ambiente saludable; es obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y de los recursos naturales. El Arto 89 Cn establece que el Estado reconoce las formas comunales de propiedad de la tierra de las comunidades de la Costa Caribe. Igualmente reconoce el goce, uso y disfrute de las aguas y bosques de sus tierras comunales. De conformidad con el Arto. 103 Cn. El estado debe garantizar la coexistencia democrática de las formas de propiedad pública, privada, cooperativa, asociativa y comunitaria, todas ellas forman parte de la economía mixta, están supeditadas a los intereses superiores de la nación y cumplen una función social. 14 Identificación y descripción de leyes y reglamentos aplicables  LEY DE DERECHO DE V�A El Decreto Nº 60, dictado el 10 de septiembre de 1952, establece las distancias mínimas aplicables a los proyectos de construcción de infraestructura vial en caminos vecinales con una anchura de diez metros a partir del eje central de la carretera.  CÓDIGO CIVIL Arto. 6l7. Nadie puede ser privado de la propiedad sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ésta. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por la ley o por sentencia fundada en ella; y no se verificará sin previa indemnización. En caso de guerra, no es indispensable que la indemnización sea previa. Si no precedieren esos requisitos, los jueces ampararán, y en su caso, reintegrarán en la posesión al expropiado. En Nicaragua la legislación reconoce tres tipos de propiedad, sus formas de adquirirla y regula las formas de transmisión de ésta. El Arto. 610 indica que “Las cosas o bienes con relación a las personas a quienes su propiedad pertenezca o que puedan de ellas aprovecharse libremente, llámense públicas, comunes y particulares�. 1. Propiedad pública. Arto 611.- Son públicas las cosas naturales o artificiales, apropiada o producidas por el Estado o corporaciones públicas, y mantenidas bajo su administración, de las cuales es lícito a todos, individual o colectivamente, utilizarse, con las restricciones impuestas por la ley o por los reglamentos administrativos. Pertenecen a esta categoría: Arto. 6l4.- Son bienes del Estado, todas las tierras que, estando situadas dentro de los límites territoriales, carecen de otro dueño. 2. Propiedad particular o privada. Arto. 613.- Son particulares, las cosas cuya propiedad pertenece a personas natura les o jurídicas, y de que nadie puede beneficiarse, sino aquellas personas u otras por la mismas autoridades. 3. Propiedad común. Es la propiedad de uso colectivo. El derecho común de Nicaragua establece dos grandes instituciones como formas de ostentar bienes inmuebles: a) Derechos de Propiedad que constan en Títulos Reales. Estos pueden ser adquiridos través de donaciones (herencias o donación entre vivos), a título oneroso (compra-venta Artos. 2530 al 2715 C, permuta Artos. 2748 al 2755 C). En estos casos, la Constitución Política de la República es clara en su artículo 44 Cn en la forma de efectuar la indemnización, cuando el bien está dentro del desarrollo de un proyecto de utilidad pública. 15 El Arto. 897 C Para adquirir la propiedad de los inmuebles, o algún derecho real sobre ellos por prescripción, se necesita una posesión de diez años. El derecho de poseer se prescribe por la posesión de un año. b) Derechos Posesorios. La posesión de un bien inmueble, cuando no se tiene un título real sobre él, es también considerado un derecho tutelado por la ley, en esa medida el poseedor también goza de derechos sobre el bien. La posesión de un bien inmueble puede estar respaldado a) por título (que no es real, sino un título supletorio) inscrito en el correspondiente Registro Público de la Propiedad; o b) simplemente poseer sin tener título alguno, que en dicho caso el que tiene el bien es un mero tenedor. El Arto. 1566 C Las servidumbres establecidas por la ley tienen por objeto la utilidad pública o privada. El Arto. 1567 C Las servidumbres establecidas para la utilidad pública tienen por objeto las corrientes de agua, las veredas a lo largo de los ríos, canales navegables o fáciles para el transporte, la construcción o reparo de caminos y demás obras públicas. Todo lo concerniente a esta clase de servidumbre se determina por las leyes y reglamentos especiales. El Arto. 1680 C Las servidumbres establecidas por utilidad pública o comunal, para mantener expedita la navegación de los ríos, la construcción o reparación de las vías públicas, y para las demás obras comunales de esta clase, se arreglan y resuelven por leyes y reglamentos especiales.  LEY GENERAL DE CATASTRO NACIONAL. Catastro municipal, como una dependencia de la Alcaldía Municipal, con las facultades establecidas en la Ley General de Catastro Nacional y que tiene dentro de sus facultades realizar y ejecutar la valoración de las propiedades de bienes inmuebles en su territorio, tanto para el cobro del Impuesto de Bienes Inmuebles y cualquier otro tributo que tenga como base el valor catastral en el ámbito nacional, así como para efecto de indemnizaciones y cuantificación de daños por desastres naturales u otras causas, de acuerdo a las normas técnicas emitidas por la Dirección de Catastro Fiscal y aprobadas por la Comisión Nacional de Catastro. La ley General de Catastro no da conceptualizaciones en canto a propiedades o bienes inmuebles se refiere, remitiendo a lo estipulado por el código civil de Nicaragua. El Catastro Fiscal según el Arto.40 Inc.2 establece lo relativo a los Certificados de avalúos catastrales. Éste es el documento en el que se establece el valor de un bien inmueble con fines de transmisión, modificación del derecho de propiedad, garantía hipotecaria, indemnizaciones, fusiones y para efectos y para fines patrimoniales y financieros a que están afectadas las personas naturales o jurídicas. El Decreto 62-2013 “Reglamento de la Ley General de Catastro Nacional� en su arto 40 numeral 2 indica el procedimiento para la obtención de un Certificado de Avaluó Catastral. 16  LEY DE EXPROPIACIÓN El MTI en el marco de la Ley de Expropiación dispone de una Manual Procedimental para la Adquisición del derecho de vía en proyectos ejecutados por el Ministerio de Transporte e Infraestructura. La Ley No 229 del 3 de marzo de 1976 “Ley de Expropiación�, del 3 de marzo de 1976, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 58 del 9 de marzo de 1976, establece de manera general cuando existe causa de interés social para la expropiación, el procedimiento de declaración de utilidad pública y el juicio de expropiación forzosa. La expropiación se da por dos razones y son requisitos indispensables para el procedimiento expropiatorio: Por Declaratoria de utilidad pública: Para efectos de la ley se entiende que son de utilidad pública para la expropiación las obras, servicios o programas que tiendan a proporcionar a la nación en general o a una parte cualquiera de la misma, derechos, usos, mejoras o disfrute de beneficio común o que sean necesarios para el logro de los fines del Estado o sus instituciones. Aun cuando deban ser ejecutadas por particulares. Por declararse de interés social: Existirá causa de interés social para la expropiación cuando se trate de llevar a cabo obras, servicios o programas en cumplimientos de la función social de la propiedad y de la política de división de los latifundios in cultivados, de conservación y difusión de la mediana y pequeña propiedad rural, de colonización, de agrupamiento de población rural, de construcción de viviendas para trabajadores, de constitución de patrimonios familiares y en general de obras de servicios o programas que impongan el mantenimiento y progreso del orden social. De la Declaratoria de Utilidad Pública o Interés Social: La expropiación de derechos relativos a obras Servicios o programas de Utilidad Pública o interés social que beneficien al Estado o Municipios la declaratoria será hecha por el Poder Ejecutivo, por medio de Decreto o por medio del concejo Municipal, cuando la obra beneficie a do o más departamentos la declaratoria será hecha por el poder ejecutivo. Si la obra beneficia solamente a un municipio la declaratoria la puede hacer el Concejo Municipal.  LEY 309, LEY DE REGULACIÓN, ORDENAMIENTO Y TITULACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS ESPONT�NEOS Establece que son Asentamientos Humanos Espontáneos aquellas agrupaciones de viviendas ubicadas dentro de las áreas urbanas de un municipio determinado, en donde las familias que habitan, se posesionaron de los terrenos. Reconoce taxativamente los derechos posesorios de los habitantes de estas comunidades. 17  LEY 40-261, LEY DE REFORMA E INCORPORACIONES A LA LEY DE MUNICIPIOS. Esta Ley que regula la base administrativa y política municipal, así como la actuación de los municipios en nuestro país. En el Arto 6. El Municipio, como expresión del Estado en el territorio, ejerce por medio de la gestión y prestación de los correspondientes servicios, competencias sobre materias que afectan su desarrollo, preservación del medio ambiente y la satisfacción de las necesidades de sus pobladores. Arto. 7. El Municipio ejerce competencias sobre el control del desarrollo urbano y del uso del suelo. 5) La Planificación, normación y control del uso del suelo y del desarrollo urbano, suburbano y rural, por lo que podrá: a) Impulsar la elaboración de planes o esquemas de desarrollo urbano y garantizar el cumplimiento de los mismos Es de hacer notar que la Ley no le confiere facultades a los municipios sobre las carreteras. Sin embargo, los municipios otorgan permisos de uso de suelo en el derecho de vía. Normas Internacionales Los criterios para acoger la normatividad internacional en el presente Marco, se fundamentan en la protección de los derechos humanos, la forma idónea de tutelar los derechos de los sectores más vulnerables de la población, que por razones forzosas de índole público, se ven obligados a desplazarse de sus residencias habituales. La comunidad internacional ha señalado algunos requisitos indispensables para la realización de reasentamientos forzados a fin de evitar situaciones que atenten contra la supervivencia, la seguridad, la desigualdad, la dignidad, la libertad y la identidad de las personas y de los grupos que se ven afectados por esta situación, así como el deterioro de los derechos de acceso a los recursos sociales básicos y el deterioro de derechos ambientales y sociales. El derecho internacional promueve normas que prohíben el traslado involuntario y forzoso, ya que éste tiende a incrementar la pobreza y vulnerabilidad de los hogares afectados. Por ende, la mayoría de los Estados han aceptado el establecimiento de garantías mínimas para el cumplimiento del respeto a la dignidad humana, y la preservación de ecosistemas estratégicos para lograr el ejercicio de un orden justo en el desplazamiento. A continuación se presenta la base de la normativa internacional: a. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 de las Naciones Unidas, Artículos 17, 22, y 25. 18 b. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1976 de las Naciones Unidas, preámbulo. c. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1976 de las Naciones Unidas, Artículo 17, inciso 1. d. La Convención Americana o Pacto de San José de Costa Rica 1972, de la Organización de Estados Americanos. Del cual Nicaragua es parte. Este marco jurídico, regula la expropiación y el reasentamiento de manera puntual, revestido de matices diferenciados según el país que se trate, pero cumpliendo al menos cuatro características básicas: � Por causa de un propósito público; � De una manera no discriminatoria; � Mediante el pago pronto, adecuado y efectivo de una indemnización; � Con apego al principio del debido proceso de conformidad con la Ley de Expropiaciones. En ese sentido, la voluntad de los pueblos ha sido consagrada en la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la cual dispone que: a. Todo ser humano tendrá derecho a la protección contra reasentamientos arbitrarios que le alejen de su hogar o de su lugar de residencia habitual (Naciones Unidas. Principio 6). b. Se encuentran prohibidos internacionalmente los reasentamientos arbitrarios en caso de proyectos de desarrollo en gran escala, que no estén justificados sobre un interés público superior o primordial (Naciones Unidas. Principio 6). c. Antes de decidir el desplazamiento de personas las autoridades competentes se asegurarán que se han explorado todas las alternativas viables para evitarlo. Cuando no quede ninguna alternativa, se tomarán todas las medidas necesarias para minimizar el desplazamiento y sus efectos adversos (Naciones Unidas Principio 7). d. Las autoridades responsables del desplazamiento se aseguran en la mayor medida posible de que se facilita alojamiento adecuado a las personas desplazadas en condiciones satisfactorias de seguridad, alimentación, salud e higiene y que no se separan a los miembros de la misma familia (Naciones Unidas Principio 7). e. Las autoridades competentes tratarán de involucrar a las personas afectadas en particular las mujeres en la planificación y gestión de su reasentamiento (Naciones Unidas Principio 7). f. El desplazamiento no se llevará a cabo de tal manera que viole los derechos a la vida, dignidad, libertad y seguridad de los afectados (Naciones Unidas Principio 8). 19 En ese mismo sentido, la Convención de San José de Costa Rica de la Organización de los Estados Americanos dispone que “Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes. La ley puede subordinar el uso y goce al interés social. Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas en la ley� (Artículo 21). 8.2 Las Normas Nacionales y la Política Operacional 4.12 del BM Aunque la legislación nacional no cuenta con una Ley específica para el desplazamiento involuntario de población ocasionado por obras públicas, si tiene un a conjunto de leyes y normas que permiten adelantar los procesos en concordancia con los estándares internaciones, además de haber suscrito todos los tratados internacionales relacionados con el desplazamiento y con los derechos humanos vinculados a este. El conjunto de normas descritas en los numerales anteriores, permite que la adquisición de los terrenos o construcciones se rijan por un avalúo elaborado por especialistas, donde se determina el costo de reposición, aunque no se consideran compensaciones adicionales correspondientes al Lucro Cesante y al Daño Emergente. Tabla No. 1: Cuadro comparativo entre la política del BM con la legislación nicaragüense. OP 4.12 Leyes nicaragüenses Práctica en Nicaragua En la medida de lo posible, los La Constitución Política de Nicaragua El Reasentamiento ha tenido un reasentamientos involuntarios en su arto. 46, reconoce los derechos sentido restrictivo de derechos y deben evitarse o reducirse al inherentes a la persona, la promoción y obligaciones. mínimo. protección de sus derechos humanos. Los desplazados que carecen de Derechos Posesorios reconocidos en Se reconocen los derechos un derecho legal o una pretensión el Código Civil de Nicaragua, artos. posesorios (a partir de un año de reconocible respecto de la tierra 1,715 al 1,812. Se reconoce como formas estar detentando el bien como que ocupan recibirán “Asistencia� de tenencia de la propiedad, el dominio, propietario), y de dominio sobre en lugar de indemnización por las y la posesión, esta última siempre y las propiedades, a partir de ello se tierras que ocupa. cuando sea con ánimo de dueño, ejecutan los pagos pacifica, continua, de buena fé y por correspondientes, por compra más de un (1) año. venta, cesión de derechos o justa indemnización. No se tiene La Ley 309, Ley de Regulación, práctica de asistencia social y Ordenamiento y Titulación de económica para la restitución de Asentamientos Humanos condiciones de vida de los Espontáneos reconoce derechos reasentados. posesorios de las personas asentadas en estas comunidades. El alcance del derecho de Arto 44Cn. Nicaragua en su norma expropiación y la índole de la máxima expresa que en virtud de la La legislación nicaragüense compensación vinculada a éste, función social de la propiedad, éste permite las “Expropiaciones�. tanto en cuanto el método de derecho está sujeto por causa de valoración como a la fecha de utilidad pública o de interés social a las La ley nicaragüense se refiere pago. limitaciones y obligaciones que en únicamente a la indemnización, en cuanto a su ejercicio le impongan las los casos de expropiación por leyes, pueden ser objeto de cuestiones de Utilidad pública, expropiación de acuerdo a la ley previo interés social, de una manera no 20 OP 4.12 Leyes nicaragüenses Práctica en Nicaragua pago en efectivo de justa discriminatoria, mediante el pago indemnización. de una indemnización. En la Ley de Expropiación, Ley 229, Ninguna ley define lo que es una se reconocen los derechos posesorios en indemnización justa, solo una el Arto. 8. La Ley establece el indemnización conforme avalúo o procedimiento administrativo y judicial dictamen de peritos cuando la para los casos de expropiaciones, los expropiación sea dada de manera que están dados por circunstancias de forzosa por la vía judicial. Declaración de Utilidad pública o interés social, también establece el pago de la indemnización por parte del expropiante hacia el expropiado. De la lectura de las disposiciones legales antes citadas se concluye lo siguiente: La política de reasentamiento del Banco Mundial se ajusta a la legislación nicaragüense en lo relacionado al derecho común (dominio y posesión de los bienes).  Reconocimiento de derechos sobre la tierra. El párrafo 15 de la OP 4.12 que indica los “Criterios para determinar la elegibilidad�, clasifica los grupos sujetos a reasentamiento; están relacionados con los arts. 897, 2530 al 2715 (derechos de dominio), del 1715 1829 del Código Civil, al reconocer los derechos de dominio y los derechos posesorios.  De la Compensación. El párrafo 16 de la OP 4.12 establece que los afectados recibirán compensación por las afectaciones que sufran. En ese sentido, la legislación nicaragüense establece que aquellos afectados por la declaratoria de utilidad pública de un proyecto, deberán ser indemnizados de una manera justa y en efectivo. La OP 4.12 del BM indica que una indemnización justa es el valor de reposición de los bienes perdidos y la compensación de los ingresos no obtenidos por los efectos de los proyectos. El método de reposición involucra un mecanismo de precios de tierras que será establecido de acuerdo a precios de mercados locales con referencias (benchmark) de valores en terrenos aledaños para asegurar que la compensación es a completo costo de reposición. La compensación para las estructuras será avaluada usando tasas de costos estándar por unidad vinculadas a los materiales de construcción usados. Las características sobresalientes del método de valoración son las siguientes: (i) la valoración de los activos perdidos (estructuras comerciales y casas) en su costo total de reposición; (ii) la compensación de cualquier costo involucrado tales como las tasas e impuestos; y (iii) asistencia adicional, si es necesario, para garantizar que los afectados no experimentarán ninguna pérdida neta. 21 Cabe señalar que el método está contemplado en el Manual de procedimientos para la adquisición del derecho de vía en proyecto ejecutados por el MTI. Las siguientes medidas de la OP 4.12 del BM son contempladas en el MPRI preparado para el convenio de préstamo: a) Informar a las personas desplazadas acerca de sus opciones y derechos relacionados con el reasentamiento. b) Realizar consultas con los afectados y las comunidades de acogida (en este último caso cuando se trata de desplazamientos físicos colectivos), y darles a elegir entre distintas opciones técnicas y económicas viables de reasentamiento. c) Brindar asistencia durante el traslado, procurar el restablecimiento de sus medios de subsistencia y condiciones de vida. d) Otros aspectos que no son totalmente cubiertos por la legislación nicaragüense tales como el método de avaluó y los montos de indemnización, elegibilidad para tener derechos generados por el Reasentamiento son complementados por las previsiones del presente MPRI que se base en la OP 4.12. 8.3 Marco Institucional La adecuada planificación de los sub-proyectos viales pide que se reconozca que los mismos pueden generar modificaciones en el entorno comunitario que rodea la carretera, y que pueden influir en diversos aspectos del estilo de vida, patrones de viaje, y social así como las actividades económicas de la población. Los beneficios socioeconómicos proporcionados por las carreteras tales como la reducción de los costos de transporte, el mayor acceso a los mercados, el acceso a nuevos centros de empleo y otros, deben ser sopesados con los impactos negativos que los mismos pueden causar, sean ellos directos e indirectos, temporales o permanentes, como el caso del reasentamiento involuntario. Los documentos de licitación de obras incluirán medidas sociales estándar diseñadas durante la preparación de subproyecto para garantizar que los contratistas cumplan con las políticas de salvaguardia, en especial la OP 4.12 que será activada. La preparación, diseño y ejecución de cada Plan de Reasentamiento son responsabilidad de la Unidad Coordinadora de Recursos (UCR), adscrita a la Dirección de Vialidad. La UCR coordinara con personal de la Unidad de Gestión Ambiental, Planificación y Asesoría Legal, las actividades necesarias. El MTI acorde con lo establecido en el MPRI del Proyecto debe conformar un Comité Técnico responsable de la preparación y ejecución del Reasentamiento, en coordinación con un Comité de Negociación y un Comité de Aprobación para todos los tramos carreteros en el que sea necesaria la adquisición del derecho de vía. 22 El organigrama para la implementación del PRA, establecido para este proyecto a través del MPRI se presenta a continuación: Unidad de Costos UCR UGA Direcion Asesoria Legal Según el MPRI, el Comité Técnico de Reasentamiento, se organizará de la siguiente manera: Seguidamente se definen las responsabilidades de los actores clave del proceso de reasentamiento involuntario: El Comité Técnico de Reasentamiento, se organizará de la siguiente manera:  El Coordinador de la UGA  Administrador vial UCR  Asesor legal de la UGA  Un representante de Planificación  Especialista social UGA El Comité Técnico se establecerá una vez que se active el Marco de la Política de Reasentamiento, y tendrá permanencia hasta que se concluya la evaluación expost de cada reasentamiento. El Comité Técnico de Reasentamiento tiene las siguientes responsabilidades:  Presentar a la Unidad Coordinadora de Recursos del Banco Mundial para cada tramo carretero que requiera Reasentamiento Involuntario, el Plan de Reasentamiento y la correspondiente solicitud de No Objeción para la financiación de un sub proyecto.  Supervisar el cumplimiento del Plan de Reasentamiento Involuntario.  Verificar la aplicación de los procedimientos de reclamación.  Llevar a cabo el seguimiento de la Evaluación ex post al cierre de cada uno de los Planes. 23 El Equipo de Reasentamiento estará integrado como máximo por tres personas, y tendrá la siguiente estructura:  Administrador vial  Asesor Legal de la UGA para reasentamiento  Especialista social de la UGA El Equipo de Reasentamiento tiene las siguientes responsabilidades:  Preparar el Plan de Reasentamiento y cada uno de sus programas.  Incorporar la evaluación social y el Censo como indicadores de la línea de base del Plan de Reasentamiento.  Acompañar al Comité Negociador en las estrategias de negociación de las afectaciones.  Ejecutar el Plan de Reasentamiento  Atender el sistema de quejas y reclamos.  Atender y resolver los conflictos que se presenten durante la ejecución de los planes de reasentamiento.  Todas aquellas que emanen de este Marco de Reasentamiento. El Comité de Aprobación estará encargado de autorizar la propuesta económica presentada por el Comité de Negociación, y se conformará de la siguiente manera:  Director de Asesoría Legal.  Director General de Vialidad.  Director de la Unidad Coordinadora que ejecuta el Proyecto. Excepcionalmente, cuando la unidad social afectada otorgue consentimiento escrito, las obras podrán iniciarse, pero en ningún caso el sub proyecto podrá finalizar sin completar el plan de reasentamiento. 24 IX. CENSO SOCIOECONOMICO Y LINEA DE BASE DE LAS FAMILIAS Es importante destacar en esta sección que los datos que se reflejan a continuación corresponden con las seis familias a las cuales se les afectará alguna infraestructura ubicada en el derecho de vía Estado Civil: El estado civil es la situación de las personas determinada por sus relaciones de familia, provenientes del matrimonio o del parentesco, que establece ciertos derechos y deberes. Haciendo énfasis en el estado civil de las familias determinó que el 34% están casados y dentro de la categoría de juntado y soltero se encuentra de manera similar un 33% respectivamente. Grafico. 1. Estado Civil de los Encuestados 33% 34% Casado (a) Juntado (a) 33% Soltero (a) Tipo de actividad desempeñada: En relación al tipo de actividad básica que desempeñan las familias encuestadas, se encontró que las amas de casa representan un 33 .3% y un 16.7% está representado por los jefes de familias, los que trabajan en la agricultura y en empresas privadas como guarda de seguridad y conductor respectivamente. Grafico 2. Tipo de Actividad 33.3 40.0 Porcentajes 30.0 16.7 16.7 16.7 16.7 20.0 10.0 0.0 25 Distribución familiar por Sexo: En lo que respecta a la distribución familiar se tomó en cuenta el total de todos los miembros que conforman el hogar obteniéndose los siguientes resultados, un 52% corresponden al género masculino (13 personas) y el restante 48% son del género femenino que representan 12 mujeres del total. Grafico 4. Distribucion Familiar por Sexo 48% 52% Femenino Masculino Edad de las Familias: La estructura de edad de una población afecta los problemas socioeconómicos claves de una nación. Los países con poblaciones jóvenes (alto porcentaje menores de 15 años) tienen que invertir más en escuelas, mientras que los países con poblaciones de edad avanzada (alto porcentaje de 65 años de edad o más) tienen que invertir más en el sector de la salud. Al mismo tiempo determina en parte el crecimiento futuro de la misma. Si predominan los individuos mayores, en el futuro habrá una fuerte mortalidad, mientras que, si la mayoría son juveniles, pronto la población crecerá. En esta sección se presenta los resultados de la distribución de las edades de las 25 personas que conforman los seis hogares en estudio. En el siguiente grafico se puede apreciar que la mayor parte de los miembros de las familias (24%) están dentro de las edades de 41 a 50 años (seis personas), dentro del rango entre de 11 a 20 años, de 21 a 30 años, de 51 a 60 años y las personas de la tercera edad representan el 16% cada uno respectivamente, (4 personas), un 8% que son dos personas que tienen edades entre los 31 y 40 año y tan solo un 4% representa a un niño que es menor de 10 años. 26 Grafico 5. Distribucion de Edad de las Familias 24.0 25.0 De 0 a 10 Años 20.0 16.0 16.0 16.0 16.0 De 11 a 20 Años Porcentaje 15.0 De 21 a 30 Años 8.0 10.0 De 31 a 40 Años 4.0 5.0 De 41 a 50 Años 0.0 De 51 a 60 Años De 0 a De 11 a De 21 a De 31 a De 41 a De 51 a > 60 10 20 30 40 50 60 Años > 60 Años Años Años Años Años Años Años Parentesco de los miembros de las familias: De igual forma en lo que refiere al parentesco se tomó como referencia a cada miembro que integran el hogar de las familias, donde, se determinó que el parentesco predominante de las y los miembros de cada familia lo conforman los jefes de familia con un24% , seguido de los hijos y sobrinos con un16% respectivamente, un 12% son esposa(o) y otro 12% son hermanos de los jefes, nietos el 8% y en menor rango las nueras , yernos y madre de los jefes de familia con el 4% cada uno. Grafico 6. Parentesco de los miembros de las familias 30.0 24.0 25.0 20.0 Porcentaje 16.0 16.0 15.0 12.0 12.0 10.0 8.0 4.0 4.0 4.0 5.0 0.0 Nivel de escolaridad de los Miembros de las Familias: Dentro del equipamiento social, la educación se destaca como uno de sus principales componentes facilitador del aprendizaje, conocimientos, habilidades, valores, etc. en un determinado lugar. En el sector se encuentran dos escuelas de primaria (Escuela José Dolores Estrada y la Escuelita Nueva). En relación al nivel de escolaridad de los encuestados se puede apreciar que un 40% son personas que solo tienen un nivel de primaria, el 36% están en secundaria, apenas un 4% que corresponde a una persona tiene una educación superior, el 12 % son iletrados y el 8% no respondió la 27 pregunta. Estos niveles educativos se traducen a la poca cobertura de colegios de secundarias cercanos a la zona y probablemente a los bajos ingresos económicos de las familias. Grafico 7. Nivel de Escolaridad de los Miembros de las Familias 40.0 36.0 40.0 Porcentaje 30.0 20.0 12.0 8.0 4.0 10.0 0.0 Jefatura existente en el hogar: En cuanto al empoderamiento dentro de la toma de decisiones en el hogar según los resultados obtenidos, se determinó que en un 50% la jefatura en los hogares está ejercida por el padre (3 personas), un 33.3% son mujeres lo que indica que hay buena representación de la mujer en la toma de decisiones de la familia y en un 16.7% son los hijos quienes toman las las jerarquías de la casa. Grafico 8. Jefatura existente en el Hogar 50.0 50.0 33.3 40.0 Porcentajes 30.0 16.7 20.0 10.0 0.0 Padre Madre Hijo (a) 28 Uso del Predio: En este acápite se hace mención al uso de la propiedad o predio, es decir; para qué ha sido destinada la propiedad o terreno, no obstante, esta ocupación esta fuera del alcance o categoría evaluada como afectación ya que, los diferentes casos encontrados están o corresponden a infraestructuras que se encuentran fuera de sus propiedades (derecho de vía). En base a lo planteado se puede apreciar que el 83% de las propiedades son destinadas para viviendas y el 17% para viviendas y negocios. Uso del Predio 17% Solo Vivienda Vivienda y Negocio 83% Tenencia de la Propiedad: Con respecto al estado de tenencia de la propiedad, todos los jefes/as de los hogares manifestaron ser los y las propietarios de sus viviendas y poseer documento legal. Con respecto al estado de tenencia de la propiedad donde habitan, el 33.3% de las jefas/es de los hogares manifestaron ser las y los propietarios con escritura inscrita y otro grupo similar respondió ser dueños, pero sin inscripción en el registro, una persona (16.7%) manifestó estar cuidando la propiedad y otro 16.7% tiene constancia de la Oficina de Ordenamiento Territorial – OOT. Grafico 10. Tenencia de la Propiedad 33.3 40.0 33.3 30.0 Porcentajes 20.0 16.7 16.7 10.0 0.0 29 Relación del género respecto al ingreso del hogar y de los negocios: La cantidad de dinero que perciben los hogares están en dependencia del tipo de trabajo y actividad a la que se dedican, donde, según los resultados obtenidos del cruce de la variable género respecto al ingreso del hogar se puede apreciar que el 100% (2) de las mujeres encuestadas tienen un ingreso que oscila entre los C$3,001 a C$5,000 córdobas, en cambio, del cien por ciento (4) de los varones encuestados un 25% ganan de C$ 1,001 a C$ 3,000 córdobas mensuales y el 75% (3) de ellos manifestaron tener ingresos de C$ 3,001 a C$5,000 córdobas. . Grafico 11. Relacion del Genero Vs Ingreso mensual del hogar 100% 100.0% 90.0% 75% 80.0% 70.0% Porcentajes 60.0% 50.0% 40.0% 25% Femenino 30.0% 20.0% Masculino+ 10.0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0.0% Menos de Entre C$ Entre C$ Entre C$ Mas de C$ NS/NR C$ 1,000 1,001 - 3,001 - 5,001 - 8,000 3,000 5,000 8,000 Rango de Ingresos Años de Residir en el Lugar: Según los resultados de las encuestas un 50%, (3 personas) tienen alrededor de 10 años de residir en el lugar y otro 50% expresaron tener más de 15 años en el lugar. A pesar de que las familias ya tienen arraigo social y cultural mostraron una disposición positiva frente al desarrollo del proyecto ya que contribuye al mejoramiento de la vía y por ende al desarrollo de posibilidades de comercio. Grafico 13. Numero de años de residencia Hasta 10 años 50% 50% Toda la vida 30 Acceso al Agua: Basados en los resultados obtenidos, respecto al acceso del vital líquido, a nivel general el 100% de las familias tienen acceso al servicio de agua potable distribuidos en un 67% con tubería dentro de la vivienda y 33% con tubería fuera de la vivienda, pero en su propiedad. Grafico 14 Servicios de agua Tuberia dentro de la vivienda 33% Tuberia fuera de la 67% vivienda, pero en el terreno Acceso y tipo de Aguas Servidas: En relación al acceso y tipo de agua servidas se refiere al tipo de drenaje de las distintas aguas tanto de los baños como de lavanderías encontrándose con los siguientes casos: un 83.3% de las familias encuestadas no tiene acceso de aguas servidas solamente es de manera de drenaje superficial y el 16.7 % respondió que si tiene acceso a este servicio conectado a fosa séptica o sumidero. Cuenta con Aguas Servidas Grafico 15. Tipo de Aguas Servidas 83.3 83.3 100.0 100.0 Porcentajes 80.0 Porcentajes 60.0 50.0 40.0 16.7 16.7 20.0 0.0 0.0 Conectado a fosa Drenaje Si No septica superficial 31 Tipo de Paredes de la Vivienda: En cuanto al tipo de vivienda según resultados de la encuesta reflejan que el 50% (3) de estas son de concreto y las de madera, zinc y las de concreto, madera y zinc con un 16% cada una Grafico 16. Tipo de Paredes Concreto Madera Zinc Concreto - Madera - Zinc 17% 17% 50% 16% Tipo de Piso: Los resultados de la encuesta arrojan que el tipo de piso predominante en un 50% es de tierra, seguido de las casas que son de embaldosado con el 33.3% y el 16.7% corresponden a viviendas con piso embaldosado y de ladrillo. Grafico 17. Tipos de Pisos 50.0 50.0 33.3 40.0 Porcentajes 30.0 16.7 20.0 10.0 0.0 Tierra Embaldosado Embaldosado y Ladrillo 32 Tipo de Techo: En cuanto al tipo de techo de las viviendas el 100% son viviendas con techo de zinc, de las cuales según encuesta realizada el 33% están en buen estado y el restante en estado regular. Grafico 19. Tipos de Techo Grafico 20. Estado del Techo Porcentajes 100% 100.0 66.7 33.3 Bueno Zinc 50.0 Regular 0.0 Bueno Regular Estado de la vivienda: En lo que refiere al estado de las viviendas se puede apreciar que el 16% se encuentran en buen estado, un 67% en estado regular y tan solo el 17% corresponde a una vivienda que se encuentra en mal estado. Grafico 21. Estado de la Vivienda Bueno Regular Malo 17% 16% 67% 33 Situación laboral y Tipo de Actividad: La situación laboral y el tipo de actividad al que se dedican está ligado al ítem anteriores como es la educación en donde el 76% de los encuestados apenas tienen un nivel de educación entre primaria y secundaria, lo que se podría traducir en el tipo de trabajo que realizan las familias afectadas en un 50% corresponden a trabajos asalariados (empresa privada y agricultura) y el otro 50% son familias comerciantes que trabajan por cuenta propia (trabajo informal). Grafico 22. Tipo de Trabajo Grafico 22. Actividad Principal 60.0 Porcentajes 60.0 40.0 Porcentajes 50.0 50.0 40.0 20.0 50.0 33.3 20.0 16.7 0.0 0.0 Empleado en Agricultura Comerciante Trabajo Trabajo por empresa por cuenta asalariado cuenta propia privada propia Negocios/Antigüedad: En cuanto a, si las familias poseen negocio del total solo una (16%) dijo tener negocio, el cual tiene lleva funcionando de 5 a 10 años aproximadamente. El 67% que no aplica corresponde al número de familias que no poseen negocio y el 17% corresponde a una familia que no respondió la pregunta. Grafico 24. Tiempo de Tener el Negocio 17% 16% De 5 a 10 años No Aplica NS/NR 67% Tipo de Negocio: Con respecto al tipo de actividad a la que la familia se dedica un 16% son comiderias, el 17% tienen el negocio de una pulpería y venta de combustible y el 67% que no aplica son las cuatro familias que no poseen ningún tipo de negocio. 34 Grafico 25. Actividad del Negocio 16% Comiderias 17% Pulperia y Combustible 67% No Aplica Mano de Obra: En cuanto a que, si en el negocio poseen mano de obra adicional, el 16.7% respondió que sí cuentan con mano de obra adicional entre uno y dos trabajadores y el 83% no aplica a la pregunta debido a que cuatro familias no poseen negocio y uno de ellos el negocio está de forma temporal. Grafico 26. Mano de Obra Adicional Grafico 27.Cantidad de Mano de Obra 83.3 17% Porcentajes 100.0 16.7 De 1 a 2 0.0 No Aplica Si No aplica 83% Relación del género con el Ingreso del Negocio y mercado: De igual manera se realizó el cruce de la variable genero con ingreso de las familias que poseen negocios, obteniéndose lo siguiente: del 100% (2) de las mujeres el 50% de ellas tienen negocio recibiendo ingresos de hasta C$ 5,000 córdobas mensuales y en el caso de los varones del 100% (4), solo el 25% poseen negocio y perciben ingresos de C$ 5,001 a C$ 10,000 y el restante 75% no aplica. Es importante destacar que el mercado de los dos negocios es local o comunidad. Grafico 12. Relacion del Genero Vs Ingreso de los Negocios 75% Porcentajes 80.0% 50% 50% 60.0% 40.0% 25% 20.0% 0% 0% 0%0% 0%0% 0%0% 0%0% 0%0% 0%0% 0.0% Hasta C$ De C$ De C$ De C$ De C$ De C$ Mas de C$ No Aplica NS/NR 5,000 5,001 a 10,001 a 15,001 a 20,001 a 25,001 a 30,000 10,000 15,000 20,000 25,000 30,000 Rango de Ingresos Femenino Masculino 35 Grafico 29. Mercado 17% 16% En el local No Aplica 67% NS/NR Tipo de Afectaciones: Es importante destacar que lo que se ha identificado como afectaciones, no corresponden con afectaciones directas al lote familiar, sino a estructuras ubicadas sin control en el derecho de vía, totalmente opuestas con respecto a la ubicación del lote familiar, con excepción del bajarete que si se encuentra a orillas del lote habitacional. Las afectaciones predominantes en el tramo son las letrinas con un 50% (3), un 16.7% corresponde a un corral de madera rolliza y alambre de púa perteneciente al Sr. Cesar Augusto Gutiérrez Morales, 16.7% que es una porqueriza propiedad de la Sra. Daysi del Carmen Orozco y el restante 16.7% que corresponde a un bajarete de madera con un techo de 4 láminas de zinc en la casa de la Sra. Fernanda del Socorro Sánchez. Cabe destacar que todos estos casos están fuera de la propiedad de las familias debido a que no poseen más predio en donde puedan ubicar las infraestructuras mencionadas. Grafico 30. Tipo de Afectación 50% 50.0 Porcentajes 16.7% 16.7% 16.7% 0.0 Corral de Porqueriza Letrina Bajarete Madera de Madera con techo Rollisa y y Techo de de zinc Alambre Zinc de Púa 36 X. CRITERIOS DE VULNERABILIDAD Tomando en consideración los criterios de vulnerabilidad de las personas asentadas en el área de influencia del proyecto y que serán afectadas por el proyecto se identificaron las siguientes variables a evaluar: Tabla 2: Variables a evaluar según Criterios de Vulnerabilidad VARIABLES A EVALUAR DESCRIPCIÓN Condiciones económicas de subsistencia y Determinadas por el pequeño tamaño de los pobreza predios, que poseen las familias, falta de sistemas de alcantarillado sanitario. Acceso a los centros de atención médica En la actualidad los centros poblados cuentan con de centros de atención médica. Se espera que con la construcción de la carretera disminuyan los tiempos de traslado y se mejore esta condición. Deterioro de las condiciones económicas de Este criterio no aplica para el proyecto. El las familias reasentamiento no implica la reubicación de las viviendas hacia otro sector. Dependencia de género Relacionadas con las condiciones de subordinación, dependencia económica, maltrato o violencia física y sicológica, o bien, aquellos aspectos condicionados por la formación de identidades de género. Difíciles condiciones de salud y edad Determinada porque las cabezas de familia avanzada se encuentran en condiciones de salud deteriorada o tengan una edad avanzada y que en algún grado para su subsistencia dependan de la ayuda de terceros; de igual forma, es importante desatacar que no se contemplan impactos relacionados con la migración a causa del reasentamiento. Renta o préstamo del inmueble (total o Determinada por la carencia de parcial) oportunidades económicas y sociales para la adquisición o compra de un predio. Pérdida de los medios de producción NO APLICA. Las áreas afectadas por el proyecto no tenían inversiones que generarán ingresos a las familias. No obstante en el caso de los chiqueros y 37 VARIABLES A EVALUAR DESCRIPCIÓN corrales se pueden tomar en consideración como una posible alteración a la dinámica familiar por lo que se considerará en su compensación. Ocupantes sin Título de Propiedad NO APLICA, para el caso de las viviendas, no obstante las estructuras afectadas están fuera del lote habitacional, están en el derecho de vía Población Indígena NO APLICA Vulnerabilidad de viviendas: Está definido no solo por lo precario de las viviendas, sino por el estrecho espacio destinado para el mismo. Es importante destacar que la vulnerabilidad de la población cambiará significativamente con la construcción de la carretera, en términos de vulnerabilidad social la carretera visualiza un abanico de opciones que estimulen el desarrollo de los centros poblados sobre la línea del proyecto. El nivel de vulnerabilidad se considera bajo en términos sociales. Las familias ubicadas en el sector han sido legalizadas por el Gobierno, ya que según entrevistas efectuadas a los pobladores, estos eran habitantes de las zonas costeras que fueron evacuados y asentados sin opción en este sector. 38 XI. IMPACTOS DEL REASENTAMIENTO Tabla No. 3: Impactos de Reasentamiento IMPACTO CRITERIO/ESTATUS OBSERVACIONES Pérdida del Acceso a la Las viviendas no removidas No aplica educación Pérdida del Acceso a la salud No aplica Pérdida de las redes sociales No aplica Desarraigo por cuanto no se removerán del No aplica sector Empleo Este es un impacto positivo ya que el proyecto podría estimular la venta de comidas y/o pulperías Incomodidades creadas por el Este es un impacto proceso de construcción puntual y transitorio. Condiciones económicas de Determinadas por el pequeño subsistencia y pobreza tamaño de los predios (negocio) que poseen las familias, el muy limitado acceso a los servicios básicos, alto desempleo o carencia de ingresos complementarios, falta de oportunidades de empleo, entre otras variables socioeconómicas. Acceso a los centros de Se disminuyen los atención médica tiempos de traslado Dependencia socioeconómica No aplica. Determinada por la constatación del grupo familiar de las relaciones familiares y la permanencia en el entorno familiar, mismas que garantizan unas condiciones de vida relativamente favorables y la expectativa de la sucesión y partición de la propiedad paterna. Deterioro de las condiciones No aplica Este criterio no aplica para el económicas de las familias proyecto. El reasentamiento no implica la reubicación de las viviendas hacia otro sector. Dependencia de género Relacionadas con las condiciones de subordinación, 39 IMPACTO CRITERIO/ESTATUS OBSERVACIONES dependencia económica, maltrato o violencia física y sicológica. Renta o préstamo del No aplica Determinada por la carencia de inmueble (total o parcial) oportunidades económicas y sociales para la adquisición o compra de un predio. Pérdida de los medios de Se ha identificado una pequeña producción estructura que funciona como un negocio de fritanga solo los fines de semana. En el caso del corral de ganado se evaluaría durante el proceso la afectación temporal de esta actividad. Ocupantes sin Título de NO APLICA Determinada por la Propiedad incertidumbre que existe por no contar con un documento legal que respalde la tenencia de la tierra. Población Indígena NO APLICA Determinada por su condición étnica, inequidad, exclusión, minoría, lengua, cultura, religión no predominante. Vulnerabilidad de viviendas: No aplica Las viviendas aumentarán su valor de mercado. Este impacto estará relacionado con el aumento de los niveles de accidentabilidad. 40 XII. PROGRAMAS DEL PRAR: En esta sesión se presentan los Programas que conforman las actividades operativas del Plan de Reasentamiento Abreviado (PRA). PROGRAMAS ATENCIÓN A INFORMACIÓN Y QUEJAS, SEGUIMIENTO Y COMPENSACIONES PARTICIPACIÓN SUGERENCIAS Y MONITOREO COMUNITARIA RECLAMOS Gráfico 2 Programa actividades operativas del PRA A continuación se describen los diferentes programas del PRIA: 41 12.1 Programa de Compensación Casos identificados como afectaciones parciales En el tramo de carretera de Granada – Malacatoya se identificaron seis casos de personas que establecieron infraestructura en el derecho de vía, fuera del lote habitacional, solamente uno de ellos se encuentra a orillas de la vivienda, y se describen a continuación: 1. Cesar Augusto Gutiérrez Morales, con cedula de identidad N° 201-011052-0004K, banda derecha, la infraestructura afectada es un corral de alambre de púa y postes de madera rolliza. Se localiza frente a su casa, en el derecho de vía del tramo, es importante señalar que esta infraestructura es de uso temporal, el productor manifiesta que el corral lo ocupa solo cuando en su propiedad no hay pasturas. Afectación N° 1: Corral de alambre de púa y postes de madera rolliza Afectación de Corral de Alambre y Postes de Madera Rolliza Opción 1 Opción 2 Opción 3 Opci>ones de Obras Civiles Monetario +Obras Compensación Compensación Civiles Monetaria Presupuesto Global Asignado US 1,200.00 42 2. Daysis del Carmen Orozco Ruiz, con cedula de identidad N° 201-070160-0004V, banda derecha, el tipo de afectación es dos porquerizas, una forrada de madera y con techo de zinc, la segunda es forrada de madera y zinc las cuales se encuentran frente a su casa en el derecho de vía. La crianza de cerdos no es para uso comercial sino para autoconsumo familiar, aproximadamente sacrifica de uno a dos cerdos al año1. Afectación N° 2: Dos porquerizas, una forrada de madera y techo de zinc y la segunda de madera y sin techo. Afectación de Dos Porquerizas Opción 1 Opción 2 Opción 3 Opciones de Obras Civiles Monetario +Obras Compensación Compensación Civiles Monetaria Presupuesto Global Asignado $1,200 1 Opinión de Sra. Daysis durante la visita 43 3. Nicolás Oporta Romero, el N° de cedula de identidad 201-091058-0005V corresponde al de Rosa Oporta Romero (hermana) debido a que no se encontraba en el lugar. La afectación está en la banda derecha, la cual es una letrina con paredes de zinc liso galvanizado y techo de zinc propiamente fuera del terreno de la vivienda en el derecho de vía. La familia Oporta, no son los dueños de la propiedad solamente la cuidan. Afectación 3: Letrina con paredes y techo de zinc. Afectación de Letrina Opción 1 Opción 2 Opción 3 Opciones de Obras Civiles Monetario +Obras Compensación Compensación Civiles Monetaria Presupuesto Global Asignado $600 44 4. Fernanda del Socorro Sánchez, banda izquierda. La infraestructura afectada es un bajarete con techo de zinc, el cual se utiliza los fines de semana (viernes, sábado y domingo) para vender fritos. Afectación 4: Bajarete de cuatro postes de madera y techo de zinc (4 láminas) Afectación de Bajarete Opción 1 Opción 2 Opción 3 Opciones de Obras Civiles Monetario +Obras Compensación Compensación Civiles Monetaria Presupuesto Global Asignado $1,500.00 45 5. Alexander Enríquez Valenzuela Meneses, con cedula N° 201-110370-0003M, banda derecha. La afectación es una letrina forrada de zinc, esqueleteado de madera y techo de zinc que se encuentra en el derecho de vía, misma que es utilizada de forma comunitaria por familias aledañas. Afectación 5: Letrina de zinc utilizada de forma comunitaria Afectación de Letrina (Doble2) Opción 1 Opción 2 Opción 3 Opciones de Obras Civiles Monetario +Obras Compensación Compensación Civiles Monetaria Presupuesto Global Asignado $1,200.00 2 Se recompensara con dos letrinas debido a que es utilizada de forma comunitaria 46 6. Fernando �lvaro Orozco Flores, con cedula de identidad N° 201-010667-0009H, banda derecha, la afectación corresponde a una letrina forrada de zinc y techo de zinc. La cual está fuera de la propiedad propiamente en el derecho de vía. Al igual que el caso anterior es utilizada por más de una familia. Afectación 6: Letrina con paredes y techo de zinc Afectación de Letrina (Doble3) Opción 1 Opción 2 Opción 3 Opciones de Obras Civiles Monetario +Obras Compensación Compensación Civiles Monetaria Presupuesto Global Asignado $1,200.00 3 Se recompensara con dos letrinas debido a que es utilizada de forma comunitaria 47 Tabla No. 4: Alternativas de compensación Nombre jefe /a de hogar Impacto Infraestructura ALTERNATIVAS DE COMPENSACIÓN Afectada Pago directo Restitución Reasentamiento César Agusto Gutiérrez Aquí se deben Corral de Se puede Solamente en el Morales de considerar Madera Rolliza considerar el caso que la que el ganado y Alambre de pago directo a propietaria solamente Púa este destinase un área permanece ahí propietario que le permita el por temporada. reacomodamiento del chiquero fuera del derecho de vía. Daysis del Carmen Orozco Aquí se deben Porqueriza de Se puede Solamente en el Ruiz de considerar Madera y Techo considerar el caso que la dos impactos: de Zinc pago directo a propietaria 1. La crianza de esta destinase un área cerdos y su propietaria que le permita el afectación en reacomodamiento términos de del chiquero salubridad. fuera del derecho 2.La pérdida de de vía. la actividad que podría estar generando algún ingreso en la familia Fernanda del Socorro Es puntual y Bajarete con La señora ha Reubicación de la Sánchez temporal. La techo de zinc manifestado prefiere la caseta dentro de reposición del remoción de la su misma bien debe de estructura dentro de su propiedad. hacer durante mismo terreno. La los días que la construcción tiene que señora no lo hacerse entre lunes y utiliza en la jueves, para evitar venta. molestias en la actividad comercial del 48 Nombre jefe /a de hogar Impacto Infraestructura ALTERNATIVAS DE COMPENSACIÓN Afectada Pago directo Restitución Reasentamiento negocio. Alexander Enríquez La letrina es Letrina Por un tema de Reubicación de la Valenzuela Meneses considerada un necesidad básica y letrina en un Fernando �lvaro Orozco servicio básico, Letrina salud es preferible en el lugar de común Flores además de salud caso de las letrinas la acuerdo con los Nicolás Oporta Romero pública. En Letrina restitución del bien. propietarios y la términos de Solamente se retirará la municipalidad impacto es letrina antigua una vez puntual y construida la nueva temporal. Todas las afectaciones tendrán derecho de decidir con tres tipos de compensaciones: 1. Compensación con obras civiles o restitución del bien 2. Compensación monetaria + obras civiles 3. Compensación monetaria RESUMEN DE LOS COSTOS DE REPOSICIÓN EN US $ Dólares Nombre Sexo Presupuesto Cesar Agusto Gutiérrez Morales Masculino 1,200 Daysis del Carmen Orozco Ruiz Femenino 1,200 Nicolás Oporta Romero Masculino 600 Fernanda del Socorro Sánchez Femenino 1,500 Alexander Enríquez Valenzuela Meneses Masculino 1,200 Fernando �lvaro Orozco Flores Masculino 1,200 Total 6,900 49 12.2 Atención a quejas, sugerencias y reclamos: El MTI tiene establecido un mecanismo para facilitar la recepción y resolución de quejas, reclamos, problemas, sugerencias y observaciones que haya con respecto al Proyecto. Este mecanismo de atención, estará supervisado por la Unidad de Gestión Ambiental del MTI (UGA-MTI) acompañado por la municipalidad y estará activado en campo donde se está desarrollando el Proyecto, con atención en las de los MCA, Municipalidad, Oficinas del MTI en campo y Página WEB del MTI. SISTEMA DE QUEJAS, RECLAMOS Y/O RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS El MTI tiene establecido un mecanismo para facilitar la recepción y resolución de quejas, reclamos, problemas, sugerencias y observaciones que haya con respecto al Proyecto. Este mecanismo de atención, estará supervisado por la Unidad de Gestión Ambiental del MTI (UGA- MTI) y estará activado en campo donde se está desarrollando el Proyecto, con atención en las Oficinas del Gobierno Regional Autónomo de la Costa Caribe Sur (GRACCS), Supervisión, Contratista, Oficinas del MTI en campo y Página WEB del MTI. El procedimiento a seguir para la recepción de quejas, reclamos, problemas, sugerencias y observaciones incluye:  Captura o recepción de la queja, reclamo, problema, sugerencia y observación, en cualquiera de las partes donde se ha establecido el sistema, bien en el GRACCS, Supervisión, Contratista, MTI o WEB-MTI, se envía al Contratista, por escrito o verbal; con copia a la Supervisión. Se recogerán en un formato único proporcionando el apoyo para su registro.  Transcripción de las quejas, reclamos, problemas o sugerencias al “Libro de atención de quejas, reclamos y/o resolución de conflicto en el proyecto�, que es una base de datos que incluye información extraída del formato presentado por el o los reclamantes. De este registro se envía copia a la Supervisión del Proyecto.  Se valora la necesidad de visita in situ, de ser necesaria se efectuará de manera coordinada entre las partes, ellas son: Contratista, Supervisión, MTI, GRACCS y Reclamante, en lo posible.  El Contratista redacta Acta de la visita de inspección in situ y se comunica al Reclamante con copia a la Supervisión del Proyecto.  Se brinda respuesta de acuerdo a la naturaleza de la queja o reclamo, brindando la atención lo más pronto posible. En caso de inconformidad a la respuesta brindada, el Reclamante puede apelar en el MTI, quién evaluará el caso e instruye a la Supervisión para que el Contratista tome acción en el asunto. 50  Siguiendo las instrucciones de la Supervisión del Proyecto, el Contratista ejecuta la acción y la Supervisión la verifica.  Se cierra el reclamo y se registra. El Reclamante debe estar conforme.  Se elaborará un informe mensual, que resume quejas, sugerencia y atención brindadas.  En caso de captura del reclamo y no sea necesaria la visita in situ, el Contratista redacta Acta y comunicará al Reclamante con copia a la Supervisión del Proyecto. En caso de inconformidad a la respuesta brindada, el Reclamante puede apelar en el MTI, quién evaluará el caso e instruye a la Supervisión para que el Contratista tome acción en el asunto. Siguiendo las instrucciones de la Supervisión del Proyecto, el Contratista ejecuta la acción y la Supervisión la verifica. El ciclo se repetirá hasta que el Reclamante muestre su conformidad; para lograr el cierre del reclamo y registro de su cierre. Los resultados de la resolución se darán conocer en los casos de comunidad afectada en las Reuniones de Consultas que se desarrollarán, contando con el apoyo de los especialistas sociales que intervienen en el proyecto. También se cuenta con un mecanismo de Quejas y Sugerencia que puede realizarse por medio de la PAGINA WEB DEL MTI. El procedimiento es el siguiente:  Se ingresa a la Web del MTI, www.mti.gob.ni, y se da clip al ícono “Sugerencia� y comienza a llenar el formato ahí indicado. Uso de la web y teléfonos para el mecanismo de quejas, sugerencias y reclamos. 51  El Centro de Atención al Público y Acceso a la Información dirige la Queja, información tanto a la UGA-MTI como a la UCR/BID-MTI.  De manera inmediata se instruye a la Supervisión.  Transcripción de Quejas y Reclamos al “Libro de atención de quejas, reclamos y/o sugerencias de la comunidad� que es una base de datos que incluye datos extraídos del formato presentado por el o los reclamantes. De este registro se envía copia a la Supervisión del Proyecto.  Se valora la necesidad de visita in situ, de ser necesaria se efectuará de manera coordinada entre las partes, ellas son: Contratista, Supervisión, MTI y Reclamante en lo posible.  Se redacta Acta de la visita de inspección in situ y se comunica al Reclamante con copia a la Supervisión del Proyecto.  Se brinda respuesta de acuerdo a la naturaleza de la queja o reclamo, brindando la atención lo más pronto posible. En caso de inconformidad a la respuesta brindada, el Reclamante puede apelar en el MTI, quién evaluará el caso e instruye a la Supervisión para que el Contratista tome acción en el asunto.  Siguiendo las instrucciones de la Supervisión del Proyecto el Contratista ejecuta la acción y la Supervisión verifica.  Se cierra el reclamo y se registra.  Se elaborará un informe mensual, que resume quejas, sugerencia y atención brindadas. A continuación se presenta un Esquema que recoge el procedimiento de actuación para el mecanismo de Quejas en el Proyecto: 52 MECANISMO DE QUEJAS, RECLAMOS Y/O RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL PROYECTO 53 FORMATO DE ATENCION DE QUEJAS, RECLAMOS Y/O RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL PROYECTO Nº consecutivo:________. Fecha: ______________. Nombre y Apellido: ___________________________________________________ Cédula de Identidad Nº ________________________________________________ Otro documento de Identidad: __________________________________________ Teléfono de contacto: _________________________________________________ Lugar de Procedencia: _________________________________________________ Departamento:_______________________Municipio: _______________________ Descripción de la Queja, Reclamo o Conflicto: ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ __________________________ Nombre y Firma quién levanta la __________________________ queja y/o reclamo Firma de la persona que formaliza la queja y/o reclamo CC: Alcaldía. 54 12.3 Programa de información y participación comunitaria del área de influencia directa del Proyecto. A continuación se presenta la estrategia de comunicación social que se implementa con los habitantes de las comunidades del área de influencia del sub proyecto de Mejoramiento del Camino Granada-Malacatoya con una longitud de 10.00 kilómetros. Es importante destacar que como parte de la estrategia de comunicación además de tomar en consideración a los afectados en esta estrategia estaremos integrando a los otros miembros de la comunidad que permita mejorar el proceso de comunicación hacia la comunidad, que facilite la apropiación y empoderamiento del Proyecto, los requerimientos del mismo para su construcción y la necesidad de confirmar el respaldo de la población. El propósito final es que los habitantes del área de influencia del proyecto pasen de actores pasivos a protagonistas del proceso de ejecución,. Objetivos  Mejorar el mecanismo de comunicación y atención a la comunidad a partir de la definición de actividades que conlleven a una apropiación activa del proyecto.  Implementar actividades que contribuyan a mejorar la comunicación con las comunidades.  Proporcionar información previa, pertinente y oportuna.  Organizar las capacitaciones respondiendo a demandas de los participantes.  Documentar el proceso, las recomendaciones y decisiones tomadas. Desarrollo Para la implementación de las actividades y mejorar el mecanismo de comunicación con la comunidad se establecerán dos líneas de acción: Reuniones Comunitarias: También denominadas por la población Asambleas informativas del Proyecto. Este es un mecanismo que se ha venido implementando de manera sistemática en los proyectos que se ejecutan, el cual tienen como principal objetivo informar a la población sobre el avance de las obras constructivas y las actividades contempladas en el Plan de Gestión Ambiental y Social del Proyecto. Esta actividad se ejecuta cada dos meses y forma parte del Plan de Reasentamiento del Proyecto. Capacitaciones: Las personas han identificado de suma importancia los siguientes temas que más preocupan a la población: 1. Temáticas relacionadas con Agua y Saneamiento 2. Educación Vial. 55 Tabla 1; Plan de Actividades Nº ACTIVIDAD ALCANCE COSTO U$ OBSERVACIONES 1 Reuniones Comunitarias Se ejecutará al 500.00 A los participantes menos cuatro se les debe de reuniones garantizar comunitarias en refrigerios y/o todo la duración del almuerzos proyecto 2 Capacitación Al menos tres 2000.00 Se debe de incluir capacitaciones en la reproducción de temas de agua y materiales en las saneamiento, cuatro escuelas, la talleres de creación de las educación vial (dos BRET con su por escuela) equipo, paleta, chaleco y gorra y silbato. TOTAL U$ 2,500.00 56 XIII. COSTOS GENERALES DEL PRA. Nº PROGRAMA COSTO U$ 1 Atención a Quejas y Sugerencias* 4,000.00 2 Compensaciones 6.900.00 3 Información y participación comunitaria (Reuniones 2,500.00 Comunitarias y Capacitaciones) 4 Seguimiento y monitoreo 4,300.00 GRAN TOTAL 17,700.00 *Pago de una asistente para el manejo de las quejas y sugerencias 57 XIV. ANEXO. 58 MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL INFORME DE SOCIALIZACIÓN Uno de los aspectos importantes dentro del Proyecto ha sido establecer una estrategia de comunicación social que se implementa con los habitantes de las comunidades del área de influencia del Proyecto. Para ello la Unidad de Gestión Ambiental del MTI ha realizado Consulta Pública (visitas de socialización) con cada una de las familias afectadas como parte del desarrollo del Plan de Abreviado Reasentamiento, para que sea aprobado por el BM. DESARROLLO El presente informe refleja los resultados del proceso de socialización relacionados con la elaboración del Plan de Reasentamiento Abreviado (PAR), que se realizó para el Proyecto de Mejoramiento de la Carretera Granada – Malacatoya. El propósito de la socialización radica en compartir con las familias afectadas, los alcances del plan y el análisis de algunas propuestas en la búsqueda conjunta de posibles soluciones. La consulta estaba dirigida especialmente a los jefes de las familias afectadas. A la consulta acudieron un total de 6 personas, de las cuales 3 son hombres y 3 mujeres, a quienes se les expuso el objetivo de la consulta: Objetivo: Brindar información de manera oportuna a los ocupantes del derecho de vía sobre los alcances del Plan de Reasentamiento Abreviado, que está siendo elaborado por el MTI, para el proceso de reorganización y las posibles alternativas de solución para cada caso, socializar fecha de corte. Para cada caso de afectación se presentaron las diferentes alternativas de compensación: 1. Compensación con Obras civiles 2. Compensación monetaria + Obras civiles 3. Compensación Monetaria Después de hablar con los propietarios sobre la necesidad de ampliación de la vía y los riesgos que representa para ellos en términos de seguridad su ubicación. Los protagonistas emitieron los siguientes comentarios y propuestas: La señora Daysis Orozco manifiesta que “por falta de predio vacío en donde pueda ubicar la estructura no la ha removido sino ella misma la reubica� 59 El señor Alexander Valenzuela comento que está de acuerdo a que se construya en su terreno la letrina. La señora Fernanda del Socorro Sánchez, dijo que estar de acuerdo con la remoción del bajarete, el cual será removido hacia atrás. El señor César Gutiérrez, manifiesta que en cuanto le avisemos que se va ejecutar el proyecto le quita el corral ya que este solo lo ocupa de manera temporal. En general se les explicó que estamos en la etapa de elaboración de los planes de trabajo para las medidas que se tomarán en conjunto con los propietarios para dar solución a todas las inquietudes planteadas. Esto es solo una de tantas reuniones que estaremos desarrollando previo al inicio de las obras. Todos los procesos los iremos desarrollando en conjunto con la población a fin de obtener decisiones consensuadas y que trabajemos juntos. En resumen, las familias poseen una postura positiva ante la ejecución de la obra y dan anuencia a la remoción de sus estructuras afectadas. A continuación, se presenta la lista de participantes. 60 61